Panorama
ARS Humano ignoró dos órdenes de la Sisalril y no autorizó proceso a paciente
La ARS Humano aclaró que sus cuentas no están embargadas por la sentencia que los condenó al pago de cuatro millones de pesos
SANTO DOMINGO. La Administradora de Riesgo de Salud (ARS) Humano (Primera de Humano) le negó la cobertura a la paciente renal Tomasina de la Cruz a pesar de que en dos ocasiones la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) le ordenó autorizar el “implante de fístula arteriovenosa con colocación de prótesis vascular”.
De la Cruz falleció el 11 de agosto 2017 por una “sepsi grave, encefalopatía urémica, sangrado gastrointestinal alto y síndrome coronario agudo con ST” ya que según consta en la sentencia de la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional, la ARS le negó la prótesis vascular que es “indispensable para la vida de todo paciente renal”.
Los jueces consideraron que la actitud de Primera Humano constituyó una violación al derecho a la vida y la salud y un desacato a la orden de la entidad que está facultada para autorizar, fiscalizar, supervisar, auditar y sancionar a todas las instituciones autorizadas a operar como administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) y el Seguro Nacional de Salud (SNS).
Humano no autorizó el procedimiento a la hoy occisa, amparado en que en el Plan Básico, al que ella pertenecía, dicho procedimiento no estaba contemplado. Ese argumento fue refutado por los familiares de la occisa con la resolución del Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) que establece excepciones para los pacientes con enfermedades de alto costo.
La ARS dijo, además, que recurrió la resolución de la Seguridad Social y que está pendiente de fallo.
El tribunal explicó que no se pudo constatar con las pruebas aportadas por la ARS que ciertamente, al recurso interpuesto contra la resolución de la Seguridad Social “se le haya dado seguimiento y, por vía de consecuencia, se haya dictado decisión alguna respondiendo el recurso”.
En tal sentido, condenó a la Administradora de Salud al pago de URD$4,000,000 a favor de Antonio de la Cruz y Flora Rivera de la Cruz, por resultar justo y útil para reparar los daños y perjuicios que le han sido causado. A la fecha, la sentencia 034-2017-ECON-00731 no ha sido recurrida en apelación.
La ARS dijo que ya le habían autorizado una primera fístula a la paciente, pese a no estar contemplado en el catálogo de servicios, lo que incluye es un catéter, que dicha fístula fue reparada “como una concesión de gracia” y que lo que estaban demandando era una nueva.
ARS Humano niega embargo
La ARS Humano aclaró ayer que sus cuentas no están embargadas por la sentencia que los condenó al pago de cuatro millones de pesos en favor de los familiares de Tomasina de la Cruz y que sus operaciones se mantienen regulares. Explicó además que la decisión no constituye un fallo definitivo porque fue emitida en primera instancia.
FUENTE: Diario Libre
Panorama
Por no tener sustento judicial, Migración eliminó impedimento de salida a más de 56 mil personas
La Procuraduría General de la República (PGR) informó que requirió a la Dirección General de Migración (DGM) proceder a solo mantener activos los impedimentos de salida del país y las alertas migratorias que cuentan con un sustento judicial.
En ese sentido, procedió a solicitar levantar cualquier alerta e impedimento de salida que incumpla con esa condición legal, una medida que busca fortalecer el mantenimiento de las garantías de los derechos fundamentales de todas las personas.
Informaron que la actualización del sistema migratorio se produce como resultado de más de seis meses de trabajo de una mesa técnica conjunta del Ministerio Público y Migración, la cual ha procedido a analizar la data desde 1990 para auditar a fondo tres décadas de datos acumulados sin una actualización de oficio.
“El análisis permitió verificar que, a través de los años, miles de personas acumularon registros que carecían de sustento judicial y limitaban su derecho al libre tránsito, ya sea por procesos judiciales cumplidos hace tiempo o por errores administrativos sin órdenes judiciales de una autoridad competente”, explicaron en nota de prensa.
En el último informe sobre ese proceso, la Dirección General de Migración explicó que ha liberado de estas trabas a 56,140 ciudadanos que recuperaron su derecho a viajar al exterior sin ningún contratiempo.
Con ese propósito, la procuradora general, Yeni Berenice Reynoso, pidió oficialmente al director de Migración, vicealmirante Luis Rafael Lee Ballester, que, sin importar quién lo haya colocado, se priorice el levantamiento de: 1) Registros individualizados que carecían de base legal, 2) Registros históricos no individualizados (acumulados entre 1990 y 2026) y 3) Registros individualizados, pero ya cumplidos sus fines.
La Procuraduría General de la República explicó que, más que una actualización y modernización de la base de datos, se trata de un triunfo para los derechos fundamentales y de una victoria para la Constitución.
Indicó que después de más de seis meses de rigurosa labor de auditoría, depuración y análisis técnico, se pudo corregir una distorsión histórica que se acumuló con los años, como evidenció la cifra crítica de registros y alertas que debieron ser evaluados para determinar si incurrían en una afectación de un derecho fundamental de la ciudadanía.
Con esta iniciativa, la Procuraduría General de la República y la Dirección General de Migración reafirman su rol como garante de los derechos ciudadanos (Art. 169 de la Constitución) y refuerzan la protección de los derechos a la libertad personal y al libre tránsito (Art. 40 y 46), en estricto apego a la Ley núm. 200 sobre Impedimentos de Salida y la Ley Orgánica del Ministerio Público.
La mesa técnica interinstitucional continuará trabajando hasta la depuración total de la data y la implementación de un nuevo sistema de interoperabilidad para la colocación y levantamiento de impedimentos de salida, cuya entrada en vigencia se tiene prevista para diciembre del presente año 2026.
Panorama
Hipermercados Olé explica variación en bonificación de empleados y anuncia aporte extraordinario
La empresa atribuye los cambios en el monto al contexto económico y asegura que un aporte extraordinario complementó la bonificación legal de sus colaboradores.
Hipermercados Olé informó que las condiciones económicas nacionales e internacionales incidieron en los resultados generales de la empresa y, en consecuencia, en el monto de la bonificación anual recibida por sus colaboradores.
A través de un comunicado dirigido a sus empleados y al público en general, la compañía explicó que la bonificación depende de los beneficios netos obtenidos durante el año y de las disposiciones establecidas en el Código de Trabajo dominicano, por lo que su monto puede variar.
La empresa indicó que, ante este escenario, su Junta Directiva aprobó un aporte extraordinario que fue incluido en el pago realizado, con el propósito de complementar la bonificación legal y permitir que los trabajadores recibieran una suma superior a la que les correspondía exclusivamente por ley.
Olé aseguró que se encuentra al día con sus compromisos laborales y señaló que su departamento de Recursos Humanos está disponible para atender las inquietudes de los colaboradores relacionadas con este tema.
Asimismo, la compañía reafirmó su compromiso con la transparencia, el cumplimiento de sus obligaciones y el bienestar de su personal, al que identificó como uno de los principales pilares para el crecimiento de la organización.
El pronunciamiento se produce en medio de las explicaciones ofrecidas por la empresa sobre las variaciones en el monto de la bonificación anual correspondiente a este año.

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