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Jefe Bomberos del DN advierte riesgo de vender GLP en gasolineras
El jefe del Cuerpo de Bomberos del Distrito Nacional, Rafael del Rosario advirtió sobre la alta peligrosidad que constituiría el que se permita la venta de gas licuado de petróleo (GLP) en las estaciones de expendio de gasolinas y otros combustibles.
Consideró que el almacenamiento y comercialización de estos combustibles en un mismo establecimiento duplicaría los riesgos de incendios, explosiones y otros eventos .
Explicó además, que como el manejo de incendios en una estación de ventas de gasolinas requiere el uso de métodos y elementos químicos diferentes al ocurrido en una envasadora de GLP, desbordaría la capacidad de respuesta de los bomberos y otros orgtanismos de socorros.
El titular de la intendencia bomberil del Distrito Nacional, recordó que como el GLP es un combustible altamente inflamable es que se han dictados normas y resoluciones que reglamentan la instalación de envasadoras en lugares distantes una de otra y no rodeada por poblaciones.
Del Rosario refirió que precisamente a lo delicado en el manejo y distribución del GLP, es que en dichas plantas se ha establecido una serie de normas para mitigar los riesgos de conatos de incendios y otros eventos.
Uno de esos requisitos, es que al momento de abastecerse un vehículo accionado por gas licuado de petróleo, chofer y pasajeros deben desmontarse antes y apagar el motor, porque cualquier chispa e incluso el alto volúmen de la música podría desencadenar un conato de incendio.
“Precisamente, es por ello que es sumamente peligroso que gasolinas y GLP se envase y comercialice en un mismo establecimiento, porque su manejo, métodos y químicos a ser utilizados para sofocar un incendio son diferentes y complicaría el trabajo de los bomberos “, enfatizó el jefe bomberil de la capital dominicana.
Refirió que el combate de un incendio u otros eventos en una estación de expendio de gasolinas, requiere de una técnica menos compleja que en una envasadora de GLP, ya que esta última comercializa un combustible altamente inflamable.
Recordó además que el reglamento establecido por el Ministerio de Industria y Comercio prohibe que en las estaciones de combustibles también almacenen y comercialicen GLP en esos establecimientos.
El intendente bomberil se refirió al Reglamento 2119 que data del año 1972, en su artículo 37, que impide la venta de gas licuado de petróleo en estaciones de ventas de combustibles líquidos y que ciertos sectores pretenden sea modificado.
Al respecto, el jefe del cuartel general del Cuerpo de Bomberos del Distrito Nacional, considera no se justifica se modifique ese reglamento y otras resoluciones que norman la comercialización de los derivados del petróleo, porque precisamente fueron establecidas tras la ocurrencia de una serie de eventos, incluidos inndios y explosiones.
Otros expertos en asuntos de seguridad y labores de socorros, también han expresado su objección al planteamiento que hace la Asociación Dominicana de Empresas de Inversión Extrajera (ASIEX), para que se permita la venta de gas licuado de petróleo en estaciones de combustibles líquidos.
“Uno de esos requisitos, es que al momento de abastecerse un vehículo accionado por gas licuado de petróleo, chofer y pasajeros deben desmontarse antes y apagar el motor, porque cualquier chispa e incluso el alto volumen de la música podría desencadenar un conato de incendio”, agregó.
Según datos de la estación de Bomberos del Distrito Nacional, en el país funcionan unas mil 300 estaciones de expendio de GLP, que venden 40 millones de galones diario del combustible y con alrededor de 25 mil empleados.
Al respecto, del Rosario dijo que de permitirse que en las bombas de gasolina se comercialice dicho carburante, la mitad de esos empleos se perdería.
Hay gasolineras también opuestas
A través de un comunicado, las empresas Next, Sunit y Nativa alegan que esas estaciones mixtas resultarían riesgosas para la población que vive en las cercanías y para los mismos clientes.
El documento indica que el GLP es un combustible que, en su estado gaseoso tiende a propagarse muy fácilmente por los lugares más bajos de las estaciones de expendio y a tardar más tiempo que otros combustibles en disiparse, debido a que pesa más que el aire.
