Connect with us

Panorama

Caso de la niña Liz María se complica para los investigadores

Publicado hace

en

El caso de la niña Liz María Sánchez se ha convertido en un desafío para el Ministerio Público luego de que el presunto asesino, Estarlin Francisco Santos complicara el caso al decir que su confesión inicial del crimen se produjo bajo amenaza o presión.

De acuerdo con la opinión de expertos en derecho penal, a raíz de las nuevas declaraciones, los investigadores tendrán que esforzarse más para reunir pruebas que les ayude a probar el caso, a pesar de que aparezca o no el cuerpo de la menor de nueve años.

El catedrático univesitario Enmanuel Rosario opina que la fiscalía tiene “un reto mayúsculo, porque la confesión realizada por el imputado fuera del proceso y sin la presencia de su abogado, carecen de validez”.

“Ahora le corresponde al Ministerio Público demostrar la ocurrencia de los hechos y todas las circunstancias del caso, y esto se complica ante la ausencia del cadáver y la negación del imputado respecto de su participación en los hechos”, opinó Rosario.

“El Panadero” negó que asesinó y violó a Liz María durante audiencia de medida de coerción
Luis Abinader dice está “muy afectado» por el crimen de la niña Liz María Sánchez

El abogado Thiaggo Marrero expresó que la confesión del imputado en sí, no es prueba, ya que existe derecho a la no autoincriminación y si él dice ahora que confesó bajo amenaza o bajo presión, evidentemente ese testimonio no es válido.

“La nueva versión del imputado cambia la teoría del caso del Ministerio Público, ya el no debería sindicar que hay un asesinato u homicidio porque todavía no se tiene el cuerpo, no se sabe qué pasó a ciencia cierta con Liz María por más que haya indicios”, consideró.

Sin embargo, consideró que si se puede demostrar que hubo un homicidio o asesinato, siempre y cuando se cuente con los elementos de pruebas indiciarias que recoja el Ministerio Público y se demuestre que el último paradero de Liz María fue en la casa de este señor y que haya indicios de que hubo sangre.

“Obviamente todo esto se debe hacer con los cuidados de lugar, basados en peritajes científicos, imágenes de cámaras, testimonios, entre otras pruebas recogidas en el lugar de los hechos”, consideró

También opinó que el Ministerio Público puede ampliar el abanico de posibilidades, porque si no aparece el cuerpo puede darse la posibilidad de un rapto, un caso de trata y tráfico de una menor o que esté viva la niña.

El acusado

Para el abogado Félix Portes, que aparezca el cuerpo es de suma importancia para probar que hubo un homicidio o asesinato.

Pero, en su defecto, entiende que ya hay precedente de condena sin cuerpo y que se puede probar si se hace una investigación exhaustiva en la que se incluya inteligencia electrónica, geolocalización, ADN de niña en ropas, cama u otra parte del lugar de los hechos.

También dijo que puede ayudar a probar, el hecho de que encuentren pertenencias de la niña en casa del imputado, pruebas circunstanciales y referenciales, además de videos y testigos.

Escena del crimen
Otro de los escollo en la investigación es que la escena del crimen (casa del imputado) no fue resguardada y la motocicleta donde presuntamente el imputado trasladó el cuerpo, y que podía contener sangre o ADN de la menor, fue quemada.

Los hechos
Según la investigación preliminar hecha por el Ministerio Público, Estarlin Francisco Santos habría violado y asesinado a la menor Liz María aproximadamente a las 11:00 de la mañana del pasado domingo 16 de agosto en su vivienda, ubicada en un callejón del ensanche Isabelita.

De acuerdo con las informaciones de la Fiscalía, el imputado había estado tocando de forma indebida a la niña desde hace tiempo.

La mañana del domingo 16 de agosto cuando le dijo a la menor que fuera a su casa para regalarle un celular, empezó a abusarla, pero esta se negó y amenazó con decírselo a sus padres.

