Connect with us

Noticias

“Yo le creo a la víctima de que fue penetrado, pero el fiscal no lo probó”, dijo jueza que condenó al cura de La Vega

Publicado hace

en

El Primer Tribunal Colegiado Penal del distrito judicial de La Vega condenó la tarde de ayer lunes a 10 años de prisión y al pago de una indenmización de 20 millones pesos al cura católico Miguel Bienvenido Florenzán Ullloa, a quien encontró culpable de agresión sexual agravada contra un menor de edad cuando era director de un colegio privado.

La jueza-presidenta del Tribunal, Lucrecria Rodríguez Ramírez, hizo un recuento pormenorizado de todo el proceso que conllevó el juicio de fondo contra el sacerdote Florenzán Ulloa, donde excluyó la mayoría de las pruebas aportadas por el Ministerio Público y de la parte demandante.

En cuanto a la condena económica, estableció que el sacerdote tendrá que pagar 15 millones de pesos a la familia del joven afectado, mientras la dirección del colegio Agustiniano los otros cinco millones de pesos para totalizar los 20 millones de pesos.

Mientras la jueza relataba el proceso, resaltó que la defensa técnica del imputado presentó lo que se llama un coctel de frutas o un “fruit punch”, donde ni el Ministerio Público ni los abogados de la parte querellante pudieron demostrar que el joven Víctor Rafael Mañón Arias fue violado sexualmente por el cura, es decir, que hubo penetración.

Fue entonces cuando la jueza Rodríguez Ramírez enumeró todas las pruebas excluidas por falta de sustento jurídico.

Y al llegar al delito de agresión agravada, fue cuando citó los artículos 331, 333 y el 396 del Código Procesal Penal, donde se sanciona el mismo con una pena de cinco a 10 años.

“Yo le creo a la víctima de que fue penetrado, pero el fiscal no lo probó”, subrayó la jueza.

La lectura de la condena en cuestión fue fijada para el 16 de diciembre próximo a las 4:00 de la tarde en la sala de audiencias del Primer Tribunal Colegiado de esta ciudad.

El tribunal mantuvo la medida de coerción contra el cura, que es presentarse periódicamente ante la justicia y el impedimento de salida del país.

Tras conocerse el fallo, Carlos Salcedo, de la parte demandante, declaró que estaba de acuerdo con la misma, pero que en algunos términos técnicos no, ya que actualmente la violación sexual ya no se demuestra por un examen de pericia médica.

“De todos modos, entendemos que esto envía un claro mensaje a la sociedad, de que y no podemos seguir protegiendo a los pederastas ni a los violadores de menores, esto debe detenerse”, subrayó Salcedo.

Indicó que posteriormente se estudiará si procede o no presentar una apelación.

De acuerdo a los relatos que hizo al tribunal durante el juicio de fondo, el menor fue violado sexualmente seis veces mientras estudiaba en el colegio y una vez en un viaje a la Argentina en un evento del centro educativo en cuestión.

Las demás juezas del Tribunal son Luz Enilda Herrera y Juana Patricia Silverio.

Reacción de la madre del joven
Bella Ilonka Arias, madre del adolescente, declaró que en un momento del juicio pensó que al sacerdote lo iban a dejar libre.

“Cuando vi que la jueza estaba descartando tantas pruebas presentadas por el Ministerio Público, no me contuve y comencé a llorar”, manifestó Arias.

Empero, dijo: “Gracias a Dios se hizo justicia y estamos conformes, porque nuestra familia ha sufrido bastante”.

Decenas de personas abarrotaron la sala de audiencia del palacio de justicia de aquí para enterarse del caso del sacerdote Florenzán Ulloa, que comenzó en el 2017.

FUENTE: Diario Libre

Noticias

Pastores Marcos Yaroide y Laura Cárdenes anuncian acciones legales por difamación

Publicado hace

en

El reconocido artista cristiano y pastor Marcos Yaroide, junto a su esposa, la también pastora Laura Cárdenes, emitieron un firme comunicado oficial dirigido a su comunidad, medios de comunicación y opinión pública, con el objetivo de desmentir categóricamente las recientes acusaciones que circulan en su contra.

La pareja ministerial denunció ser blanco de una campaña de desprestigio basada en señalamientos e interpretaciones malintencionadas destinadas a dañar su imagen, su labor pastoral y su trayectoria artística.

Rechazo absoluto a falsas afirmaciones
​El detonante de la respuesta pública fue la declaración de una comunicadora no especificada, quien aseguró que el ministerio cobraba dinero a cambio de realizar oraciones por las personas.

​»Rechazamos esa acusación de manera categórica, absoluta y enérgica. Se trata de una afirmación completamente falsa. Jamás hemos cobrado por orar por una persona», enfatiza el documento conjunto.

Los religiosos argumentaron que, si bien entienden que las figuras públicas están expuestas al escrutinio, existe un límite claro entre el derecho a la libertad de expresión y la difamación o la calumnia.

Asimismo, señalaron que la libertad de prensa no ampara la manipulación de contenido audiovisual para construir realidades inexistentes.

Ultimátum y advertencia legal
​En el comunicado, Yaroide y Cárdenes exhortaron públicamente a la persona responsable de la acusación a presentar de inmediato pruebas contundentes que respalden sus dichos.

De lo contrario, advirtieron que procederán penal y civilmente.

El equipo jurídico del ministerio ya ha recibido instrucciones precisas para iniciar las demandas correspondientes contra cualquier individuo que difunda, reproduzca o sostenga estas declaraciones falsas, así como contra quienes manipulen, alteren o descontextualicen entrevistas con el fin de inducir al público a conclusiones erróneas.

