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El protocolo de la JCE para el voto en tiempos de coronavirus

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El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE), encabezado por su Presidente, Magistrado Julio César Castaños Guzmán, aprobó este martes la Resolución 53-2020 que establece el “Protocolo Sanitario para aplicar en los Recintos y Colegios Electorales en las Elecciones Extraordinarias Generales Presidenciales, Senatoriales y de Diputaciones del 5 de julio del 2020”.

El Protocolo Sanitario fue aprobado luego de vistas las medidas sanitarias recomendadas por el Ministerio de Salud Pública del país y las recomendaciones de organismos internacionales como la Organización Mundial de la Salud (OMS), Organización Panamericana de la Salud (OPS), así como los señalamientos de la Fundación Internacional para la Asesoría de Sistemas Electorales (IFES), la Unión Interamericana de Órganos Electorales (UNIORE), la Comisión Nacional de Elecciones de La República de Corea (National Election Commission of The Republic Of Korea) y los Partidos Políticos.

De conformidad con la Resolución 53-20, el Protocolo Sanitario a aplicar en las referidas elecciones es el siguiente:

1-Los Recintos Electorales serán desinfectados y para ello la Junta Central Electoral, solicitará la colaboración de las autoridades correspondientes, los propietarios y administradores de los recintos.

2-Antes de entrar a los recintos, los funcionarios de los colegios electorales, los delegados políticos, los miembros de la Policía Militar Electoral, los observadores de escrutinio y escáner, así como todo el personal de la Junta Central Electoral, deberán desinfectar sus manos con el uso de alcohol dispuesto por la institución para tales fines. Igual práctica se seguirá con todos los electores que se presenten a votar.

3-Al momento de la instalación, los funcionarios del colegio electoral, guardando el distanciamiento establecido, en presencia de los delegados políticos que allí estuvieren, extraerán de la valija el kit de higienización a los fines de disponer de las mascarillas, guantes, gel antibacterial y toallas húmedas antibacteriales.

4-Las toallas húmedas antibacteriales se utilizarán para la limpieza de las mesas de trabajo, superficies y las sillas, además de mantenerlas en poder del presidente para la limpieza de los marcadores, en la medida que sean utilizados por los electores. También serán usadas en la desinfección de los scaners de transmisión de resultados.

5-Todos los funcionarios de los colegios electorales, los delegados políticos, los miembros de la Policía Militar Electoral y todo el personal de la Junta Central Electoral deberán utilizar durante la jornada electoral mascarillas y guantes en el ejercicio de sus funciones.

6-Los electores entrarán a los recintos organizados en sus respectivas filas, provistos de mascarillas y guardando una distancia de dos (2) metros, entre unos y otros. Los facilitadores de recintos y los segundos vocales de cada colegio, guardando el distanciamiento social, organizarán las filas en los espacios abiertos del recinto o en la entrada de estos, auxiliados por la Policía Militar Electoral, para evitar la aglomeración de personas en la entrada de cada colegio electoral.

7-Los votantes entrarán al local de votación uno por uno, respetando las medidas de distanciamiento dispuestas por las autoridades de salud. Al recibir la cédula de identidad y electoral, la cual será desinfectada, el primer vocal los buscará en el padrón y le comunicará al presidente que el elector se encuentra hábil para votar. Se les entregarán las 3 boletas y el marcador previamente desinfectado. Se dirigirán a las casetas, marcarán las boletas y las depositarán en las respectivas urnas. Posteriormente, firmarán el padrón en señal de que concurrieron y votaron. Acto seguido, se les entintará el dedo con la sustancia destinada para esos fines y se les devolverá su cédula y de inmediato se retirarán del recinto.

8-Será responsabilidad de los facilitadores y de la Policía Militar Electoral mantener los recintos descongestionados y sin la presencia de electores que ya ejercieron el voto, o de cualquier ciudadano que no esté realizando funciones como miembro de un colegio electoral o funcionario dentro del recinto.

9-Durante las fases de escrutinio, escaneo y transmisión, el personal actuante deberá utilizar permanentemente los medios de protección e higiene suministrados (mascarillas, guantes y gel antibacterial) y mantener la distancia establecida.

10-En relación con el Voto de los Dominicanos en el Exterior estas regulaciones se adaptarán a las normas establecidas por cada Estado receptor.

El Pleno de la JCE estuvo presidido por el Magistrado Julio César Castaños Guzmán, e integrado por los Magistrados Roberto Saladín Selin, Carmen Imbert Brugal, Rosario Graciano de los Santos y Henry Mejía Oviedo, todos asistidos por el doctor Ramón Hilario Espiñeira Ceballos, Secretario General.

