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Ley de Partidos: Irían a prisión los que difundan en redes mensajes negativos de candidatos

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La difusión de mensajes negativos a través de las redes sociales que empañen la imagen de los candidatos que tercien en los procesos electorales será sancionada con la pena de tres meses a un año de prisión y multa de cinco a quinientas veces el salario mínimo, de acuerdo a lo que establece la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, en los casos de difamación e injuria pública.

Así lo dispone el artículo 44 de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, en el que regula el período de precampaña o campaña interna de los partidos políticos.

Otras penalidades
El capítulo IX de la ley recoge las diferentes penalidades que se aplicarán en los casos en que se viole la ley. En cuatro de ellos las sanciones incluyen penas de prisión cuando tras la condena de lo irrevocablemente juzgado.

La mayor sanción, según el artículo 78 de la ley, será aplicada a los representantes de las organizaciones políticas o las personas físicas o jurídicas que se apropiaren indebidamente de los recursos partidarios, destinándolos a un uso distinto al que establecen la ley y las instancias de dirección de los partidos: tendrá una condena de cuatro a diez años de prisión, tal como lo establece el Código Penal en los casos de abuso de confianza, y una multa de 100 a 200 salarios mínimos.

A una multa de 50 a 100 salarios mínimos, prisión de seis meses a un año e inhabilitación para ser candidato a posiciones de elección será condenado todo funcionario o empleado del Estado o de los municipios que ponga a disposición de un partido o candidato el uso de títulos, bienes o fondos provenientes de entidades públicas.

En los casos que los dirigentes y miembros de las organizaciones despojen a los militantes, de candidaturas válidamente ganadas en los procesos internos para favorecer a otras personas la multa será de 20 a 50 salarios mínimos, tendrá una pena de prisión de tres a seis meses y, además, la inhabilitación para ser candidato a posiciones de elección para el período electoral siguiente.

Multas.
Los partidos, agrupaciones y movimientos políticos que violen uno o más de los numerales del 1) al 11) del artículo 25 de la ley recibirán una multa de 50 a 100 salarios mínimos, mientras que los que reciban una condena de lo irrevocablemente juzgado tendrán una multa de 100 a 200 salarios mínimos, y la pérdida del derecho al financiamiento público que le corresponda para los seis meses siguientes a la condena.

El artículo 25 de la ley prohíbe desconocer o disminuir los derechos humanos o las libertades, derechos o garantías individuales y sociales que consagran la Constitución y las leyes; afiliar o desafiliar a miembros por discriminación de clase, condición social o personal, etnia, género, religión, discapacidad, vínculos familiares o preferencia sexual; ni usar símbolos, figuras, expresiones y mecanismos que denigren la condición humana y la dignidad de una o más personas o de candidatos en los procesos eleccionarios.

Tampoco pueden promover o propiciar la alteración del orden público; influir con violencia, amenazas, coacciones, engaños, desinformación, sobornos o dádivas sobre los ciudadanos para obtener votos a favor de sus candidatos o contra de los de otros partidos o para provocar la abstención electoral.

También está prohibido establecer estructuras políticas que tengan un carácter paramilitar y propugnen por el uso de la violencia en ocasión de procesos electorales para favorecer determinada candidatura local o nacional; hacer acuerdos o pactos que disminuyan, dividan o repartan el período de gestión de los funcionarios electos o de los derechos inherentes a estas funciones; ni despojar de candidaturas a nadie.

Además, se prohíbe privilegiar a determinados candidatos internos con informaciones o dinero en detrimento de otros, imponer o aceptar requerimientos o deducciones de salarios a los empleados públicos o de empresas, aun cuando se alegue que son cuotas o donativos voluntarios; ni concurrir aliados en el primer proceso electoral en el que se presenten.

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Un no vidente mata a balazos a su esposa en Hainamosa

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Un nuevo caso de feminicidio-suicidio vuelve a estremecer a la población.

