Panorama
186,049 vehículos se quedaron sin renovar el marbete
En el país hay gente que siempre deja para mañana lo que puede hacer hoy. Fue justo lo que ocurrió con el proceso para obtener el marbete 2017-2018: Vencido el plazo 14.6% de los propietarios de vehículos se quedó sin hacerlo.
Concluido el proceso, ayer, 1,093,796 vehículos renovaron el Impuesto de Circulación Vehicular. El parque vehicular hábil para estos fines es de 1,279,845 unidades; quiere decir que 186,049 se quedaron fuera y tendrán que hacerlo pagando recargo.
Las filas en algunos de los establecimientos dispuestos para renovar el Impuesto de Circulación Vehicular eran largas. Las hicieron contribuyentes a los que no les alcanzaron los tres meses que duró la jornada dispuesta por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
A las 9:30 de la mañana de ayer 1,026,136 propietarios de vehículos habían renovado, de 1,279,845 que debían hacerlo, lo que equivale al 80.1%, de acuerdo con un corte numérico realizado por el órgano recaudador del Estado.
A esa hora hacía rato que Félix Ramírez se había apostado a las afueras de una asociación de ahorros y préstamos de la avenida Núñez de Cáceres, de la capital, con el fin de ponerse al día con el impuesto.
¿Por qué no renovó antes? le preguntó un reoprtero del periódico EL Caribe. “Bueno, estaba corto de dinero y lo que hice fue alargar el tiempo para sacarlo, hasta que me llegó el último día casi sin darme cuenta”, respondió. No fue el único que se excusó por no sacar antes del límite el marbete para circular en su vehículo.
Otros como Pedro Suárez, del sector de Herrera, y Lucas Encarnación, de Los Praditos, buscaron todo tipo de argumentos para justificarse.
Entre las 9:30 de la mañana y las 4:00 de la tarde de ayer (día de cierre) 67,640 personas obtuvieron el marbete y eso se sumó a aquellos que lo hicieron antes de ese tiempo durante todo el proceso.
Quienes ayer no obtuvieron el marbete tendrán que pagar RD$1,000 adicional al monto del impuesto. La temporada para renovación del Impuesto de Circulación inició el lunes 2 de octubre de 2017 y desde ese día hubo 556 sucursales de las 28 entidades financieras (1,543 ventanillas) dispuestas para esos fines. Pero pese a eso a una cantidad importante de contribuyentes “le cogió el sueño” para hacerlo.
En octubre el organismo recaudador informó que se disponía de facilidades en línea con las cuales los contribuyentes podrían comprar el marbete 2017-2018 con una tarjeta de crédito nacional (emitida por un banco local). Ese servicio incluía el envío de los marbetes a la dirección (residencial o laboral) que el contribuyente indicara sin costo.
En Santiago también se movieron a última hora
En Santiago, a horas de vencer el plazo para la adquisición de marbetes, las filas se hicieron cada vez más largas en el edificio del Huacalito. Mientras, en Moca ya algunos agentes de Autoridad Metropolitana del Transporte (Amet) comenzaron a multar o incautarse de vehículos, a pesar que la disposición establece que el plazo vencía después de la medianoche. También los bancos comerciales que ofrecen el servicio tuvieron filas y congestión.
la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) dijo que no habrá prórroga y recordó a los propietarios de vehículos que el plazo para renovar sin recargos venció este lunes 8 de enero y que para aquellos que no lo hicieron antes de esa fecha tendrán que pagar un recargo de RD$1,000 adicional al monto del Impuesto.
El Caribe
Panorama
Apresan motorista que persiguió y lanzó piedra a vehículo de Luly Rocha
La Policía Nacional, a través de la Dirección Central de Investigación (DICRIM), informó la detención de Jhonatan Benítez, alias “Jhon”, de 27 años, señalado como presunto responsable de agredir el vehículo en el que se desplazaba la comunicadora uruguaya Lourdes Leticia Rocha Carle (Luly Rocha), en un hecho que se difundió ampliamente en redes sociales.
De acuerdo con las investigaciones preliminares, el incidente se originó en el área de autocajero de una entidad bancaria ubicada en el sector Luis Amiama Tió, donde se produjo una interacción inicial entre el detenido y la víctima. Posteriormente, el individuo habría dado seguimiento al vehículo, generando una situación de tensión que derivó en la agresión.
