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Exhumarán restos de Poppy Bermúdez

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La Cuarta Sala de la Cámara Civil para Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia de Santiago ordenó la exhumación del cadáver del empresario José Armando Bermúdez (Poppy), para practicarle una prueba de ADN y ser cruzada con José Andrés Tavárez, quien reclama la paternidad post mortem.

La decisión del juez Filoset Núñez Polanco fue emitida en marzo pasado y todavía no ha sido ejecutada por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif).

El juez designó al Laboratorio Referencia para analizar las pruebas correspondientes.

Acogiendo la decisión in voce del magistrado, la Dirección Provincial de Salud Santiago ll, del Ministerio de Salud Pública autorizó la exhumación, mediante un oficio emitido el 19 de abril de 2016, dirigido al señor Antonio Bueno, administrador del Cementerio 30 de Marzo para exhumar los retos de Bermúdez, fallecido el 3 de diciembre de 2014.

También el Ayuntamiento de Santiago se acogió a la decisión del juez. Sin embargo, Pi Kuan Sang, subdirectora del Inacif, regional Norte, se ha negado a dar cumplimiento a la sentencia del juez Núñez Planco.

La decisión que autoriza la exhumación fue recurrida por ante la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación de Santiago por los sucesores de Poppy Bermúdez, Elba Aurora Madera viuda Bermúdez, sus hijos José Armando, Domingo Octavio, Elba y Josefina Bermúdez Madera, y por Julia Aurora Bermúdez y Ana Esthela Bermúdez quienes plantearon al tribunal el sobreseimiento de la demanda en reconocimiento judicial de paternidad que interpuso Tavárez.

La petición que fue rechazada por el juez Polanco Núñez, quien fijó la audiencia para conocer el fondo del proceso para el 24 de octubre de este año.

El 7 de junio, mediante acto de aguacil, número 134/2016, el Inacif fue intimado y puesto en mora para que ejecute la sentencia que ordena la exhumación.

José Andrés Tavárez, de 50 años, es un empleado privado, nativo de Moca, residente en Estados Unidos, asegura ser hijo biológico del fenecido empresario santiaguero.

El proceso, que se inició el 30 de julio del año pasado, se encuentra en un limbo porque según sus abogados, el Inacif se niega acatar la sentencia del señalado tribunal, que decidió se haga una prueba de Ácido Desoxirribonucleico (ADN) a los restos, para determinar si el fallecido empresario fue o no su progenitor.

La decisión fue adoptada el 21 de marzo luego que según los abogados representantes de Tavárez, se agotaron los plazos que el juez había determinado para que las partes decidieran la mejor manera de hacer la experticia científica al cadáver.

Previo al juez ordenar la exhumación de los restos otorgó un plazo de diez días para que las partes buscaran alternativas y se lo comunicaran al tribunal y así el magistrado disponer la exhumación mediante auto administrativo, pero no se obtemperó a ello.

El grupo de demandados lo encabeza la viuda de Poppy Bermúdez, Alba Aurora Madera y los hijos Domingo Octavio, José Armando, Elba Josefina, Julia Aurora y Ana Estela Bermúdez.

Tavárez decidió interponer la demanda debido a que su madre, Altagracia Tavárez, oriunda de Moca, le dio absoluta seguridad de que es hijo de Poppy Bermúdez, tras concebirlo fruto de relaciones que sostuvieron cuando ella tenía 16 años.

Siempre se preocupó
Tavárez aseguró que el empresario le compró una casa a su madre y que siempre se preocupó por la manutención y estabilidad económica de ella y de él, a quienes luego envió a Estados Unidos, donde residen desde entonces.

Edilio García, coordinador del equipo de abogados de Tavárez indicó que, al acudir a los tribunales, la Ley 136-03, que establece que el reclamo a la filiación es imprescriptible, así como lo consignado en el artículo 38 de la Constitución de la República y culpa del estancamiento del caso a la oficina regional del Inacif.

Acción de Amparo
En contra del Inacif recientemente los abogados interpusieron una acción de amparo ante la Cámara Civil de Santiago, porque alegadamente ha cometido lo que ellos definen como “supremo desacato” contra la decisión que ordena la exhumación de los restos, instancia que fue conocida hace cuatro días, reservándose el juez el fallo para el 18 de este mes.

