Panorama
Se acabó la prórroga para pagar teléfono e internet
Con el inicio de la fase uno para la reapertura gradual de la economía que este miércoles cumple una semana, se acaban las prórrogas para pagar los servicios de telecomunicaciones, como el internet y los teléfonos.
Así lo establece la resolución PRE-004-2020 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) puesta a circular el 18 de mayo del año en curso, justo un día después de que el presidente Danilo Medina anunciara la desescalada en República Dominicana.
Con esta medida se quita a los usuarios de telecomunicaciones el beneficio de que las empresas prestadoras no suspendieran sus servicios por la falta de pago durante el período de vigencia de la resolución. Esto brindaba a los usuarios, quienes necesitaban el servicio para las clases virtuales y el teletrabajo, que no le cobraran intereses por mora o reajustes.
La resolución del Indotel, consultada por el periódico Listín Diario, daba desde el día 20 de mayo a los usuarios un plazo de cinco días para que se pusieran el día con las facturas pendientes y realizaran acuerdos de pagos con las prestadoras de telecomunicaciones. Este venció el pasado lunes 25 de mayo.
El día 23 de marzo, la Comisión de Alto Nivel para la Prevención y el Control del Coronavirus instruyó al Indotel para que dedicara todos los recursos necesarios para garantizar la continuidad ininterrumpida de sus servicios y prohibiendo la suspensión o cancelación de los servicios de telecomunicaciones, así como la generación de cargos por retraso en el pago de los servicios durante el periodo de estado de emergencia, que todavía se mantiene hasta el 1 de junio.
Lo que se había estipulado
A través de las resoluciones PRE002-2020 y PRE-003-2020, el Indotel aseguraba la continuidad del servicio de telecomunicaciones a los habitantes del país, considerando las restricciones de movilidad que el estado de emergencia les imponía, así como la necesidad de concentrar los recursos de las empresas prestadoras en garantizar la continuidad del servicio, mientras se adaptaban a las condiciones de operación que las circunstancias les imponían.
El Indotel consideró oportuno derogar los efectos de las pasadas resoluciones “tomando en considerando la garantía que se mantiene sobre los servicios por la regulación vigente, así como el conjunto de medidas que mantiene el Estado dominicano en la lucha contra el COVID-19 dentro la apertura gradual de la economía”.
Directrices pasadas
Con las resoluciones anteriores, el Indotel establecía que las concesionarias de servicios públicos de telecomunicaciones garantizarían la prestación a los consumidores, además de que no podían, durante el periodo de estado de emergencia y los cinco días calendario posteriores a su terminación, suspender o cancelar por falta de pago los servicios.
Se disponía, además, que todos los usuarios de servicios sin contratos con cargos recurrentes (prepago) podían conservar durante la vigencia del estado de emergencia, como mínimo, acceso gratuito al Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1 y a *462, mensajes y recepción de llamadas.
Fases de la desescalada
El 17 de mayo, el Poder Ejecutivo anunció las cuatro fases previstas de desescalada, siendo la primera la que permite a las empresas operar parcialmente de acuerdo a su tamaño y al número de empleados.
“Cabe resaltar que por el momento se está contemplando únicamente el regreso al trabajo, pero aún no estamos en condiciones de hablar de una fecha de reapertura para las actividades que involucran alta densidad de personas”, dijo en un discurso el presidente Danilo Medina al referirse a la segunda fase que está prevista para el 3 de junio.
FUENTE: Listín Diario
Panorama
JCE prohíbe proselitismo, carpas y uso de gafetes en el perimetro de los recintos electorales
La Junta Central Electoral (JCE) prohibió este martes el activismo político y las aglomeraciones frente a recintos electorales, de cara a las elecciones congresuales y presidenciales pautadas a celebrarse el próximo mes de mayo.