Agregó que por ser inflamable es mayor su capacidad de provocar una explosión al entrar en contacto con cualquier fuente de calor o chispa.
Explican que la gran mayoría de las estaciones de gasolina, incluyendo las de ellos, se encuentran en zonas residenciales o de alta concentración de personas como son escuelas, hospitales, iglesias, parque infantiles, centro comerciales, entre otros.
Indicaron que “eso es posible gracias a que hay un menor nivel de riesgo en la operación de venta de gasolina, algo que no ocurriría si se suma en el mismo lugar la venta de GLP”.
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Lanzan cadáver de un hombre desde una motocicleta en marcha en Santiago
Un hombre, aún no identificado, fue ultimado a tiros y posteriormente lanzado desde una motocicleta en marcha, en un hecho ocurrido la mañana de este jueves en el sector Don Pedro, en Santiago.
De acuerdo con versiones ofrecidas por residentes de la zona, la víctima habría sido baleada en un presunto punto de venta de drogas y luego trasladada en una motocicleta, desde la cual su cuerpo fue arrojado a plena vía pública.
El cadáver presenta múltiples heridas de bala en distintas partes del cuerpo, según las informaciones preliminares.
De acuerdo a Maricela De La Cruz, el hecho ha causado consternación entre los comunitarios, mientras agentes de la Policía Nacional y miembros del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF) acudieron al lugar para realizar el levantamiento del cuerpo e iniciar las investigaciones correspondientes.
Hasta el momento, las autoridades no han ofrecido detalles sobre los responsables del crimen ni las circunstancias exactas en que ocurrió el hecho.
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Imponen tres meses de prisión preventiva a fiscal Aurelio Valdez Alcántara
La jueza de instrucción especial, Isis Muñiz, impuso tres meses de prisión preventiva al fiscal Aurelio Valdez Alcántara, acusado de recibir un soborno de 10 mil dólares por parte de un testigo del caso del Servicio Nacional de Salud (Senasa).
La magistrada tomó la decisión tras una audiencia de más de diez horas en la que rechazó varios incidentes de la defensa.
La jueza dispuso que el imputado cumpla la medida de coerción en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Najayo Hombres, tras acoger un pedimento de manera parcial presentado por el titular de la Dirección de Persecución del Ministerio Público, Wilson Camacho y el fiscal Andrés Mena.
Asimismo, la jueza, quien preside la Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, fijó para el próximo 29 de julio la revisión obligatoria de la medida en contra del fiscal, quien se encuentra adscrito a la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca).
Se recuerda que la jueza había sido recusada por la defensa del imputado, pero el pleno de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, la rechazó, luego de que el pleno de la Suprema Corte de Justicia, se declarara su incompetencia para conocer dicha recusación.
Incidentes planteados por la defensa
Entre los incidentes presentados por los abogados del imputado, los doctores Albert Delgado y Valentín Medrano, se encontraba la solicitud de apartar al procurador adjunto Wilson Camacho del conocimiento de la medida de coerción.
También requirieron la nulidad de la investigación realizada por Camacho y por la procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso.
La defensa alegó que la solicitud de medida de coerción debía estar firmada por el procurador de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, José del Carmen Sepúlveda, quien, de acuerdo con sus argumentos, es la autoridad con jurisdicción para el caso.
Otro de los pedimentos rechazados por la jueza fue el de permitir el acceso de los medios de comunicación a la sala de audiencias durante el conocimiento de la medida, bajo el argumento de la defensa de que el proceso debía ser público.
El caso
El fiscal Valdez Alcántara es señalado por el Ministerio Público de haber recibido dinero en efectivo al testigo Roberto Canaán, uno de los principales mencionados en el caso de corrupción del Seguro Nacional de Salud.
Dada la gravedad de los hechos y la investidura del imputado, el órgano persecutor había solicitado originalmente un año de prisión preventiva.
El Ministerio Público sostiene que existe un alto riesgo de que el procesado pueda influir u obstaculizar el curso de las investigaciones aprovechando su posición y relaciones dentro del sistema de justicia.
Vía Listín Diario
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