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Marisol Franco podría regresar a la cárcel
En una instancia firmada por el titular de la Procuraduría Especializada de Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, Luis González, el Ministerio Público solicitó al Cuarto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional la variación de medida de coerción que fue otorgada a Marisol Franco, implicada en la red de César Emilio Peralta, alias El Abusador.
La Procuraduría Especializada Antilavado y la Fiscalía del Distrito Nacional indican que Franco desacató un mandato judicial que le impuso el arresto domiciliario, al igual que el voto de confianza otorgado, al salir de su domicilio sin ningún tipo de autorización emitida por la autoridad judicial competente ni informar al Ministerio Público.
Gómez explica en el documento presentado ante el tribunal que la también pareja de “El Abusador” viola los protocolos que sustentan la prisión domiciliaria, medida que le fue otorgada en febrero del año 2020, atendiendo una petición de las partes y sin oposición del órgano persecutor, debido a una condición médica posparto.
Además de prisión domiciliaria, el Cuarto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional dictaminó impedimento de salida del país contra la encartada.
Según un informe del Modelo de Gestión Penitenciaria, Marisol Franco no se encontraba en el domicilio asignado al momento de una visita de supervisión y cuando fue localizada vía telefónica dijo que se encontraba en el consultorio médico con sus hijos; sin embargo, no presentó pruebas que sustenten su salida sin autorización de las autoridades.
El órgano persecutor presentó pruebas documentales y testimoniales que fundamentan la solicitud y muestran que la imputada infringió la medida de coerción impuesta.
El Ministerio Público le atribuye a Franco el delito de lavado de activos provenientes del tráfico de drogas ilícitas cometido por un grupo del crimen organizado, tipificado en los artículos 2, 3.3 y 9.1 de la Ley 155-17, contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo.
FUENTE: N Digital
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A partir de diciembre quedará prohibido el uso de vasos foam y otros plásticos
La medida forma parte de una reforma a la Ley 225-20 y busca reducir el impacto ambiental provocado por los residuos plásticos de un solo uso
A partir del próximo mes de diciembre, en la República Dominicana estará prohibida la importación y el uso de diversos utensilios elaborados en plástico, entre ellos sorbetes, tenedores, cuchillos y cucharas.
La disposición forma parte de la reforma a la Ley 225-20 sobre Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos, aprobada recientemente por el Congreso Nacional.
Prohibición entrará en vigencia seis meses después de la promulgación
La legislación establece que la restricción comenzará a aplicarse seis meses después de la promulgación de la reforma, plazo otorgado para que importadores, comerciantes y demás sectores puedan adaptarse a las nuevas disposiciones.
El texto legal prohíbe la importación de sorbetes, cubiertos plásticos, vasos y otros artículos fabricados con poliestireno expandido (foam) que no cuenten con una certificación de biodegradabilidad conforme a los criterios establecidos por la ley.
Impulsarán alternativas biodegradables
Como parte de la iniciativa, las autoridades promoverán el uso de productos elaborados con materiales de menor impacto ambiental, como papel o cartón reciclado y biodegradable, bagazo de caña de azúcar, bambú, fibras vegetales, materiales compostables y otros componentes biodegradables debidamente certificados.
La intención es disminuir la generación de residuos plásticos de un solo uso y fomentar el consumo de opciones más sostenibles.
También modifica el financiamiento del sistema de residuos
La reforma no solo introduce restricciones a determinados productos, sino que también modifica aspectos relacionados con el financiamiento del sistema nacional de gestión de residuos.
Entre los cambios figura la creación de una contribución especial obligatoria que deberán realizar las personas jurídicas, entidades públicas, patrimonios autónomos y otras organizaciones que reporten ingresos anuales ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
Los recursos obtenidos serán destinados a un fondo para apoyar acciones orientadas a reducir el impacto ambiental de los residuos sólidos.
Aportes según el nivel de ingresos
La normativa dispone que las entidades cuyos ingresos anuales se encuentren entre cero y cinco millones de pesos deberán realizar un aporte de RD$5,000. A partir de ese monto, las contribuciones aumentarán conforme a la escala establecida en la legislación.
Tras su aprobación en el Senado, el proyecto fue remitido al Poder Ejecutivo, que deberá decidir si lo promulga o realiza observaciones antes de su entrada en vigor.
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