Esta medida está contenida en la resolución no. 18-2024, emitida con el objetivo de establecer el protocolo para la cadena de custodia y seguridad de los recintos electorales por parte de la Policía Militar Electoral.
La resolución en cuestión dispone que, el día de las elecciones, no estarán permitidas la aglomeración de personas en el perímetro de los recintos, desde la 5:00 a. m. hasta finalizar las elecciones. Esto incluye las personas que ya votaron y exime a quienes estén en fila para sufragar.
Asimismo, la Junta definió el “perímetro” de un recinto electoral como las dimensiones de la estructura física de los establecimientos dispuestos y anunciados por la JCE como tales.
¿CÓMO HARÁN CUMPLIR ESTA MEDIDA?
La resolución contiene las acciones a tomar por la Policía Militar Electoral, como mantener despejadas las entradas de los recintos; no permitir el proselitismo de personas con distintivos y gafetes que hagan promoción o activismo a favor de partido políticos.
Tampoco serán permitida la instalación de carpas, mesas o cualquier estructura que facilite la gestión política o campaña electoral por parte personas, dentro, frente o en el perímetro de los recintos electorales.
NO SE PERMITIRÁ EL USO DE CÁMARAS MIENTRAS SE EJERZA EL VOTO
La JCE prohibió usar el celular al elector dentro del colegio electoral, y tomar fotos de las boletas durante el acto de votación. Sin embargo, dentro del recinto electoral sí está permitido el uso.
La Policía Militar Electoral estará encargada de reforzar esta medida.
Panorama
Condenan a 5 años de prisión a Johnny Portorreal por estafa a la familia Rosario con supuesta herencia
La Segunda Sala Penal del Distrito Nacional condenó a 5 años de prisión al abogado Johnny Portorreal, acusado de estafar a unas 283 personas de apellido Rosario, bajo la falsa promesa de recuperar una supuesta herencia de 13 trillones de euros que tenían depositada en un banco en el extranjero por un pariente lejano apellido Rosario, lo que nunca cumplió.
La acusación instrumentada por la Fiscalía del Distrito Nacional establece que el abogado Johnny Portorreal, Miguelina Gómez Santana, Miguel D Òleo Montero e Hilario Amparo de la Cruz, se asociaron para estafar con RD$16 millones de pesos a cientos de personas de apellido Rosario, a quienes cobraron altas sumas de dinero, que van desde 15 mil hasta 24 mil pesos por persona, con la promesa de hacer las diligencias del supuesto cobro de una presunta herencia millonaria.
La imputación del Ministerio Publico establece que el grupo de procesados solicitaba altas sumas de dinero a las víctimas de apellido Rosario, alegando tener la información falsa de que el dinero de la supuesta herencia había sido transferido al Banco Central y posteriormente al Banco de Reservas, desde el Banco Santander, de España, y el Banco Zúrich, de Suiza.
Los investigadores judiciales presentaron evidencias con las que sustentaron la acusación, de que los encartados aseguraban a sus víctimas que los montos que requerían serían cobrados a través de la empresa “La Central del Derecho LPR, SRL”, a los fines de realizar trámites para su registro como herederos de sus familiares antepasados fallecidos, señores Celedonio Rosario y María del Rosario.
Según consta en el expediente, el pago de los estafados por Portorreal y compartes, consistía en desembolsos que eran entregados a Gómez Santana y Portorreal, a quienes les cedían el derecho de un poder Cuota Litis, con el que se acordaba el pago de los honorarios, utilizado en una entidad bancaria al momento de retirar los fondos que iban a ser presuntamente depositados.
Mientras que Miguel D Òleo Montero e Hilario Amparo de la Cruz, están sindicados como las personas que se reunían con la intención de captar a los supuestos herederos de la familia Rosario, reclamando el dinero para financiarles sus viajes o las diligencias en Europa, donde estarían las sedes de los supuestos bancos internacionales donde aseguraban estaba depositada la presunta herencia millonaria.
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