García dijo que “definitivamente ellos no quieren que se realice esa prueba, la que científicamente está comprobada que sus resultados que no dejan lugar a dudas en un 99 por ciento y que está admitida universalmente”, precisó.
Dijo que los herederos de Poppy Bermúdez, desde el principio de la demanda de paternidad, han tratado evitar que se realice la experticia en cuestión.

Desacato del Inacif
La subdirectora del Inacif regional Norte Pi Kuan Sang, se ha opuesto a la ejecución de la sentencia preparatoria del juez de la Cuarta Sala de la Cámara Civil para Asuntos de Familia para la prueba de ADN.

El Nacional

PERIODISTA/ PUBLICISTA

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Desalojan vendedores de la parada del kilómetro 9 de la Autopista Duarte

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El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) realizó un desalojo la mañana de este jueves a vendedores ubicados en el kilómetro 9 de la Autopista Duarte.

En el lugar hay varias maquinarias y personal de la institución en las labores de remoción de los comercios ambulantes ubicados en las aceras y avenida.

El desalojo, según las autoridades, se debe a la remodelación del lugar y los vendedores habían sido notificados con antelación.

Asimismo, según informó Salutiano Pichardo, abogado del departamento de avalúo, de los 24 vendedores del área solo faltan 4 por el pago de la indemnización.

Sin embargo, en el lugar aquellos que sostienen que no han recibido la indemnización y que tampoco les han brindado información sobre esta se mantienen en el lugar esperando respuestas.

«Llegaron, nos rompieron las mesas y no nos dan respuestas», manifestó Ramón Ortega, quien tenía un puesto de venta de accesorios telefónicos en la parada.

Al igual que Ortega, los demás vendedores arrastran las mesas que hasta el momento del desalojo utilizaban para sus negocios para evitar que los agentes se las retengan.

En este lugar funciona una parada de autobuses que tienen como destino la región norte del país y es donde el Gobierno ejecuta un plan de ampliación de vías para facilitar el ingreso y a la salida a la capital dominicana.

Vía Listín Diario

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Minerd: 32 profesores fueron desvinculados y suspendidos por acoso sexual en el año escolar 2023-2024

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El Ministerio de Educación de la República Dominicana (Minerd) desvinculó a ocho docentes y mantiene a 24 suspendidos «por acoso sexual» en el desempeño de sus funciones en las escuelas durante el pasado año escolar 2023-2024, conforme a reporte de esta entidad emitido este domingo.

Según los registros de la División de Resolución de Conflictos Laborales de la Dirección General de Gestión Humana del Minerd, el mayor número de casos se produjo en el Distrito Nacional, Regional 15, con ocho; en Cotuí, Regional 16, con cinco; en La Vega, Regional 06, con y en Santiago, Regional 08, con 4.

Los nombres de los profesores no fueron suministrados por Educación.

De acuerdo a una nota de prensa del Minerd, de los 32 docentes separados de las escuelas públicas por acoso sexual, «ocho fueron desvinculados debido a la gravedad de las acusaciones y los 24 restantes están suspendidos sin disfrute de sueldo mientras culmina la investigación. Actualmente, hay seis profesores sometidos a la acción de la justicia».

El Minerd dijo que esta medida es parte de su compromiso fundamental de propiciar un entorno seguro para los estudiantes y sancionar las acciones indebidas en la comunidad educativa.

Las desvinculaciones y suspensiones se produjeron luego de que el Minerd comprobara que los maestros transgredieron el Código de Ética que regula las relaciones entre el personal docente y administrativo con los estudiantes del Sistema de Educación Preuniversitario», refiere el documento.

Violaron Código de Ética
Aprobado a través de la Orden Departamental No. 13-2023, el Código de Ética establece que las relaciones del personal de la escuela con los estudiantes deben ser académica y de servicio formativo, al tiempo que prohíbe toda relación que tenga una naturaleza distinta al desarrollo integral de los estudiantes.

Las medidas también dan cumplimiento al artículo 84 de la Ley 41-08 numerales 4,14,17 y 20 de Función Pública, que establece que este tipo de actos constituye una falta de tercer grado, cuya comisión dará lugar a la destitución del cargo.

«Otras faltas en las que incurrieron por su conducta inapropiada están vinculadas a incumplimientos a la Ley General de Educación 66-97, el Estatuto Docente y la Constitución de la República en sus artículos 44 y 56 sobre derecho a la intimidad y el honor de la persona, así como a la protección de las personas menores de edad, respectivamente», estableció el Minerd.

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