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Mira en cuáles provincias se iniciarán las clases presenciales

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El protocolo general, acogido el pasado miércoles por el Consejo Nacional de Educación (CNE), para el retorno gradual, voluntario, seguro y bajo consentimiento a la presencialidad en las aulas, está condicionado a que el índice de positividad del COVID-19 sea inferior a un 5 por ciento.

De ser así, basados en el informe de ayer de la Dirección de Epidemiología (Digepi) del Ministerio de Salud Pública, en una primera etapa, las clases presenciales solo iniciarían en dos provincias: Elías Piña y Monte Plata, que registraron tasas de positividad de un 4.16 y un 4.42 %, respectivamente.

El protocolo preliminar aprobado señal: “No se recomienda iniciar la presencialidad cuando el índice de positividad sea superior a un 5% en relación con la comunidad donde se encuentre el centro”. Además, se evaluarán otros factores tales como la disponibilidad de camas y la capacidad resolutiva del sistema de salud de la comunidad. El índice de positividad ayer era de 14.55% y el promedio de las últimas cuatro semanas, de un 12.71%.

El CNE acogió la formulación del protocolo preliminar general, elaborado por la mesa técnica de los ministerios de Salud Pública y Educación, por los aspectos socializados por las autoridades. Los integrantes del órgano técnico les dieron “un voto de confianza”, según fuentes.

Hasta el momento las autoridades no habrían dado a conocer el contenido del documento ni a los propios miembros del CNE.

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A partir de diciembre quedará prohibido el uso de vasos foam y otros plásticos

La medida forma parte de una reforma a la Ley 225-20 y busca reducir el impacto ambiental provocado por los residuos plásticos de un solo uso

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A partir del próximo mes de diciembre, en la República Dominicana estará prohibida la importación y el uso de diversos utensilios elaborados en plástico, entre ellos sorbetes, tenedores, cuchillos y cucharas.

La disposición forma parte de la reforma a la Ley 225-20 sobre Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos, aprobada recientemente por el Congreso Nacional.

Prohibición entrará en vigencia seis meses después de la promulgación

La legislación establece que la restricción comenzará a aplicarse seis meses después de la promulgación de la reforma, plazo otorgado para que importadores, comerciantes y demás sectores puedan adaptarse a las nuevas disposiciones.

El texto legal prohíbe la importación de sorbetes, cubiertos plásticos, vasos y otros artículos fabricados con poliestireno expandido (foam) que no cuenten con una certificación de biodegradabilidad conforme a los criterios establecidos por la ley.

Impulsarán alternativas biodegradables

Como parte de la iniciativa, las autoridades promoverán el uso de productos elaborados con materiales de menor impacto ambiental, como papel o cartón reciclado y biodegradable, bagazo de caña de azúcar, bambú, fibras vegetales, materiales compostables y otros componentes biodegradables debidamente certificados.

La intención es disminuir la generación de residuos plásticos de un solo uso y fomentar el consumo de opciones más sostenibles.

También modifica el financiamiento del sistema de residuos

La reforma no solo introduce restricciones a determinados productos, sino que también modifica aspectos relacionados con el financiamiento del sistema nacional de gestión de residuos.

Entre los cambios figura la creación de una contribución especial obligatoria que deberán realizar las personas jurídicas, entidades públicas, patrimonios autónomos y otras organizaciones que reporten ingresos anuales ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

Los recursos obtenidos serán destinados a un fondo para apoyar acciones orientadas a reducir el impacto ambiental de los residuos sólidos.

Aportes según el nivel de ingresos

La normativa dispone que las entidades cuyos ingresos anuales se encuentren entre cero y cinco millones de pesos deberán realizar un aporte de RD$5,000. A partir de ese monto, las contribuciones aumentarán conforme a la escala establecida en la legislación.

Tras su aprobación en el Senado, el proyecto fue remitido al Poder Ejecutivo, que deberá decidir si lo promulga o realiza observaciones antes de su entrada en vigor.

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