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Panorama

Dictan seis meses de prisión preventiva contra acusado de matar turco en Samaná

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SAMANÁ.- Le fueron dictados seis meses de prisión preventiva, como medida de coerción, a un hombre que presuntamente le ocasionó la muerte a un ciudadano turco, durante un asalto ocurrido en el municipio de Las Terrenas, el pasado 26 de junio.

La jueza María Josefina De La Cruz, del Juzgado de la Instrucción de esta demarcación, dictó la medida de coerción en contra de Nelson Rodríguez, alias El Chivo, quien presuntamente le ocasionó la muerte tras propinarle varias estocadas de arma blanca al ciudadano turco Alper Baycin.

Nelson Rodríguez, quien presuntamente violó los artículos 265, 266,295, 304, 379, 383 del Código Penal Dominicano, deberá cumplir la medida de coerción en la cárcel pública Santa Bárbara de Samaná.

De acuerdo a la información, en el hecho además está implicado un menor de edad que fue remitido a la Fiscalía de Niños, Niñas y Adolescentes de esta jurisdicción.

En la solicitud de imposición de medidas de coerción hecha al tribunal, el Ministerio Público establece que el lamentable hecho, que ha consternado a toda la comunidad, ocurrió en momentos en que el extranjero caminaba por el sector La Ballena con dirección hacia su residencia, siendo sorprendido por los malhechores, quienes viajaban a bordo de una motocicleta.

Precisa que inmediatamente tuvo conocimiento del crimen, la Procuraduría Fiscal de Samaná conjuntamente con la Policía Nacional del municipio de Las Terrenas, inició las labores de persecución contra los implicados, logrando horas más tarde ponerlos bajo arresto mientras se encontraban en la calle principal del Distrito Municipal de El Limón.

El Ministerio Público ha obtenido en el transcurso de las investigaciones distintas pruebas documentales, materiales y testimoniales, que fueron tomadas en cuenta por el tribunal para imponer la medida cautelar.

La información fue ofrecida a través de un comunicado de prensa, el cual destaca la rápida actuación de la Fiscalía de Samaná para en conjunto con la Policía Nacional dar con el paradero del presunto responsable del crimen y proceder con su sometimiento a la justicia.

EL CARIBE

PERIODISTA/ PUBLICISTA

Panorama

Intrant desmiente denuncia viral de suplantación de identidad

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El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) informó que, tras la denuncia realizada por la señora Yahayra Elizabeth Félix Cedeño sobre una presunta suplantación de identidad en una de sus sedes de licencias, se procedió de inmediato a realizar la verificación correspondiente en el sistema institucional.

La institución precisó que lo único presentado por la ciudadana ha sido, en el día de hoy, un recibo correspondiente al pago de multas de tránsito, documento que no guarda relación con la denuncia de presunta suplantación ni con la emisión de carnet de aprendizaje o licencia de conducir.

Luego de la revisión, se confirmó que con el número de cédula de identidad indicado no se ha emitido ni entregado licencia de conducir ni carnet de aprendizaje, por lo que no existe suplantación.

Asimismo, se constató que la señora Yahayra Elizabeth Félix Cedeño no había iniciado ningún proceso formal previo en el sistema de licencias.

Los registros internos evidencian que acudió a solicitar la emisión del carnet de aprendizaje y tomó turnos tanto en la sede central como en la oficina de Blue Mall; sin embargo, no completó el proceso en ninguna de las dos oficinas.

De igual manera, se verificó que mantenía multas activas en el sistema al momento de solicitar el servicio. Conforme a lo establecido en la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana, ningún conductor sancionado con el pago de una multa puede renovar ni tramitar su licencia de conducir, ni realizar gestiones asociadas, hasta tanto regularice su situación.

En consecuencia, mientras existan sanciones pendientes, el sistema impide continuar con el proceso solicitado.

La institución reiteró que no se registró ninguna irregularidad en el sistema y que los procesos de emisión de licencias y carnets de aprendizaje cuentan con estrictos mecanismos de validación de identidad, conforme a los datos oficiales de la Junta Central Electoral, lo que garantiza la seguridad y transparencia del servicio.

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Panorama

Rechazan salida del país a Jean Alain Rodríguez

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El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional rechazó la solicitud de levantamiento del impedimento de salida del país presentada por la defensa del exprocurador general de la República, Jean Alain Rodríguez Sánchez, quien buscaba viajar a España para tratar diversas condiciones de salud.

La magistrada Claribel Nivar Arias determinó que el tribunal se vio imposibilitado de valorar las pruebas médicas depositadas por la defensa.

Rodríguez Sánchez pretendía asistir a una cita con el doctor Juan Carlos Ramírez Fernández en el Hospital Ruber Internacional, del Grupo Quirón Salud, en Madrid. Actualmente, el exfuncionario permanece sujeto a medidas de coerción consistentes en impedimento de salida sin autorización judicial y una garantía económica.

Los abogados Carlos Balcácer, Gustavo Adolfo Biaggi Pumarol y Nelys Rivas habían solicitado el permiso alegando un estado de salud preexistente (adenoma en el riñón izquierdo y cálculos renales recurrentes) que requiere revisión, estudios y tratamiento especializado.

Argumentos del tribunal
“Este tribunal se vio imposibilitado de valorar las pruebas médicas depositadas debido a graves irregularidades procesales, principalmente la ausencia de traducciones oficiales de documentos redactados en idioma inglés”, aduce la resolución núm. 249-04-2026-SRES-00005, del pasado 20 de febrero.

Según el fallo, parte esencial del historial clínico y las constancias de citas en hospitales de Estados Unidos (como el Massachusetts General Hospital) fueron presentadas en inglés. El tribunal subrayó que, bajo el artículo 137 del Código Procesal Penal, no se puede otorgar eficacia probatoria a documentos extranjeros que no estén acompañados de una traducción realizada por un intérprete judicial autorizado.

«Esta ausencia impide determinar si constituye una traducción válida del documento original… generando dudas esenciales», cita la sentencia en su página 13.

Inconsistencias y falta de rigor
El tribunal señaló múltiples fallas en el inventario de pruebas. Se detectó un documento en español que no acreditaba ser una traducción oficial y que omitía información relevante, como fechas exactas. Asimismo, se hallaron registros médicos de los años 2008 y 2015 que no coincidían con el inventario presentado.

Al estar viciados los documentos base del historial clínico, la magistrada presidenta determinó que el «presupuesto fáctico» no fue acreditado legalmente, invalidando también las pruebas accesorias como los volantes de confirmación de citas.

La recomendación internacional
La defensa presentó la solicitud alegando un deterioro progresivo de la salud de Rodríguez desde su arresto en junio de 2021.

Detallaron que en mayo de 2022 sufrió un episodio agudo de cólico nefrítico que obligó a un ingreso de emergencia.

Uno de los puntos más sensibles expuestos fue el antecedente familiar: el padre del exprocurador sufrió una patología renal grave que terminó en la extirpación de un riñón y su posterior fallecimiento.

Ante este panorama, los doctores Ana Isabel Chávez y Hamid Feiz recomendaron en enero de 2025 su evaluación en centros extranjeros como el Grupo Quirón Salud o la Clínica ROC, en España.

La defensa sostiene que el traslado es una «necesidad médica imperativa» y no un intento de evadir la justicia.

Sin embargo, cabe destacar que en España reside actualmente el principal testigo de cargo en contra del exprocurador, el exjefe de Gabinete de la Procuraduría, Rafael Stefano Canó Sacco.

FUENTE: Listín Diario

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