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Panorama

¿Qué puede pasar con el conductor que el pasado Viernes Santo atropelló a padre e hijo?

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Un especialista en la nueva Ley de Tránsito determinó hoy que el conductor que el pasado Viernes Santo atropelló a dos personas, en la Avenida Independencia, en el Distrito Nacional, ocasionándoles la muerte, podría enfrentarse a una pena de uno a tres años de prisión y una multa de diez a 50 salarios mínimos.

El comunicador Dary Terrero analizó las posibles sanciones que podría recibir Ángel Alcides Pérez Soriano, gerente de servicios de una reconocida empresa automotriz, quien se desplazaba a alta velocidad.

El comentarista de radio y televisión explicó que el artículo 303, numeral 5 de la nueva Ley de Tránsito y Transporte Terrestre establece que si un juez determina responsabilidad por la muerte involuntaria de una persona o más, al culpable se le impondría una pena de uno a tres años de prisión y una multa de diez a 50 salarios mínimos.

“A eso se le sumarían los agravantes, es decir, si la persona iba conduciendo bajo los efectos de la droga o bebidas alcohólicas, si iba a exceso de velocidad, si habría violado una luz roja”, destaca el comunicador, experto en la Ley de Tránsito 63-17.

Terrero agrega que estos agravantes pudieran aumentar tanto la pena como lo económico, “ahí el juez se pudiera acoger a la máxima, que son cien salarios mínimos”, aclara el comunicador.
Destaca que en el país no existen precedentes, luego del marco de la aprobación de la Ley 63-17. Aseguró que los culpables de todos los que han muerto después de la aprobación de la mencionada ley no han recibido sanción.

Recordó el caso en el que se vio involucrada una diputada, en el cual falleció una persona, cuya responsabilidad quedó inconclusa.
Además sacó a relucir el tema de resarcir en términos civiles, destacando que es un elemento que se le pudiera agregar.

“En la República Dominicana se debe hacer justicia, partiendo de que son hechos comunes, las muertes a consecuencia de accidentes de tránsito”, añadió Terrero, quien además afirma que la Ley 63-17 manda la creación de tribunales especiales de tránsito, pero que aún no se han creado.

FUENTE: Periódico Hoy

Panorama

JCE prohíbe proselitismo, carpas y uso de gafetes en el perimetro de los recintos electorales

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La Junta Central Electoral (JCE) prohibió este martes el activismo político y las aglomeraciones frente a recintos electorales, de cara a las elecciones congresuales y presidenciales pautadas a celebrarse el próximo mes de mayo.

Esta medida está contenida en la resolución no. 18-2024, emitida con el objetivo de establecer el protocolo para la cadena de custodia y seguridad de los recintos electorales por parte de la Policía Militar Electoral.

La resolución en cuestión dispone que, el día de las elecciones, no estarán permitidas la aglomeración de personas en el perímetro de los recintos, desde la 5:00 a. m. hasta finalizar las elecciones. Esto incluye las personas que ya votaron y exime a quienes estén en fila para sufragar.

Asimismo, la Junta definió el “perímetro” de un recinto electoral como las dimensiones de la estructura física de los establecimientos dispuestos y anunciados por la JCE como tales.

¿CÓMO HARÁN CUMPLIR ESTA MEDIDA?

La resolución contiene las acciones a tomar por la Policía Militar Electoral, como mantener despejadas las entradas de los recintos; no permitir el proselitismo de personas con distintivos y gafetes que hagan promoción o activismo a favor de partido políticos.

Tampoco serán permitida la instalación de carpas, mesas o cualquier estructura que facilite la gestión política o campaña electoral por parte personas, dentro, frente o en el perímetro de los recintos electorales.


NO SE PERMITIRÁ EL USO DE CÁMARAS MIENTRAS SE EJERZA EL VOTO

La JCE prohibió usar el celular al elector dentro del colegio electoral, y tomar fotos de las boletas durante el acto de votación. Sin embargo, dentro del recinto electoral sí está permitido el uso.

La Policía Militar Electoral estará encargada de reforzar esta medida.

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Panorama

Condenan a 5 años de prisión a Johnny Portorreal por estafa a la familia Rosario con supuesta herencia

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La Segunda Sala Penal del Distrito Nacional condenó a 5 años de prisión al abogado Johnny Portorreal, acusado de estafar a unas 283 personas de apellido Rosario, bajo la falsa promesa de recuperar una supuesta herencia de 13 trillones de euros que tenían depositada en un banco en el extranjero por un pariente lejano apellido Rosario, lo que nunca cumplió.

La acusación instrumentada por la Fiscalía del Distrito Nacional establece que el abogado Johnny Portorreal, Miguelina Gómez Santana, Miguel D Òleo Montero e Hilario Amparo de la Cruz, se asociaron para estafar con RD$16 millones de pesos a cientos de personas de apellido Rosario, a quienes cobraron altas sumas de dinero, que van desde 15 mil hasta 24 mil pesos por persona, con la promesa de hacer las diligencias del supuesto cobro de una presunta herencia millonaria.

La imputación del Ministerio Publico establece que el grupo de procesados solicitaba altas sumas de dinero a las víctimas de apellido Rosario, alegando tener la información falsa de que el dinero de la supuesta herencia había sido transferido al Banco Central y posteriormente al Banco de Reservas, desde el Banco Santander, de España, y el Banco Zúrich, de Suiza.

Los investigadores judiciales presentaron evidencias con las que sustentaron la acusación, de que los encartados aseguraban a sus víctimas que los montos que requerían serían cobrados a través de la empresa “La Central del Derecho LPR, SRL”, a los fines de realizar trámites para su registro como herederos de sus familiares antepasados fallecidos, señores Celedonio Rosario y María del Rosario.

Según consta en el expediente, el pago de los estafados por Portorreal y compartes, consistía en desembolsos que eran entregados a Gómez Santana y Portorreal, a quienes les cedían el derecho de un poder Cuota Litis, con el que se acordaba el pago de los honorarios, utilizado en una entidad bancaria al momento de retirar los fondos que iban a ser presuntamente depositados.

Mientras que Miguel D Òleo Montero e Hilario Amparo de la Cruz, están sindicados como las personas que se reunían con la intención de captar a los supuestos herederos de la familia Rosario, reclamando el dinero para financiarles sus viajes o las diligencias en Europa, donde estarían las sedes de los supuestos bancos internacionales donde aseguraban estaba depositada la presunta herencia millonaria.

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