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Procuraduría revoca multas por violar el toque de queda
Dispone que los ciudadanos que violenten las normas sanitarias sean presentados ante un juez de paz
La procuradora General de la República revocó, tras concluir el proceso de revisión que anunció esta semana, la “Instrucción general sobre procesamiento y sanciones por incumplimiento del toque de queda y prohibición de aglomeraciones”.
La decisión de la magistrada Miriam Germán Brito revierte la instrucción que había emitido a los fiscales de las distintas instancias del Ministerio Público el 11 de enero de 2021, en el que establecía los montos a cobrar por las multas al toque de queda y otras disposiciones emitidas por el gobierno ante la pandemia del COVID-19.
Mediante estas nuevas directrices, de fecha 15 de enero de 2021, la procuradora general dispone que los integrantes del Ministerio Público deberán procurar que los ciudadanos que violenten las normas sanitarias establecidas por el Poder Ejecutivo, y que a su vez se amparan en declaratorias de estado de excepción, deberán ser sometidos ante el juez de paz de la jurisdicción correspondiente que conozca asuntos contravencionales.
De acuerdo con la instrucción, el Ministerio Público deberá seguir velando porque, con base al ordenamiento jurídico, las multas impuestas al ciudadano jamás excedan de entre uno y diez salarios mínimos, como lo establece la Ley General de Salud Pública, número 42-01, de fecha 8 de marzo del año 2001.
Al impartir la comunicación interna a los fiscales, la procuradora recordó la necesidad de que el Ministerio Público apoye las acciones del Gobierno y acompañe a toda la población en la implementación de las medidas que, como el toque de queda y el distanciamiento social, buscan frenar la pandemia del COVID-19, provocada por el coronavirus SARS-CoV-2, el cual ha afectado en el país a 188,969 personas (1,482 en 24 horas), con la pérdida irreparable de 2,432 vidas humanas.
Aunque procedió a revocar su instrucción tras analizarla y discutirla con su equipo de expertos, la magistrada garantizó a la ciudadanía “que jamás el Ministerio Público dejará de cumplir sus funciones y su obligación de perseguir sanciones contra quienes incumplan las medidas adoptadas por las autoridades competentes para garantizar la salud pública”.
El artículo 153 de la Ley General de Salud estipula sanciones de entre 1 y 10 salarios mínimos (entre RD$10,000 y RD$100,000) para quienes incumplan las medidas adoptadas por las autoridades de salud para prevenir y controlar las enfermedades transmisibles.
Sobre la fijación de montos anteriores, la procuradora expuso que “obedecían al interés del Ministerio Público de ofrecer una especie de criterio de oportunidad para atenuar la sanción imponible en el caso de conductas que se consideren de menor lesividad, así como un parámetro común para proceder y evitar la discrecionalidad”.
“La Procuraduría General de la República refuerza su interés en fortalecer el estado de derecho y recuerda a la comunidad jurídica y al liderazgo político la necesidad de un debate constructivo que aporte soluciones”, establece la nota de prensa.
Recordó que al momento de iniciar el estado de emergencia hace un año, República Dominicana, como muchos países, se encontró frente a la necesidad de actuar ante una pandemia que sorprendió a todo el mundo. Por esa razón, intuye, las normas aplicables a quienes violentan las medidas dispuestas por las autoridades sanitarias para prevenir y controlar la pandemia, al parecer se empezaron a aplicar analógicamente al procedimiento de multas establecido en la Ley General de Tránsito.
Dicha legislación permite el pago voluntario de la multa del infractor, sin necesidad de agotar el procedimiento jurisdiccional, beneficiando al procesado con la fijación de un monto menor imponible.
Además de emitir la instrucción, Germán Brito sostuvo una reunión de trabajo con la directora general de Persecución del Ministerio Público, Yeni Berenice Reynoso, a quien encomendó instruir a todos los fiscales para que procedan a instrumentar de urgencia los sometimientos correspondientes por el procedimiento contravencional a quienes violenten las medidas adoptadas para prevenir la COVID, incluyendo el incumplimiento del toque de queda.
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Tribunal impone hasta 30 años de prisión a responsables de la muerte del niño Gioser Luis Feliz
El menor de nueve años murió durante un intento de asalto cuando viajaba con su familia tras llegar desde Estados Unidos.
