Panorama
Digesett: Agente apuntó arma de fuego contra conductor como protección
Luego de que se hiciera viral en redes sociales un video de un agente de la Digesett apuntando con un arma a un conductor, la institución del orden dio su versión del incidente ocurrido la mañana del jueves.
Según el mayor de la Policía, Alexis Antonio Mateo Morilla, encargado Zonal K17, el raso Díaz Alfredo detuvo un vehículo Kia K5 en la intersección de las avenidas Winston Churchill y John F. Kennedy porque el conductor estaba presuntamente usando el celular, violando el artículo 211 de la Ley 63-17 sobre «Distracción durante la conducción.»
Cuando le ordenó detenerse, se acercó al vehículo y,“utilizando el protocolo de abordaje”, le pidió los documentos, sin embargo el conductor dijo que no portaba ninguna documentación.
“Fue cuando dicho agente (Díaz Alfredo) vio que portaba un arma de fuego entre las piernas, reaccionando en forma de protección, desenfundando su arma de reglamento”, dice el reporte.
En ese momento es cuando la acompañante del conductor Jackdhell Rafael Nadal graba el incidente.
“Tu permiso de arma de fuego… No le pongas las manos al arma… Con la mano izquierda quítate el cinturón”, repitió el agente al joven antes de que este saliera del vehículo, según muestra el video.
Posteriormente, el agente le quita la pistola calibre 9 milímetros y el video termina.
En el comunicado, el mayor Mateo Morilla dice que, tras ser notificado, se trasladó al lugar y le pidió a Nadal los documentos del vehículo y de la pistola, quien se los entregó.
Los agentes de la Digesett le colocaron una infracción de tránsito y fue “trasladado a base principal al departamento legal para los fines correspondientes”.
El artículo sobre «Distracción durante la conducción» indica que quienes lo violenten deberán pagar una multa de uno a tres salarios mínimos del sector público y se le podría reducir puntos en la licencia.
¿Bajo qué circunstancias un agente policial puede apuntar con un arma de fuego?
La Ley Orgánica de la Policía Nacional 590-16 indica en su artículo 55 cuáles son las reglas sobre el uso de la fuerza y resalta que solo será implementada “cuando sea estrictamente necesario y en la medida que lo requiera el desempeño de sus tareas (agentes)”.
El protocolo policial dice que, antes de todo, deben utilizar medios no violentos antes de recurrir al empleo de la fuerza y del uso de armas de fuego.
“Podrán utilizar la fuerza y armas de fuego solamente cuando otros medios resultaren insuficientes o no garanticen de ninguna manera el logro del objetivo legítimo previsto”, detalla el documento.
El segundo punto señala que no se debe emplear armas de fuego contra las personas, salvo en defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o lesiones graves, “con el propósito de evitar la comisión de un hecho particularmente grave que entrañe una seria amenaza para la vida o la seguridad de las personas, con el objeto de detener a una persona que represente ese peligro y oponga resistencia, y sólo en caso de que resulten insuficientes medidas menos extremas para lograr dichos objetivos”.
Además, sólo se podrá hacer uso intencional de armas letales cuando sea «estrictamente» inevitable para proteger una vida.
En caso de que el empleo de armas de fuego sea inevitable, los agentes deberán actuar con “moderación y proporcionalidad” a la gravedad de los hechos y al objetivo legítimo que se persiga.
Otras reglas son que los agentes reducirán al mínimo los daños, lesiones, respetarán y protegerán la vida humana.
En caso de que haya personas heridas, se requerirá la asistencia médica para los afectados, y en muerte el agente se comunicará con sus superiores inmediatamente, los cuales deberán informar al Ministerio Público para los fines correspondientes.
Panorama
Los que se quejan por altos precios de combustibles que compren carros eléctricos, recomienda Tony Peña Guaba
El aspirante a la candidatura presidencial por el Partido Revolucionario Moderno (PRM), Tony Peña Guaba, sugirió a las personas que se quejan del alto costo de los combustibles que opten por cambiar sus vehículos, recomendando especialmente la transición hacia los modelos eléctricos.
El dirigente perremeísta y excoordinador del Gabinete de Políticas Sociales reveló que en los próximos días, él mismo comenzará a reemplazar sus automóviles de combustión interna por unidades eléctricas.
