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Panorama

Rechazan salida del país a Jean Alain Rodríguez

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El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional rechazó la solicitud de levantamiento del impedimento de salida del país presentada por la defensa del exprocurador general de la República, Jean Alain Rodríguez Sánchez, quien buscaba viajar a España para tratar diversas condiciones de salud.

La magistrada Claribel Nivar Arias determinó que el tribunal se vio imposibilitado de valorar las pruebas médicas depositadas por la defensa.

Rodríguez Sánchez pretendía asistir a una cita con el doctor Juan Carlos Ramírez Fernández en el Hospital Ruber Internacional, del Grupo Quirón Salud, en Madrid. Actualmente, el exfuncionario permanece sujeto a medidas de coerción consistentes en impedimento de salida sin autorización judicial y una garantía económica.

Los abogados Carlos Balcácer, Gustavo Adolfo Biaggi Pumarol y Nelys Rivas habían solicitado el permiso alegando un estado de salud preexistente (adenoma en el riñón izquierdo y cálculos renales recurrentes) que requiere revisión, estudios y tratamiento especializado.

Argumentos del tribunal
“Este tribunal se vio imposibilitado de valorar las pruebas médicas depositadas debido a graves irregularidades procesales, principalmente la ausencia de traducciones oficiales de documentos redactados en idioma inglés”, aduce la resolución núm. 249-04-2026-SRES-00005, del pasado 20 de febrero.

Según el fallo, parte esencial del historial clínico y las constancias de citas en hospitales de Estados Unidos (como el Massachusetts General Hospital) fueron presentadas en inglés. El tribunal subrayó que, bajo el artículo 137 del Código Procesal Penal, no se puede otorgar eficacia probatoria a documentos extranjeros que no estén acompañados de una traducción realizada por un intérprete judicial autorizado.

«Esta ausencia impide determinar si constituye una traducción válida del documento original… generando dudas esenciales», cita la sentencia en su página 13.

Inconsistencias y falta de rigor
El tribunal señaló múltiples fallas en el inventario de pruebas. Se detectó un documento en español que no acreditaba ser una traducción oficial y que omitía información relevante, como fechas exactas. Asimismo, se hallaron registros médicos de los años 2008 y 2015 que no coincidían con el inventario presentado.

Al estar viciados los documentos base del historial clínico, la magistrada presidenta determinó que el «presupuesto fáctico» no fue acreditado legalmente, invalidando también las pruebas accesorias como los volantes de confirmación de citas.

La recomendación internacional
La defensa presentó la solicitud alegando un deterioro progresivo de la salud de Rodríguez desde su arresto en junio de 2021.

Detallaron que en mayo de 2022 sufrió un episodio agudo de cólico nefrítico que obligó a un ingreso de emergencia.

Uno de los puntos más sensibles expuestos fue el antecedente familiar: el padre del exprocurador sufrió una patología renal grave que terminó en la extirpación de un riñón y su posterior fallecimiento.

Ante este panorama, los doctores Ana Isabel Chávez y Hamid Feiz recomendaron en enero de 2025 su evaluación en centros extranjeros como el Grupo Quirón Salud o la Clínica ROC, en España.

La defensa sostiene que el traslado es una «necesidad médica imperativa» y no un intento de evadir la justicia.

Sin embargo, cabe destacar que en España reside actualmente el principal testigo de cargo en contra del exprocurador, el exjefe de Gabinete de la Procuraduría, Rafael Stefano Canó Sacco.

FUENTE: Listín Diario

Panorama

Efemérides Patrias califica de “rastrera” la campaña contra el Escudo Nacional en la nueva cédula

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El presidente de la Comisión Permanente de Efemérides Patrias, Juan Pablo Uribe, aseguró que el Escudo Nacional que luce el nuevo formato de la cédula de identidad fue revisado y aprobado por las instituciones correspondientes.

Esta declaración surge en respuesta a las recientes quejas, dudas y rumores que han circulado en redes sociales sobre el diseño del emblema patrio oficial de República Dominicana.