Ante el miedo de ser denunciado, el imputado apretó el cuello de la niña hasta estrangularla, la metió en un saco que luego montó en la parte trasera de su motor y salió para tirar el cuerpo en el mar Caribe, establece la Fiscalía.

El pasado jueves, durante su sometimiento, el imputado dijo que había dicho que cometió el crimen porque lo amenazaron.

Sin embargo, el órgano investigador asegura que cuenta con suficientes evidencias para sustentar su expediente y conseguir condena.

A Estarlin Francisco Santos le impusieron 18 meses de prisión preventiva a ser cumplida en la cárcel La victoria.

FUENTE: Diario Libre

Panorama

JCE reitera está prohibido instalación de carpas y mesas frente o dentro de recintos electorales

Publicado hace

en

La Junta Central Electoral reitera de manera categórica, lo dispuesto en la Resolución No. 18-2024 de fecha 12 de marzo de 2024 que establece el protocolo para la seguridad de la cadena de custodia y de los recintos electorales por parte de la Policía Militar Electoral.

Por lo que, “no se permitirá la instalación de carpas y mesas o cualquier otra modalidad con fines de gestión política, promoción o campaña electoral por parte de personas o activistas políticos frente o dentro de los recintos electorales o en el perímetro que comprende a estos, para lo cual adoptará las medidas de coordinación y seguridad que fuesen necesarias”.

Hace algunos días, el presidente del Partido de la Liberación Dominicana y expresidente de la República, Danilo Medina, llamó a la militancia peledeísta, en un acto en Bahoruco, a que a la primera carpa que construyan frente a un centro de votación “tienen que destruirla de inmediato”, por ser ilegal y que formen comités de defensa al voto.

Las aglomeraciones de personas, el proselitismo en las inmediaciones de los colegios electorales, la compra y venta de cédulas, así como la colocación de carpas son una constante en las elecciones de República Dominicana, que crea descontento entre algunos políticos, sobre todo de oposición, y parte de la población votantes.

Sin embargo, es atribución de la Policía Militar Electoral no permitir las carpas ni mesas en el perímetro de los colegios electorales y a la Procuraduría Especializada para la Investigación y Persecución de los Crímenes y Delitos Electorales le confiere investigar y llevar a la justicia ordinaria a los que infrinjan la legislación.

La misión de observadores de la OEA se pronunció en su informe preliminar de los comicios municipales de febrero pasado, donde instó a adoptar medidas tendentes a evitar el asedio a los electores y la Junta Central Electoral acogió las recomendaciones y con la resolución 18-2024 prohibió las carpas y otros actos.

“La investigación y persecución de los crímenes y delitos electorales a que se refiere esta ley y las demás leyes que contienen sanciones penales en el ámbito electoral, serán realizadas por la Procuraduría Especializada para la Investigación y Persecución de los Crímenes y Delitos Electorales, dependiente de la Procuraduría General de la República” expresa la ley en su artículo 322.

En la resolución 18, la JCE indica entre las acciones que debe ejecutar la Policía Militar Electoral está: “No permitir el proselitismo de personas con gorras, ni la utilización de gafetes, distintivos o cualquier otro elemento de promoción o activismo político en el colegio electoral, en los recintos electorales o en el perímetro de estos.

No permitir la instalación de carpas y mesas o cualquier otra modalidad con fines de gestión política, promoción o campaña electoral por parte de personas o activista políticos frente o dentro de los recintos electorales o en perímetros que comprende a estos, para lo cual adoptará medidas de coordinación y seguridad que fueren necesaria”.

También debe velar por mantener despejadas de vehículos de todo tipo, las entradas y el perímetro de cada recinto electoral, a los fines de que la ciudadanía pueda acudir, sin ningún obstáculo a ejercer su derecho al voto el día de las elecciones, así como impedir todo proselitismo de personas con gorras, la instalación de carpas y mesas o cualquier otra modalidad con fines.

