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Panorama

Miriam Germán dice fue ilegal impedir salida del país a Jean Alain Rodríguez

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La procuradora general de la República, Miriam Germán Brito, admitió este lunes que fue ilegal la alerta migratoria que impidió la salida del país del exprocurador Jean Alain Rodríguez.

Asimismo, dijo que tomará las medidas de lugar para impedir que esta situación se repita, «incluyendo aspectos disciplinarios».

Por otro lado, adelantó que se inhibirá de cualquier proceso que involucre al exprocurador.

«Deseo que conste, si alguna vez el señor Jean Alain tiene algún proceso en esta jurisdicción, me apartaré de el de manera legal, con la finalidad de que no haya lugar a argumentar supuestos desafectos», expresó Germán Brito mediante un comunicado enviado a los medios por la Procuraduría.

El procurador Jean Alain Rodríguez fue impedido de salir del país el pasado jueves tras permanecer más de cinco horas en el aeropuerto, bajo el alegato de que había un alerta migratoria en su contra.

El exfuncionario dijo que la acción era ilegal.

A continuación el texto del comunicado de la procuradora Miriam Germán Brito y que reprodujo el periódico El Día:

«En mi calidad de Procuradora General de la República, y frente a mi equipo de trabajo, he fijado con claridad mi postura sobre las denominadas «alertas migratorias» en la forma en que han venido siendo utilizadas en la historia reciente de la institución, al considerarlas reales impedimentos de salida en violación al debido proceso aún cuando se pretendiesen instrumentar únicamente con la supuesta finalidad de tener conocimientos de los movimientos migratorias de persona bajo investigación.

En ese sentido, instruí que todas fuesen levantadas o dejadas sin efecto, para lo cual compartí mi parecer con el director de Migración, quien estuvo de acuerdo.

Justo al día siguiente de haber tomado esta decisión recibimos la visita de dos funcionarios que no son del área judicial, presentes además a requerimiento mío estuvo el director de Migración y los titulares del PEPCA y la Dirección de Persecución.

En esa reunión reiteré que las alertas, que a fin de cuentas devenían en un real impedimento, estaban eliminadas, que no eran posibles en nuestra legislación actual; solo secundó mi criterio el director de Migración, en ese momento.

Les expresé claro que el proceder mencionado antes de impedimentos de salida colocados administrativamente solo era posible si la ley fuera modificada en este aspecto.

El jueves me entero por los medios que el señor Jean Alain Rodríguez le fue impedida la salida del país, en unas condiciones que resultan más que confusas porque tengo entendido que había abordado un vuelo, luego de haber pasado los controles migratorios de lugar, el avión retorna al aeropuerto debido a un desperfecto técnico, y cuando el señor Rodríguez intenta abordar el otro avión, le fue impedido, aún habido sido ordenado el levantamiento de las alertas por demás ilegales, y no teniendo el señor Rodríguez impedimento de salida ordenado por un juez.

Haciendo averiguaciones a lo interno de la Procuraduría, hemos procedido a tomar las medidas de lugar para que esta situación no se repita, incluyendo aspectos disciplinarios.

Es el interés de quien dirige este Ministerio Público, que las normas del debido proceso sean aplicadas a todos y todos los ciudadanos (as) sin importar quien sea.

Este interés está por encima de la valoración, que en términos éticos, nos merezca el eventual beneficiario.

No pretendo participar en investigación, ni decisión que involucre al Sr. Jean Alain Rodríguez, no quiero dar lugar a que se le quiera atribuir a alguna malquerencia con el indicado señor, he hablado en ocasiones de una cierta incapacidad mía para el rencor y viene muy bien al caso aqueloo de «no hablo de venganzas ni perdones, el olvido es la única venganza y el único perdón».

Por último, deseo que conste, si alguna vez el Sr. Jean Alain tiene algún proceso en esta jurisdicción, me apartaré de él, de manera legal, con la finalidad de que no haya lugar a argumentar supuestos desafectos.

 

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JCE reitera está prohibido instalación de carpas y mesas frente o dentro de recintos electorales

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La Junta Central Electoral reitera de manera categórica, lo dispuesto en la Resolución No. 18-2024 de fecha 12 de marzo de 2024 que establece el protocolo para la seguridad de la cadena de custodia y de los recintos electorales por parte de la Policía Militar Electoral.

Por lo que, “no se permitirá la instalación de carpas y mesas o cualquier otra modalidad con fines de gestión política, promoción o campaña electoral por parte de personas o activistas políticos frente o dentro de los recintos electorales o en el perímetro que comprende a estos, para lo cual adoptará las medidas de coordinación y seguridad que fuesen necesarias”.

Hace algunos días, el presidente del Partido de la Liberación Dominicana y expresidente de la República, Danilo Medina, llamó a la militancia peledeísta, en un acto en Bahoruco, a que a la primera carpa que construyan frente a un centro de votación “tienen que destruirla de inmediato”, por ser ilegal y que formen comités de defensa al voto.

Las aglomeraciones de personas, el proselitismo en las inmediaciones de los colegios electorales, la compra y venta de cédulas, así como la colocación de carpas son una constante en las elecciones de República Dominicana, que crea descontento entre algunos políticos, sobre todo de oposición, y parte de la población votantes.

Sin embargo, es atribución de la Policía Militar Electoral no permitir las carpas ni mesas en el perímetro de los colegios electorales y a la Procuraduría Especializada para la Investigación y Persecución de los Crímenes y Delitos Electorales le confiere investigar y llevar a la justicia ordinaria a los que infrinjan la legislación.

