Panorama
Por coronavirus restaurantes RD solo podrán vender para llevar y domicilio
También se suspenden eventos y actividades en bares o discotecas
A partir de este jueves a las 6 de la mañana, los restaurantes sólo podrán vender alimentos para llevar y tendrán habilitados el servicio a domicilio, según dispuso el presidente Danilo Medina en una serie de medidas excepcionales tomadas por su Gobierno ante la crisis del coronavirus.
Esta disposición forma parte de una serie de medidas que anunció el Presidente con la finalidad de evitar la propagación del COVID-19 en el país.
También quedan suspendidos por 15 días los eventos y concentraciones de toda índole.
Esto incluye eventos nacionales e internacionales, espectáculos públicos, eventos culturales, artísticos, y deportivos, así como la actividad en bares y discotecas, entre otros.
“Somos conscientes de que estas medidas tendrán consecuencias en la actividad económica, pero en estos momentos no podemos dudar en tomarlas, porque lo que está por encima de todo es proteger la salud y la vida”, destacó el mandatario en su alocución.
Medina precisó que las medidas se han tomado con el propósito de que se garanticen el empleo y los ingresos de todos los trabajadores, la seguridad alimentaria y la estabilidad económica ante cualquier eventualidad.
El presidente Danilo Medina informó que como parte de las medidas adoptadas por el Gobierno para combatir la pandemia del coronavirus, se suspende la docencia en todos los centros escolares y universitarios hasta el 13 abril, se cierran todas las fronteras por 15 días y se suspenden por igual periodo los eventos y concentraciones de todo tipo.
Durante un discurso al país, Medina dijo que hoy enviará al Congreso la solicitud de declaratoria de emergencia nacional y expresó su confianza en su pronta aprobación.
En el caso del cierre de fronteras, el mandatario explicó que ello incluye las entradas y salidas por tierra, mar y aire, durante los próximos 15 días, lo que entrará en vigencia a las 6:00 de la mañana de mañana jueves.
Listín Diario
Panorama
Aumentan precios de gasolinas y gasoil entre RD$4.00 y RD$8.00
Los precios de los combustibles aumentaron entre RD$4 y RD$8 para la semana del 15 al 22 de mayo, conforme reveló el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM).
La gasolina premium y gasoil óptimo recibieron un alza de RD$8.00 cada uno. Mientras que la gasolina y el gasoil regular tuvieron un alza de RD$4.00.
En ese sentido, el avtur baja RD$5.30 por galón; el kerosene RD$6.40; el fuel oil RD$8.64 y fuel oil 1 % RD$14.00.
Por otro lado, el gas licuado de petróleo (GLP) permanecerá congelado a RD$137.20 por galón.
Además, el MICM informó que la tasa de cambio promedio semanal se ubicó en RD$59.65, una baja respecto a los RD$60.00 registrados la semana anterior.

Panorama
Militares y policías que eviten ser grabados pasarán de 15 días hasta un año en prisión
A partir del 6 de agosto de 2026, la justicia dominicana experimentará una transformación radical con la entrada en vigencia del nuevo Código Penal (Ley 74-25). Según el jurista Amadeo Peralta, este cambio normativo representa un «giro de 180 grados» que dejará atrás una legislación que databa de 1884, introduciendo sanciones severas para delitos que antes carecían de castigo.
Peralta advirtió que la severidad de las nuevas penas y la configuración de delitos inéditos obligarán al Estado a construir nuevas cárceles, ya que la infraestructura actual no dará abasto ante el rigor de la ley.
Protección al ciudadano: El derecho a grabar
Uno de los puntos más relevantes destacados por el abogado es el Artículo 275, el cual busca frenar los abusos de poder por parte de agentes de la Policía Nacional y miembros de las Fuerzas Armadas.
A partir de agosto de 2026, los agentes que impidan a un ciudadano grabar una actuación oficial (arrestos, allanamientos, requisas o desalojos) sin justificación legal, enfrentarán:
- Prisión: De 15 días hasta 1 año de cárcel.
- Multas: Hasta RD$20,000 pesos.
- Sanciones administrativas: Suspensión de funciones por hasta 3 años o la destitución definitiva.
- Cúmulo de penas: Si el agente además destruye el equipo (celular/cámara) o agrede físicamente al ciudadano, se sumarán cargos por destrucción de propiedad privada y lesiones.
Advertencia a los cuerpos castrenses
Peralta hizo un llamado urgente a las instituciones militares y policiales para que instruyan a sus más de 100,000 miembros activos sobre estas nuevas reglas de abordaje.
“Los agentes deben modificar a tiempo su forma de tratar a la población para evitar caer presos. El desconocimiento de la ley no los exime, y a partir de agosto, las ínfulas de poder tendrán consecuencias penales reales”, enfatizó el jurista.
Las «letras pequeñas» del nuevo código
A pesar de los avances, Peralta señaló una aparente contradicción en la norma: no será delito imputable si el ciudadano, al intentar grabar, interfiere directamente con la labor del agente o pone en peligro su integridad física.
Además, aclaró que la publicación de dichas grabaciones requerirá el consentimiento de la persona que esté siendo intervenida (el requisado o arrestado). Esto implica que quienes graben actuaciones ajenas deberán hacerlo a una distancia prudente que no obstaculice el procedimiento oficial.
Un código contra la impunidad
El abogado también resaltó que la Ley 74-25 será implacable contra las invasiones de tierras y las violaciones a la propiedad privada, delitos que antes solían quedar en el limbo jurídico. La introducción del cúmulo de penas y nuevas modalidades de cumplimiento aseguran que quienes se dedicaban a delinquir «saliéndose con la suya» enfrenten ahora un panorama judicial mucho más sombrío.
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