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VIDEO: Mujer implicada en asalto a seguridad suegros presidente estuvo presa por homicidio
Lisa Marina Elías García dijo en interrogario que fue condenada a 10 años de prisión pero solo cumplió 5 años de la pena por un supuesto acuerdo con las autoridades
Lisa Marina Elías García (Marina), quien el sábado se entregó a las autoridades, por su participación en el atraco donde resultó herido de bala el jefe de seguridad de los padres de la Primera Dama. narró como sucedieron los hechos.
De igual modo dijo que antes habia participado en al menos dos asaltos y que estuvo presa con una condena de 10 años por homicidio, pero que salió en 5, según ella, por un supuesto acuerdo com el Ministerio Público, que le permitió cumplir el resto de la pena fuera la cárcel.
Cuando perpetró la agresión junto a sus cómplices contra el jefe de seguridad de los suegros del presidenre Danilo Medina, ella apenas tenía 8 meses que había salido de prisión.
Se recuerda, que ya está muerto Osmil Eduardo García, alías Tiki Tiki, de 21 años de edad, quien junto a la muejer y Luis Alexander Lambert, alias La Falacia (prófugo), dispararon al mayor Domingo García Sigilio, el pasado jueves.
“Nos íbamos desplazando en dos motocicletas, yo iba con Falacia (Luis Alexander Lamber) y Tiki Tiki (Osmil Eduardo García) iba solo, cuando uno de uno de ellos intentó ‘jalar’, Tiki Tiki se devolvió y dijo: ‘apéate’ y el señor que está herido jaló y Tiki Tiki le tiró, el señor se embaló y soltó la pistola y cae al suelo, y Tiki Tiki la recoge y se desplaza donde yo estaba”, contó en el video.
Y continuó: “Eran dos y con el señor (mayor) tres. Tiki tiki se quedó con la pistola. Insertaron al primo de él y dijo dónde estaba Tiki Tiki y encontraron dos pistolas, una la sustraje yo con él y ahora la del mayor”.
Otros asaltos
Marina contó que la pistola que usaron para asaltar al mayor, la habían sustraído de un asalto anterior.
Caso del padre
Confesó que en una ocasión le sustrajeron una cartera con más de dos mil dólares, a un padre del cual no especificó detalles, solo indicó que de ese asalto su compañero le pagó 30 mil pesos.
Caso anillo
“En ese caso del anillo teníamos una pistola de Falacia, y él me la pasó. Yo lo encañoné (víctima) y le quité el anillo y Falacia se quedó con el anillo y me dio cinco mil pesos”, declaró.
Otro asalto junto a Falacia
A una muchacha le quitaron 500 pesos por la avenida Venezuela.
Presa por homicidio
“Yo iba desplazándome con dos muchachos y el que iba solo hirió de muerte, de bala, al tipo y lo mató, íbamos a saltarlo.
Las dos personas están presas, a mí me condenaron a diez años y a los otros a veinte y treinta años”, explicó.
La mujer duró cinco años detenida por el caso de homicidio y cinco años con el acuerdo de presentación periódica.
Al momento de entregarse a las autoridades por el caso del mayor Domingo García Sugilio, tenía ocho meses en libertad.
“Hice un acuerdo con el Ministerio Público de ir a la Fiscalía a firmar cada 26 de cada mes”, afirmó.
Luisa Marina Elías García se entregó voluntariamente a las autoridades, mientras que “La Falacia” (Luis Alexander Lamber) permanece prófugo, por lo que es activamente buscado por la Policía Nacional.
En los registros de la Policía, Osmil Eduardo García Lamber figura con una ficha por robo del año 2018, mientras que Marina figura con un registro por asalto en 2012 y otro por homicidio en el 2013.
El informe preliminar explica que Jesús Manuel Lamber (a) Rulay, entregó a las autoridades una pistola Arcus, calibre 9mm, y una Browning del mismo calibre, las cuales eran usadas por García Lamber para cometer asaltos.
Las características de la pistola Arcus coinciden con nueve casquillos disparados para herir de bala al mayor García Sugilio, y con otros siete casquillos disparados en el homicidio de Jackson Miguel Solís Sarete, ocurrido el 14 de abril pasado en la avenida de Circunvalación esquina Franco Bidó, en Nibaje, Santiago.
García Lamber cayó abatido en Guachupita, el cadáver fue trasladado al Instituto Nacional de Patología Forense para los fines legales correspondientes.
La Policía Nacional exhortó a “La Falacia” que se entregue por la vía que considere de lugar, para ser puesto a disposición de la justicia por los hechos que se les imputan.

