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Viudas tienen que recurrir a tribunales porque les niegan las pensiones

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La negativa a otorgar la pensión que legalmente les corresponde a las viudas de empleados públicos, también es frecuente por parte de instituciones públicas, dando lugar al  sometimiento de  demandas  judiciales para reclamar que se les garantice ese  derecho a la seguridad social.

Varias  acciones  de amparo  han sido dirimidas en el Tribunal Superior Administrativo (TSA), sometidas por mujeres que reclaman el derecho a recibir una pensión de supervivencia luego de la muerte de sus maridos que trabajaron como servidores públicos.  

Esos conflictos han llegado al  Tribunal Constitucional, que mediante sentencias en las que  decide recursos de revisión de amparo,   ha establecido que  negar  una pensión por sobrevivencia es negar el derecho a la seguridad social, protegido por el artículo 60 de la Constitución.

El TC ha ordenado a varias entidades del Estado  otorgar la pensión de esa naturaleza a viudas, que generalmente son personas de la tercera edad.

Y ha sido reiterativo en su criterio de que “la misma requiere de un tratamiento eminentemente protector, dado que su beneficiario se ha visto privado de manera involuntaria del apoyo económico del pensionado o afiliado, por lo que su finalidad es garantizar que su muerte no impida que este pueda atender las necesidades propias de su subsistencia y hacer frente a las contingencias que se han podido generar tras el fallecimiento”.

Sentencias
En la sentencia TC-122/18, emitida el 21 de mayo del 2018,  el Tribunal Constitucional  ordenó a la Lotería Nacional  concluir el trámite de pensión de sobrevivencia que reclama la señora Mercedes Batista, para que le sea pagada a ésta, al igual que el retroactivo de todas las cuotas dejadas de percibir desde octubre de 2009.

 Batista había sometido una acción de amparo en contra de la Lotería Nacional, debido a que su esposo  trabajó 45 años en esa institución, y estaba en trámite de pensión desde 11 años antes de  fallecer.  

El TC también ordenó a  la Dirección de Pensiones y Jubilaciones del Estado, a la cual estaba afiliado el servidor  público fallecido,  garantizar los derechos fundamentales a la seguridad social y a la pensión por sobrevivencia de la viuda.

Violación de derechos
En esa decisión, mediante la cual acogió un recurso de revisión de amparo, el TC consideró que  negar la pensión al cónyuge superviviente no solo constituye una violación a la seguridad social, sino también al de  protección a las personas de la tercera edad y a su dignidad humana.

También, el 21 de mayo de este año, mediante la sentencia  TC-114/18, se  ordenó a la Corporación del Acueducto y Alcantarillado (CAASD) pagar la pensión por supervivencia a la señora Francisca María del Pilar Santana,  retrotrayendo el cálculo del monto adeudado por ese concepto a la fecha en la cual falleció su marido,  Jesús Reynoso Then, el 17 de junio de 2011.

Ministerio de Hacienda
En otro fallo del 7 de marzo del 2018, número TC-022/18, la Corte Constitucional también ordenó al Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones, a cargo del Estado, otorgar una pensión de supervivencia a la señora Ramona Española Peña de Álvarez, que en vida recibía su esposo, Juan Antonio Álvarez.

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EN EL DEPARTAMENTO AEROPORTUARIO

El 23 de noviembre del 2017, a través de la sentencia TC-742, los jueces constitucionales ordenaron al Departamento Aeroportuario que restablezca la pensión de conviviente superviviente a la señora Onila Méndez Montero.

Dispuso que se le entregue todos los valores dejados de pagar que le corresponden por concepto de pensión desde el momento de la suspensión, en julio del 2015 hasta la fecha de la sentencia.

La accionante reclamaba el traspaso de la pensión que percibía su compañero Santos Leonel Urbaez desde el año 2001.

Listín Diario

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American Airlines aclara que su oficina en Santo Domingo sigue abierta

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American Airlines aclaró que su oficina de venta de boletos en Santo Domingo continúa operando con normalidad y que trasladó la atención de las llamadas de su centro de reservaciones telefónicas a otros equipos de su red, sin afectar sus vuelos en la República Dominicana.

En una declaración fechada el 15 de octubre, la compañía precisó que el cambio se limita exclusivamente al servicio de reservaciones telefónicas y no modifica sus itinerarios ni su compromiso con el mercado dominicano, al que sirve desde hace más de cinco décadas.

La aerolínea informó que durante la temporada de invierno operará hasta 174 vuelos semanales desde cinco destinos en la República Dominicana.

«Este cambio se limita exclusivamente a las operaciones del centro de reservaciones telefónicas», indicó la empresa, que atribuyó la medida a sus esfuerzos por mejorar la experiencia de sus clientes.

Oficina abierta
La oficina de venta de boletos permanece abierta en el edificio In Tempo, en la avenida Winston Churchill esquina Max Henríquez Ureña.

Su horario de atención es de lunes a viernes, de 8:30 de la mañana a 5:30 de la tarde, y los sábados, de 9:00 de la mañana a 1:00 de la tarde.

El comunicado no especifica cuántos empleados resultaron afectados por la reorganización ni ofrece detalles sobre las condiciones laborales derivadas del traslado del servicio.

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Hallan sano y salvo niño de 4 años reportado desaparecido en Los Tres Brazos

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Fue localizado sano y salvo en las proximidades de la 42 de Capotillo, Distrito Nacional, el niño Sammy Ciprian Gabriel, de 4 años, quien había sido reportado desaparecido la noche del miércoles en el sector Los Tres Brazos, de Santo Domingo Este.

Tras la localización del niño, las autoridades amplían las investigaciones para esclarecer las circunstancias en que habría sido raptado. En relación con el caso, una menor de edad se encuentra bajo custodia de las autoridades.

En las pesquisas trabajan de manera conjunta el Departamento de Investigación de Crímenes y Delitos de Alta Tecnología (Dicat), la unidad de Trata de Personas y el departamento de Investigaciones de Personas Desaparecidas.

Las autoridades continúan las indagatorias para establecer las circunstancias del hecho y determinar las posibles responsabilidades correspondientes.

La madre del niño, la señora Chantal Gabriel Bonhomme, de 31 años, agradeció a la Policía Nacional, a las personas que dieron la voz de alerta y a los medios de comunicación por contribuir a la difusión de la información sobre la desaparición del menor.

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