A través de un comunicado, Uribe calificó a esta campaña contra el Escudo de “rastrera, pérfida, maliciosa, vil y antinacional contra un documento clave para la institucionalidad y la nacionalidad como la cédula de identidad y electoral”.

Aseguró que el símbolo patrio está de forma correcta.

“Todos los que de manera perversa se han involucrado en esa campaña mentirosa saben perfectamente que el Escudo Nacional colocado en la cédula es absolutamente correcto y que, además, se ve reforzado por la utilización por primera vez en la historia dominicana de la figura de Juan Pablo Duarte en la misma, además de otros elementos simbólicos de carácter patriótico”, sostuvo Juan Pablo Uribe.

A estas aseveraciones también se suma el presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Román Jáquez Liranzo, quien aclaró los supuestos cuestionamientos sobre la nueva presentación del documento electoral.

Consideró que el diseño incluye de forma correcta el lema nacional «Dios, Patria y Libertad», así como la Biblia abierta en el pasaje bíblico que manda la ley.

Asimismo, alegó que la imagen del patricio Juan Pablo Duarte cuenta con la certificación oficial de lugar.

Vía Listín Diario

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Instituciones públicas no podrán exigir documentos que otra entidad del Estado ya tenga

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El Poder Ejecutivo emitió el decreto 403-26, mediante el cual crea el Marco Nacional de Interoperabilidad y Gobernanza de Datos de la Administración Pública, con el objetivo de fortalecer el intercambio de información entre las instituciones del Estado y agilizar la prestación de los servicios públicos.

La medida busca que las entidades gubernamentales puedan compartir datos, documentos electrónicos y otros registros de forma segura, estandarizada y oportuna, reduciendo la burocracia y evitando que ciudadanos y empresas tengan que presentar documentos que ya reposan en otra institución estatal.

De acuerdo con el decreto, el Ministerio de Administración Pública (MAP) será el órgano rector de la iniciativa y tendrá a su cargo la elaboración de los lineamientos, normas y estándares de interoperabilidad, además de supervisar su cumplimiento y coordinar el Comité de Interoperabilidad y Gobernanza de Datos.

Por su parte, la Oficina Gubernamental de Tecnologías de la Información y Comunicación (Ogtic) será responsable de la operación técnica del sistema y de la Plataforma Única de Interoperabilidad, que servirá como infraestructura para el intercambio de información entre las instituciones públicas.

Obligaciones para las instituciones
El decreto dispone que los organismos del Estado deberán priorizar el intercambio de información entre entidades antes de requerir a ciudadanos o empresas documentos que ya existan en otra dependencia pública.

Asimismo, cada institución tendrá la responsabilidad de mantener actualizados sus registros de datos para facilitar su localización e intercambio, sin perder la titularidad ni el control sobre la información bajo su administración.

La normativa será de cumplimiento obligatorio para los órganos de la Administración pública central, descentralizada, desconcentrada y autónoma, así como para las instituciones de la seguridad social y demás entidades estatales que administren registros, sistemas de información o servicios digitales.

Coordinación con la Junta Central Electoral
El decreto también establece que los procesos y servicios públicos que requieran verificar la identidad de una persona deberán desarrollarse en coordinación con la Junta Central Electoral (JCE), respetando las atribuciones constitucionales de ese organismo.

En ese sentido, el MAP y la JCE impulsarán mecanismos de colaboración para facilitar la validación de identidad y la consulta de información del Registro Civil cuando sea necesario para la prestación de servicios públicos.

La disposición precisa que los datos obtenidos mediante la interoperabilidad con el Registro Civil solo podrán utilizarse para fines legítimos y compatibles con las competencias de la institución solicitante, con el propósito de fortalecer la protección de los datos personales y la confianza en los servicios digitales del Estado.

Con la entrada en vigor del decreto 403-26 queda derogado el decreto 92-22, emitido en febrero de 2022, que regulaba el anterior Marco Nacional de Interoperabilidad.

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