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PRM condena campaña de descrédito contra Faride Raful y Milagros Germán

La Dirección Ejecutiva del Partido Revolucionario Moderno (PRM) emitió este lunes 20 de mayo un comunicado enérgico para rechazar públicamente lo que califica como una campaña de descrédito personal en contra de la senadora y miembro de su Dirección Ejecutiva, Faro de Raful.
En el texto, el PRM señala que estas acciones tienen un carácter “avieso, desproporcionado y atroz”, dirigidas a intimidar y manchar la reputación de figuras públicas. En respuesta, el partido reitera su compromiso con los principios de dignidad, respeto e integridad hacia todas las personas que ejercen funciones públicas, sin importar su género.
El comunicado también extiende su respaldo a la comunicadora y exministra de Cultura, Milagros Germán, quien ha sido igualmente blanco de ataques. Según el PRM, estas campañas disfrazadas de opinión pública y amplificadas por medios manipuladores atentan contra los valores fundamentales de la democracia y del respeto ciudadano.
“Estas acciones laceran lo más profundo de nuestra sociedad”, señala el documento, haciendo un llamado urgente a la ciudadanía para reflexionar y rechazar los discursos de odio que buscan debilitar la libertad de expresión y el derecho al honor de quienes sirven en la vida pública.
En este contexto, el PRM ratifica su respaldo absoluto a Faride Raful, destacando su trabajo, integridad y derechos como mujer, ciudadana y representante política. Este apoyo no solo responde a la figura individual de Raful, sino que también busca establecer una postura clara del partido frente a prácticas que considera dañinas para la salud democrática del país.
La Dirección Ejecutiva concluye su declaración reiterando la importancia de preservar un clima de respeto y civismo, en el que la crítica política no se convierta en un vehículo de violencia personal ni de desinformación, sino en un ejercicio constructivo y transparente.
Este comunicado marca una posición firme del oficialismo frente a los discursos difamatorios, en un momento en que el debate político y mediático parece cruzar líneas éticas cada vez con mayor frecuencia.
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DGII aclara que retención del 2% del ITBIS aplica desde 2004 y no constituye un nuevo impuesto

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) informó que la retención del 2% del ITBIS que aplican las compañías de adquirencia en las transacciones realizadas con tarjetas de crédito y débito no es una disposición nueva, sino una práctica vigente desde el año 2004, en virtud de un acuerdo celebrado con la Organización Nacional de Empresas Comerciales, Inc. (ONEC).
La institución recordó que esta medida se fundamenta en la Norma General núm. 8-04, emitida el 3 de noviembre de 2004, que inicialmente estableció una retención del 30% del ITBIS.
Sin embargo, dicho porcentaje fue modificado tras el Acuerdo de Apoyo firmado el 13 de diciembre de 2004, que redujo la retención al 2% para los comercios miembros de la ONEC, porcentaje que ha continuado aplicándose en la práctica desde entonces.
Para formalizar esta aplicación, la DGII emitió la Norma General 06-2023, la cual incorpora el porcentaje del 2% en el marco normativo vigente, e incluye como agentes de retención no solo a las compañías de adquirencia, sino también a los agregadores de pago y a las entidades de pago electrónico, conforme a la Resolución de la Junta Monetaria del 29 de enero de 2021.
La DGII aclaró que esta retención no representa un nuevo impuesto, sino un pago anticipado del ITBIS, que puede ser acreditado por los contribuyentes en su declaración mensual a través del formulario IT-1.
Verificación y corrección de irregularidades
En procesos recientes de verificación, la DGII detectó que más de 30 mil comercios estaban indebidamente exceptuados de la retención del 2%, debido a una clasificación errónea por parte de las empresas de adquirencia.
La mayoría de estos casos (75%) se concentraron en una sola entidad adquirente, la cual, junto con otras, utilizó criterios desactualizados o no alineados con la normativa vigente.
Como respuesta, la DGII ha otorgado un plazo de 90 días, contados a partir del 8 de abril de 2025, para que las entidades adquirentes corrijan esta situación y ajusten sus procesos de retención conforme a la Norma General 06-2023.
Exenciones
Asimismo, la normativa establece que están exceptuados de esta retención aquellos comercios cuya actividad principal esté exenta del ITBIS, siempre que estén debidamente registrados en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) y con estatus activo.
La DGII exhortó a los comercios que consideren estar exentos de esta retención a solicitar una certificación de exención ante su Administración Local correspondiente y presentarla a su empresa de adquirencia, a fin de que esta no aplique la retención.
Con esta aclaración, la DGII busca fortalecer la transparencia y el cumplimiento tributario en las transacciones electrónicas, garantizando la correcta aplicación de las normativas fiscales vigentes.
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