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MP apelará coerción favoreció a Octavio Dotel y otros en caso César El Abusador
El órgano persecutor dice que la decisión no se ajusta a la ley y que hubo una incorrecta valoración de las evidencias presentadas en contra de los encartados

El Ministerio Público informó que apelará las medidas de coerción que le impuso la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente a cuatro implicados en la red criminal que dirigía el narcotraficante César Emilio Peralta, también conocido como “César El Abusador”.
El tribunal, luego de acoger parcialmente la solicitud de medidas de coerción hecha por el Ministerio Público, declaró el caso complejo y le impuso prisión preventiva de tres meses en la Penitenciaría Nacional de La Victoria a José Bernabé Quiterio.
En tanto que al expelotero de Grandes Ligas Octavio Eduardo Dotel Díaz, una garantía económica de RD$1 millón, presentación periódica e impedimento de salida del país.
El magistrado José Alejandro Vargas desvinculó a los exjugadores de Grandes Ligas Octavio Dotel y Luis Castillo de la supuesta red de lavado de César “El Abusador”, debido a que el Ministerio Público no aportó las pruebas necesarias que los vinculen.
Y a Obispo Féliz Lorenzo y a Roberto José Cáceres una garantía económica de RD$500 mil, presentación periódica e impedimento de salida del país.
Señaló que dichos imputados fueron sometidos a la justicia por la Procuraduría Especializada Anti Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y la Fiscalía del Distrito Nacional.
Por presuntamente incurrir en asociación ilícita para adquirir, poseer, transferir y utilizar bienes a sabiendas de que han sido producto de un delito de tráfico ilícito de drogas y del delito de lavado de activos proveniente del tráfico de drogas ilícitas.
Explicó el órgano persecutor que esos delitos están tipificados y son sancionados por los artículos 60, 99 y 100 de la Ley No. 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas, y el artículo 3 de la Ley No. 155-17 contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo.
Y los delitos de tenencia ilegal de armas, municiones y sus accesorios, y tenencia y uso de armas de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, cuya tipificación y sanción se encuentra contemplada en los artículos 66 y 70 de la Ley No. 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.
Valoración errónea de las diferentes evidencias dice MP
Mediante un comunicado de prensa, la institución del sistema de justicia expresó que no está de acuerdo con la decisión del tribunal y que una vez le sea notificada procederá a su apelación porque no se ajusta a la ley y porque hubo una valoración errónea de las diferentes evidencias presentadas por el Ministerio Público en contra de los encartados.
El Ministerio Público indicó en ese orden que en el transcurso de las pesquisas de este caso que lleva cabo junto a la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) ha obtenido suficientes evidencias que vinculan al grupo con la red criminal y que fueron presentadas al tribunal, por lo que afirmó que la medida que debió imponerse en este caso es la establecida en el numeral 7mo. del artículo 226 del Código Procesal Penal Dominicano, consistente en prisión preventiva.
Precisó que el Ministerio Público ha solicitado que el caso sea declarado complejo y que se impongan 18 meses de prisión preventiva a cada uno de los implicados por la gravedad de los hechos y la pluralidad de imputados, para poder realizar una exhaustiva investigación que permita establecer la identidad de todos los involucrados, localizarlos y arrestarlos para ponerlos a disposición de la justicia.

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PRM condena campaña de descrédito contra Faride Raful y Milagros Germán

