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Procuraduría revoca multas por violar el toque de queda
Dispone que los ciudadanos que violenten las normas sanitarias sean presentados ante un juez de paz

La procuradora General de la República revocó, tras concluir el proceso de revisión que anunció esta semana, la “Instrucción general sobre procesamiento y sanciones por incumplimiento del toque de queda y prohibición de aglomeraciones”.
La decisión de la magistrada Miriam Germán Brito revierte la instrucción que había emitido a los fiscales de las distintas instancias del Ministerio Público el 11 de enero de 2021, en el que establecía los montos a cobrar por las multas al toque de queda y otras disposiciones emitidas por el gobierno ante la pandemia del COVID-19.
Mediante estas nuevas directrices, de fecha 15 de enero de 2021, la procuradora general dispone que los integrantes del Ministerio Público deberán procurar que los ciudadanos que violenten las normas sanitarias establecidas por el Poder Ejecutivo, y que a su vez se amparan en declaratorias de estado de excepción, deberán ser sometidos ante el juez de paz de la jurisdicción correspondiente que conozca asuntos contravencionales.
De acuerdo con la instrucción, el Ministerio Público deberá seguir velando porque, con base al ordenamiento jurídico, las multas impuestas al ciudadano jamás excedan de entre uno y diez salarios mínimos, como lo establece la Ley General de Salud Pública, número 42-01, de fecha 8 de marzo del año 2001.
Al impartir la comunicación interna a los fiscales, la procuradora recordó la necesidad de que el Ministerio Público apoye las acciones del Gobierno y acompañe a toda la población en la implementación de las medidas que, como el toque de queda y el distanciamiento social, buscan frenar la pandemia del COVID-19, provocada por el coronavirus SARS-CoV-2, el cual ha afectado en el país a 188,969 personas (1,482 en 24 horas), con la pérdida irreparable de 2,432 vidas humanas.
Aunque procedió a revocar su instrucción tras analizarla y discutirla con su equipo de expertos, la magistrada garantizó a la ciudadanía “que jamás el Ministerio Público dejará de cumplir sus funciones y su obligación de perseguir sanciones contra quienes incumplan las medidas adoptadas por las autoridades competentes para garantizar la salud pública”.
El artículo 153 de la Ley General de Salud estipula sanciones de entre 1 y 10 salarios mínimos (entre RD$10,000 y RD$100,000) para quienes incumplan las medidas adoptadas por las autoridades de salud para prevenir y controlar las enfermedades transmisibles.
Sobre la fijación de montos anteriores, la procuradora expuso que “obedecían al interés del Ministerio Público de ofrecer una especie de criterio de oportunidad para atenuar la sanción imponible en el caso de conductas que se consideren de menor lesividad, así como un parámetro común para proceder y evitar la discrecionalidad”.
“La Procuraduría General de la República refuerza su interés en fortalecer el estado de derecho y recuerda a la comunidad jurídica y al liderazgo político la necesidad de un debate constructivo que aporte soluciones”, establece la nota de prensa.
Recordó que al momento de iniciar el estado de emergencia hace un año, República Dominicana, como muchos países, se encontró frente a la necesidad de actuar ante una pandemia que sorprendió a todo el mundo. Por esa razón, intuye, las normas aplicables a quienes violentan las medidas dispuestas por las autoridades sanitarias para prevenir y controlar la pandemia, al parecer se empezaron a aplicar analógicamente al procedimiento de multas establecido en la Ley General de Tránsito.
Dicha legislación permite el pago voluntario de la multa del infractor, sin necesidad de agotar el procedimiento jurisdiccional, beneficiando al procesado con la fijación de un monto menor imponible.
Además de emitir la instrucción, Germán Brito sostuvo una reunión de trabajo con la directora general de Persecución del Ministerio Público, Yeni Berenice Reynoso, a quien encomendó instruir a todos los fiscales para que procedan a instrumentar de urgencia los sometimientos correspondientes por el procedimiento contravencional a quienes violenten las medidas adoptadas para prevenir la COVID, incluyendo el incumplimiento del toque de queda.

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Por falta de 2,300 libras, RD no logra el Récord Guinness del sancocho más grande del mundo

El jurado del Guinness World Records informó que República Dominicana no batió el récord del sancocho más grande del mundo en su intento oficial el pasado sábado 25 de noviembre, por no cumplir con el peso mínimo establecido por la organización.
El grupo organizador del evento, Flavor Fusion Fest, hizo el anuncio de los resultados de la evaluación a través de sus redes sociales, haciendo hincapié en que faltaron 2,300 libras para lograr la hazaña.
El mínimo impuesto por la organización internacional fueron 35,362 libras, sin embargo el país logró registrar un total de 32,978 libras.
“No llegamos al peso que ellos nos impusieron, faltaron unas 2,300 libras, pero nuestras 32,978 libras están certificadas por Guinness, por los ingenieros, los encargados de salud como la mayor cantidad jamás hecha por un sancocho a nivel mundial”, informó el grupo.
Flavor Fusion Fest y los chefs participantes del evento agradecieron a los colaboradores, patrocinadores y a los dominicanos que apoyaron la causa y que se sumaron a los esfuerzos para intentar romper el récord mundial.
“Vinimos a romper un récord y nos dimos cuenta que rompimos muchísimos más, rompimos el récord de la alegría de la gente, rompimos el récord de coraje y valentía de todos los dominicanos que nos apoyaron, rompimos el récord de la solidaridad”, expresaron.
El grupo también señaló que gracias a sus esfuerzos se creó la categoría del sancocho más grande del mundo en el libro del Récord Guinness.
SOBRE EL RÉCORD
República Dominicana buscaba establecer el récord mundial con 36,000 libras de sancocho; el 70% fue donado a organizaciones sin fines de lucro.
Desde horas de la mañana hasta las 8:00 de la noche del sábado un equipo de chefs dominicanos en los que se destacan María Marte y Amílkar Gonell, cocinaron el platillo en una olla con una capacidad de más de 30,000 litros.
Además de la realización del sancocho, el evento realizado en el Parque Mirador del Este contó con degustaciones y regalos de parte de patrocinadores de la actividad.
Además de esto los cientos de personas que se dieron cita en el lugar disfrutaron de presentaciones musicales que incluyen géneros como salsa, bachata, jazz latino, rock y merengue.
Republica Dominicana busca establecer Récord Guinness con el sancocho mas grande del mundo.
Guinness World Records evalúa si RD ganó con el sancocho más grande del mundo
Mirador del Este
Vía Listín Diario
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JCE aprueba el voto de presos preventivos en elecciones presidenciales del 2024

