Reportaje Huesped
Venezolanos superaron a los haitianos en obtención de residencias dominicanas en 2018
Las emisiones totalizan 16,709 en 2018, y los nacionales de Haití y EEUU quedaron en segundo y tercer lugar
Aunque la haitiana es la población extranjera más numerosa en el país, en los últimos dos años ha perdido la carrera frente a la venezolana en cuanto a la cantidad residencias dominicanas obtenidas.
Los datos estadísticos de la Dirección General de Migración (DGM) muestran que tan solo el año pasado el país otorgó 16,709 residencias, de las que 2,675 fueron a personas de nacionalidad venezolana. En segundo lugar quedó Haití con un total de 1,922. Les siguen Estados Unidos con 1,672 y China con 1,485.
De Haití proviene el 88.6% los 847,979 personas de origen extranjero que residen en la República Dominicana, y el 87.2% de los 570,933 inmigrantes que hay en el territorio nacional, según la Segunda Encuesta Nacional de Inmigrantes (ENI 2017).
Hasta 2016, (a dos años del inicio del Plan Nacional de Regularización de Extranjeros, PNRE) dominó la primera posición en la lista nacional de residencias emitidas.
Ese año, los haitianos obtuvieron 2,790 documentos con algún tipo de las residencias que se otorgan en el país, mientras los venezolanos quedaron en la segunda posición con 749, según datos que recoge el informe “Estado de las Migraciones que atañen a la República Dominicana 2017” que prepara el Centro para la Observación Migratoria y el Desarrollo Social en el Caribe (OBMICA), basado en las estadísticas de la DGM.
Para 2017 las emisiones a venezolanos experimentaron un incremento al alcanzar la cifra de 1,748, mientras los haitianos fueron a la baja con 964.
“Los datos de la emisión de residencias también evidencia que la mayoría de las personas registradas en el PNRE de esa nación (Haití) hasta entonces no recibieron categoría de residentes amparadas por la Ley de DGM y las pocas posibilidades que tienen para permanecer en el país legalmente a largo plazo”, destaca el organismo en su informe.
El documento de OBMICA muestra un incremento en el total de residencias que se otorgaron en el país en cinco años, al pasar de 4,704 en 2013 a 14,485 en 2017. La tendencia alcista se mantiene al agregar los datos del año pasado que fue de 16,709. Países como España, Estados Unidos, Venezuela, Colombia, Cuba e Italia se encuentran entre los que más han subido en la obtención de residencias de los últimos años.
“La posible explicación a este salto estaría relacionada con el proceso de regularización migratoria de extranjeros–as que se aplica en el país desde 2014, cuando se puso en marcha la política pública de regularización para migrantes, la que parece que fue aprovechada por los nacionales de esos países para solicitar un cambio de estatus”, plantea OBMICA.

Proceso
El proceso para la emisión de residencias en el país requiere el depósito ante Migración del pasaporte con un mínimo de vigencia de 18 meses, acta de nacimiento inextensa, certificado de no antecedentes penales, fotografías, acta de matrimonio o declaración de soltería y póliza de garantía, entre otras.
Diario Libre
Reportaje Huesped
Le crean un perfil en Tinder y termina condenada a 12 años de prisión
El caso de Yokairi Julian Sosa Asensio, una joven de 24 años condenada a 12 años de prisión, ha reavivado el debate sobre el debido proceso, la valoración de las pruebas y la suplantación de identidad en el sistema judicial dominicano.
Su defensa sostiene que la joven fue condenada sin pruebas suficientes y que su identidad fue utilizada por una banda criminal para cometer un atraco.
Una identidad utilizada sin su conocimiento
Según explicó el abogado Jean Christopher Pérez, quien actualmente asume la defensa de la joven, Yokairi Sosa fue víctima de una suplantación de identidad.
Fotografías extraídas de su cuenta de Instagram habrían sido utilizadas por una red delictiva para crear un perfil falso en la aplicación Tinder, con el cual contactaban a víctimas bajo la apariencia de encuentros sexuales.
A través de ese perfil, los delincuentes coordinaban citas que terminaban en asaltos armados. En uno de esos hechos, ocurrido en el sector María Auxiliadora, las víctimas fueron interceptadas por una banda de atracadores, resultando en un accidente de tránsito, heridos y la pérdida total del vehículo involucrado.
Una condena sustentada en un solo testimonio
La condena de Yokairi Sosa se basó, principalmente, en el testimonio de una de las víctimas, quien aseguró que ella era la persona con la que se comunicaba.
Sin embargo, la defensa sostiene que no se presentaron pruebas corroborativas que vincularan a la joven con el hecho.
