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Dice la DGII que impuesto lo pagarían las plataformas digitales y no el usuario

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La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo publicaron este martes un borrador de reglamento, abierto a discusión para todos los interesados, que propone gravar los servicios digitales de compañías como Netflix, Amazon o Uber.

La DGII explica a través de estas 12 preguntas, publicadas de forma íntegra, los principales elementos de este proyecto.

De acuerdo al documento, quiénes pagarían ese ITBIS serían los prestadores de servicios no domiciliados ni residentes en el país. Que, desde el extranjero prestan servicios utilizados, consumidos o captados en el territorio nacional.

En tanto, la DGII y la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, convocan a todas las personas interesadas a realizar sus comentarios, sugerencias y observaciones sobre el proyecto.

ITBIS ¿Qué son los servicios digitales?

Los servicios digitales son aquellos servicios que se ponen a disposición del usuario. Esto a través del internet o de cualquier adaptación o aplicación de los protocolos, plataformas o de la tecnología utilizada por internet o cualquier otra red a través de la que se presten servicios mediante accesos en línea y que se caracterizan por ser esencialmente automáticos y no viables en ausencia de la tecnología de la información.

¿Significa esto que los usuarios dominicanos de estos servicios pagarán ITBIS cuando contraten o consuman uno de los servicios que ofrecen estos proveedores internacionales?

No, quien va a pagar el ITBIS es el proveedor internacional respecto a su servicio de intermediación (comisión). Este ITBIS no podrá repercutirse ni compensarse en la República Dominicana, salvo que estos proveedores instauren establecimiento permanente en este país.

¿Por qué los servicios digitales captados en la República Dominicana deben pagar el ITBIS en este país?

Porque conforme al principio del destino en el caso del Impuesto sobre Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios cuando grave el consumo de servicios y bienes intangibles objeto de comercio internacional está diseñado para asegurar que dicho impuesto se aplique en la jurisdicción fiscal donde se produce el consumo o captación final, lo que mantiene la neutralidad del sistema.

¿Cuál es el alcance del proyecto de decreto reglamento que regula el procedimiento para la aplicación del ITBIS a los servicios digitales captados en RD, y que son prestados por proveedores del exterior?

Este proyecto reglamento alcanza a todos los servicios digitales brindados a través del internet que sean utilizados, consumidos o captados en el país y sean prestados por sujetos no domiciliados ni residentes en República Dominicana, lo cuales están alcanzados por el Impuesto Sobre Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS).

¿Están exentos los servicios digitales del ITBIS en la República Dominicana?

No, los servicios digitales no se encuentran enlistados como servicios exentos del ITBIS, según el artículo 344 del Código Tributario, por lo que les son aplicables las disposiciones del Código Tributario y del Reglamento Núm. 293-11 para la Aplicación del Título III del referido Código.

¿Quiénes terminarán pagando ITBIS a partir de este reglamento?

Solamente prestadores de servicios no domiciliados ni residentes en República Dominicana que, desde el extranjero, prestan servicios utilizados, consumidos o captados en el territorio nacional. Tales como: Amazon, Expedia, Google, Netflix, Spotify, DiDi, Uber, Expedia, Airbnb, Indriver, entre otros.

¿Qué tipo de servicio digital quedaría sujeto a la recaudación del ITBIS?

Publicidad en línea, intermediación en línea (comisión), los de transmisión de datos, streaming, entre otros.

¿Podré pedirle a Amazon, Expedia, Google, Netflix, Spotify, DiDi, Uber, Expedia, Airbnb, Indriver, entre otros, que me emitan factura con comprobante fiscal a partir de la publicación de este decreto?

No, el proveedor internacional, mientras no constituya establecimiento permanente en la República Dominicana, no estará sujeto a las formalidades de facturación Decreto 254-06 y la Norma General 06-21 o de cualquier documento tributario por sus operaciones en territorio dominicano.

¿Me retendrán un 18 % de mi tarjeta cuando pague mi factura de servicio digital?

No, el decreto no instaura agentes de retención sobre el consumo del servicio al usuario dominicano.

¿Cómo tributarán estos proveedores internacionales?

Tributarán de manera virtual, presentando el ITBIS mediante una declaración especial que deberá ser liquidada antes de los días 20 de cada mes.

¿Existe otro fundamento para exigirle el pago del ITBIS sobre sus comisiones o servicios consumidos en la RD a Amazon, Expedia, Google, Netflix, Spotify, DiDi, Uber, Expedia, Airbnb, Indriver, entre otros?

