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Cholitín propone otra ‘ley mordaza’ dizque para frenar el ‘discurso de odio’ en plataformas digitales
El Senado de la República recibió el pasado 2 de mayo un proyecto depositado por el Poder Ejecutivo que busca reformar la Ley 61-32 sobre Libertad de Expresión y Difusión del Pensamiento, adaptándola a los desafíos actuales ocasionados por los medios de comunicaciones digitales.
A este suma otro proyecto que fue entregado también a la cámara alta. Aunque no alteraría la Ley 61-32, crearía una nueva para regular el contenido difundido a través de las plataformas masivas, incluyendo los tradicionales y digitales: Una pieza que pretende “prevenir, tipificar y sancionar los discursos de odio” en el país.
El documento legislativo elaborado por el senador de La Altagracia, Rafael Duluc, coloca de definición al “discurso de odio” toda expresión oral, escrita, gráfica, audiovisual o digital que incite al odio, “hostilidad, discriminación o violencia contra una persona o grupo por motivos de raza, color, sexo, orientación sexual, identidad de género, nacionalidad, etnia, religión, discapacidad, condición migratoria, lengua, condición socioeconómica o cualquier otra condición de identidad o pertenencia”.
Castigos
Las sanciones para quienes cometan este delito serían prisión de uno a tres años y una multa de 10 a 50 salarios mínimos del sector público.
Mientras que para los que “nieguen, minimicen o justifiquen públicamente” crímenes de odio, genocidios o de lesa humanidad reconocidos por tribunales serían penalizados con cárcel de seis meses a dos años, junto a una multa de hasta 30 salarios mínimos.
Asimismo, establece que cuando el discurso de odio se difunda por redes sociales, plataformas digitales, medios electrónicos o servicios de mensajería, además de las penas previstas, el juez podría imponer la prohibición de uso de dichas plataformas por hasta tres años.
Las penas recibirían en los tribunales agravantes en los casos en que el hecho sea cometido por un funcionario público, docente, líder religioso o autoridad comunitaria. Además, cuando este ocurra en centros educativos, sanitarios, religiosos o penitenciarios y el discurso incite a cometer actos de violencia física o material contra personas o bienes.
Derechos y garantías
Según sugiere el proyecto, las víctimas de discurso de odio tendrían derecho a recibir medidas de reparación integral, incluyendo disculpas públicas, compensación económica, medidas de restitución y garantías de no repetición.
De aprobarse la ley en ambas cámaras del Poder Legislativo, el Congreso Nacional le ordenaría al Ministerio Público crear una unidad especializada en la investigación y persecución del discurso de odio, con personal capacitado en derechos humanos, tecnologías digitales y análisis del lenguaje discriminatorio.
“Las personas que denuncien hechos de discurso de odio o colaboren con las autoridades tendrán garantizada la protección de su identidad, integridad y privacidad, conforme al marco de derechos humanos”, dispone la propuesta de ley.
También, obligaría a las plataformas digitales a colaborar con las autoridades dominicanas en la detección, reporte y remoción de los contenidos tipificados.
Prevención
El Ministerio de Educación y el Ministerio de Cultura implementarían programas educativos permanentes que promuevan la diversidad, el respeto a los derechos humanos, la igualdad y la prevención de discursos de odio en todos los niveles del sistema educativo.
Libertad de Expresión
Mientras tanto, el proyecto de ley depositado por el Gobierno, que modificaría la regulación al derecho de Libertad de Expresión dictado en el artículo 49 de la Constitución, continúa generando rechazo en diversos sectores de la sociedad, asegurando una supuesta vulnerabilidad de derechos fundamentales.
Aunque aún no es una decisión, los miembros de la comisión especial del Senado han confirmado que están en disposición de realizar vistas públicas para garantizar el consenso de la sociedad.
El Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) entregó el pasado miércoles un análisis crítico al pleno del Senado de la República, encabezado por Ricardo de los Santos, en el que declaró la “inconstitucionalidad e inconvencionalidad” de la pieza entregada por el Gobierno.
