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El protocolo de la JCE para el voto en tiempos de coronavirus

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El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE), encabezado por su Presidente, Magistrado Julio César Castaños Guzmán, aprobó este martes la Resolución 53-2020 que establece el “Protocolo Sanitario para aplicar en los Recintos y Colegios Electorales en las Elecciones Extraordinarias Generales Presidenciales, Senatoriales y de Diputaciones del 5 de julio del 2020”.

El Protocolo Sanitario fue aprobado luego de vistas las medidas sanitarias recomendadas por el Ministerio de Salud Pública del país y las recomendaciones de organismos internacionales como la Organización Mundial de la Salud (OMS), Organización Panamericana de la Salud (OPS), así como los señalamientos de la Fundación Internacional para la Asesoría de Sistemas Electorales (IFES), la Unión Interamericana de Órganos Electorales (UNIORE), la Comisión Nacional de Elecciones de La República de Corea (National Election Commission of The Republic Of Korea) y los Partidos Políticos.

De conformidad con la Resolución 53-20, el Protocolo Sanitario a aplicar en las referidas elecciones es el siguiente:

1-Los Recintos Electorales serán desinfectados y para ello la Junta Central Electoral, solicitará la colaboración de las autoridades correspondientes, los propietarios y administradores de los recintos.

2-Antes de entrar a los recintos, los funcionarios de los colegios electorales, los delegados políticos, los miembros de la Policía Militar Electoral, los observadores de escrutinio y escáner, así como todo el personal de la Junta Central Electoral, deberán desinfectar sus manos con el uso de alcohol dispuesto por la institución para tales fines. Igual práctica se seguirá con todos los electores que se presenten a votar.

3-Al momento de la instalación, los funcionarios del colegio electoral, guardando el distanciamiento establecido, en presencia de los delegados políticos que allí estuvieren, extraerán de la valija el kit de higienización a los fines de disponer de las mascarillas, guantes, gel antibacterial y toallas húmedas antibacteriales.

4-Las toallas húmedas antibacteriales se utilizarán para la limpieza de las mesas de trabajo, superficies y las sillas, además de mantenerlas en poder del presidente para la limpieza de los marcadores, en la medida que sean utilizados por los electores. También serán usadas en la desinfección de los scaners de transmisión de resultados.

5-Todos los funcionarios de los colegios electorales, los delegados políticos, los miembros de la Policía Militar Electoral y todo el personal de la Junta Central Electoral deberán utilizar durante la jornada electoral mascarillas y guantes en el ejercicio de sus funciones.

6-Los electores entrarán a los recintos organizados en sus respectivas filas, provistos de mascarillas y guardando una distancia de dos (2) metros, entre unos y otros. Los facilitadores de recintos y los segundos vocales de cada colegio, guardando el distanciamiento social, organizarán las filas en los espacios abiertos del recinto o en la entrada de estos, auxiliados por la Policía Militar Electoral, para evitar la aglomeración de personas en la entrada de cada colegio electoral.

7-Los votantes entrarán al local de votación uno por uno, respetando las medidas de distanciamiento dispuestas por las autoridades de salud. Al recibir la cédula de identidad y electoral, la cual será desinfectada, el primer vocal los buscará en el padrón y le comunicará al presidente que el elector se encuentra hábil para votar. Se les entregarán las 3 boletas y el marcador previamente desinfectado. Se dirigirán a las casetas, marcarán las boletas y las depositarán en las respectivas urnas. Posteriormente, firmarán el padrón en señal de que concurrieron y votaron. Acto seguido, se les entintará el dedo con la sustancia destinada para esos fines y se les devolverá su cédula y de inmediato se retirarán del recinto.

8-Será responsabilidad de los facilitadores y de la Policía Militar Electoral mantener los recintos descongestionados y sin la presencia de electores que ya ejercieron el voto, o de cualquier ciudadano que no esté realizando funciones como miembro de un colegio electoral o funcionario dentro del recinto.

9-Durante las fases de escrutinio, escaneo y transmisión, el personal actuante deberá utilizar permanentemente los medios de protección e higiene suministrados (mascarillas, guantes y gel antibacterial) y mantener la distancia establecida.

10-En relación con el Voto de los Dominicanos en el Exterior estas regulaciones se adaptarán a las normas establecidas por cada Estado receptor.