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Tribunal impone hasta 30 años de prisión a responsables de la muerte del niño Gioser Luis Feliz

El menor de nueve años murió durante un intento de asalto cuando viajaba con su familia tras llegar desde Estados Unidos.

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El Primer Tribunal Colegiado del distrito judicial de la provincia Santiago condenó este martes a seis hombres hallados culpables por el asesinato del niño Gioser Luis Feliz, de nueve años, ocurrido en abril de 2023 durante un intento de asalto a la salida del Aeropuerto Internacional del Cibao.

La pena más alta, de 30 años de reclusión mayor, fue impuesta a Luis Ángel Vargas Brito, tras ser declarado culpable de asociación de malhechores, asesinato, tentativa de robo agravado y tentativa de asesinato, en perjuicio del menor y de las demás víctimas.

Asimismo, el tribunal condenó a 20 años de prisión a Darlyn Javier Mercado Martínez, Tomás Peña, César Junior Ulloa Cuevas y Elián Martínez Sánchez, al encontrarlos culpables de asociación de malhechores, asesinato y tentativa de robo agravado

En tanto, José Manuel Almonte Santana fue sentenciado a 15 años de reclusión por su participación en los hechos.

Las condenas deberán cumplirse en el Centro de Corrección y Rehabilitación Rafey Hombres en Santiago.

El tribunal estuvo presidido por el juez Juan Carlos Colón e integrado además por las magistradas Claribel Mateo y Gladys Núñez.

En el aspecto civil, los jueces condenaron solidariamente a los seis imputados al pago de una indemnización de 10 millones de pesos a favor de Anibelca de los Ángeles Camilo, madre del menor de edad.

Además, la sala acogió la constitución en actor civil presentada por Sergio Luis Feliz y María Elisa Bautista Rivas, padre y madrastra del niño fallecido, y dispuso el pago de una indemnización simbólica de un peso.

La lectura íntegra de la sentencia fue fijada para el 25 de agosto de 2026, a las 2:00 de la tarde.

El caso

De acuerdo con el Ministerio Público, el menor fue asesinado durante un intento de asalto contra su padre, Sergio Luis Feliz.

La acusación establece que el niño murió a causa de un disparo en la cabeza la tarde del 19 de abril de 2023 mientras viajaba junto a su padre y la pareja de este por la Circunvalación Norte de Santiago, luego de salir del Aeropuerto Internacional del Cibao.

Según la investigación, los acusados interceptaron el vehículo con la intención de despojar al padre del menor de sus pertenencias, acción que culminó con la muerte del niño.

La familia había viajado a la República Dominicana para disfrutar de unos días de vacaciones cuando ocurrió el crimen.

El  hecho provocó consternación y un amplio rechazo en la sociedad dominicana.

Vía Diario Libre

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Panamá elimina el requisito de visa para los dominicanos

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En una decisión histórica que marca un antes y un después en la movilidad aérea de la región, los ciudadanos de la República Dominicana ya no necesitarán una visa estampada por un cónsul para ingresar a Panamá. El Gobierno del país istmeño derogó de manera oficial el decreto migratorio que imponía este requisito desde el año 2015.

Oficialización inmediata y fin a la restricción de 2015

La medida quedó formalizada este martes a través del Decreto Ejecutivo No. 12, de fecha 30 de junio de 2026, publicado en la Gaceta Oficial de Panamá. La pieza legal lleva la firma del presidente panameño, José Raúl Mulino, y del ministro de Seguridad Pública, Frank Alexis Abrego.

Con esta nueva disposición, queda completamente sin efecto el Decreto Ejecutivo No. 176 del 23 de noviembre de 2015, una normativa de hace 11 años que obligaba a los dominicanos a someterse a un riguroso y a veces burocrático proceso de visado consular antes de poder viajar a suelo panameño.

Las razones del cambio: Seguridad y diplomacia

De acuerdo con los considerandos detallados en el documento oficial, el Gobierno de Panamá tomó la determinación tras realizar un profundo análisis de las políticas de control migratorio actuales, concluyendo que las circunstancias del pasado han cambiado.

«No persisten razones de seguridad o técnicas que sustenten la conveniencia de mantener el requisito de visa estampada a los nacionales de la República Dominicana».

Asimismo, las autoridades panameñas destacaron el extraordinario momento que viven los lazos bilaterales entre ambos países, señalando que Panamá mantiene con la República Dominicana «excelentes relaciones diplomáticas y comerciales», un argumento de peso que sirvió de palanca definitiva para eliminar la barrera migratoria.

La eliminación de este visado promete dinamizar de inmediato el turismo, los viajes de negocios y el flujo de pasajeros en el «Hub de las Américas», facilitando las conexiones para miles de dominicanos que viajan frecuentemente a Centroamérica.

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