Además, aseguran que el documento legislativo elaborado por el Poder Ejecutivo, junto a una comisión honorífica integrada por representantes del periodismo nacional, incurre en violaciones a “principios y valores que sustentan la democracia”.
Para fundamentar su posición, el presidente del CARD, Trajano Vidal Potentini, explicó que únicamente los considerandos, 15 primeros artículos de la pieza, al igual que las vistas de las leyes y tratados, están acordes con la carta magna.
Sin embargo, en los 60 artículos restantes, afecta disposiciones imprescindibles para el correcto ejercicio de la comunicación en la sociedad dominicana, como lo son “la cláusula de conciencia, el secreto profesional, la no censura previa, la doctrina de la doble dimensión de la libertad de expresión, el derecho a la reserva de las fuentes de información, el derecho de rectificación o respuesta, protección de niños, niñas y adolescentes”.
Vidal Potentini lamentó también que infligiera las garantías dictadas en el artículo 69 de la Carta Magna, en el cual permite a “toda persona, en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, el derecho a obtener la tutela judicial efectiva, con respeto del debido proceso”.
Puntualizando que la capacidad sancionadora que tendría el Instituto Nacional de la Comunicación (Inacom), entidad que propone crear la Presidencia de la República a través de la modificación legislativa; excede los límites constitucionales.
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Gonzalo Castillo y José Ramón Peralta no irán a juicio
Un giro radical sacudió anoche el panorama judicial cuando la jueza Altagracia Ramírez limpió de culpa a los exministros Gonzalo Castillo y José Ramón Peralta al dictar un “no ha lugar”, sentenciando que la Fiscalía no llevó pruebas que sirvieran para abrirles un juicio por corrupción.
Ambos exfuncionarios respiran libres tras defender a capa y espada que sus gestiones fueron transparentes y que el caso era puro “aire”.
Sin embargo, la suerte no fue la misma para Donald Guerrero, ex exministro de Hacienda durante el gobierno de Danilo Medina,quien no pudo esquivar el juicio de fondo y tendrá que sentarse en el banquillo de los acusados para responder a los duros señalamientos del Ministerio Público.
Indica Listín Diario que ante esto, la barra de la defensa de Guerrero cuestionó la legalidad del proceso, argumentando que las pruebas de la Contraloría General poseen vicios de origen, y que la acción penal contra su cliente ya se encuentra prescrita.
Por otra parte, otros 28 imputados, entre estos el abogado Angel Lockward, del caso Calamar tendrán que ir también ante el tribuanl a responder en un juicio de fondo por los actos que les son imputados.
A su salida del tribunal, Gonzalo Castillo proclamó ante la prensa: “Voy con tó’ “.
Todo sobre el fallo
Con esta decisión judicial, se ordenó el cese definitivo de las medidas de coerción que pesaban sobre los encartados, así como el levantamiento de diversas oposiciones de carácter financiero e inmobiliario.
El tribunal dictaminó el no ha lugar y la consecuente exoneración de responsabilidad penal a los ciudadanos José Ramón Francisco de Jesús Peralta, Gonzalo Castillo Terrero, Marcial Reyes, Rosa Arias Ruiz y Daniel Alberto Guerrero Mena.
De acuerdo con la resolución del tribunal, las pruebas aportadas por la parte acusadora resultaron insuficientes para dictar un auto de apertura a juicio en contra de los imputados mencionados.
En consecuencia, la magistrada ordenó el cese inmediato de todas las medidas de coerción de carácter personal que les habían sido impuestas, aclarando que en el caso del ciudadano Daniel Rosa Arias no le fueron impuestas medidas restrictivas en este dictamen.
En el aspecto civil, la decisión judicial dispone la exclusión total del proceso en calidad de terceros civilmente demandados de los siguientes ciudadanos y entidades jurídicas. César Emilio Rivas Martínez, José Martínez Quirico (y/o de Martínez),
Emilio Manuel, la razón social Alexis Rodríguez y Asociados (Firma de Abogados Asociados).
Asimismo, el tribunal rechazó la solicitud de imposición de medidas de coerción reales (embargos y congelamiento de fondos) que había sido interpuesta.