La Dirección Ejecutiva del Partido Revolucionario Moderno (PRM) emitió este lunes 20 de mayo un comunicado enérgico para rechazar públicamente lo que califica como una campaña de descrédito personal en contra de la senadora y miembro de su Dirección Ejecutiva, Faro de Raful.
En el texto, el PRM señala que estas acciones tienen un carácter “avieso, desproporcionado y atroz”, dirigidas a intimidar y manchar la reputación de figuras públicas. En respuesta, el partido reitera su compromiso con los principios de dignidad, respeto e integridad hacia todas las personas que ejercen funciones públicas, sin importar su género.
El comunicado también extiende su respaldo a la comunicadora y exministra de Cultura, Milagros Germán, quien ha sido igualmente blanco de ataques. Según el PRM, estas campañas disfrazadas de opinión pública y amplificadas por medios manipuladores atentan contra los valores fundamentales de la democracia y del respeto ciudadano.
“Estas acciones laceran lo más profundo de nuestra sociedad”, señala el documento, haciendo un llamado urgente a la ciudadanía para reflexionar y rechazar los discursos de odio que buscan debilitar la libertad de expresión y el derecho al honor de quienes sirven en la vida pública.
En este contexto, el PRM ratifica su respaldo absoluto a Faride Raful, destacando su trabajo, integridad y derechos como mujer, ciudadana y representante política. Este apoyo no solo responde a la figura individual de Raful, sino que también busca establecer una postura clara del partido frente a prácticas que considera dañinas para la salud democrática del país.
La Dirección Ejecutiva concluye su declaración reiterando la importancia de preservar un clima de respeto y civismo, en el que la crítica política no se convierta en un vehículo de violencia personal ni de desinformación, sino en un ejercicio constructivo y transparente.
Este comunicado marca una posición firme del oficialismo frente a los discursos difamatorios, en un momento en que el debate político y mediático parece cruzar líneas éticas cada vez con mayor frecuencia.
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DGII aclara que retención del 2% del ITBIS aplica desde 2004 y no constituye un nuevo impuesto

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) informó que la retención del 2% del ITBIS que aplican las compañías de adquirencia en las transacciones realizadas con tarjetas de crédito y débito no es una disposición nueva, sino una práctica vigente desde el año 2004, en virtud de un acuerdo celebrado con la Organización Nacional de Empresas Comerciales, Inc. (ONEC).
La institución recordó que esta medida se fundamenta en la Norma General núm. 8-04, emitida el 3 de noviembre de 2004, que inicialmente estableció una retención del 30% del ITBIS.
Sin embargo, dicho porcentaje fue modificado tras el Acuerdo de Apoyo firmado el 13 de diciembre de 2004, que redujo la retención al 2% para los comercios miembros de la ONEC, porcentaje que ha continuado aplicándose en la práctica desde entonces.
Para formalizar esta aplicación, la DGII emitió la Norma General 06-2023, la cual incorpora el porcentaje del 2% en el marco normativo vigente, e incluye como agentes de retención no solo a las compañías de adquirencia, sino también a los agregadores de pago y a las entidades de pago electrónico, conforme a la Resolución de la Junta Monetaria del 29 de enero de 2021.
La DGII aclaró que esta retención no representa un nuevo impuesto, sino un pago anticipado del ITBIS, que puede ser acreditado por los contribuyentes en su declaración mensual a través del formulario IT-1.
Verificación y corrección de irregularidades
En procesos recientes de verificación, la DGII detectó que más de 30 mil comercios estaban indebidamente exceptuados de la retención del 2%, debido a una clasificación errónea por parte de las empresas de adquirencia.
La mayoría de estos casos (75%) se concentraron en una sola entidad adquirente, la cual, junto con otras, utilizó criterios desactualizados o no alineados con la normativa vigente.
Como respuesta, la DGII ha otorgado un plazo de 90 días, contados a partir del 8 de abril de 2025, para que las entidades adquirentes corrijan esta situación y ajusten sus procesos de retención conforme a la Norma General 06-2023.
Exenciones
Asimismo, la normativa establece que están exceptuados de esta retención aquellos comercios cuya actividad principal esté exenta del ITBIS, siempre que estén debidamente registrados en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) y con estatus activo.
La DGII exhortó a los comercios que consideren estar exentos de esta retención a solicitar una certificación de exención ante su Administración Local correspondiente y presentarla a su empresa de adquirencia, a fin de que esta no aplique la retención.
Con esta aclaración, la DGII busca fortalecer la transparencia y el cumplimiento tributario en las transacciones electrónicas, garantizando la correcta aplicación de las normativas fiscales vigentes.
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