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Hombre de falsa alarma en aeropuerto Cibao es acusado por terrorismo y violencia de género

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El hombre que dio una falsa alarma sobre unos materiales explosivos en el Aeropuerto Internacional del Cibao, que obligó a paralizar las operaciones en la terminal, enfrenta cargos de terrorismo y violencia de género.

La Fiscalía de Santiago solicitó prisión preventiva como medida de coerción contra Jorge Rafael Hernández Almonte, quien llamó a la terminal y dijo que una mujer pretendía viajar a Nueva York, Estados Unidos, con explosivos.

En la instancia presentada ante la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Judicial de Santiago, el fiscal Osvaldo Bonilla Hiraldo explicó que Hernández Almonte ejerce “violencia de género agravada” contra su pareja, un delito al que sumó una violación al artículo 78, de la Ley 188-11, sobre Seguridad Aeroportuaria y de la Aviación Civil.

El Ministerio Público también imputa al detenido la violación de los artículos 11 y 30, de la Ley 267-08, sobre Terrorismo, los cuales castigan los delitos de provocar una falsa alarma, así como un ataque a puerto o aeropuerto.

El pasado viernes 28 de mayo, alrededor de las 5:08 de la tarde, el Aeropuerto Internacional del Cibao notificó al Cuerpo Especializado en Seguridad Aeroportuaria de Aviación Civil (Cesac) que un hombre llamó para alertar que su pareja se disponía a salir del país en un vuelo comercial hacia Nueva York llevando en su maleta materiales explosivos.

Doce minutos después, Hernández Almonte realizó una segunda llamada para informar que desconocía el número de vuelo y la aerolínea en la que viajaría su pareja.

El fiscal Bonilla Hiraldo deploró la gravedad del hecho que obligó a la activación de los protocolos de seguridad que llevaron a una movilización inmediata del Cesac y a la modificación de horarios de vuelos o la suspensión de los mismos.

También, causó el desembarque de los pasajeros de un avión, la verificación de equipajes en rampa y la movilización de aeronaves.

Además del Cesac, en la investigación del caso participó la Dirección Central De Investigaciones Criminales (Dicrim).

FUENTE: Diario Libre

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A partir de diciembre quedará prohibido el uso de vasos foam y otros plásticos

La medida forma parte de una reforma a la Ley 225-20 y busca reducir el impacto ambiental provocado por los residuos plásticos de un solo uso

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A partir del próximo mes de diciembre, en la República Dominicana estará prohibida la importación y el uso de diversos utensilios elaborados en plástico, entre ellos sorbetes, tenedores, cuchillos y cucharas.

La disposición forma parte de la reforma a la Ley 225-20 sobre Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos, aprobada recientemente por el Congreso Nacional.

Prohibición entrará en vigencia seis meses después de la promulgación

La legislación establece que la restricción comenzará a aplicarse seis meses después de la promulgación de la reforma, plazo otorgado para que importadores, comerciantes y demás sectores puedan adaptarse a las nuevas disposiciones.

El texto legal prohíbe la importación de sorbetes, cubiertos plásticos, vasos y otros artículos fabricados con poliestireno expandido (foam) que no cuenten con una certificación de biodegradabilidad conforme a los criterios establecidos por la ley.

Impulsarán alternativas biodegradables

Como parte de la iniciativa, las autoridades promoverán el uso de productos elaborados con materiales de menor impacto ambiental, como papel o cartón reciclado y biodegradable, bagazo de caña de azúcar, bambú, fibras vegetales, materiales compostables y otros componentes biodegradables debidamente certificados.

La intención es disminuir la generación de residuos plásticos de un solo uso y fomentar el consumo de opciones más sostenibles.

También modifica el financiamiento del sistema de residuos

La reforma no solo introduce restricciones a determinados productos, sino que también modifica aspectos relacionados con el financiamiento del sistema nacional de gestión de residuos.

Entre los cambios figura la creación de una contribución especial obligatoria que deberán realizar las personas jurídicas, entidades públicas, patrimonios autónomos y otras organizaciones que reporten ingresos anuales ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

Los recursos obtenidos serán destinados a un fondo para apoyar acciones orientadas a reducir el impacto ambiental de los residuos sólidos.

Aportes según el nivel de ingresos

La normativa dispone que las entidades cuyos ingresos anuales se encuentren entre cero y cinco millones de pesos deberán realizar un aporte de RD$5,000. A partir de ese monto, las contribuciones aumentarán conforme a la escala establecida en la legislación.

Tras su aprobación en el Senado, el proyecto fue remitido al Poder Ejecutivo, que deberá decidir si lo promulga o realiza observaciones antes de su entrada en vigor.

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