La misión de observadores de la OEA se pronunció en su informe preliminar de los comicios municipales de febrero pasado, donde instó a adoptar medidas tendentes a evitar el asedio a los electores y la Junta Central Electoral acogió las recomendaciones y con la resolución 18-2024 prohibió las carpas y otros actos.

“La investigación y persecución de los crímenes y delitos electorales a que se refiere esta ley y las demás leyes que contienen sanciones penales en el ámbito electoral, serán realizadas por la Procuraduría Especializada para la Investigación y Persecución de los Crímenes y Delitos Electorales, dependiente de la Procuraduría General de la República” expresa la ley en su artículo 322.

En la resolución 18, la JCE indica entre las acciones que debe ejecutar la Policía Militar Electoral está: “No permitir el proselitismo de personas con gorras, ni la utilización de gafetes, distintivos o cualquier otro elemento de promoción o activismo político en el colegio electoral, en los recintos electorales o en el perímetro de estos.

No permitir la instalación de carpas y mesas o cualquier otra modalidad con fines de gestión política, promoción o campaña electoral por parte de personas o activista políticos frente o dentro de los recintos electorales o en perímetros que comprende a estos, para lo cual adoptará medidas de coordinación y seguridad que fueren necesaria”.

También debe velar por mantener despejadas de vehículos de todo tipo, las entradas y el perímetro de cada recinto electoral, a los fines de que la ciudadanía pueda acudir, sin ningún obstáculo a ejercer su derecho al voto el día de las elecciones, así como impedir todo proselitismo de personas con gorras, la instalación de carpas y mesas o cualquier otra modalidad con fines.

SANCIONES DELITOS ELECTORALES
Artículo 310 de la ley 20-23 establece que los delitos electorales serán castigados con prisión correccional de seis meses a dos años y multa de dos a diez salarios mínimos del sector público, entre estos los que violaren cualquiera de las resoluciones reglamentarias de la Junta Central Electoral;

Y “Los que violaren las normas sobre medio ambiente en la realización de la campaña electoral, particularmente aquellas que afectan la flora, la fauna y los niveles de decibeles permitidos para la emisión de ruidos; conforme la Ley núm. 64-00, del 18 de agosto de 2000, que crea la Secretaria de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales”.

LA LISTA DE LOS FISCALES
La JCE dio a conocer el listado con los fiscales que conocerán los delitos electorales en cada provincia del país, a los que deberán ser llevadas las quejas de violaciones de los derechos de los ciudadanos en las elecciones, y los que dificulten las realizaciones de unas elecciones de forma ordenada y legitima.

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JCE informa que Fuerza del Pueblo debe reorganizar boleta de diputados de la C1 del DN como ordenó el TSE

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La Junta Central Electoral (JCE) informó este lunes que no acogió la inscripción de candidatos a diputados de la Fuerza del Pueblo en la circunscripción 1 del Distrito Nacional, en vista de que incumple lo ordenado por el Tribunal Superior Electoral (TSE).

Esta información está contenida en una comunicación de la JCE, documento que especifica además que a la Fuerza del Pueblo le otorgaron un plazo hasta el 1 de mayo a las 7:00 p. m., para hacer un nuevo depósito de candidaturas.

Esto significa que la candidatura de Rafael Paz volvió a quedar fuera de la contienda electoral.

De acuerdo a la sesión extraordinaria celebrada por el órgano electoral este 29 de abril, “no resulta posible acoger la misma, tal y como ha sido presentada, toda vez que con ello se estaría incumpliendo el mandato de las indicadas sentencias”.

LA SENTENCIA
El TSE emitió una sentencia el pasado 11 de abril que ordena a la Fuerza del Pueblo reconfigurar su boleta electoral de la circunscripción 1 del Distrito Nacional en el nivel de diputaciones.

Esto debido a que las candidaturas mejores valoradas de acuerdo a los resultados de las encuestas internas, fueron las de Andy Roberto Morales, Francisco Guillén y Robert Martínez, los mismos que deberían ocupar las casillas de ese partido en esa demarcación.

Con esta decisión se excluyó de la boleta electoral a Paz, así como a Selinée Méndez, Rosa Feliciano y Katiuska Morel.

Con relación a las tres casillas restantes, el TSE ordena al partido que identifique la mujer más votada en el proceso interno para que sea incluida en su propuesta de candidaturas en la posición número cuatro.

Asimismo, dispone que las dos plazas restantes que fueron reservadas sean ocupadas por igual cantidad de mujeres, las cuales deberán ser aportadas por dicho partido o por los partidos aliados beneficiarios de dichas plazas, de haber intervenido pactos en ese sentido, para cumplir así con la proporción de género que exige la legislación vigente.

REACCIÓN DE LA FUERZA DEL PUEBLO
Semanas después de la emisión de esta sentencia, la Fuerza del Pueblo volvió a inscribir a Paz como candidato a diputado por la circunscripción uno del Distrito Nacional.

De acuerdo con la comunicación del partido depositada en la Junta, y firmada por el delegado político Manuel Crespo, señala que Margarita Feliciano, Francisco Guillen, Selinée Méndez y Andy Morales fueron los ganadores de las encuestas realizadas para determinar las candidaturas.

Mientras que Robert Martínez fue inscrito como una reserva que iba a ser cedida en alianza. Los candidatos serán colocados en ese orden en la boleta.

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