SANCIONES DELITOS ELECTORALES
Artículo 310 de la ley 20-23 establece que los delitos electorales serán castigados con prisión correccional de seis meses a dos años y multa de dos a diez salarios mínimos del sector público, entre estos los que violaren cualquiera de las resoluciones reglamentarias de la Junta Central Electoral;

Y “Los que violaren las normas sobre medio ambiente en la realización de la campaña electoral, particularmente aquellas que afectan la flora, la fauna y los niveles de decibeles permitidos para la emisión de ruidos; conforme la Ley núm. 64-00, del 18 de agosto de 2000, que crea la Secretaria de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales”.

LA LISTA DE LOS FISCALES
La JCE dio a conocer el listado con los fiscales que conocerán los delitos electorales en cada provincia del país, a los que deberán ser llevadas las quejas de violaciones de los derechos de los ciudadanos en las elecciones, y los que dificulten las realizaciones de unas elecciones de forma ordenada y legitima.

Continuar leyendo

Panorama

JCE informa que Fuerza del Pueblo debe reorganizar boleta de diputados de la C1 del DN como ordenó el TSE

Publicado hace

en

La Junta Central Electoral (JCE) informó este lunes que no acogió la inscripción de candidatos a diputados de la Fuerza del Pueblo en la circunscripción 1 del Distrito Nacional, en vista de que incumple lo ordenado por el Tribunal Superior Electoral (TSE).

Esta información está contenida en una comunicación de la JCE, documento que especifica además que a la Fuerza del Pueblo le otorgaron un plazo hasta el 1 de mayo a las 7:00 p. m., para hacer un nuevo depósito de candidaturas.

Esto significa que la candidatura de Rafael Paz volvió a quedar fuera de la contienda electoral.

De acuerdo a la sesión extraordinaria celebrada por el órgano electoral este 29 de abril, “no resulta posible acoger la misma, tal y como ha sido presentada, toda vez que con ello se estaría incumpliendo el mandato de las indicadas sentencias”.

LA SENTENCIA
El TSE emitió una sentencia el pasado 11 de abril que ordena a la Fuerza del Pueblo reconfigurar su boleta electoral de la circunscripción 1 del Distrito Nacional en el nivel de diputaciones.

Esto debido a que las candidaturas mejores valoradas de acuerdo a los resultados de las encuestas internas, fueron las de Andy Roberto Morales, Francisco Guillén y Robert Martínez, los mismos que deberían ocupar las casillas de ese partido en esa demarcación.

Con esta decisión se excluyó de la boleta electoral a Paz, así como a Selinée Méndez, Rosa Feliciano y Katiuska Morel.

Con relación a las tres casillas restantes, el TSE ordena al partido que identifique la mujer más votada en el proceso interno para que sea incluida en su propuesta de candidaturas en la posición número cuatro.

Asimismo, dispone que las dos plazas restantes que fueron reservadas sean ocupadas por igual cantidad de mujeres, las cuales deberán ser aportadas por dicho partido o por los partidos aliados beneficiarios de dichas plazas, de haber intervenido pactos en ese sentido, para cumplir así con la proporción de género que exige la legislación vigente.

REACCIÓN DE LA FUERZA DEL PUEBLO
Semanas después de la emisión de esta sentencia, la Fuerza del Pueblo volvió a inscribir a Paz como candidato a diputado por la circunscripción uno del Distrito Nacional.

De acuerdo con la comunicación del partido depositada en la Junta, y firmada por el delegado político Manuel Crespo, señala que Margarita Feliciano, Francisco Guillen, Selinée Méndez y Andy Morales fueron los ganadores de las encuestas realizadas para determinar las candidaturas.

Mientras que Robert Martínez fue inscrito como una reserva que iba a ser cedida en alianza. Los candidatos serán colocados en ese orden en la boleta.

Continuar leyendo

Lo + Trending