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Panorama

Se acabó la prórroga para pagar teléfono e internet

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Con el inicio de la fase uno para la reapertura gradual de la economía que es­te miércoles cumple una semana, se acaban las prórrogas para pagar los servicios de telecomunica­ciones, como el internet y los teléfonos.

Así lo establece la reso­lución PRE-004-2020 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) puesta a circu­lar el 18 de mayo del año en curso, justo un día des­pués de que el presidente Danilo Medina anunciara la desescalada en Repúbli­ca Dominicana.

Con esta medida se qui­ta a los usuarios de teleco­municaciones el beneficio de que las empresas pres­tadoras no suspendieran sus servicios por la falta de pago durante el perío­do de vigencia de la reso­lución. Esto brindaba a los usuarios, quienes necesi­taban el servicio para las clases virtuales y el tele­trabajo, que no le cobra­ran intereses por mora o reajustes.

La resolución del Indo­tel, consultada por el periódico Listín Diario, daba desde el día 20 de mayo a los usuarios un plazo de cinco días para que se pusieran el día con las facturas pendientes y realizaran acuerdos de pa­gos con las prestadoras de telecomunicaciones. Este venció el pasado lunes 25 de mayo.

El día 23 de marzo, la Comisión de Alto Nivel pa­ra la Prevención y el Con­trol del Coronavirus ins­truyó al Indotel para que dedicara todos los recursos necesarios para garantizar la continuidad ininterrum­pida de sus servicios y pro­hibiendo la suspensión o cancelación de los servicios de telecomunicaciones, así como la generación de car­gos por retraso en el pago de los servicios durante el periodo de estado de emer­gencia, que todavía se man­tiene hasta el 1 de junio.

Lo que se había estipulado
A través de las resoluciones PRE002-2020 y PRE-003-2020, el Indotel aseguraba la continuidad del servicio de telecomunicaciones a los habitantes del país, con­siderando las restricciones de movilidad que el estado de emergencia les imponía, así como la necesidad de concentrar los recursos de las empresas prestadoras en garantizar la continui­dad del servicio, mientras se adaptaban a las condi­ciones de operación que las circunstancias les impo­nían.

El Indotel consideró oportuno derogar los efec­tos de las pasadas resolu­ciones “tomando en con­siderando la garantía que se mantiene sobre los ser­vicios por la regulación vi­gente, así como el conjunto de medidas que mantiene el Estado dominicano en la lucha contra el COVID-19 dentro la apertura gradual de la economía”.

Directrices pasadas
Con las resoluciones ante­riores, el Indotel establecía que las concesionarias de servicios públicos de tele­comunicaciones garantiza­rían la prestación a los con­sumidores, además de que no podían, durante el pe­riodo de estado de emer­gencia y los cinco días ca­lendario posteriores a su terminación, suspender o cancelar por falta de pago los servicios.

Se disponía, además, que todos los usuarios de servicios sin contratos con cargos recurrentes (prepa­go) podían conservar du­rante la vigencia del estado de emergencia, como míni­mo, acceso gratuito al Sis­tema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1 y a *462, mensajes y recepción de llamadas.

Fases de la desescalada
El 17 de mayo, el Poder Eje­cutivo anunció las cuatro fases previstas de desesca­lada, siendo la primera la que permite a las empre­sas operar parcialmente de acuerdo a su tamaño y al número de empleados.

“Cabe resaltar que por el momento se está contem­plando únicamente el re­greso al trabajo, pero aún no estamos en condiciones de hablar de una fecha de reapertura para las activi­dades que involucran al­ta densidad de personas”, dijo en un discurso el pre­sidente Danilo Medina al referirse a la segunda fase que está prevista para el 3 de junio.

FUENTE: Listín Diario

Panorama

JCE prohíbe proselitismo, carpas y uso de gafetes en el perimetro de los recintos electorales

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La Junta Central Electoral (JCE) prohibió este martes el activismo político y las aglomeraciones frente a recintos electorales, de cara a las elecciones congresuales y presidenciales pautadas a celebrarse el próximo mes de mayo.