La tragedia más reciente fue registrada este martes en el sector Hainamosa, donde un no vidente asesinó a balazos a su pareja tras 20 años de matrimonio.

La consternación arropa la calle primera en Hainamosa, luego de que la mañana de este martes se registrara el brutal asesinato de una mujer a manos de su esposo, quien posteriormente se quitó la vida.

Alrededor de las 7 de la mañana, el sonido de disparos despertó a los vecinos de Ramonita Aquino, de 39 años y Jesus Jáquez, de 50.

La llegada de agentes del DICRIM al lugar confirmó lo peor: tras 20 años de matrimonio, Jáquez, capitán retirado del ejército, pese a su condición de no vidente, le quitó la vida a balazos a su esposa y posteriormente se suicidó.

De acuerdo a familiares, la pareja estaba en medio de un proceso de divorcio, que mantenía al atacante sumido en la depresión.

En la barriada, los vecinos todavía no salen del asombro.

La tragedia deja como resultado 2 niños de 14 y 16 años en la orfandad.

Las circunstancias del hecho siguen bajo investigación.

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Permanece en Cuidados Intensivos joven de 29 años tras naufragio de catamarán en Baní

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Permanece ingresado en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) del Hospital Provincial Nuestra Señora de Regla, en Baní, Sebastian Sanabria, de 29 años que iba a bordo del catamarán que zozobró en la bahía de Punta Salinas, provincia Peravia.

Sanabria, hijo de la periodista Kenny Valdez, fue trasladado al centro médico en condición de casi ahogado e inconsciente desde el momento en que fue recibido tras el accidente.

Inicialmente recibió la asistencia del equipo de emergencias y posteriormente por especialistas de Cuidados Intensivos.

El director del hospital, doctor José Lara, explicó que el paciente llegó con distrés respiratorio y acidosis metabólica, por lo que necesitó asistencia con ventilación mecánica no invasiva tipo CIPA y soporte de oxígeno.

Según el médico, el joven se encuentra actualmente estable, consciente y con poca dependencia de oxígeno, mientras evoluciona favorablemente en cuanto a su condición respiratoria.

Lara indicó que el equipo médico esperará entre 24 y 48 horas para evaluar si se han resuelto completamente las alteraciones ventilatorias y metabólicas.

A partir de esa valoración se determinará si puede trasladársele a una sala clínica o si requiere continuar bajo observación.

El director del hospital señaló que la condición que provocó su ingreso está evolucionando favorablemente.

Sin embargo, se mantiene la vigilancia ante posibles complicaciones derivadas de la aspiración de agua y otros contenidos hacia las vías respiratorias. Entre estas complicaciones se encuentra la neumonía por broncoaspiración.

El joven ingresó a la Unidad de Cuidados Intensivos cerca de la 1:00 de la madrugada, luego de resultar estabilizado en el área de emergencias.

Hasta el momento, el Hospital Provincial Nuestra Señora de Regla es el único centro de la provincia que ha recibido a un paciente procedente del accidente.

Una persona murió en el accidente

El accidente ocurrió la noche del domingo, cuando el catamarán en el que viajaban unas diez personas volcó en la bahía de Punta Salinas, en Baní. Los ocupantes serían oriundos de Santo Domingo.

Una joven de 25 años, identificada como Yairi Mateo, murió tras el vuelco.

Los rescatistas la trasladaron al dispensario de la Base Naval de Las Calderas, donde el personal médico confirmó su fallecimiento.

Tras el accidente, varias personas resultaron afectadas y recibieron asistencia en centros médicos cercanos.

Al lugar se trasladaron unidades de la Armada de República Dominicana, Politur y el Dicrim, además de representantes del Ministerio Público, quienes iniciaron las investigaciones para determinar las circunstancias que provocaron el vuelco de la embarcación.

El cuerpo de Mateo fue entregado a sus familiares para los procedimientos correspondientes.

FUENTE: CDN

 

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