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TC anula la polémica Ley de la DNI al declararla inconstitucional
El Tribunal Constitucional (TC) anuló la ley 1-24 que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) “por no ser conforme con la Constitución”.
De acuerdo con la Sentencia del TC/0767/24, se acogió la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por la Fuerza del Pueblo, el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y el Partido Revolucionario Dominicano (PRD), que buscaba anular la ley 1-24.
Esta ley de la DNI fue aprobada por el Congreso Nacional el pasado 10 enero y promulgada por el Poder Ejecutivo el 15 del mismo mes.
Reseña el Listín Diario que en las semanas previas a la creación, se depositaron al menos siete acciones de inconstitucionalidad contra la Ley.
El pasado 22 de enero, Acción Cristiana, Juventud con una Misión, RD Inclusiva, Foro de Mujeres en Defensa de la Vida y la Familia (FOMUDEMI), FUMEJID así como Mayobanex Pepín y María Magdalena Piña Dirocié presentaron “una acción directa de inconstitucionalidad en contra de los artículos 9, 11, 12, 13 y 26 de la Ley 1-24, que crea la DNI, por supuesta violación a la libertad y seguridad personal, a la intimidad y honor personal, a la libertad de expresión e información, y a la reglamentación de los derechos y garantías fundamentales; derechos y principios consagrados en los artículos 40, 44, 49 y 74 de la Constitución”.
Además, la Sociedad Dominicano de Diarios (SDD) se pronunció en varias ocasiones sobre algunos artículos de la ley, en específico los 9, 11 y 26.
Las sanciones que establece
El artículo 11 indicaba que “todas las dependencias del Estado, instituciones privadas o personas físicas, sin perjuicio de las formalidades legales para la protección y garantía del derecho a la intimidad y el honor personal a entregarle a la Dirección General de Inteligencia” todas las informaciones que requiriera sobre las cuales se tengan datos o conocimientos en asuntos que puedan afectar la seguridad nacional.
Mientras el artículo 26 establecía sanciones penales, como prisión menor de dos a tres años y multas desde nueve a quince salarios mínimos del sector público, contra quienes “oculten informaciones” requeridas por la DNI.
Reacción del expresidente Fernández
Al conocerse la sentencia del Tribunal Constitucional, reaccionó de inmediato el presidente de Fuerza del Pueblo, Leonel Fernández, quien dijo en un mensaje publicado en su red social X: “El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional la Ley 1-24 sobre el DNI mediante la sentencia TC/0767/24, acogiendo un recurso presentado por la Fuerza del Pueblo y otros partidos opositores.
Esta decisión reafirma la importancia de proteger el estado de derecho y los derechos fundamentales. Reiteramos nuestro compromiso con la defensa de la Constitución y los intereses del pueblo”.
El exmandatario también había expresado previamente por la misma red social X, el pasado 22 de enero, “que esa ley era un retroceso institucional democrático más grave que ha ocurrido en el país desde la muerte del dictador Rafael Leónidas Trujillo hasta la actualidad”.
Reuniones con la SDD
El pasado septiembre, el presidente de la Sociedad Dominicana de Diarios, Persio Maldonado, dijo que se presentarían los cambios a varios de esos artículos para corregir “ambigüedades” que habían sido identificadas. Estas declaraciones se produjeros después de varios encuentros entre los directivos de la SDD y la representación del Poder Ejecutivo.
“Se han hecho los ajustes de lugar, sobre todo en aquellas disposiciones que se insinuaba que su actuación debería de estar precedida de una autorización judicial, lo cual nosotros entendíamos que estaba dicho en términos generales, pero la comisión ha entendido que debe de decirlo de manera específica en cada uno de los artículos que refieren a esas acciones y nosotros así lo hemos aceptado”, dijo, también, en aquella ocasión el consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta.
Por lo que el 19 de septiembre, Peralta, en nombre del Ejecutivo depositó ante el Senado el proyecto de ley que modifica la Ley 1-24, luego de que la mesa de trabajo conformada por la sociedad civil y el Gobierno llegaran a un consenso.
En principio, la finalidad de la creación de la DNI era proteger “los intereses de la nación y evaluar amenazas internas y externas contra el Estado”, de acuerdo con el Senado.
La pieza fue aprobada en dos lecturas consecutivas, luego que el senador Dionis Sánchez, presidente de la Comisión Especial que estudió el proyecto, presentó al Pleno del Senado un informe favorable y solicitó que fuera incluido en el orden del día, declarado de urgencia y aprobado, tal cual lo remitió la Cámara de Diputados.
