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Abinader declara el domingo no laborable y en emergencia la compra de bienes

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El presidente Luis Abinader declaró como no laborable desde el en territorio nacional, en los sectores tanto público como privado, desde las 10:00 de la noche hasta las 7:00 de la mañana del lunes 20 de noviembre de 2023, a causa de los efectos del fenómeno atmosférico que afecta el territorio nacional dominicano.

La medida está en el decreto 584-23, en el que también instruye al Ministerio de Trabajo y al Ministerio de Administración Pública a determinar la forma de aplicación de la indicada suspensión en los sectores privado y público, respectivamente.

El jefe de Estado también emitió el decreto 585-23, en el que declara de emergencia las compras y contrataciones de bienes y servicios para ser utilizadas en las labores de ayuda humanitaria, rescate, construcción y reconstrucción de las obras como consecuencia de los daños ocasionados por los torrenciales aguaceros, tormentas eléctricas y ráfagas de viento provocados por el paso del fenómeno atmosférico a nivel nacional.

Para este procedimiento de excepción se dispuso que estos procedimientos deberán realizarse acorde con las disposiciones de la Constitución y la normativa vigente en la materia de contrataciones públicas.

Igualmente, se señala que las instituciones deben gestionar los procedimientos de excepción por emergencia nacional a través del Portal Transaccional administrado por la Dirección General de Contrataciones Públicas y rendir un informe detallado a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas.

Un comunicado de la Presidencia, señala en los indicados decretos se advierte que producto del cambio climático se genera una mayor cantidad de lluvias, las precipitaciones son más intensas e impredecibles en sus efectos y se producirán fuera de las temporadas estipuladas, lo que obligará a los Estados a tomar medidas en situaciones de emergencia.

Sin embargo, en virtud de ello se tomas las medidas de rigor, bajo el amparo del artículo 8 de la Constitución, que señala que es función esencial del Estado la protección efectiva de los derechos de la persona, por lo que es deber del Poder Ejecutivo ejecutar medidas tendentes a la preservación y protección de la población nacional ante cualquier tipo de amenaza, incluyendo las provenientes de fenómenos naturales.

El jefe de Estado tomó la decisión tras una reunión en el Palacio con altos funcionarios en los que evaluó los daños provocados por un disturbio que impactó a varias provincias, incluyendo el territorio nacional.

Hasta ahora, se ha reportado muertes de varias personas en el derrumbe de una pared del paso desnivel en la avenida 27 de Febrero con Máximo Gómez, así como otros lugares inundados y casas derribadas en diferentes partes del país.

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Condenan a la Procuraduría al pago de RD$10.9 millones a Affe Gutiérrez, acusado falsamente de homicidio

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La Procuraduría General de la República (PGR) fue condenada al pago de RD$10,912,792.00 a favor del exagente policial Affe Gutiérrez Gil, esposo de la comunidad Sarah Pepén, quien permaneció más de dos años en prisión preventiva pese a no existir pruebas en su contra.

La decisión, ratificada por la Suprema Corte de Justicia (SCJ), confirma que el Estado dominicano a través de la PGR actuó con arbitrariedad y violó los derechos fundamentales del ciudadano.

Según una nota informativa, la sentencia de la Tercera Sala de la Suprema, con ponencia del magistrado Rafael Vásquez Goico, rechazó el recurso de casación interpuesto por la Procuraduría y mantuvo íntegramente la resolución de la Quinta Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), que ordenó la compensación por daños morales, físicos y profesionales.

Una indemnización sin precedentes en el país
La defensa de Gutiérrez, compuesta por los abogados Carlos Moreno, Manuela Ramírez y Zaida Carrasco, calificó el fallo como “un precedente histórico” en materia de responsabilidad patrimonial del Estado.

“Es la indemnización más alta registrada en República Dominicana por prisión preventiva injusta. Representa un hito en la lucha por el respeto al debido proceso y a la dignidad humana”, afirmaron.

El propio Gutiérrez valoró el fallo como una reparación moral más que económica:

“Esta sentencia no devuelve los años perdidos ni el dolor vivido, pero demuestra que la verdad resiste el tiempo. Aún espero una disculpa pública por parte de las autoridades que me destruyeron la vida.”

Persecución, abuso y una década de sufrimiento
El caso se originó en 2008, poco después del matrimonio de Gutiérrez con la periodista Sarah Pepén.

Según los registros judiciales, fue expulsado de la Policía Nacional y sometido a la justicia bajo acusaciones infundadas de homicidio.

Un año después, fue enviado a prisión preventiva, donde permaneció por más de dos años pese a la falta de evidencias.

Posteriormente, un testigo confesó haber recibido dinero para incriminarlo falsamente, destapando un entramado de corrupción y retaliación institucional.