La Junta Central Electoral (JCE) aprobó el Reglamento que establece que los privados de libertad en condiciones de internos preventivos (aquellos que aún no han sido condenados) podrán votar para las elecciones en el nivel presidencial del 19 de mayo de 2024.
El documento establece que la persona que se encuentra dentro de esta condición, deberá disponer de su Cédula de Identidad y Electoral, sin la cual no podrá ejercer el derecho al voto.
Para la implementación del presente reglamento, el órgano electoral dispuso que se utilicen como recintos de votación aquellos centros que pertenezcan al nuevo modelo penitenciario y las cárceles públicas de Nagua, Azua y Salcedo, donde se inició un plan piloto de captura de datos biométricos como parte de los trabajos de implementación de esta disposición.
Padrón penitenciario
El “Reglamento para la Implementación del Voto en Recintos Penitenciarios” establece que para realizar el registro de los electores, se conformará un “Padrón Electoral Penitenciario” que estará compuesto por todos aquellos privados de libertad en condiciones preventivas que posean su correspondiente Cédula de Identidad y Electoral, que hayan sido empadronados.
Para la elaboración del padrón penitenciario, las instituciones responsables del sistema carcelario, suministrarán a la JCE una lista oficial de los ciudadanos/as que cumplan con los requisitos para el ejercicio del sufragio, quien a su vez instruirá a sus a sus dependencias técnicas responsables de la organización de las elecciones para proceder a la depuración de dicha lista y posterior conformación de una “Lista preliminar de elecciones penitenciarias”.
En ese sentido, la JCE, con el apoyo de las instituciones responsables, iniciará el proceso de empadronamiento en los recintos penitenciarios con la finalidad de inscribir a las personas que ejercerán el sufragio y se habilitarán los espacios que sean indispensables para la correcta aplicación de esta disposición y, para ello, el órgano electoral debe disponer del personal y los equipos necesarios para la medida.
Los privados de libertad inscritos en el padrón penitenciario votarán en el colegio creado dentro del recinto en el cual fueron registrados para lo cual, las autoridades penitenciarias garantizarán el cumplimiento de esta disposición.
De los recintos y Colegios Electorales Penitenciarios
Constituirán los Colegios Electorales Penitenciarios aquellos que sean creados en los recintos carcelarios en los cuales estarán inscritos los ciudadanos y ciudadanas que fueron empadronados en los recintos penitenciarios seleccionados para el ejercicio del sufragio.
Los Colegios Electorales Penitenciarios se crearán con una cantidad de inscritos que establecerá la JCE conforme a lo que dispone la Ley Electoral 20-23, tomando en cuenta las características especiales de los preventivos y estarán identificados con una codificación especial que corresponderá a la demarcación electoral de la Junta Electoral del municipio donde se encuentre dicho centro.
Además, el reglamento indica que estos colegios estarán conformados por cinco funcionarios miembros, los cuales serán designados por la Junta Electoral que corresponda.
De la acreditación de delegados políticos en recintos y colegios electorales penitenciarios
En dicho Reglamento se resalta que los partidos políticos o alianzas que presenten candidaturas en el nivel presidencial en las elecciones ordinarias generales, tendrán derecho a la acreditación de delegados políticos.
En ese orden, el órgano electoral dictará cuantas medidas sean necesarias para garantizar el debido ejercicio de la representación a la que tienen derecho las organizaciones políticas en los recintos y Colegios Electorales Penitenciarios en coordinación con las autoridades del sistema carcelario.
De igual manera, se instauró que el día de la jornada electoral solo tendrán acceso a los Colegios Penitenciarios los delegados de las organizaciones políticas o alianzas que previamente hayan sido acreditados por la JCE ante las autoridades penitenciarias.
Apertura y cierre de la jornada de votación
El artículo 18 del reglamento, instituye que las votaciones en los colegios electorales dispondrán de un horario especial que inicia a las 2:00 de la tarde con la instalación del colegio y la presencia de los miembros y delegados políticos acreditados, mientras que el cierre será a las 5:00 de la tarde, procediendo de inmediato al proceso de escrutinio de los votos.
Convenio
El órgano electoral y del registro civil y la Procuraduría General de la República (PGR) firmaron un acuerdo interinstitucional de cooperación e iniciaron un plan piloto en la provincia Hermanas Mirabal que buscaba establecer el voto a los privados de libertad.
Dentro de las disposiciones generales del Reglamento para la Implementación del Voto en Recintos Penitenciarios”, se dispondrán las medidas necesarias para garantizar el sufragio penitenciario a todo aquel preventivo que padezca alguna condición de discapacidad y a los adultos mayores.
La JCE diseñará una campaña de divulgación dirigida a promover esta iniciativa y en conjunto con las autoridades carcelarias, tomarán las medidas que se consideren de lugar para garantizar el cumplimiento del Reglamento.
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