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Panorama

“Cartel del Malecón” usaba con facilidad aeropuertos para narco

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Los 140 paquetes de drogas decomisada en el aeropuerto Las Américas, en noviembre pasado, y se apresaron varias personas.

SANTO DOMINGO.-A la organización criminal bautizada ayer por las autoridades venezolanas como “El Cartel del Malecón” se le atribuye haber sacado de ese país suramericano rumbo a República Dominicana más de dos toneladas de cocaína procesada en Colombia.

El imputado Yoel Palmar fue arrestado el 11 de diciembre en Colombia, donde estaba residiendo, aunque utilizaba Venezuela y República Dominicana para lavado de activos y sus operaciones de narcotráfico, según han arrojado las investigaciones preliminares del caso.

Una fuente antinarcóticos de Venezuela reveló ayer a EL DÍA que Yoel Palmar apareció en el radar de las agencias de ese país y de República Dominicana a principios de 2015, como consecuencia de una operación de inteligencia ejecutada de manera simultánea entre las dos naciones.

Se señaló que su nombre apareció por primera vez como una figura de esa organización criminal, aunque no se sabía todavía qué posición ocupaba en el organigrama, a raíz del decomiso de 450 kilos de cocaína procedente de Venezuela.

El Banco Peravia
En esa oportunidad fueron arrestados los cinco ocupantes de la avioneta modelo LearJet 25D, con siglas YV544T, de Venezuela. Hacía tres años esa aeronave tenía matrícula estadounidense.

Los detenidos fueron los pilotos Edmundo José Medina Torrealba, de 38 años, y Francisco Javier Velazco Tory, de 34 años.

Los pasajeros arrestados fueron José Manuel Houtmam, de 38 años; José Nicolás Velásquez Murcia y Mirian de Jesus Díaz Marín.

El piloto Velasco Tory era de los activistas que reclamaban que República Dominicana liberara a sus colegas Víctor Daniel Álvarez Rincón, Alexander Lira, Armando José Gutiérrez Gil y Jorge Luis Yzghen Barreto, apresados cuando intentaban apoderarse de un avión Cessna Citation II, propiedad del quebrado Banco Peravia.

El fiscal general de Venezuela, Tarek Saab, aseguró el martes que aunque en esa oportunidad ya los indicios apuntaban contra Yoel Palmar, no fue encartado en el expediente que se formuló contra un grupo de personas que en esa oportunidad fueron arrestadas en Venezuela por el cargamento decomisado en Santo Domingo.

Oficiales reclutados
La organización bautizada como “El Cartel del Malecón” tenía reclutados a oficiales de seguridad de los aeropuertos venezolanos y dominicanos, particularmente el aeropuerto de Maiquetía, que es el principal de Caracas, así como el de Las Américas y La Romana, en República Dominicana.

Entre 2015 y 2017 las autoridades de ambos países apresaron a más de 30 militares que trabajaban como seguridad en esos aeropuertos, así como personal civil que daba servicios a aerolíneas.

Drogas en maletas
El “modus operandi” de la citada banda era introducir drogas a República Dominicana en equipajes que venían en vuelos comerciales y privados.

Por el más reciente caso, el de los 140 kilos de cocaína decomisados en cuatro maletas transportadas al aeropuerto de Las Américas el 30 de noviembre pasado, las autoridades de Venezuela arrestaron 13 personas.

Entre lo detenidos están el coordinador de seguridad de la aerolína Laser, el auxiliar de plataforma de la empresa Gleco, el coordinador de plataforma de Laser, funcionarios de Comandos Especiales, un teniente adscrito a la división antidrogas del aeropuerto de Maiquetía (en las afueras de Caracas).

También está un hombre identificado como Jefrie Rojas, a quien se le atribuye ser una “ficha importante” en el lavado de activos de la organización criminal.
En territorio dominicano fueron arrestados cinco ciudadanos venezolanos y cinco dominicanos de servicio en el aeropuerto, incluyendo agentes de la DNCD y del Cuerpo Especializado de Seguridad Aeroportuaria.

Diligencias
Las autoridades dominicana, según la investigación, podrían iniciar las posibles incautaciones de los bienes que están en el país, propiedad del supuesto jefe del” cartel del Malecón”, Yoel Palmar Vergel apresado en Colombia.

Extradición desde Colombia
Mientras que Venezuela ha tramitado ante las autoridades de Colombia la extradición de Yoel Palmar, considerado el líder del “Cartel del Malecón”, al ser considerado el mayor narcotraficante para el envío de droga desde ese país sudamericano hacia República Dominicana.

La acción judicial fue iniciada por las autoridades venezolanas luego de anunciarse el desmantelamiento del “Cartel de Malecón”, una red que transportaba droga vía Colombia, Venezuela y República Dominicana.

Palmar es el primer narcotraficante de Venezuela capturado desde el apresamiento de Hermágoras González, quien era el jefe del cartel de La Guajira en 2008.

El fiscal Tarek Saab anunció que serán enviados dos fiscales a República Dominicana para profundizar las investigaciones en torno a las operaciones que se les atribuyen a Palmar y su grupo.