Según la denuncia pública, la comunicadora manifestó que fue perseguida por un motociclista que le exigía dinero, y que, al negarse, este procedió a lanzar un objeto contundente contra su vehículo, provocando daños visibles.

La institución precisó que, tras labores de inteligencia, levantamiento de información y análisis de cámaras de videovigilancia, el sospechoso fue debidamente identificado y arrestado.
Durante el proceso investigativo, el detenido admitió haber lanzado una piedra contra el vehículo, pero negó que fuera bajo las circunstancias denunciadas.
El caso fue remitido al Ministerio Público para los fines legales correspondientes.
Panorama
Publicar audio, video o foto sin consentimiento conllevaría un año de prisión
Por Cesar Amadeo Peralta.-Atención país ¡!!!!, para que luego no aleguen que no lo sabían !!!, a partir del seis (6) de agosto del año 2026, entrará en vigencia en nuevo Código Penal en la República Dominicana y a unos 11 millones de dominicanos y un chin más, no les ha preocupado ni tampoco les ha llamado la atención el nuevo régimen de consecuencias que entrará en vigencia con severas penas de prisión y multas, en este caso solo por publicar o difundir por cualquier vía una nota de voz, un audio, un video o una foto de cualquier persona sin que ella te haya dado su autorización escrita.
Los medios de comunicación en sentido general, las plataformas digitales, programas de YouTube, etc., etc., tendrán que reorganizar la transmisión de sus informaciones y contenidos, porque ya no podrán transmitir publicar o difundir por cualquier vía una nota de voz, un audio, un video o una foto de cualquier persona sin que ella te haya dado su autorización escrita, porque de hacerlo se estarían enfrentando a una pena de 6 meses a un 1 año de prisión, y a una multa de 1 a 2 salarios mínimos del sector público y una demanda en daños y perjuicios. ( a mayo de 2026, el salario mínimo en el sector público en la República Dominicana se ha mantenido en RD$10,000.00 pesos mensuales).
Así lo dispone el artículo 192 del nuevo Código Penal ley 74-25.
Articulo 192.- Difusión de audios o imágenes sin consentimiento. Quien publique o difunda por cualquier medio audios, imágenes o videos de otra persona sin su consentimiento, será sancionado con seis meses a un año de prisión menor y multa de uno a dos salarios mínimos del sector público.
La pena puede aumentar a 5 años si el audio, imagen o videos son alterados o falsos.
Párrafo I.- La difusión de la imagen, vídeos o audios falsos o alterados por medio de montajes o por cualquier otra forma sin el consentimiento de la persona que dañen o ataquen el honor, el buen nombre o la propia imagen y reputación personal será sancionado con 2 a 5 años de prisión menor y multa de nueve a quince salarios mínimos del sector público
La pena puede aumentar a 10 años si el audio, imagen o videos son alterados o falsos.
Párrafo II.- La pena será de 5 a 10 años de prisión mayor y multa diez a veinte salarios mínimos del sector público, si concurre cualquiera de las siguientes circunstancias:
1) Si el contenido o difundido tiene carácter íntimo, sexual o compromete gravemente la dignidad de la persona;
2) Si se realiza con la intención de chantaje, extorsión, venganza o descrédito público;
3) Si la víctima es menor de edad, adulto mayor, mujer embarazada o persona con discapacidad;
4) Si la difusión de audios, imágenes o videos sin consentimiento fue realizada por una persona con autoridad o relación de poder respecto de la víctima;
5) Si la publicación se realizó a través de redes sociales, páginas web o plataformas digitales de acceso masivo.
Párrafo III.- La tentativa de esta infracción será sancionada con las mismas penas del hecho consumado.
Como abogado y ciudadano comprometido con el conocimiento, reitero mi exhortación a todo el que tenga un celular con Whatsapp, Instagram, Facebook, twitter, YouTube y TikTok, Telegram, Signal, Snapchat, LinkedIn, Pinterest, Twitch, Discord y demás redes sociales, para que se mantengan atentos a la nueva legislación en la República Dominicana, porque también existe la ley 53-07, sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, con otras penas muy severas de hasta 7 años de prisión, que bajo la figura del cúmulo de penas, le permite al Ministerio Público agregar en una acusación varios artículos de esta ley, así como la asociación de malhechores y las penas pueden aún más grandes, aún se cometan fuera del territorio dominicano.
El autor de este artículo es el Lic. Cesar Amadeo Peralta, de la Oficina de Abogados Peralta & Peralta y Asociados, Abogados Consultores, S.R.L.
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