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Viudas tienen que recurrir a tribunales porque les niegan las pensiones

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La negativa a otorgar la pensión que legalmente les corresponde a las viudas de empleados públicos, también es frecuente por parte de instituciones públicas, dando lugar al  sometimiento de  demandas  judiciales para reclamar que se les garantice ese  derecho a la seguridad social.

Varias  acciones  de amparo  han sido dirimidas en el Tribunal Superior Administrativo (TSA), sometidas por mujeres que reclaman el derecho a recibir una pensión de supervivencia luego de la muerte de sus maridos que trabajaron como servidores públicos.  

Esos conflictos han llegado al  Tribunal Constitucional, que mediante sentencias en las que  decide recursos de revisión de amparo,   ha establecido que  negar  una pensión por sobrevivencia es negar el derecho a la seguridad social, protegido por el artículo 60 de la Constitución.

El TC ha ordenado a varias entidades del Estado  otorgar la pensión de esa naturaleza a viudas, que generalmente son personas de la tercera edad.

Y ha sido reiterativo en su criterio de que “la misma requiere de un tratamiento eminentemente protector, dado que su beneficiario se ha visto privado de manera involuntaria del apoyo económico del pensionado o afiliado, por lo que su finalidad es garantizar que su muerte no impida que este pueda atender las necesidades propias de su subsistencia y hacer frente a las contingencias que se han podido generar tras el fallecimiento”.

Sentencias
En la sentencia TC-122/18, emitida el 21 de mayo del 2018,  el Tribunal Constitucional  ordenó a la Lotería Nacional  concluir el trámite de pensión de sobrevivencia que reclama la señora Mercedes Batista, para que le sea pagada a ésta, al igual que el retroactivo de todas las cuotas dejadas de percibir desde octubre de 2009.

 Batista había sometido una acción de amparo en contra de la Lotería Nacional, debido a que su esposo  trabajó 45 años en esa institución, y estaba en trámite de pensión desde 11 años antes de  fallecer.  

El TC también ordenó a  la Dirección de Pensiones y Jubilaciones del Estado, a la cual estaba afiliado el servidor  público fallecido,  garantizar los derechos fundamentales a la seguridad social y a la pensión por sobrevivencia de la viuda.

Violación de derechos
En esa decisión, mediante la cual acogió un recurso de revisión de amparo, el TC consideró que  negar la pensión al cónyuge superviviente no solo constituye una violación a la seguridad social, sino también al de  protección a las personas de la tercera edad y a su dignidad humana.

También, el 21 de mayo de este año, mediante la sentencia  TC-114/18, se  ordenó a la Corporación del Acueducto y Alcantarillado (CAASD) pagar la pensión por supervivencia a la señora Francisca María del Pilar Santana,  retrotrayendo el cálculo del monto adeudado por ese concepto a la fecha en la cual falleció su marido,  Jesús Reynoso Then, el 17 de junio de 2011.

Ministerio de Hacienda
En otro fallo del 7 de marzo del 2018, número TC-022/18, la Corte Constitucional también ordenó al Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones, a cargo del Estado, otorgar una pensión de supervivencia a la señora Ramona Española Peña de Álvarez, que en vida recibía su esposo, Juan Antonio Álvarez.

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EN EL DEPARTAMENTO AEROPORTUARIO

El 23 de noviembre del 2017, a través de la sentencia TC-742, los jueces constitucionales ordenaron al Departamento Aeroportuario que restablezca la pensión de conviviente superviviente a la señora Onila Méndez Montero.

Dispuso que se le entregue todos los valores dejados de pagar que le corresponden por concepto de pensión desde el momento de la suspensión, en julio del 2015 hasta la fecha de la sentencia.

La accionante reclamaba el traspaso de la pensión que percibía su compañero Santos Leonel Urbaez desde el año 2001.

Listín Diario

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“Deberían premiarme”: hombre que grabó defiende su actuación tras muerte de chofer en Santiago

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El reportero que captó en video los momentos posteriores al ataque que terminó con la vida del chofer Daivy Abreu Quezada aseguró que, en lugar de críticas, “deberían premiarlo” por su labor, al considerar que su grabación ha sido fundamental para las investigaciones.

El hecho, ocurrido el pasado viernes tras un altercado por un roce vehicular, dejó al conductor de un camión recolector de desechos gravemente herido.

El testigo quien habló de espaldas a la cámara del portal Último Minuto explicó que observó la situación cuando transitaba por la avenida 27 de Febrero, próximo al Palacio de Justicia de Santiago, y decidió documentar lo ocurrido.

Según su versión, mientras grababa también intentó obtener datos del herido para ayudar a identificar a sus familiares, al tiempo que aseguró haber contactado al sistema de emergencias 9-1-1.

