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Panorama

¡Esto es lo último! Defensa de Marlin Martínez intima al MP para que la liberen

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La defensa de la exsubdirectora general de Pasaportes Marlin Martínez, condenada a dos años de prisión por ocultamiento de cadáver -en el caso del asesinato de la adolescente embarazada Emely Peguero-, intimó a la Procuraduría Fiscal y al procurador general de la Corte de Apelación a libertarla una vez que ya cumplió la pena a dos años que le fue impuesta en reemplazo a la inicial de cinco años.

La licenciada Ingrid Hidalgo, mediante acto de alguacil, otorgó el plazo de 6 horas para que los funcionarios del Ministerio Público ejecuten la liberación de Martínez.

La abogada defensora de la exfuncionaria argumentó que su cliente ya cumplió la condena de dos años de prisión que le fue impuesta por la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Francisco de Macorís.

Este tribunal descartó, por alegada falta de pruebas, condenar a Martínez por complicidad en el asesinato de la adolescente Peguero y redujo de 5 a 2 años la pena impuesta por el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Judicial de Duarte.

El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Judicial de Duarte también condenó a 30 años de prisión a Marlon Martínez, hijo de la exfuncionaria y a la vez exdirigente del Partido Revolucionario Dominicano.

La Procuraduría General de la Corte de Apelación ha señalado que el Ministerio Público recurrió en casación la sentencia que redujo la condena a Marlin Martínez, señalando que ese recurso tiene efectos suspensivos, o sea, que la decisión de la Corte no puede ejecutarse hasta tanto haya una decisión de la Suprema Corte de Justicia.

La licenciada Hidalgo reveló que en el despacho de la Fiscalía de la provincia Duarte se negaron a recibir el acto de intimación a liberación de su defendida, alegando que la Procuraduría General de la Corte es el organismo que debe asumir todo lo relativo al caso.

ABOGADO DE MARLON RECURRE SENTENCIA
El abogado de Marlon Martínez, condenado a 30 años de prisión por el asesinato de Emely Peguero, depositó a su vez un escrito conteniendo recurso de casación en contra de la sentencia que condena a su cliente; solicita rebajar la condena a 5 años.

Señalando que aún no han vencido los plazos establecidos en el Código Procesal Penal para recurrir una sentencia ante la Suprema Corte de Justicia, el doctor Ricardo Reyna realizó el depósito del recurso ante el despacho penal, de donde será remitida a la Suprema Corte de Justicia.

Reyna argumenta en su recurso que Marlon Martínez debe ser condenado por homicidio involuntario a una pena de 5 años de prisión.

Marlon Martínez fue condenado a 30 años de prisión por el asesinato de quien fuera su novia, Emely Peguero, por el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Judicial de Duarte, la cual fue ratificada por la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Francisco de Macorís.

El cadáver de la adolescente Peguero, con 6 meses de embarazo de su novio Marlon Martínez, fue encontrado en una comunidad rural de Cayetano Germosén, provincia Espaillat, en agosto del año 2017.

FUENTE: Acento.com

PERIODISTA/ PUBLICISTA

Panorama

Dictan tres meses de prisión preventiva a tres mujeres intentaron comprar con 89 tarjetas de Supérate

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La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santo Domingo Oeste dictó tres meses de prisión preventiva contra tres mujeres apresadas en flagrancia tras intentar hacer compras en un supermercado con 89 tarjetas del programa de ayuda y protección social Supérate.

La jueza Cecilia Toribio dispuso que las imputadas Leanding Cristal Mota Arias, Perla Massiel Pérez Germán y Crisleidy Toledo Mota cumplan la prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Mujeres, en la provincia San Cristóbal.

De acuerdo a la solicitud de medida de coerción, las imputadas fueron arrestadas en flagrante delito, en momentos en que estás se disponían a pagar compras con 89 tarjetas del programa Supérate, en un establecimiento ubicado en la autopista Duarte.

El Ministerio Público indicó que las tres mujeres se asociaron con el objetivo de estafar al Estado dominicano, realizando compras masivas con el uso de las tarjetas del programa de subsidios que otorga el Gobierno a través de la Administradora de Subsidios Sociales (Adess).

Entre las evidencias ocupadas al momento en que ocurrió el hecho se encuentran: cuatro cajas de leche, conteniendo seis unidades, y una caja que contenía cinco unidades del producto, para un total de 29 elementos; 19 galones de aceite de 3.78 litros y 16 de 7.37 litros; cuatro fardos de café, con un total de 20 paquetes cada uno y 10 sueltos, siendo estos 89 paquetes; 23 piernas de salami de 100 gramos, cuatro fardos de leche Carnation de 24 unidades, seis plátanos verdes, un paquete de camarones de 2 libras, un paquete de toallas sanitarias, un paquete de fresa de 450 gramos y dos objetos plásticos para juguetes infantiles.