También la SIP se opuso a la Ley
La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) también fue otra de las instituciones que se pronunció en contra de la Ley de la DNI.
En un artículo publicado en este diario, el 22 de enero pasado, el presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información, Carlos Jornet, editor periodístico de La Voz del Interior de Argentina, dijo que “el lenguaje amplio y ambiguo de esta ley, sumado a su carácter sancionatorio, puede fomentar la autocensura entre periodistas y medios de comunicación, con el impacto que ello causaría en el derecho de todos los dominicanos a acceder a información, un derecho consagrado en la Constitución”.
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Coge ahí: aumentan precios de gasolinas y gasoil entre RD$9 y RD$7
Los precios de los combustibles aumentaron este viernes entre RD$9 y RD$7, según informó el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM).
La gasolina premium y el gasoil óptimo recibieron un alza de RD$9.00 cada uno, mientras que la gasolina regular y el gasoil regular aumentaron RD$7.00 por galón.
Asimismo, el avtur tendrá una variación, en función de los precios internacionales, de RD$16.42 por galón; el kerosene, RD$19.10; el fuel oil #6, RD$13.96; y el fuel oil #1, RD$18.42.
El gobierno destinó otros RD$1,421.4 millones en subsidios a los combustibles, “para no transferir a la población el total de las alzas que deberían aplicarse como consecuencia de los aumentos registrados en los precios internacionales del petróleo durante esta semana”, explico el MICM.
“Esta medida forma parte del plan gubernamental para enfrentar el impacto sobre la economía dominicana de la crisis en Medio Oriente, una variable externa que incide directamente en la estabilidad de los mercados internacionales”, indicó.
El subsidio absorbe el 100% de las alzas en el GLP para mantenerlo sin variación, debido al uso masivo de este combustible en los hogares dominicanos y en el transporte. También se mantiene sin variación el gas natural.
En lo que va de año, el gobierno ha destinado más de RD$12 mil millones en subsidios a los combustibles, evidenciando el esfuerzo por absorber el impacto de la crisis internacional y preservar la estabilidad de la economía nacional.
El gobierno también ha dispuesto una serie de medidas de contención y optimización del gasto público para generar una disponibilidad cercana a RD$40,000 millones, respetando los compromisos contractuales ya formalizados, mientras que las apropiaciones presupuestarias aún no comprometidas serán objeto de revisión, ajuste o reducción conforme a las prioridades nacionales.
Entre las medidas contempladas se incluyen restricciones en gastos operativos, adquisición de vehículos, servicios y contrataciones, eventos, viáticos, pasajes, combustibles y publicidad, entre otros.
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Juez mantiene prisión preventiva a Santiago Hazim y otros seis imputados en caso Senasa
El juez Deiby Timoteo Peguero, del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, ratificó la prisión preventiva en contra de Santiago Hazim, y otros siete imputados vinculados al desfalco del Seguro Nacional de Salud (Senasa).
Durante la audiencia de revisión de la medida de coerción, el tribunal determinó que no han variado los presupuestos que dieron origen a la medida original, asegurando que la privación de libertad sigue siendo la vía idónea para garantizar la presencia del encartado en el proceso.
En ese sentido, dispuso el mantenimiento en prisión de Santiago Hazim, Rafael Luis Martínez Hazim, Gustavo Enrique Messina Cruz, Germán Rafael Robles Quiñones, Francisco Iván Minaya Pérez, Ramón Alan Spiekler Mateo y Ada Ledesma
El juez consideró que persiste el riesgo de incomparecencia, derivado de la gravedad de los hechos imputados y el daño que debe ser resarcido al Estado.
Atendiendo a la posible pena imponible según la calificación jurídica presentada por el Ministerio Público, la prisión preventiva se considera una medida equilibrada.
Tras analizar la provisionalidad de las medidas de coerción, el tribunal concluyó que los elementos de prueba y las circunstancias actuales no justifican el otorgamiento de una libertad bajo fianza o medida menos gravosa.
«Se procede a ordenar la continuación de la prisión preventiva por considerar que no han variado los presupuestos tomados en cuenta al momento de su imposición», dictaminó el juez en el dispositivo de la resolución.
Asimismo, el juez fijó para el próximo 21 de mayo, la lectura integra de la decisión, fecha a partir de la cual empezarán a correr los plazos legales para que las partes interpongan los recursos de apelación que consideren pertinentes.
Igualmente, el tribunal fijó para el 30 de julio del presente año el conocimiento de la próxima revisión obligatoria de la medida de coerción, quedando las partes presentes y representadas formalmente citadas para dichas comparecencias.
Vía Listín Diario
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