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Procuraduría revoca multas por violar el toque de queda

Dispone que los ciudadanos que violenten las normas sanitarias sean presentados ante un juez de paz

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La procuradora General de la República revocó, tras concluir el proceso de revisión que anunció esta semana, la “Instrucción general sobre procesamiento y sanciones por incumplimiento del toque de queda y prohibición de aglomeraciones”.

La decisión de la magistrada Miriam Germán Brito revierte la instrucción que había emitido a los fiscales de las distintas instancias del Ministerio Público el 11 de enero de 2021, en el que establecía los montos a cobrar por las multas al toque de queda y otras disposiciones emitidas por el gobierno ante la pandemia del COVID-19.

Mediante estas nuevas directrices, de fecha 15 de enero de 2021, la procuradora general dispone que los integrantes del Ministerio Público deberán procurar que los ciudadanos que violenten las normas sanitarias establecidas por el Poder Ejecutivo, y que a su vez se amparan en declaratorias de estado de excepción, deberán ser sometidos ante el juez de paz de la jurisdicción correspondiente que conozca asuntos contravencionales.

De acuerdo con la instrucción, el Ministerio Público deberá seguir velando porque, con base al ordenamiento jurídico, las multas impuestas al ciudadano jamás excedan de entre uno y diez salarios mínimos, como lo establece la Ley General de Salud Pública, número 42-01, de fecha 8 de marzo del año 2001.

Al impartir la comunicación interna a los fiscales, la procuradora recordó la necesidad de que el Ministerio Público apoye las acciones del Gobierno y acompañe a toda la población en la implementación de las medidas que, como el toque de queda y el distanciamiento social, buscan frenar la pandemia del COVID-19, provocada por el coronavirus SARS-CoV-2, el cual ha afectado en el país a 188,969 personas (1,482 en 24 horas), con la pérdida irreparable de 2,432 vidas humanas.

Aunque procedió a revocar su instrucción tras analizarla y discutirla con su equipo de expertos, la magistrada garantizó a la ciudadanía “que jamás el Ministerio Público dejará de cumplir sus funciones y su obligación de perseguir sanciones contra quienes incumplan las medidas adoptadas por las autoridades competentes para garantizar la salud pública”.

El artículo 153 de la Ley General de Salud estipula sanciones de entre 1 y 10 salarios mínimos (entre RD$10,000 y RD$100,000) para quienes incumplan las medidas adoptadas por las autoridades de salud para prevenir y controlar las enfermedades transmisibles.

Sobre la fijación de montos anteriores, la procuradora expuso que “obedecían al interés del Ministerio Público de ofrecer una especie de criterio de oportunidad para atenuar la sanción imponible en el caso de conductas que se consideren de menor lesividad, así como un parámetro común para proceder y evitar la discrecionalidad”.

“La Procuraduría General de la República refuerza su interés en fortalecer el estado de derecho y recuerda a la comunidad jurídica y al liderazgo político la necesidad de un debate constructivo que aporte soluciones”, establece la nota de prensa.

Recordó que al momento de iniciar el estado de emergencia hace un año, República Dominicana, como muchos países, se encontró frente a la necesidad de actuar ante una pandemia que sorprendió a todo el mundo. Por esa razón, intuye, las normas aplicables a quienes violentan las medidas dispuestas por las autoridades sanitarias para prevenir y controlar la pandemia, al parecer se empezaron a aplicar analógicamente al procedimiento de multas establecido en la Ley General de Tránsito.

Dicha legislación permite el pago voluntario de la multa del infractor, sin necesidad de agotar el procedimiento jurisdiccional, beneficiando al procesado con la fijación de un monto menor imponible.

Además de emitir la instrucción, Germán Brito sostuvo una reunión de trabajo con la directora general de Persecución del Ministerio Público, Yeni Berenice Reynoso, a quien encomendó instruir a todos los fiscales para que procedan a instrumentar de urgencia los sometimientos correspondientes por el procedimiento contravencional a quienes violenten las medidas adoptadas para prevenir la COVID, incluyendo el incumplimiento del toque de queda.

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Digesett investiga agente por negarse a encender la cámara durante fiscalización a ciudadano

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La Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) informó este jueves que investiga a uno de sus agentes, luego de que se negara a encender la cámara corporal durante una intervención.

El caso surgió tras la difusión de un video en redes sociales en el que se observa el momento de tensión ante la solicitud de documentos del agente a un conductor y la persistencia del ciudadano en que el agente encendiera el dispositivo, petición a la que el agente no accedió.

La institución informó que el agente fue citado y se encuentra bajo investigación de los organismos de control correspondientes, conforme a los procedimientos establecidos.

Las cámaras corporales son utilizadas como herramientas para documentar las actuaciones de los agentes y facilitar la revisión de situaciones que puedan generar controversias durante las intervenciones.

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Imponen dos meses de prisión preventiva a «Nino Dólar»

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La Cuarta Sala del Tribunal Especial de Tránsito del Distrito Nacional impuso dos meses de prisión preventiva en contra de Carlos José Troche Rodríguez, conocido como «Nino Dólar», acusado de provocar la muerte de dos personas y ocasionar lesiones a una tercera en un accidente de tránsito registrado el pasado 15 de agosto en la avenida Abraham Lincoln.

El tribunal dispuso que el imputado cumpla la medida de coerción en la cárcel de Cotuí, tras acoger la solicitud presentada por los fiscales del Departamento de Crímenes y Delitos contra la Persona (Homicidios).

A Troche Rodríguez se le acusa de violar el artículo 112, párrafo I, de la Ley 74-25, que modifica el Código Penal dominicano y tipifica el homicidio agravado, referente a los atentados culposos contra la vida.

El imputado enfrenta cargos por la muerte de Wilmer Ernesto Rodríguez Silverio y de su hija, Wilkaren Massiel Rodríguez Batista, así como por las lesiones sufridas por Arianna Michelle Ciprián.

La solicitud de medida de coerción había sido presentada inicialmente ante el Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional; sin embargo, el juez Rigoberto Sena declinó el proceso a favor del tribunal de tránsito, por tratarse de un hecho vinculado a un accidente vial.

De acuerdo con la acusación, el imputado violó la luz roja de un semáforo mientras conducía una yipeta, impactando contra una motocicleta en la que se desplazaban las víctimas.

La investigación establece, además, que, tras producirse la colisión, el conductor no se detuvo y continuó la marcha del vehículo, arrastrando a las víctimas por la vía y pasándoles por encima al emprender la huida del lugar.

El caso permanece bajo investigación por parte del director técnico de la Fiscalía del Distrito Nacional, Kelvyn Colón, y los fiscales Vladimir Viloria, encargado del Departamento de Crímenes y Delitos contra la Persona (Homicidios); y Yesenis Hernández Cabreja.

FUENTE: Listín Diario

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