Esta medida está contenida en la resolución no. 18-2024, emitida con el objetivo de establecer el protocolo para la cadena de custodia y seguridad de los recintos electorales por parte de la Policía Militar Electoral.

La resolución en cuestión dispone que, el día de las elecciones, no estarán permitidas la aglomeración de personas en el perímetro de los recintos, desde la 5:00 a. m. hasta finalizar las elecciones. Esto incluye las personas que ya votaron y exime a quienes estén en fila para sufragar.

Asimismo, la Junta definió el “perímetro” de un recinto electoral como las dimensiones de la estructura física de los establecimientos dispuestos y anunciados por la JCE como tales.

¿CÓMO HARÁN CUMPLIR ESTA MEDIDA?

La resolución contiene las acciones a tomar por la Policía Militar Electoral, como mantener despejadas las entradas de los recintos; no permitir el proselitismo de personas con distintivos y gafetes que hagan promoción o activismo a favor de partido políticos.

Tampoco serán permitida la instalación de carpas, mesas o cualquier estructura que facilite la gestión política o campaña electoral por parte personas, dentro, frente o en el perímetro de los recintos electorales.


NO SE PERMITIRÁ EL USO DE CÁMARAS MIENTRAS SE EJERZA EL VOTO

La JCE prohibió usar el celular al elector dentro del colegio electoral, y tomar fotos de las boletas durante el acto de votación. Sin embargo, dentro del recinto electoral sí está permitido el uso.

La Policía Militar Electoral estará encargada de reforzar esta medida.

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Condenan a 5 años de prisión a Johnny Portorreal por estafa a la familia Rosario con supuesta herencia

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La Segunda Sala Penal del Distrito Nacional condenó a 5 años de prisión al abogado Johnny Portorreal, acusado de estafar a unas 283 personas de apellido Rosario, bajo la falsa promesa de recuperar una supuesta herencia de 13 trillones de euros que tenían depositada en un banco en el extranjero por un pariente lejano apellido Rosario, lo que nunca cumplió.

La acusación instrumentada por la Fiscalía del Distrito Nacional establece que el abogado Johnny Portorreal, Miguelina Gómez Santana, Miguel D Òleo Montero e Hilario Amparo de la Cruz, se asociaron para estafar con RD$16 millones de pesos a cientos de personas de apellido Rosario, a quienes cobraron altas sumas de dinero, que van desde 15 mil hasta 24 mil pesos por persona, con la promesa de hacer las diligencias del supuesto cobro de una presunta herencia millonaria.

La imputación del Ministerio Publico establece que el grupo de procesados solicitaba altas sumas de dinero a las víctimas de apellido Rosario, alegando tener la información falsa de que el dinero de la supuesta herencia había sido transferido al Banco Central y posteriormente al Banco de Reservas, desde el Banco Santander, de España, y el Banco Zúrich, de Suiza.

Los investigadores judiciales presentaron evidencias con las que sustentaron la acusación, de que los encartados aseguraban a sus víctimas que los montos que requerían serían cobrados a través de la empresa “La Central del Derecho LPR, SRL”, a los fines de realizar trámites para su registro como herederos de sus familiares antepasados fallecidos, señores Celedonio Rosario y María del Rosario.

Según consta en el expediente, el pago de los estafados por Portorreal y compartes, consistía en desembolsos que eran entregados a Gómez Santana y Portorreal, a quienes les cedían el derecho de un poder Cuota Litis, con el que se acordaba el pago de los honorarios, utilizado en una entidad bancaria al momento de retirar los fondos que iban a ser presuntamente depositados.

Mientras que Miguel D Òleo Montero e Hilario Amparo de la Cruz, están sindicados como las personas que se reunían con la intención de captar a los supuestos herederos de la familia Rosario, reclamando el dinero para financiarles sus viajes o las diligencias en Europa, donde estarían las sedes de los supuestos bancos internacionales donde aseguraban estaba depositada la presunta herencia millonaria.

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