No se aportaron grabaciones de llamadas, audios, videos ni evidencia técnica que demostrara que el número telefónico utilizado perteneciera a la imputada.
De hecho, una certificación oficial estableció que dicho número estaba registrado a nombre de un extranjero, sin vínculo alguno con Yokairi Sosa.
Asimismo, los peritajes realizados a su teléfono móvil no lograron ubicarla en el lugar del hecho ni evidenciar el uso de la aplicación Tinder.
Pruebas excluidas y deficiencias en la defensa inicial
La defensa actual también cuestiona el manejo del caso por parte de los abogados anteriores. Fotografías y pruebas que situaban a Yokairi Sosa en Barahona, a más de 200 kilómetros del lugar del atraco, fueron excluidas por el tribunal de primer grado.
Según Pérez, esa exclusión debió ser impugnada oportunamente, pero no ocurrió.
Además, se estipularon pruebas audiovisuales sin ser reproducidas en el juicio, lo que, según el abogado, viola principios fundamentales como el de inmediación y el derecho a la defensa.
El testimonio del verdadero autor del delito
Un elemento relevante del caso es que uno de los condenados por el atraco, sentenciado a 15 años, confesó su participación y afirmó que no conocía a Yokairi Sosa, asegurando que la vio por primera vez cuando el Ministerio Público la presentó en audiencia.
Esta declaración refuerza la tesis de que no existía vínculo alguno entre la joven y la banda criminal.
Un recurso ante la Suprema Corte de Justicia
Tras la ratificación de la condena por la Corte de Apelación, la defensa de Yokairi Sosa presentó un recurso de casación ante la Suprema Corte de Justicia, última vía legal disponible.
El objetivo es lograr la anulación de la sentencia o la celebración de un nuevo juicio con mayores garantías procesales.
Un llamado a revisar el caso
Desde el centro penitenciario de Anamuya, donde cumple su condena —lejos de su provincia de origen y de su familia—, Yokairi Sosa envió una carta a la Procuraduría General de la República solicitando únicamente que su caso sea revisado.
No pidió privilegios ni liberación automática, sino una investigación objetiva que permita esclarecer la verdad.
Su defensa insiste en que el caso evidencia fallas graves en el sistema y advierte que situaciones como esta pueden afectar a cualquier ciudadano si no se corrigen a tiempo.
Reportaje Huesped
Iglesias fueron exoneradas de casi RD$300 millones en impuestos por vehículos
LISTÍN DIARIO: En los últimos cuatro años, importaron más de RD$713 millones en unidades, incluyendo modelos de lujo, sin pagar impuestos gracias a un régimen fiscal vigente
Más allá de la creencia generalizada de que las exoneraciones fiscales para la importación de vehículos benefician principalmente a funcionarios públicos, legisladores, diplomáticos o grandes concesionarios, los datos oficiales revelan una realidad menos visible pero igualmente significativa: las iglesias figuran entre los sectores con mayor acceso a este tipo de privilegio tributario en la República Dominicana.
Entre 2020 y 2024, diversas congregaciones religiosas importaron cientos de vehículos —incluidos modelos de lujo— sin pagar un solo centavo en impuestos, amparadas en un régimen fiscal que ha permanecido prácticamente inalterado por décadas.
De acuerdo con registros de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), analizados por el periódico Listín Diario, las instituciones religiosas adquirieron vehículos por un valor superior a RD$713 millones durante ese período, lo que implicó una pérdida fiscal de RD$294,746,725.31 en concepto de impuestos aduanales e internos cuya cifra representa una merma significativa para las finanzas públicas, especialmente en un contexto donde se debaten posibles reformas fiscales y la necesidad de racionalizar el gasto del Estado.
El marco legal que sustenta estas exoneraciones es el Concordato entre la Santa Sede y el Estado dominicano, firmado en 1954. Este acuerdo otorga a la Iglesia Católica —y, por extensión, mediante decisiones administrativas, a otras denominaciones religiosas— beneficios fiscales para la adquisición de bienes vinculados a su labor espiritual, educativa y comunitaria. Sin embargo, el uso actual de estas prerrogativas plantea dudas sobre su alineación con ese propósito original.
Durante el período analizado, decenas de entidades religiosas hicieron uso de este mecanismo. La Iglesia de Dios Inc. lideró la lista con 58 vehículos importados, seguida por la Unión Asociación Dominicana de los Adventistas del Séptimo Día, con 56 unidades.
También figuran el Obispado de San Francisco de Macorís (12 vehículos), el Obispado de Santo Domingo (6), así como el Instituto Politécnico Loyola y la Compañía de Jesús, con entre dos y cuatro unidades cada una.
