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Contrataciones Públicas anula licitación del Intrant para adquisición de semáforos

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La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) informó este domingo la anulación del procedimiento de licitación llevado a cabo por el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) para la contratación de los servicios de mantenimiento, mejora, ampliación y explotación del Sistema Centralizado de Control de Tráfico del Gran Santo Domingo por un monto de RD$1,184,693,750.00.

El órgano rector explicó que, la decisión plasmada en la Resolución número 42-2021, del pasado 9 de febrero, surge a raíz de una denuncia y solicitud de investigación presentada por la empresa Gestión Tecnológica, GTEC, S.R.L., en torno al procedimiento de licitación INTRANT-CCC-LPN-2018-0014.

Mediante un comunicado de prensa, la institución explicó que el motivo de la nulidad se debe a irregularidades graves en el pliego de condiciones, documento que la Ley 340-06, de Compras y Contrataciones Públicas, exige establezca no solo el objeto de la contratación, sino que explique de manera clara, específica y detallada, todos los elementos necesarios para participar en un procedimiento de contratación y las condiciones que se tomarán en cuenta para evaluar a los oferentes y resultar adjudicados objetivamente.

Contrario a esto, la DGCP verificó que dicho pliego, no cumplió con el propósito fundamental del sistema de evaluación de ofertas y oferentes, el cual es “reducir a la mínima expresión posible la discrecionalidad en la selección del adjudicatario” y, por tanto, se dejaron sin eficacia los controles instaurados en Ley 340-06.

Las irregularidades más graves que fundamentan la nulidad, se sintetizan a continuación:

1. Falta de criterios de evaluación de las ofertas técnicas claros, especialmente en cuanto al “criterio de mejora de oferta”, ya que no estableció cómo se evaluaría la capacidad de los oferentes de introducir mejoras al sistema de control de tráfico, por lo que dejó la determinación de cómo puntuar el mismo a la entera discreción de los evaluadores.

2. No se detalló la puntuación técnica de ninguno de los demás criterios y por tanto no se describieron en cuáles casos se podría asignar una puntuación menor al puntaje máximo de cada elemento a evaluar. Estos aspectos impiden que los interesados puedan auto evaluarse previo a la presentación de sus ofertas y de ese modo conocer sus probabilidades de ser adjudicatarios. Por el contrario, este diseño ambiguo promueve la aplicación de criterios subjetivos y no comunicados en el pliego de condiciones durante la ejecución de la evaluación de las ofertas.

3. No se cumplió con el deber de claridad de la información ya el criterio de adjudicación se limitó a indicar que se adjudicaría a la “oferta más conveniente”, sin definir qué significaría “más conveniente”, dejando total espacio a la entera subjetividad en la etapa de selección de la adjudicación.

La entidad puntualizó que estas irregularidades constituyen en violaciones a los principios de economía, flexibilidad y razonabilidad, contenidos en los incisos 4 y 9 del artículo 3 de la Ley de Compras y Contrataciones, e impiden una participación libre y competitiva, y una evaluación y adjudicación de manera objetiva. Prueba de ello es que en un contrato de tal envergadura y de interés nacional y seguro internacional, solo fue recibida una oferta y esta misma fue la adjudicada por un monto total del servicio por cuatro años de RD$1,184,693,750.00.

La entidad destacó que a la pasada gestión del Intrant, en el año 2019, la DGCP le había notificado y recomendado hacer cambios sustanciales y estructurales en el pliego de condiciones, para que la ejecución del procedimiento fuese conforme a la normativa y le sugirió no continuar con el mismo, sin embargo, esa institución hizo caso omiso y continuó con la licitación.

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A partir de diciembre quedará prohibido el uso de vasos foam y otros plásticos

La medida forma parte de una reforma a la Ley 225-20 y busca reducir el impacto ambiental provocado por los residuos plásticos de un solo uso

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A partir del próximo mes de diciembre, en la República Dominicana estará prohibida la importación y el uso de diversos utensilios elaborados en plástico, entre ellos sorbetes, tenedores, cuchillos y cucharas.

La disposición forma parte de la reforma a la Ley 225-20 sobre Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos, aprobada recientemente por el Congreso Nacional.

Prohibición entrará en vigencia seis meses después de la promulgación

La legislación establece que la restricción comenzará a aplicarse seis meses después de la promulgación de la reforma, plazo otorgado para que importadores, comerciantes y demás sectores puedan adaptarse a las nuevas disposiciones.

El texto legal prohíbe la importación de sorbetes, cubiertos plásticos, vasos y otros artículos fabricados con poliestireno expandido (foam) que no cuenten con una certificación de biodegradabilidad conforme a los criterios establecidos por la ley.

Impulsarán alternativas biodegradables

Como parte de la iniciativa, las autoridades promoverán el uso de productos elaborados con materiales de menor impacto ambiental, como papel o cartón reciclado y biodegradable, bagazo de caña de azúcar, bambú, fibras vegetales, materiales compostables y otros componentes biodegradables debidamente certificados.

La intención es disminuir la generación de residuos plásticos de un solo uso y fomentar el consumo de opciones más sostenibles.

También modifica el financiamiento del sistema de residuos

La reforma no solo introduce restricciones a determinados productos, sino que también modifica aspectos relacionados con el financiamiento del sistema nacional de gestión de residuos.

Entre los cambios figura la creación de una contribución especial obligatoria que deberán realizar las personas jurídicas, entidades públicas, patrimonios autónomos y otras organizaciones que reporten ingresos anuales ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

Los recursos obtenidos serán destinados a un fondo para apoyar acciones orientadas a reducir el impacto ambiental de los residuos sólidos.

Aportes según el nivel de ingresos

La normativa dispone que las entidades cuyos ingresos anuales se encuentren entre cero y cinco millones de pesos deberán realizar un aporte de RD$5,000. A partir de ese monto, las contribuciones aumentarán conforme a la escala establecida en la legislación.

Tras su aprobación en el Senado, el proyecto fue remitido al Poder Ejecutivo, que deberá decidir si lo promulga o realiza observaciones antes de su entrada en vigor.

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