Ante las críticas por no intervenir directamente, sostuvo que no cuenta con conocimientos en primeros auxilios y que en el lugar había otras personas y personal que podían asistir.

“Yo hice mi trabajo como reportero. Deberían premiarme, porque el video está ayudando a identificar a los responsables”, expresó.

Por su parte, el abogado Dixon Rojas respaldó estas declaraciones, afirmando que el material audiovisual se ha convertido en una pieza clave para las autoridades.

Señaló además que, en situaciones de alto estrés, es común que los testigos entren en estado de shock y no actúen de manera inmediata.

El caso ha generado un amplio debate público sobre el rol de los ciudadanos ante emergencias, el uso de la violencia en conflictos cotidianos y la importancia de la capacitación en primeros auxilios.

Mientras tanto, las autoridades continúan las investigaciones para esclarecer lo ocurrido y someter a los responsables.

Vía Deultimominuto.net

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Solicita prisión preventiva contra implicados en asesinato de chofer en Santiago; estos son sus nombres

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El Ministerio Público solicitó prisión preventiva, como medida de coerción, contra siete motoristas implicados en el crimen de Deivy Carlos Abreu Quezada, a quien atacaron luego de perseguirlo hasta el parqueo del Palacio de Justicia de Santiago, en donde la víctima intentó resguardarse.

La medida fue presentada en contra de los imputados Adony Antonio Ureña Ventura, Andrés Monclú González, Carlos Andrés Roa Morán, Miguel García Balbuena, Joanfry Joel Núñez, Juan Carlos Soto Ortiz y Kevin Francisco Metz Cruz, quienes se asociaron para perseguir, interceptar y matar a la víctima Deivy Carlos Abreu Quezada, un conductor de camión de recogida de desechos que murió mientras recibía atenciones médicas en el Hospital del Seguro Social Presidente Estrella Ureña.

La procuradora general Yeni Berenice Reynoso instruyó a los fiscales presentar cargos preliminares por asesinato en contra de los perpetradores del crimen de Abreu Quezada

“Evidentemente que debe ser la prisión preventiva, porque la acción, la conducta típica y el desenlace mortal que tuvo esa actitud de esos ciudadanos, enmarca en una persecución, en prepararse para ir a hacer daño y matar y eso es asesinato”, puntualizó la fiscal titular de Santiago, Quirsa Abreu Peña, al ser abordada por periodistas sobre la solicitud presentada ante la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente.

Luego de identificar, arrestar e individualizar a los perpetradores del crimen, la Fiscalía de Santiago, a través de su Departamento de Violencias Físicas (Homicidios), continuó con el levantamiento de pruebas materiales, documentales y testimoniales con las cuales demostrará ante el juzgador que los imputados se comportaron como una turba criminal para acorralar y darle muerte a la víctima.

Las fiscales asignadas a la investigación de los hechos, Joanna García Rivas y Luisa García, han reunido elementos de pruebas contundentes para probar la comisión del crimen y las circunstancias que lo rodearon.

En la instancia, las investigadoras establecen que mientras la víctima, Abreu Quezada, conducía el camión recolector de desperdicios del ayuntamiento de Santiago, por la Circunvalación Sur, sector ensanche Bermúdez, fue interceptado por uno de los motoconchistas, que se encuentra en calidad de prófugo y junto a otros motoristas presionaban a la víctima para que detuviera la marcha, por un supuesto roce vehicular, pero el hoy occiso, al observar la violencia que mostraban en su comportamiento, no se detuvo.

Establece la investigación preliminar que el referido motorista se desmontó de la moto y la colocó frente al camión, para forzarlo a detenerse, pero la víctima no accedió y continuó la marcha arrastrando la motocicleta.

Por varios kilómetros sigue bajo la persecución de los imputados, que logran interceptarlo en el Palacio de Justicia, a donde el hombre penetró a bordo del camión, buscando resguardarse de la turba asesina que lo perseguía, establece el Ministerio Público en la instancia.

La Fiscalía de Santiago precisa en la medida de coerción que no posee ningún tipo de evidencias que refieran que algún motorista estuviera lesionado.

Como calificación jurídica provisional, la Fiscalía de Santiago presentó contra los siete imputados cargos por violación a los artículos 265, 266, 296, 297 y 302 del Código Penal Dominicano, por la comisión del hecho delictivo, para el cual se asociaron como una turba criminal, dejando evidenciada su intención cuando vociferaban “mátalo, mátalo”, como refieren las pruebas videográficas.

Entre otras pruebas, el Ministerio Público tiene en su poder el arma blanca tipo cuchillo de caza, color negro, con la cual uno de los imputados le infligió una mortal herida en el miembro inferior derecho.

 

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