“Les voy a dar una primicia: próximamente estaré cambiando algunos de mis vehículos por modelos eléctricos”, afirmó Peña Guaba durante una entrevista concedida a un podcast.
Como referencia internacional, destacó el caso de Holanda, donde este año entró en vigor una legislación que exige que todos los vehículos sean eléctricos, así como los ejemplos de Dinamarca y Noruega, naciones de altos ingresos donde cerca del 97 % del parque vehicular ya es eléctrico.
Reiteró que estos países europeos sirven como modelo de hacia dónde se dirige la movilidad, subrayando cómo economías desarrolladas han apostado de manera masiva por la electrificación del transporte para reducir la dependencia de los hidrocarburos.
En cuanto al incremento en los carburantes, Peña Guaba afirma que no se trata de una medida adoptada por el Gobierno, sino de un fenómeno económico global que afecta a diversos mercados.
Para un tanque de 12 galones de gasolina premium, llenarlo costaba RD$3,481.20 en septiembre de 2025. Con el precio actual cuesta RD$4,201.20, por lo que el conductor necesita RD$720 adicionales para adquirir la misma cantidad de combustible.
“El combustible está caro en todas partes, no solo en la República Dominicana. Si importamos petróleo a precios elevados, lamentablemente ese costo se traslada a la población, a pesar de los esfuerzos del Gobierno por subsidiar una parte para amortiguar el impacto”, explicó.
Asimismo, puso como referencia a Estados Unidos, donde el galón de gasoil se cotiza entre cinco y seis dólares, un precio que supera el monto al que se comercializa actualmente en el mercado dominicano.
Al ser cuestionado sobre por qué las rebajas internacionales del barril de petróleo no se reflejan de inmediato en el costo local, Peña Guaba justificó que el Estado debe destinar importantes recursos financieros al subsidio del transporte masivo, como el Metro, y a la ejecución de obras de alto impacto social.
Vía El Nacional.
Panorama
MP solicita prisión preventiva contra médico involucrada como cómplice en caso de violencia
El Ministerio Público solicitó la imposición de prisión preventiva, como medida de coerción, contra una médico psiquiatra implicada como cómplice en el caso donde una mujer, en medio de un proceso de divorcio, raptó a su esposo en una empresa constructora propiedad de ambos y luego lo ingresó en un centro de salud mental.
Ylsa Emperatriz Quero Cabrera habría ordenado a la imputada Nancy Estervina de Jesús, también procesada por el caso, ingresar a su pareja, de manera supuestamente irregular, en un centro psiquiátrico.
El expediente detalla que, De Jesús, investigada por violar los artículos 307 y 309-2 del Código Penal Dominicano, presuntamente cometió los hechos tras presentarse a la citada empresa, que funciona en el sector Alma Rosa II, de Santo Domingo Este, junto a otras tres personas a los que habría contratado para cometer el hecho.
Detalla que las tres personas, una de ellas vestida con indumentaria de enfermería, «sin mediar palabras y de forma violenta», sometieron a la víctima, un ingeniero de profesión. Asimismo, alega que procedieron a esposarlo y a aplicarle una inyección de contenido desconocido. Posteriormente, lo retiraron a la fuerza del lugar.
La víctima fue llevada por su expareja a un centro psiquiátrico, donde, posteriormente, fue localizado dos días después.
De Jesús indicó en el proceso que lo ingresó en el establecimiento de salud por orden de Quero Cabrera, quien fue detenida el pasado 14 de octubre al ejecutarse en su contra la orden judicial No. RAJ-2026-15866 por existir una denuncia en su contra, la cual fue interpuesta por familiares de la víctima.
La médico Quero Cabrera es imputada de violar las disposiciones contenidas en los Artículos 59, 60, 309-2 у 309-3 en su literal h; 303, 303-1 y 303-4, en sus numerales, 7, 9 y 10 del antiguo Código Penal Dominicano, modificado por la Ley 24-97 sobre Violencia de Género e Intrafamiliar, en perjuicio de la víctima y el Estado dominicano.
La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santo Domingo Este, a solicitud de la defensa, aplazó para el próximo domingo, 18 de octubre de 2026, la audiencia para el conocimiento de la medida de coerción.
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