Sí, otro fundamento es que las empresas dominicanas que realizan servicios similares pagan sus impuestos. En ese sentido, la DGII tiene la obligación de garantizar y facilitar la equidad en la aplicación equilibrada de las leyes tributarias para garantizar un adecuado clima de competitividad en todos los sectores económicos.

¿Cómo participo en el foro de contribuyente?

La versión digital del proyecto de Reglamento estará disponible en el foro en línea de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), al cual se puede acceder mediante el portal www.dgii.gov.do, en la categoría “Publicaciones”, cliquear en “Foro de Contribuyentes” y seguir las instrucciones eligiendo el documento de su interés.

Asimismo, también estará disponible en la página web de la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo. Sus observaciones, recomendaciones y sugerencias también podrán ser hechas por escrito, acompañadas de los documentos que las fundamenten, y remitidas al correo electrónico iconsultoriajuridica@consultoria.gov.do; o depositadas en el cubículo de recepción de correspondencias de la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo.

Esta convocatoria a consulta pública tiene una duración de 25 días hábiles, iniciando el martes 15 de febrero hasta el lunes 21 de marzo de 2022.

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Educación anuncia aumento salarial de un 8 % para los maestros

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El ministro de Educación, Ángel Hernández, anunció este jueves la aplicación de un aumento salarial de un 8 % a todos los docentes.

El acuerdo entró en vigencia a partir del 1ero de mayo, pese a que la Asociación Dominicana de Profesores (ADP) ha instaurado un plan de lucha que incluye un paro de docencia para este viernes.

La entidad educativa realizó una rueda de prensa, encabezada por el ministro Hernández, donde explicaron que el aumento implica $5,174.5 millones adicionales en lo que resta del año y en el 2025 $7,474.2 millones aproximadamente.

«Es necesario recordar que hace menos de 2 años se aplicó un aumento salarial de un 10%, por lo que esta gestión gubernamental ha realizado un incremento histórico de un 18% al salario de los docentes. Además, en 2023 se hizo un aumento de un 7% a los directores de centros educativos y un aumento a los jubilados y pensionados. Todas estas acciones corresponden al compromiso con el bienestar y la dignidad de los que forman a las futuras generaciones», expuso el titular de Educación.

La Asociación Dominicana de Profesores (ADP), filial de Santiago, realiza una concentración la mañana de este miércoles, frente a la regional de Educación, ubicada en el edificio presidente Antonio Guzmán Fernández (El Huacalito), a propósito del Día del Trabajador.VIDEO
La Asociación Dominicana de Profesores (ADP), filial de Santiago, realiza una concentración la mañana de este miércoles, frente a la regional de Educación

El acuerdo fue el resultado de varias protestas realizadas por la ADP no solo en reclamo de un 20% de aumento salarial, sino también que se apliquen mejoras en las infraestructuras escolares, contratación de personal y de Policía Escolar, así como un programa que forme a los docentes.

La protesta más reciente fue realizada este lunes primero de mayo, Día del Trabajador. Allí cientos de maestros levantaron carteles exigiendo las mejoras.

Vía Listín Diario

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Abinader: “Yo me voy en el 2028, no todos los políticos somos iguales”

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Durante una entrevista en La Propuesta de los Candidatos del Grupo Corripio, el candidato a la presidencia por el Partido Revolucionario Moderno (PRM), Luis Abinader, dijo que se retiraría en el año 2028, y aclaró que todos los políticos no eran iguales.

“Yo me voy en el 2028, no todos los políticos somos iguales. A mí no hay fuerza humana que me haga modificar la Constitución para extender los plazos de la presidencia; al contrario lo que yo quiero es modificar la Constitución para ponerle el candado, para que no venga otro a querer cambiarla. Ese es el legado a la democracia que yo le voy a dejar a este país”, expresó Abinader.

También dijo que nadie era indispensable, y que debía servir de catalizar el nuevo liderazgo político (no creerse indispensable, porque nadie lo es).

“Aquí nadie es indispensable, yo lo que tengo es que servir de catalizador para el nuevo liderazgo político y ayudar a ese liderazgo y no creerme indispensable, aquí nadie es indispensable; al contrario, tu querer mantenerte en el poder lo que hace es que malogra la democracia, como ha pasado aquí que hay gente que se cree indispensable”, dijo.

Asimismo, durante el encuentro, el presidente de la República, tocó otros temas de importancia para la nación, como lo fue la eliminación de la desigualdad, la inflación, criminalidad, seguridad social, control de narcóticos ilegales, Haití, entre otros.

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