Hechos antes del fallo
Desde la tarde de este viernes se vivió un ambiente de intensa expectativa e incertidumbre en el salón de audiencia del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, donde los imputados del Caso Calamar, sus abogados y decenas de periodistas esperan el fallo, sus abogados y decenas de periodistas esperan la decisión que ya acumulaba horas de retraso.
La jueza Altagracia Ramírez, del Cuarto Juzgado de la Instrucción, había convocado a las partes de manera formal para las 3:00 de la tarde para dar a conocer su decisión.
Sin embargo, pasadas las 6:00 de la tarde, la magistrada todavía se encuentra encerrada en su despacho de la segunda planta del Palacio de Justicia de Ciudad Nueva, ponderando la decisión de si enviaba a juicio de fondo a los acusados del sonado caso.
Ante la larga espera, el escenario en el tribunal reflejaba el agotamiento y los nervios de los presentes.
Mientras algunos implicados permanecian dentro de la sala de audiencias, otros, junto a sus consejos de defensa, caminan de un lado a otro por los pasillos del Palacio de Justicia, atentos a cualquier movimiento del personal del tribunal que anticipe la llegada de la jueza.
A medida que pasaban las horas de la noche, la expectativa crecía en el tribunal.
La magistrada Ramírez debía decidir si envíaba a juicio de fondo a los exministros Donald Guerrero (Hacienda), José Ramón Peralta (Administrativo de la Presidencia) y Gonzalo Castillo (Obras Públicas), quienes encabezan la lista de los acusados en este presunto entramado de corrupción.
Junto a ellos, también esperan la resolución el excontralor general de la República, Daniel Omar Caamaño; el exdirector del Consejo Estatal del Azúcar (CEA), Luis Miguel Piccirilo; el exdirector de Catastro Nacional, Claudio Silver Peña; y los exdirectores de Casinos y Juego de Azar, Oscar Chalas Guerrero y Julián Omar Fernández.
El Ministerio Público acusa al grupo de delitos graves que incluyen asociación de malhechores, desfalco, coalición de funcionarios, falsificación de documentos, soborno, lavado de activos y financiamiento ilícito de campaña.
Tanto el órgano acusador como los abogados del Estado dominicano han solicitado de manera formal un auto de apertura a juicio.
Por el contrario, los equipos de defensa han pedido al tribunal rechazar el pedimento del Ministerio Público y dictar, en su lugar, un auto de “no ha lugar”, alegando la inocencia de sus representados.
Cabe destacar que, más temprano, a las 9:00 de la mañana, estaba prevista la lectura de la decisión respecto al exsenador Rafael Porfirio Calderón, cuyo proceso había sido separado provisionalmente por motivos de salud. La lectura del fallo fue fijada para el 19 de junio.
Un proceso de cinco años bajo la lupa
Esta esperada resolución se produce tras más de cinco años desde que se iniciaron los primeros interrogatorios en febrero de 2021.
A lo largo del proceso, las defensas han criticado duramente el caso, señalando que el expediente ha excedido de manera irrazonable los plazos de la ley y cuestionando la validez de los informes de la Unidad Antifraude de la Contraloría.
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Aplazan para el martes coerción contra empresario chino por presunta violencia de género
La Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional aplazó para el próximo martes el conocimiento de medida de coerción contra el empresario chino Po Xie, acusado de presuntamente agredir a su compañera sentimental dentro de su residencia.
Durante la audiencia se informó que el hijo menor de la víctima, identificada como Tania Iris Naomi Valdez Sánchez, será evaluado el lunes en una cámara Gesell, debido a que habría sido testigo del presunto hecho violento.
El proceso judicial contra el propietario de la tienda Mudan ha generado atención pública luego de que fuera arrestado por la Fiscalía de Violencia de Género tras una intervención de agentes del Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 911.
Según las informaciones preliminares, vecinos alertaron a las autoridades al escuchar la situación ocurrida en la vivienda, lo que permitió la detención del empresario.
Po Xie permanece bajo custodia mientras el Ministerio Público continúa las investigaciones del caso y se prepara para solicitar las medidas coercitivas correspondientes ante el tribunal.
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