Mientras que la Iglesia Católica se beneficia directamente del Concordato de 1954, las iglesias evangélicas gestionan sus exoneraciones a través del Servicio Social de Iglesias Dominicanas (SSID), conforme a lo dispuesto en la resolución 5941. La entidad, reconocida oficialmente por el Estado dominicano, es la encargada de tramitar las solicitudes de exoneración de impuestos aduanales en nombre de las congregaciones evangélicas.
El procedimiento está regulado por la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE-RD) y requiere que el SSID participe en varias etapas del proceso, desde la validación inicial hasta la coordinación con las autoridades aduaneras. A través de este mecanismo, decenas de iglesias no católicas acceden cada año al beneficio de importar vehículos sin pagar impuestos, bajo el supuesto de que serán utilizados en funciones pastorales, sociales o comunitarias.
Datos importadores
En el siguiente cuadro puede visualizar los datos de todos los importadores que trajeron vehículos con exoneraciones bajo las disposiciones de iglesia católica o evangélica.
En caso de no poder verlo, puede presionar aquí.
Empresas privadas detrás de exoneraciones sin fines de lucro
Aunque en teoría las exoneraciones son solicitadas por las instituciones religiosas, en la práctica, la mayoría de los vehículos aparece a nombre de concesionarios privados. Delta Comercial S.A., por ejemplo, figura como el principal proveedor, con 185 unidades vendidas a iglesias, superando incluso a las propias entidades religiosas en número de registros.
Este hecho revela fallas estructurales en el sistema de control estatal. Idealmente, las listas deberían estar encabezadas por las instituciones religiosas que gestionan directamente las exoneraciones, y no por intermediarios comerciales. Esta situación evidencia la necesidad de que el Estado depure los registros, identifique a los beneficiarios reales y determine con claridad el uso final de los vehículos importados.
A ello se suma la ausencia de auditorías públicas y mecanismos de verificación efectivos. No hay constancia de que las autoridades fiscales realicen inspecciones sistemáticas para confirmar que los vehículos se utilizan en actividades religiosas, educativas o sociales, como establece el marco legal. Este vacío en la supervisión ha permitido que el régimen de exenciones evolucione hacia un mecanismo de consumo privilegiado, más que un verdadero instrumento de apoyo comunitario.
Lujo sin justificación
La naturaleza de los vehículos importados refuerza esta percepción. Entre las unidades figuran modelos de alta gama como el BMW X7, Mercedes-Benz GLE 350, Volvo XC90, Lincoln Corsair y diversos todoterrenos Jeep, con precios que superan los tres millones de pesos. Aunque también se registran vehículos de trabajo como camionetas Toyota Hilux, SUV Honda CR-V y minibuses Toyota Hiace, la creciente presencia de modelos recientes —incluso de los años 2024 y 2025— sugiere un patrón de renovación de flota alejado del perfil de necesidad básica.
Este escenario plantea un dilema para la administración pública.
El régimen vigente —legítimo en su origen— carece hoy de filtros actualizados o criterios diferenciados que permitan evaluar la pertinencia de cada exoneración. Como resultado, ha perdido su orientación original y se ha convertido en un instrumento vulnerable al uso indebido.
Hacia un régimen más transparente
Más que eliminar los incentivos fiscales para las instituciones religiosas, el reto consiste en reformarlos y fiscalizarlos con rigor para que cumplan su propósito. Es fundamental establecer un registro público de beneficiarios, definir criterios objetivos de elegibilidad y aplicar auditorías periódicas.
Estas medidas permitirían garantizar un uso responsable de los recursos fiscales y restaurar la integridad del sistema tributario.
El actual esquema ha derivado en una pérdida fiscal multimillonaria sin una justificación clara en términos de retorno social. Ante esta realidad, urge avanzar hacia un sistema más transparente, equitativo y funcional, que limite el privilegio y priorice el verdadero interés público.
¿Cómo lo hicimos?
A través de una solicitud por libre acceso a la información pública realizada a la Dirección General de Aduanas (DGA) obtuvimos una base de datos que contiene todos los detalles sobre las importaciones de vehículos al país que aplicaban para alguna exención fiscal.
Limpiamos, organizamos, extrajimos y analizamos todos los datos que contenía el dataset, permitiendo luego encontrar esta y el resto de las historias que agrupan esta serie de trabajos.
Si desea acceder a la base de datos completa, puede presionar aquí o escribir a nuestro periodista de datos paul.mathiasen@listindiario.com para cualquier información relacionada.
En caso de querer manipular los datos o hacer búsquedas más exactas, recomendamos descargar el archivo y abrirlo con un programa compatible.
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