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Panorama

Proyecto de Reforma Laboral: Por estas “razones” tu empleador podrá despedirte

Si las autoridades sanitarias limitan la asistencia de empleados a sus centros de trabajo, como ocurrió cuando la pandemia, el empleador puede despedirlo, justificándolo en base a esta disposición

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El proyecto de modificación al Código de Trabajo sometido hoy al Congreso Nacional, agrega una nueva causa de despido justificado, con el numeral 13 del artículo 51.

“13. La disposición de las autoridades sanitarias que restrinja o limite la asistencia a las instalaciones del empleador”, lo que quiere decir que si las autoridades sanitarias limitan la asistencia de empleados a sus centros de trabajo, como ocurrió cuando la pandemia, el empleador puede despedirlo, justificándolo en base a esta disposición.

Los otros 12 numerales del artículo 51 del Código Laboral sobre las causas de suspensión de los efectos de contrato de trabajo se mantienen similares.

Estos son:

El mutuo consentimiento de las partes;

2. La licencia por maternidad de la mujer trabajadora, según lo dispuesto en el artículo 236;

3. El hecho de que el trabajador esté cumpliendo obligaciones legales que lo imposibiliten temporalmente para prestar sus servicios al empleador;

4. El caso fortuito o de fuerza mayor, siempre y cuando tenga como consecuencia necesaria, inmediata y directa la interrupción temporal de las faenas;

5. La detención, arresto o prisión preventiva del trabajador, que lo imposibilite para el desempeño de sus labores, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 88 ordinal 18;

6. La enfermedad del trabajador que lo imposibilite temporalmente para el desempeño de sus labores;

7. El accidente de trabajo cuando imposibilite temporalmente al trabajador para el desempeño de sus labores;

8. La falta o insuficiencia de materia prima siempre que no sea imputable al empleador;

9. La falta de fondos para la continuación normal de los trabajos, si el empleador justifica plenamente la imposibilidad de obtenerlos;

10. El exceso de producción con relación a la situación económica de la empresa y a las condiciones del mercado;

11. La incosteabilidad de la explotación de la empresa;

12. La huelga y el paro calificados legales;

FUENTE: Listín Diario

Panorama

Los Mellos de Mendoza: el historial delictivo de los jóvenes de 16 años que sembraban el terror

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La muerte de los mellizos Randy Omar y Omar Randy Borges Jiménez, conocidos popularmente como “Los Mellos de Mendoza”, de 16 años, ocurrida el 21 de octubre de 2026 durante una intervención policial en Mendoza, Santo Domingo Este, deja en perspectiva el resultado de una corta vida llena de actos delictivos.

Según los informes atribuidos a la Policía Nacional, los menores eran señalados por su presunta vinculación con varios asaltos, agresiones y amenazas, entre otros hechos delictivos.

Entre los señalamientos figuran asaltos a mano armada y despojos de pertenencias en plena vía pública, en Santo Domingo Este.

Además, tenían varias órdenes de arresto, entre las que se encuentran:

  • Una orden emitida el 13 de mayo por presunta violación del artículo 381 del Código Penal, relativo al robo agravado.
  • Una orden por un atraco a mano armada contra el ciudadano Giancarlos Zavala Cordero.
  • Una orden por un asalto a mano armada contra Marker Frit.

Los residentes de Mendoza también los denunciaron por presuntas agresiones físicas contra vecinos y amenazas de muerte directas.

Asimismo, según los señalamientos difundidos, los adolescentes solían publicar videos en plataformas digitales en los que lanzaban amenazas explícitas e insultos contra ciudadanos y autoridades policiales.

Tambien, allegados declararon que estos consumían sustancias ilícitas y arrebataban celulares.

 

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Panorama

El Gobierno congela el precio de los principales combustibles

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El Gobierno congeló el precio de los combustibles para la semana del 24 al 30 de octubre, una decisión que implicará un subsidio de 1,600.9 millones de pesos, según informó este viernes el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM).

La media deja en 358.10 pesos por galón el precio de la gasolina premium y en 317.50 pesos el de la regular, ambas manteniendo su precio sin variación.

En tanto, el gasoil regular se comercializará a 270.80 pesos por galón y el óptimo a 318.10 pesos, quedando ambos congelados.

Asimismo, el gas licuado de petróleo se despachará al público a 135.20 pesos por galón y el gas natural a 43.97 pesos por metro cúbico. Los dos combustibles mantienen su costo sin cambios.

Otros suben
En cambio, el avtur sufrirá un incremento de 6.18 pesos por galón y se venderá a 358.66 pesos, mientras que el kerosene se ofertará a 402.70 pesos por galón, incrementando 6.90 pesos en su costo.

El fuel oil número seis se distribuirá a 195.87 pesos por galón, subiendo 3.79 pesos, y el fuel oil 1%s se despachará a 232.64 por galón, subiendo 3.74 pesos.

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