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Dictan prisión preventiva a ‘Chiriquí’, acusado de cortar cables del AILA

El juez del Juzgado de Atención Permanente de Santo Domingo Este, dictó tres meses de prisión preventiva en contra de uno de los presuntos responsables de “sustraer cables eléctricos” y otros artefactos de la pista de aterrizaje del Aeropuerto Las Américas (AILA) y que causó un apagón que provocó la cancelación de varios vuelos y el desvío de aviones a otros aeropuertos.
El magistrado Bernardo Coplin García dispuso que el imputado Luis Abel Bens Álvarez, alias «Chiriquí», de 21 años de edad, cumpla la prisión en el Centro de Corrección y Rehabilitación de San Pedro de Macorís.
El juez tomó como fundamento enviar al imputado a la cárcel de San Pedro de Macorís, el hecho de que los familiares del imputado residen en Andrés Boca Chica, y se le hace más fácil allí, que tener que trasladarse al penal de La Victoria para visitarlo.
El juez acogió un pedimento presentado en ese sentido por la fiscalía de esa jurisdicción, quien tiene a su cargo la investigación.
En la audiencia el imputado dijo sentirse arrepentido de penetrar al área de aterrizaje del aeropuerto y cortar los cables eléctricos, junto a su hermano y otro imputado, que se encuentran prófugos.
Declaró que en su condición de buzo (recoge basura) siempre penetraba a esa área restringida, ya que nunca tenía seguridad, por lo que ese día se les ocurrió robarse los alambres.
«Magistrado nosotros penetramos y con una pinza rompimos los alambres, pero no sabíamos que eso iba a ocasionar algo tan grande, de ocasionar el fallo en la pista de aterrizaje. Yo me siento arrepentido, esta es la primera vez que caigo preso», adujo el imputado en momento en que el tribunal le pidió que si iba a declarar o guardar silencio.
De acuerdo a la solicitud de medida de coerción, el imputado quien se entregó de manera voluntaria en el destacamento de Boca Chica, admitió haber cometido el hecho junto a su hermano Anderson Torres (Cochin), ambos acostumbrados a penetrar a la zonas aledañas del citado aeropuerto en busca de escombros, y que el día del hecho penetraron al lugar por un camino desolado que da acceso.
Explica que los dos hermanos habrían robado 800 pies de cables eléctricos de goma y bronce BC 5KV, XLPE, rojo; 07 transformadores de aislamiento de 45 watts, 20 conectores primarios KD de 50, ubicados en la cabecera 35 de la pista de aterrizaje.
FUENTE: Listin Diario

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PRM condena campaña de descrédito contra Faride Raful y Milagros Germán

La Dirección Ejecutiva del Partido Revolucionario Moderno (PRM) emitió este lunes 20 de mayo un comunicado enérgico para rechazar públicamente lo que califica como una campaña de descrédito personal en contra de la senadora y miembro de su Dirección Ejecutiva, Faro de Raful.
En el texto, el PRM señala que estas acciones tienen un carácter “avieso, desproporcionado y atroz”, dirigidas a intimidar y manchar la reputación de figuras públicas. En respuesta, el partido reitera su compromiso con los principios de dignidad, respeto e integridad hacia todas las personas que ejercen funciones públicas, sin importar su género.
El comunicado también extiende su respaldo a la comunicadora y exministra de Cultura, Milagros Germán, quien ha sido igualmente blanco de ataques. Según el PRM, estas campañas disfrazadas de opinión pública y amplificadas por medios manipuladores atentan contra los valores fundamentales de la democracia y del respeto ciudadano.
“Estas acciones laceran lo más profundo de nuestra sociedad”, señala el documento, haciendo un llamado urgente a la ciudadanía para reflexionar y rechazar los discursos de odio que buscan debilitar la libertad de expresión y el derecho al honor de quienes sirven en la vida pública.
En este contexto, el PRM ratifica su respaldo absoluto a Faride Raful, destacando su trabajo, integridad y derechos como mujer, ciudadana y representante política. Este apoyo no solo responde a la figura individual de Raful, sino que también busca establecer una postura clara del partido frente a prácticas que considera dañinas para la salud democrática del país.
La Dirección Ejecutiva concluye su declaración reiterando la importancia de preservar un clima de respeto y civismo, en el que la crítica política no se convierta en un vehículo de violencia personal ni de desinformación, sino en un ejercicio constructivo y transparente.
Este comunicado marca una posición firme del oficialismo frente a los discursos difamatorios, en un momento en que el debate político y mediático parece cruzar líneas éticas cada vez con mayor frecuencia.
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DGII aclara que retención del 2% del ITBIS aplica desde 2004 y no constituye un nuevo impuesto

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) informó que la retención del 2% del ITBIS que aplican las compañías de adquirencia en las transacciones realizadas con tarjetas de crédito y débito no es una disposición nueva, sino una práctica vigente desde el año 2004, en virtud de un acuerdo celebrado con la Organización Nacional de Empresas Comerciales, Inc. (ONEC).
La institución recordó que esta medida se fundamenta en la Norma General núm. 8-04, emitida el 3 de noviembre de 2004, que inicialmente estableció una retención del 30% del ITBIS.
Sin embargo, dicho porcentaje fue modificado tras el Acuerdo de Apoyo firmado el 13 de diciembre de 2004, que redujo la retención al 2% para los comercios miembros de la ONEC, porcentaje que ha continuado aplicándose en la práctica desde entonces.
Para formalizar esta aplicación, la DGII emitió la Norma General 06-2023, la cual incorpora el porcentaje del 2% en el marco normativo vigente, e incluye como agentes de retención no solo a las compañías de adquirencia, sino también a los agregadores de pago y a las entidades de pago electrónico, conforme a la Resolución de la Junta Monetaria del 29 de enero de 2021.
La DGII aclaró que esta retención no representa un nuevo impuesto, sino un pago anticipado del ITBIS, que puede ser acreditado por los contribuyentes en su declaración mensual a través del formulario IT-1.
Verificación y corrección de irregularidades
En procesos recientes de verificación, la DGII detectó que más de 30 mil comercios estaban indebidamente exceptuados de la retención del 2%, debido a una clasificación errónea por parte de las empresas de adquirencia.
La mayoría de estos casos (75%) se concentraron en una sola entidad adquirente, la cual, junto con otras, utilizó criterios desactualizados o no alineados con la normativa vigente.
Como respuesta, la DGII ha otorgado un plazo de 90 días, contados a partir del 8 de abril de 2025, para que las entidades adquirentes corrijan esta situación y ajusten sus procesos de retención conforme a la Norma General 06-2023.
Exenciones
Asimismo, la normativa establece que están exceptuados de esta retención aquellos comercios cuya actividad principal esté exenta del ITBIS, siempre que estén debidamente registrados en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) y con estatus activo.
La DGII exhortó a los comercios que consideren estar exentos de esta retención a solicitar una certificación de exención ante su Administración Local correspondiente y presentarla a su empresa de adquirencia, a fin de que esta no aplique la retención.
Con esta aclaración, la DGII busca fortalecer la transparencia y el cumplimiento tributario en las transacciones electrónicas, garantizando la correcta aplicación de las normativas fiscales vigentes.
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