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Panorama

Ministro de Educación dice no hay condiciones para aplicar Pruebas Nacionales

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El ministro de Educación, Roberto Fulcar, informó hoy que las condiciones no están dadas para aplicar las Pruebas Nacionales correspondientes al período 2020-2021, el cual finaliza el próximo 29 de julio.

Dijo que en la manera en que se está desarrollando el año escolar, producto de la pandemia por el COVID-19, la aplicación de las pruebas no generaría beneficios al sistema educativo.

Al referirse a la modalidad a distancia, sostiene que se procederá a la reintegración gradual de los estudiantes, de manera controlada y voluntaria de las clases presenciales que iniciarán el próximo 4 de abril, en los centros educativos que mantienen un indicativo de Coronavirus de 5% o menos de contagio.

Fulcar explicó que esta decisión del retorno a las clases presenciales se realiza bajo el consentimiento del Ministerio de Salud Pública, cuyo órgano rector ha evaluado la evolución de la pandemia en el país.

El funcionario dijo que una de las características de este retorno a la presencialidad en las aulas, es que si una familia entiende que no debe enviar a su hijo a la escuela por la razón que considere, podrá optar por la modalidad de clases a distancia, ya que ésta no va a ser interrumpida.

Expresó que el retorno a los centros educativos está condicionado por la situación epidemiológica del COVID-19 en cada comunidad del país, es decir, siempre y cuando el índice de positividad sea inferior a un 5 % en cada comunidad.

Además, señaló que está sujeto a las condiciones físicas de los centros educativos que deben cumplir con adecuada ventilación de los espacios, facilidades para la higienización frecuente de manos, con agua y jabón, y que deben ser sometidos a desinfección periódica.

El ministro de Educación informó que, para garantizar la condición de los planteles educativos de cara al reinicio de las clases presenciales, pautado para el próximo 6 de abril, han puesto en marcha un “programa de atención urgente”.

“Estamos siempre dispuesto a escuchar a todos los sectores con atención sobre el tema de la presencialidad de las clases y las clases a distancia, pero siempre el ministerio de Educación va a tomar la decisión que favorezca a la mayoría, sobre todo la salud de las personas, la vida y la educación de los estudiantes, aseguró Fulcar.

Fulcar expresó que además de Salud Pública fueron convocadas otras instituciones del Estado entre las que mencionó el Ministerio de Obras Públicas, así como las distribuidoras de electricidad, ya que en la actualidad hay 400 escuelas sin energía eléctrica.

Brecha digital
En otro orden, el ministro Fulcar dijo que la semana próxima anunciará la presentación de los primeros dispositivos tecnológicos que ya comenzaron a llegar al país.

Expresó que, República Dominicana se encamina al cierre de la brecha digital con la dotación de equipos para docentes, así como capacitación de los educadores de los sectores educativos público y privado, así como dispositivos para los estudiantes del sector público.

«Nosotros vamos a presentar estos dispositivos tecnológicos bajo cuatro programas; calendario de llegada, de clonación, distribución y documentación, ya que hay que asegurar que estos equipos lleguen a las manos correspondientes», afirmó.

Panorama

Proyecto de Reforma Laboral: Por estas “razones” tu empleador podrá despedirte

Si las autoridades sanitarias limitan la asistencia de empleados a sus centros de trabajo, como ocurrió cuando la pandemia, el empleador puede despedirlo, justificándolo en base a esta disposición

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El proyecto de modificación al Código de Trabajo sometido hoy al Congreso Nacional, agrega una nueva causa de despido justificado, con el numeral 13 del artículo 51.

“13. La disposición de las autoridades sanitarias que restrinja o limite la asistencia a las instalaciones del empleador”, lo que quiere decir que si las autoridades sanitarias limitan la asistencia de empleados a sus centros de trabajo, como ocurrió cuando la pandemia, el empleador puede despedirlo, justificándolo en base a esta disposición.

Los otros 12 numerales del artículo 51 del Código Laboral sobre las causas de suspensión de los efectos de contrato de trabajo se mantienen similares.

Estos son:

El mutuo consentimiento de las partes;

2. La licencia por maternidad de la mujer trabajadora, según lo dispuesto en el artículo 236;

3. El hecho de que el trabajador esté cumpliendo obligaciones legales que lo imposibiliten temporalmente para prestar sus servicios al empleador;

4. El caso fortuito o de fuerza mayor, siempre y cuando tenga como consecuencia necesaria, inmediata y directa la interrupción temporal de las faenas;

5. La detención, arresto o prisión preventiva del trabajador, que lo imposibilite para el desempeño de sus labores, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 88 ordinal 18;

6. La enfermedad del trabajador que lo imposibilite temporalmente para el desempeño de sus labores;

7. El accidente de trabajo cuando imposibilite temporalmente al trabajador para el desempeño de sus labores;

8. La falta o insuficiencia de materia prima siempre que no sea imputable al empleador;

9. La falta de fondos para la continuación normal de los trabajos, si el empleador justifica plenamente la imposibilidad de obtenerlos;

10. El exceso de producción con relación a la situación económica de la empresa y a las condiciones del mercado;

11. La incosteabilidad de la explotación de la empresa;

12. La huelga y el paro calificados legales;

FUENTE: Listín Diario

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Panorama

Gobierno deposita en el Congreso la reforma laboral, sin tocar cesantía

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A más de un mes de presentar el proyecto de reforma laboral en el encuentro LA Semanal, el Gobierno depositó la propuesta este jueves en el Senado, para que el Congreso inicie los estudios de una enmienda al actual Código de Trabajo.

El ministro de Trabajo, Luis Miguel de Camps, entregó el proyecto en el Senado enfatizando que la cesantía no se tocó en la iniciativa y que la pieza no fue apresurada, como alega el sector empresarial.

De Camps indicó que el depósito de la reforma laboral no fue acelerado ya que la pieza fue consensuada durante dos años durante unas 100 sesiones de trabajo con sectores sociales y empresariales.

«El proyecto que se deposita hoy no es un proyecto del Gobierno, es el proyecto del país porque fue construido con todos», sostuvo el funcionario al reiterar que los puntos que no fueron consensuados no están incluidos en la iniciativa de ley.

El 26 de agosto, cuando presentó la propuesta ante la sociedad, Abinader también sostuvo que el proyecto nació de diálogo social tripartito que se ejecuta desde hace más de dos años.

El ministro comentó que la iniciativa contiene la eliminación de trabas para que trabajadores y empleadores disfruten de sus derechos, mejorando así la competitividad.

Otro aspecto contemplado en el proyecto es la disminución de los conflictos judiciales surgidos por las relaciones laborales, por lo que se busca mejorar «los conflictos perjudiciales» en los empleos.

Otros puntos incluidos, de acuerdo con el funcionario, en la reforma son la regulación del teletrabajo en el país y el orden en el trabajo doméstico, dos áreas que hasta la fecha no son reconocidas en el Código de Trabajo.

«Las trabajadoras domésticas han sido olvidadas y con este proyecto las estamos incluyendo en el régimen de seguridad social», apuntó De Camps.

Proceso en el Senado
Al recibir el proyecto, el presidente del Senado, Ricardo de los Santos, dijo que conformará una comisión especial para agilizar la pieza.

FUENTE: Diario Libre

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