​»No permitiremos que décadas de servicio sean empañadas por declaraciones irresponsables, falsas o difamatorias emitidas sin el más mínimo sustento», sentenciaron.

Finalmente, los líderes espirituales agradecieron las oraciones y el respaldo incondicional de sus seguidores, reafirmando su compromiso de seguir «predicando el evangelio con la frente en alto» y basando su defensa en la integridad de su trayectoria.

Continuar leyendo

Noticias

Dictan 18 meses de prisión preventiva a expresidente del Patronato del Oncológico del Cibao y su esposa

Publicado hace

en

La jueza Stephanie Santiago Reyes, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santiago, impuso 18 meses de prisión preventiva al expresidente de la Junta Directiva y del Patronato que administra el Instituto Oncológico Regional del Cibao (IORC), Héctor Antonio Lora Cruceta, y a su esposa, Luisa Guzmán.

Esto al considerar que existen elementos probatorios suficientes que los vinculan con la presunta estructura de corrupción desmantelada mediante la Operación Onco 14.

La magistrada, que se había reservado el fallo tras varios dias de audiencia, acogió además la solicitud del Ministerio Público de declarar el expediente como caso complejo, decisión que permitirá ampliar el plazo de investigación debido al volumen de pruebas, la cantidad de operaciones financieras bajo análisis y la naturaleza de los delitos imputados.

En contraste, el tribunal varió el pedimento inicial del órgano acusador respecto a Dilcia Patricia Vargas, excontable vinculada a la investigación, y le impuso prisión domiciliaria luego de que admitiera su participación en los hechos investigados y manifestara su disposición de colaborar con las autoridades aportando información relevante para el esclarecimiento del caso.

Con la decisión, Lora Cruceta y Guzmán deberán cumplir la medida cautelar en los centros de corrección y rehabilitación Rafey Hombres y Rafey Mujeres, respectivamente, mientras el Ministerio Público profundiza una investigación que, según ha adelantado, podría derivar en nuevas imputaciones.

El expediente presentado por la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca) sostiene que desde la administración del Instituto Oncológico Regional del Cibao habría operado un esquema destinado a desviar recursos públicos provenientes del Seguro Nacional de Salud (Senasa), mediante la supuesta facturación de procedimientos médicos inexistentes, la duplicación de servicios y otras prácticas fraudulentas que habrían afectado tanto al Estado como a pacientes diagnosticados con cáncer.

Durante la audiencia, la jueza concluyó que la investigación presentada por el Ministerio Público posee un nivel de sustentación suficiente para justificar la imposición de las medidas solicitadas, al considerar la gravedad de los hechos atribuidos, la fortaleza del expediente y el impacto social que generan las imputaciones.

La decisión judicial representa uno de los primeros reveses para los principales señalados en el caso Onco 14, considerada por las autoridades como una de las investigaciones más delicadas en materia de corrupción vinculada al sistema de salud, por involucrar recursos destinados al tratamiento de pacientes oncológicos.

Al término de la audiencia, el abogado Ricardo Reina, representante de Dilcia Patricia Vargas, confirmó que el tribunal acogió el acuerdo procesal alcanzado con el Ministerio Público, lo que permitió sustituir la prisión preventiva por arresto domiciliario.

Explicó que su defendida continuará suministrando documentación e información relacionada con las operaciones contables realizadas durante su permanencia en la institución.

Reina sostuvo que la colaboración de Vargas permitirá determinar con mayor precisión el alcance económico de las presuntas irregularidades y establecer el monto real de los recursos que habrían sido sustraídos mediante las operaciones investigadas.

Añadió que la medida de coerción será revisada periódicamente conforme a lo establecido por la legislación procesal penal.

La investigación del Ministerio Público sostiene que el esquema bajo análisis no solo habría ocasionado pérdidas millonarias al Estado dominicano, sino que también comprometió recursos destinados a tratamientos de pacientes con cáncer, un elemento que el tribunal valoró al momento de ponderar la gravedad de las imputaciones y la necesidad de imponer medidas cautelares de mayor rigor.

El abogado Pantaleón Mieses, representante legal de la imputada Luisa Guzmán, manifestó su desacuerdo con la decisión de la jueza Stephanie Santiago Reyes de imponer 18 meses de prisión preventiva a su defendida, al considerar que el tribunal no ponderó correctamente los elementos presentados por la defensa para descartar el peligro de fuga.

El jurista sostuvo que durante la audiencia fueron aportadas pruebas suficientes sobre el arraigo familiar, laboral y social de Guzmán, por lo que, a su juicio, procedía la imposición de una medida menos gravosa, como la prisión domiciliaria.

Recordó que la propia jueza reconoció la existencia de esos vínculos, pero entendió que la gravedad de los hechos investigados justificaba el envío a prisión.

Mieses también cuestionó que el tribunal declarara el expediente como caso complejo y argumentó que, conforme al estado de la investigación, el Ministerio Público ya dispone de los elementos necesarios para presentar una acusación formal.

En ese sentido, calificó como excesivo el período de 18 meses de prisión preventiva, al entender que la medida resulta desproporcionada frente al avance del proceso investigativo.

El abogado informó que esperará la notificación íntegra de la resolución para analizar los fundamentos jurídicos de la decisión y anunció que, dentro del plazo establecido por el Código Procesal Penal, interpondrá un recurso de apelación tanto contra la imposición de la prisión preventiva como contra la declaratoria de complejidad del caso, por considerar que ambas decisiones carecen de la debida proporcionalidad.

Vía Listín Diario

Continuar leyendo

Lo + Trending