Las investigaciones iniciadas establecen que hasta el momento 22 de 89 tarjetas adscritas al programa de subsidio del Estado no coindicen con las informaciones visibles en el plástico.

El Ministerio Público les ha otorgado a los hechos descritos la calificación jurídica de asociación de malhechores, obtención ilícita de fondos, usurpación de identidad, falsificación y estafa, cometidos en violación a los artículos 265 y 266, del Código Penal, y los artículos 5, 13, 14 y 17 de la Ley 53-07, sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología.

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Panorama

Este es el informe final sobre colapso de avión de Red Air en aeropuerto de Miami

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El informe final del accidente del avión de RED Air en el Aeropuerto Internacional de Miami en junio de 2022, emitido por la Junta Nacional de Seguridad en el Transporte (NTSB, por sus siglas en inglés), arrojó que la causa probable del colapso y posterior incendio de la aeronave fue una «amortiguación ineficaz» que afectó específicamente al tren de aterrizaje principal izquierdo poco después de tocar la pista.

En ese sentido, el análisis de la agencia estadounidense se enfocó en encontrar lo que provocó la falla en el tren de aterrizaje, centrándose en dos aspectos: la falla del amortiguador de vibración izquierdo y la falla del mecanismo de bloqueo debido a una vibración excesiva.

Respecto al amortiguador de vibración izquierdo, se encontró que, aunque estaba ensamblado correctamente, la válvula de retención presentaba fugas y faltaba la tapa del puerto de servicio. Esta situación comprometió la capacidad del amortiguador para responder adecuadamente a las vibraciones normales del sistema.

El informe sugiere que la tapa del puerto de servicio pudo haber desaparecido o comprometido durante el vuelo, lo que permitió una filtración de líquido hidráulico y afectó la funcionalidad del amortiguador oscilante.

La revisión de los registros de mantenimiento reveló que la última inspección del amortiguador izquierdo se realizó 12 meses antes del accidente, lo que sugiere que la fuga en la válvula de retención pudo haber pasado desapercibida durante ese tiempo.

Aunque el amortiguador oscilante fue revisado el día antes del accidente, no hubo registro de que se le haya dado servicio, lo que indica que la tapa del puerto de servicio estaba presente y que los niveles de fluido hidráulico eran adecuados. Sin embargo, el informe señala que la tapa pudo haber desaparecido o comprometido durante los dos vuelos y 24 horas entre el último control y el aterrizaje del accidente.

En cuanto al fallo del bloqueo del tren de aterrizaje principal izquierdo, se determinó que este ocurrió debido a una sobrecarga provocada por una vibración axial severa durante el despliegue. Cuando el bloqueo descendente falló, los tirantes laterales quedaron libres para plegarse en la dirección opuesta a la normal, lo que contribuyó al colapso del tren de aterrizaje principal izquierdo.

El informe concluyó que «no existía evidencia suficiente» para establecer un vínculo entre las posibles contribuciones de la supervisión organizacional y la supervisión regulatoria del mantenimiento por parte del operador y el accidente.

El vuelo y la fase de aterrizaje
El 21 de junio de 2022, alrededor de las 05:38, hora del este de Estados Unidos, el vuelo 203 de RED Air aterrizaba en la pista 9 del Aeropuerto Internacional de Miami, la cual «invadió hasta el final» después del aterrizaje principal izquierdo, señala la NTSB en su informe.

Después del fallo, continúa el informe, la aeronave impactó contra una estructura de hormigón y acero en la zona de césped de la izquierda de la pista, deteniéndose poco después. Luego se produjo un incendio que activó el plan de evacuación de los pasajeros.

El fuego, que comenzó en el ala derecha después de que se rompiera el tanque de combustible, fue extinguido por el personal de rescate y extinción de incendios de aeronaves (ARFF) del Cuerpo de Bomberos de Miami-Dade.

De los 130 pasajeros a bordo del avión, cuatro presentaron heridas leves.

El día del accidente, la aeronave había salido de Miami a Santo Domingo a las 10:28 de la mañana, un recorrido del piloto dos horas antes por el avión no arrojó anomalías.

El vuelo arribó al país alrededor de las 11:15 y salió con destino a Miami a las 2:35 de la tarde.

Con información de DL

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