El Pleno de la JCE estuvo presidido por el Magistrado Julio César Castaños Guzmán, e integrado por los Magistrados Roberto Saladín Selin, Carmen Imbert Brugal, Rosario Graciano de los Santos y Henry Mejía Oviedo, todos asistidos por el doctor Ramón Hilario Espiñeira Ceballos, Secretario General.

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Desalojan vendedores de la parada del kilómetro 9 de la Autopista Duarte

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El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) realizó un desalojo la mañana de este jueves a vendedores ubicados en el kilómetro 9 de la Autopista Duarte.

En el lugar hay varias maquinarias y personal de la institución en las labores de remoción de los comercios ambulantes ubicados en las aceras y avenida.

El desalojo, según las autoridades, se debe a la remodelación del lugar y los vendedores habían sido notificados con antelación.

Asimismo, según informó Salutiano Pichardo, abogado del departamento de avalúo, de los 24 vendedores del área solo faltan 4 por el pago de la indemnización.

Sin embargo, en el lugar aquellos que sostienen que no han recibido la indemnización y que tampoco les han brindado información sobre esta se mantienen en el lugar esperando respuestas.

«Llegaron, nos rompieron las mesas y no nos dan respuestas», manifestó Ramón Ortega, quien tenía un puesto de venta de accesorios telefónicos en la parada.

Al igual que Ortega, los demás vendedores arrastran las mesas que hasta el momento del desalojo utilizaban para sus negocios para evitar que los agentes se las retengan.

En este lugar funciona una parada de autobuses que tienen como destino la región norte del país y es donde el Gobierno ejecuta un plan de ampliación de vías para facilitar el ingreso y a la salida a la capital dominicana.

Vía Listín Diario

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Minerd: 32 profesores fueron desvinculados y suspendidos por acoso sexual en el año escolar 2023-2024

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El Ministerio de Educación de la República Dominicana (Minerd) desvinculó a ocho docentes y mantiene a 24 suspendidos «por acoso sexual» en el desempeño de sus funciones en las escuelas durante el pasado año escolar 2023-2024, conforme a reporte de esta entidad emitido este domingo.

Según los registros de la División de Resolución de Conflictos Laborales de la Dirección General de Gestión Humana del Minerd, el mayor número de casos se produjo en el Distrito Nacional, Regional 15, con ocho; en Cotuí, Regional 16, con cinco; en La Vega, Regional 06, con y en Santiago, Regional 08, con 4.

Los nombres de los profesores no fueron suministrados por Educación.

De acuerdo a una nota de prensa del Minerd, de los 32 docentes separados de las escuelas públicas por acoso sexual, «ocho fueron desvinculados debido a la gravedad de las acusaciones y los 24 restantes están suspendidos sin disfrute de sueldo mientras culmina la investigación. Actualmente, hay seis profesores sometidos a la acción de la justicia».

El Minerd dijo que esta medida es parte de su compromiso fundamental de propiciar un entorno seguro para los estudiantes y sancionar las acciones indebidas en la comunidad educativa.

Las desvinculaciones y suspensiones se produjeron luego de que el Minerd comprobara que los maestros transgredieron el Código de Ética que regula las relaciones entre el personal docente y administrativo con los estudiantes del Sistema de Educación Preuniversitario», refiere el documento.

Violaron Código de Ética
Aprobado a través de la Orden Departamental No. 13-2023, el Código de Ética establece que las relaciones del personal de la escuela con los estudiantes deben ser académica y de servicio formativo, al tiempo que prohíbe toda relación que tenga una naturaleza distinta al desarrollo integral de los estudiantes.

Las medidas también dan cumplimiento al artículo 84 de la Ley 41-08 numerales 4,14,17 y 20 de Función Pública, que establece que este tipo de actos constituye una falta de tercer grado, cuya comisión dará lugar a la destitución del cargo.

«Otras faltas en las que incurrieron por su conducta inapropiada están vinculadas a incumplimientos a la Ley General de Educación 66-97, el Estatuto Docente y la Constitución de la República en sus artículos 44 y 56 sobre derecho a la intimidad y el honor de la persona, así como a la protección de las personas menores de edad, respectivamente», estableció el Minerd.

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