Espectáculos
Sobreventa de boletas impidió zarpara el yate Infinity con El Torito a bordo
Lo que ocurrió el domingo con en el yate Infinity en el puerto de Nueva York, demuestra una vez más que con El Torito no se puede estar inventando.
Los de la fiesta travesía con el río Hudson en el yate no se esperaban una asistencia tan masiva, a un punto tal que excedía la capacidad de la embarcación, que para poder zarpar se verían en la obligación de dejar gente fuera, que ya había comprado sus boletas
Una de las más largas filas que se recuerde de las fiestas en el yate, fue la que hubo ayer, produciendo una especie de “tranque”, con gente que se “mataba con cualquiera” si no la dejaban subir al barco, luego de haber comprado su boleta con antelación, y de haberse alistado y pagado transporte desde lejanos lugares para ir a ver al Torito.

Según publica Agustín de la Cruz, la administración del yate Infinity decidió que para que fiesta se pudiera dar sin dejar gente fuera, la misma debía hacerse sin zarpar, o sea, con la embarcación anclada en el puerto.
Dicen que Héctor Acosta se manifestó preocupado y agradeció la paciencia del público por el percance.
Muchos se olvidaron del asunto, desde que el Torito arrancó a tocar con el barco parado, y uno dijo que no había pagado para ver la Estatua de la Libertad, sino para ver al Torito, aludiendo al hecho de que cuando el barco hace su recorrido normal, llega hasta donde está el mencionado monumento.
Sin embargo hubo gente que criticó lo que a todas luces fue una exagerada sobreventa por parte de los organizadores de la fiesta en el buque.
Aunque reconoce que fue algo apoteósico que nunca antes se había visto a tanta gente haciendo largas fila desde las primeras horas de la tarde, para asegurar su abordaje, Agustín de la Cruz expresa que “ojalá y los organizadores no hagan mala costumbre de situaciones como éstas, las que van en perjuicio del artista, del público y del espectáculo”.

Otro comentó que al Torito no le hace falta ese tipo de demostración para poner de manifiesto su popularidad, a expensas de la gente que ha pagado para ir a verle, pues en su carrera ha sido siempre muy respetuoso del público y de su gente.
Merengala/Joseph Caceres
Fotos Judith Stephen
Espectáculos
Alofoke dice cederá el nombre de “Al Pelo Radio” a Amelia Alcántara tras ganar la titularidad en la ONAPI
El empresario e influencer Santiago Matías anunció que cederá el nombre comercial “Al Pelo Radio” a Amelia Alcántara, una de las conductoras del programa, luego de que la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI) fallara a su favor en torno a la titularidad del mismo tras un proceso legal.
“Al Pelo Radio” es un espacio de farándula y entretenimiento que fue lanzado en octubre de 2025 por el productor y locutor Luinny Corporán, concebido como una plataforma digital enfocada en contenido de opinión, análisis y temas del espectáculo.
La controversia por el uso del nombre derivó en un litigio ante la ONAPI, donde Matías resultó favorecido con la tutela del signo comercial.
Sin embargo, pese a haber ganado el proceso, el empresario informó que, tras un proceso de reflexión, decidió desistir de cualquier derecho sobre la marca “Al Pelo”, instruyendo a su abogado para formalizar la cesión a favor de Alcántara, quien podrá continuar desarrollando y explotando el proyecto sin restricciones.
“Es tiempo de paz, de madurez y de entender que todos podemos coexistir en el mismo planeta sin conflictos: creando, produciendo y trabajando”, expresó Matías, al destacar que su enfoque actual está centrado en el crecimiento de su nuevo reality Planeta Alofoke que estrena el próximo 12 de abril.
La decisión marca un giro conciliador tras la disputa legal, cerrando un capítulo en torno a la titularidad del nombre del programa y abriendo paso a una nueva etapa para “Al Pelo Radio” y que ahora pertenecería a Amelia Alcántara y no a su jefe Luinny Corporán.
Espectáculos
ONAPI reconoce a Alofoke como titular del nombre “Al Pelo Radio”
La Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI) emitió una resolución mediante la cual reconoce al empresario y comunicador Santiago Matías como titular del nombre comercial “Al Pelo Radio”, y ordena la cancelación del registro que figuraba a nombre de Yeison Corporán.
La acción en cancelación fue interpuesta por la sociedad Alofoke Music, S.R.L., bajo el alegato de que el registro del citado nombre comercial supuestamente había sido realizado en contravención de las disposiciones legales vigentes y en perjuicio de derechos previamente adquiridos, según establece un comunicado de prensa enviada por la parte accionante.
De acuerdo con el documento emitido por ONAPI, la entidad acogió los argumentos presentados por la parte demandante, concluyendo que el registro de “Al Pelo Radio” no cumplía con los requisitos establecidos en la normativa de propiedad industrial, lo que justificó su anulación.
La información fue dada a conocer por el abogado Manuel Alejandro Bordas Nina, quien formó parte del equipo legal que representó a la parte accionante durante el proceso.
El jurista indicó que la decisión reafirma la importancia de la protección de los derechos adquiridos en materia de nombres comerciales en el país.
“Al Pelo Radio” es un programa de entretenimiento y farándula que fue lanzado en octubre de 2025 por el productor e influencer Luinny Corporán, como parte de su plataforma de contenidos.
Esta oferta también incluye espacios como “El Show de Luinny Corporán” y “Fogaraté Radio”.
El espacio se transmite a través de YouTube y la emisora Escándalo 102 FM, en horario de 5:00 a 7:00 de la noche.
El programa es conducido por Jary Ramírez, Amelia Alcántara, Richard Hernández, Ana Karina Millán y Mérida Montá.
Con esta resolución, ONAPI establece que los derechos sobre “Al Pelo Radio” corresponden a Alofoke Music, S.R.L., lo que implica que cualquier uso del nombre comercial deberá contar con la debida autorización de su titular.
El caso se enmarca en los procedimientos administrativos que lleva a cabo ONAPI para dirimir conflictos relacionados con registros de marcas y nombres comerciales, conforme a la legislación vigente en la República Dominicana.
Apelación
La parte afectada dispone de un plazo de quince (15) días, contados a partir de la notificación, para interponer un recurso de apelación por la vía administrativa, conforme al artículo 157 de la normativa de propiedad industrial.
Este recurso sería conocido por la Dirección General de la entidad.
En caso de agotarse esa vía, la resolución del director general podrá ser recurrida ante la Corte de Apelación correspondiente en un plazo de treinta (30) días francos, también contados a partir de su notificación, de acuerdo con lo establecido en el mismo artículo.
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