El Día

Panorama

Apresan motorista que persiguió y lanzó piedra a vehículo de Luly Rocha

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La Policía Nacional, a través de la Dirección Central de Investigación (DICRIM), informó la detención de Jhonatan Benítez, alias “Jhon”, de 27 años, señalado como presunto responsable de agredir el vehículo en el que se desplazaba la comunicadora uruguaya Lourdes Leticia Rocha Carle (Luly Rocha), en un hecho que se difundió ampliamente en redes sociales.

De acuerdo con las investigaciones preliminares, el incidente se originó en el área de autocajero de una entidad bancaria ubicada en el sector Luis Amiama Tió, donde se produjo una interacción inicial entre el detenido y la víctima. Posteriormente, el individuo habría dado seguimiento al vehículo, generando una situación de tensión que derivó en la agresión.

Según la denuncia pública, la comunicadora manifestó que fue perseguida por un motociclista que le exigía dinero, y que, al negarse, este procedió a lanzar un objeto contundente contra su vehículo, provocando daños visibles.

La institución precisó que, tras labores de inteligencia, levantamiento de información y análisis de cámaras de videovigilancia, el sospechoso fue debidamente identificado y arrestado.

Durante el proceso investigativo, el detenido admitió haber lanzado una piedra contra el vehículo, pero negó que fuera bajo las circunstancias denunciadas.

El caso fue remitido al Ministerio Público para los fines legales correspondientes.

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Panorama

Publicar audio, video o foto sin consentimiento conllevaría un año de prisión

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Por Cesar Amadeo Peralta.-Atención país ¡!!!!, para que luego no aleguen que no lo sabían !!!, a partir del seis (6) de agosto del año 2026, entrará en vigencia en nuevo Código Penal en la República Dominicana y a unos 11 millones de dominicanos y un chin más, no les ha preocupado ni tampoco les ha llamado la atención el nuevo régimen de consecuencias que entrará en vigencia con severas penas de prisión y multas, en este caso solo por publicar o difundir por cualquier vía una nota de voz, un audio, un video o una foto de cualquier persona sin que ella te haya dado su autorización escrita.

Los medios de comunicación en sentido general, las plataformas digitales, programas de YouTube, etc., etc., tendrán que reorganizar la transmisión de sus informaciones y contenidos, porque ya no podrán transmitir publicar o difundir por cualquier vía una nota de voz, un audio, un video o una foto de cualquier persona sin que ella te haya dado su autorización escrita, porque de hacerlo se estarían enfrentando a una pena de 6 meses a un 1 año de prisión, y a una multa de 1 a 2 salarios mínimos del sector público y una demanda en daños y perjuicios. ( a mayo de 2026, el salario mínimo en el sector público en la República Dominicana se ha mantenido en RD$10,000.00 pesos mensuales).

Así lo dispone el artículo 192 del nuevo Código Penal ley 74-25.

Articulo 192.- Difusión de audios o imágenes sin consentimiento. Quien publique o difunda por cualquier medio audios, imágenes o videos de otra persona sin su consentimiento, será sancionado con seis meses a un año de prisión menor y multa de uno a dos salarios mínimos del sector público.

La pena puede aumentar a 5 años si el audio, imagen o videos son alterados o falsos.

Párrafo I.- La difusión de la imagen, vídeos o audios falsos o alterados por medio de montajes o por cualquier otra forma sin el consentimiento de la persona que dañen o ataquen el honor, el buen nombre o la propia imagen y reputación personal será sancionado con 2 a 5 años de prisión menor y multa de nueve a quince salarios mínimos del sector público

La pena puede aumentar a 10 años si el audio, imagen o videos son alterados o falsos.

Párrafo II.- La pena será de 5  a 10 años de prisión mayor y multa diez a veinte salarios mínimos del sector público, si concurre cualquiera de las siguientes circunstancias:

1) Si el contenido o difundido tiene carácter íntimo, sexual o compromete gravemente la dignidad de la persona;

2) Si se realiza con la intención de chantaje, extorsión, venganza o descrédito público;

3) Si la víctima es menor de edad, adulto mayor, mujer embarazada o persona con discapacidad;

4) Si la difusión de audios, imágenes o videos sin consentimiento fue realizada por una persona con autoridad o relación de poder respecto de la víctima;

5) Si la publicación se realizó a través de redes sociales, páginas web o plataformas digitales de acceso masivo.

Párrafo III.- La tentativa de esta infracción será sancionada con las mismas penas del hecho consumado.

Como abogado y ciudadano comprometido con el conocimiento, reitero mi exhortación a todo el que tenga un celular con Whatsapp, Instagram, Facebook, twitter, YouTube y TikTok, Telegram, Signal, Snapchat, LinkedIn, Pinterest,     Twitch, Discord y demás redes sociales, para que se mantengan atentos a la nueva legislación en la República Dominicana, porque también existe la ley 53-07, sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, con otras penas muy severas de hasta 7 años de prisión, que bajo la figura del cúmulo de penas, le permite al Ministerio Público agregar en una acusación varios artículos de esta ley, así como la asociación de malhechores y las penas pueden aún más grandes, aún se cometan fuera del territorio dominicano.

El autor de este artículo es el Lic. Cesar Amadeo Peralta, de la Oficina de Abogados Peralta & Peralta y Asociados, Abogados Consultores, S.R.L.

 Ley Núm. 74-25 (Código Penal RD).pdf

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