El Primer Tribunal Colegiado del distrito judicial de la provincia Santiago condenó este martes a seis hombres hallados culpables por el asesinato del niño Gioser Luis Feliz, de nueve años, ocurrido en abril de 2023 durante un intento de asalto a la salida del Aeropuerto Internacional del Cibao.
La pena más alta, de 30 años de reclusión mayor, fue impuesta a Luis Ángel Vargas Brito, tras ser declarado culpable de asociación de malhechores, asesinato, tentativa de robo agravado y tentativa de asesinato, en perjuicio del menor y de las demás víctimas.
Asimismo, el tribunal condenó a 20 años de prisión a Darlyn Javier Mercado Martínez, Tomás Peña, César Junior Ulloa Cuevas y Elián Martínez Sánchez, al encontrarlos culpables de asociación de malhechores, asesinato y tentativa de robo agravado
En tanto, José Manuel Almonte Santana fue sentenciado a 15 años de reclusión por su participación en los hechos.
Las condenas deberán cumplirse en el Centro de Corrección y Rehabilitación Rafey Hombres en Santiago.
El tribunal estuvo presidido por el juez Juan Carlos Colón e integrado además por las magistradas Claribel Mateo y Gladys Núñez.
En el aspecto civil, los jueces condenaron solidariamente a los seis imputados al pago de una indemnización de 10 millones de pesos a favor de Anibelca de los Ángeles Camilo, madre del menor de edad.
Además, la sala acogió la constitución en actor civil presentada por Sergio Luis Feliz y María Elisa Bautista Rivas, padre y madrastra del niño fallecido, y dispuso el pago de una indemnización simbólica de un peso.
La lectura íntegra de la sentencia fue fijada para el 25 de agosto de 2026, a las 2:00 de la tarde.
El caso
De acuerdo con el Ministerio Público, el menor fue asesinado durante un intento de asalto contra su padre, Sergio Luis Feliz.
La acusación establece que el niño murió a causa de un disparo en la cabeza la tarde del 19 de abril de 2023 mientras viajaba junto a su padre y la pareja de este por la Circunvalación Norte de Santiago, luego de salir del Aeropuerto Internacional del Cibao.
Según la investigación, los acusados interceptaron el vehículo con la intención de despojar al padre del menor de sus pertenencias, acción que culminó con la muerte del niño.
La familia había viajado a la República Dominicana para disfrutar de unos días de vacaciones cuando ocurrió el crimen.
El hecho provocó consternación y un amplio rechazo en la sociedad dominicana.
Vía Diario Libre
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Panamá elimina el requisito de visa para los dominicanos
En una decisión histórica que marca un antes y un después en la movilidad aérea de la región, los ciudadanos de la República Dominicana ya no necesitarán una visa estampada por un cónsul para ingresar a Panamá. El Gobierno del país istmeño derogó de manera oficial el decreto migratorio que imponía este requisito desde el año 2015.
Oficialización inmediata y fin a la restricción de 2015
La medida quedó formalizada este martes a través del Decreto Ejecutivo No. 12, de fecha 30 de junio de 2026, publicado en la Gaceta Oficial de Panamá. La pieza legal lleva la firma del presidente panameño, José Raúl Mulino, y del ministro de Seguridad Pública, Frank Alexis Abrego.
Con esta nueva disposición, queda completamente sin efecto el Decreto Ejecutivo No. 176 del 23 de noviembre de 2015, una normativa de hace 11 años que obligaba a los dominicanos a someterse a un riguroso y a veces burocrático proceso de visado consular antes de poder viajar a suelo panameño.
Las razones del cambio: Seguridad y diplomacia
De acuerdo con los considerandos detallados en el documento oficial, el Gobierno de Panamá tomó la determinación tras realizar un profundo análisis de las políticas de control migratorio actuales, concluyendo que las circunstancias del pasado han cambiado.
«No persisten razones de seguridad o técnicas que sustenten la conveniencia de mantener el requisito de visa estampada a los nacionales de la República Dominicana».
Asimismo, las autoridades panameñas destacaron el extraordinario momento que viven los lazos bilaterales entre ambos países, señalando que Panamá mantiene con la República Dominicana «excelentes relaciones diplomáticas y comerciales», un argumento de peso que sirvió de palanca definitiva para eliminar la barrera migratoria.
La eliminación de este visado promete dinamizar de inmediato el turismo, los viajes de negocios y el flujo de pasajeros en el «Hub de las Américas», facilitando las conexiones para miles de dominicanos que viajan frecuentemente a Centroamérica.
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