Durante ese tiempo, Gutiérrez fue condenado dos veces a 30 años de cárcel, sentencias que más tarde fueron anuladas por la Corte de Apelación, la cual determinó que se trató de procesos viciados.

En mayo de 2017, el Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional lo descargó definitivamente.

El Estado obligado a reparar el daño
Tras su absolución, en 2020, Gutiérrez interpuso una demanda contra la PGR ante el TSA, reclamando RD$100 millones por los daños sufridos.

El tribunal determinó que el Estado actuó con “arbitrariedad, abuso de poder y desprecio por las garantías constitucionales”, y ordenó el pago de RD$10.9 millones como compensación.

Los peritajes médicos y psicológicos incluidos en el expediente confirmaron que Gutiérrez sufre estrés postraumático, ansiedad severa y secuelas físicas permanentes, producto del trato degradante recibido durante su reclusión.

Suprema Corte confirma y sienta precedente
La Suprema Corte de Justicia ratificó que el recurso de la PGR carecía de fundamento legal, y subrayó que el uso indebido de la prisión preventiva constituye una violación directa a la dignidad humana y al Estado de derecho.

El fallo, emitido el 29 de agosto de 2025, reafirma que las instituciones del Estado deben responder por los daños ocasionados por sus funcionarios, y consolida la doctrina de que la libertad personal no puede sacrificarse por el abuso del poder.

Para Gutiérrez, el veredicto es más que una compensación: es una reivindicación moral tras más de una década de lucha judicial.

“Sobreviví a intentos de asesinato, a la humillación y al abandono. Pero nunca perdí la fe en la justicia, y hoy el país tiene una prueba de que sí puede haber reparación”, declaró.

Vía El Nuevo Diario

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Aumenta prima del Seguro Familiar: afiliados pagarán RD$204 más al mes

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El Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) aprobó un incremento de 204.32 pesos al costo per cápita mensual del Seguro Familiar de Salud (SFS) del Régimen Contributivo, elevándola de 1,683.22 a 1,887.54 pesos.

La medida, contenida en la resolución 624-02, entró en vigencia a partir del 1 de noviembre de 2025.

De ese monto, la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) dispensará 1,882.49 pesos a las ARS (Administradora de Riesgos de Salud) y 5.05 pesos al recién creado Fondo Especial para Programas Prioritarios de Salud Pública (Fonsap), destinado a financiar medicamentos para tuberculosis, VIH y hepatitis B.

Reseña Diario Libre que conforme al CNSS el aumento es el resultado de la indexación y de la inclusión de nuevas coberturas, que impactarán directamente a los asegurados con dependientes adicionales (padres, suegros e hijos e hijastros mayores de 21 años, quienes deberán pagar también la nueva cápita.

Miles de afectados
Según una fuente de entero crédito, el alza de 204.32 pesos por cada dependiente adicional, es un ajuste que afectará a los 270,450 dependientes adicionales registrados actualmente.

Señaló que este cambio representa más de 55 millones adicionales que saldrán del bolsillo de los hogares cada mes. No obstante, el CNSS sostiene que el incremento garantiza nuevas coberturas y mejora en el sistema.

Desglose del aumento
El incremento de 204.32 pesos se divide de la siguiente manera:

142.08 pesos por concepto de indexación acumulada entre abril de 2023 y marzo de 2025.

44.71 pesos por el aumento de 250 pesos en las tarifas de consultas ambulatorias, incluyendo servicios psicológicos, psiquiátricos y odontológicos.

La resolución aumenta los honorarios médicos por concepto de consultas ambulatorias de 500 a 750 pesos, incluyendo las odontológicas, psiquiátricas y de psicología.

17.53 pesos por ampliación de beneficios, de los cuales 12.48 serán manejados por las ARS y 5.05 por el Fonsap.

Este último, que se alimentará de los 5.05 incluidos en la cápita por cada afiliado, será administrado por la TSS para gestionar la compra de medicamentos de alto impacto en salud pública.

La resolución indica que con la aprobación de esta metodología se busca alinear el financiamiento con las características demográficas y epidemiológicas de la población afiliada a cada ARS, promoviendo una distribución «más justa y eficiente de los recursos».

Las ARS deberán incluir estas prestaciones en su red de servicios y la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) actualizará el catálogo correspondiente.

Nuevas coberturas
Entre las ampliaciones aprobadas están:

· Cobertura de gigantomastia en mujeres y mamoplastia por hipertrofia mamaria en casos de ginecomastia en hombres.

· Inclusión de 40 nuevos medicamentos ambulatorios, conforme al Cuadro Básico de Medicamentos Esenciales.

· Incorporación de procedimientos diagnósticos para VIH y tuberculosis.

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