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Juez dice no hay ley castigue “violación” del toque de queda

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El juez José Alejandro Vargas, coordinador de los Juzgados de Instrucción del Distrito Nacional, afirmó que en el país no hay legislación que permita sancionar a una persona por violación al toque de queda.

Para el juez Vargas, lo que sí existe es una ley de salud, que no es lo mismo que una legislación de sanciones para los que violenten el toque de queda.

Indica El Nacional que por tal razón, propuso q ue el Poder Ejecutivo o la Procuraduría General de la República sometan al Congreso Nacional un proyecto de ley para perseguir y judicializar las violaciones del toque de queda por parte de algunos ciudadanos.

“No hay legislación para condenar a una persona que incumpla la disposición implementada para frenar el contagio por el coronavirus en el país”, manifestó el juez Vargas, en referencia al toque de queda.

Sostuvo que cuando las personas salen a las calles en el horario restringido para la circulación, incurren en la violación del toque de queda, no así en la Ley de Salud.

“Cuando las personas salen a las calles en horarios restringidos para la circulación incurren en la transgresión del toque de queda, no en la violación de la Ley de Salud, por lo que lo sensato sería que los legisladores se aboquen a aprobar una norma con sanciones rigurosas, delito de contravención, pero que logre su cometido”, manifestó Vargas.

El olvido
Hace poco, El Nacional publicó un reportaje bajo la firma del autor de esta información, en la que advertía que en el país no existe una ley de sanción a los violadores del toque de queda.

Este redactor en esa ocasión, tuvo acceso a datos relativos a la última reforma que se hizo a la Constitución de la República, en donde se consignó la creación de los estados de excepción, entre ellos, el estado de emergencia mediante el cual, el Gobierno dispuso el toque de queda.

Se supo que cuando se aprobó la reforma constitucional con la creación de los estados de excepción, se acordó también aprobar más tarde una ley orgánica para el castigo de los violadores de dichos estados, pero nunca se hizo.

Estados de excepción
Los estados de excepción contemplados en el artículo 262 de la Constitución de la República, son tres: Estado de Defensa, Estado de Conmoción Interior y Estado de Emergencia. En este último es en el que se encuentra el país y por el cual, el Gobierno dispuso el toque de queda.

El fallo
Sin embargo, no existe una legislación que contemple los castigos a imponer a los violadores de estos tres estados, consignados en la Constitución de la República.

Los Estados de Excepción son regulados por la Constitución y por la Ley 21-18, de fecha 25 de mayo del año 2018.

El artículo 262 de la Constitución Dominicana define los estados de excepción como, “aquellas situaciones extraordinarias que afecten gravemente la seguridad de la Nación, de las instituciones y de las personas frente a las cuales resultan insuficientes las facultades ordinarias”. La Constitución establece las circunstancias en que se decretan dichos estados.

Ilegalidad
De lo expresado por el juez José Alejandro Vargas, se desprende que no existe un marco de legalidad para que un juez de paz le imponga una multa a una persona por violar el toque de queda. La Procuraduría General de la República dispuso que las multas a los violadores del toque de queda sean puestas por los juzgados de paz.

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Periodista dominicana y su madre fallecen en un incendio en Nueva York

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La periodista dominicana Yolaine Díaz y su madre, Ana Mirtha Lantigua, fallecieron la madrugada del lunes tras un incendio registrado en un edificio de apartamentos en el sector de Inwood, en el Alto Manhattan, Nueva York.

Díaz, quien trabajó para People en Español durante varios años, perdió la vida junto a su progenitora mientras intentaban escapar de las llamas.

En el siniestro también murió una tercera persona, mientras que al menos 14 resultaron heridas y cerca de un centenar de residentes quedaron desplazados.

Según las autoridades, el fuego se originó en el primer piso del edificio de seis niveles y se propagó rápidamente a través de la escalera interior hasta alcanzar el techo. Para sofocar el incendio, fue necesario desplegar a unos 200 bomberos.

De acuerdo con reportes, madre e hija quedaron atrapadas por la humareda mientras intentaban huir por la escalera interna del inmueble, lo que les impidió ponerse a salvo.

Trayectoria y origen
Yolaine Díaz era oriunda de Bonao, en la República Dominicana, y emigró a Nueva York durante su adolescencia.

Se formó en periodismo en Lehman College y desarrolló una carrera de más de 15 años en People en Español, donde inició como pasante hasta convertirse en editora digital en las áreas de moda y belleza.

«Yolaine fue una viajera incansable, una mujer que supo abrazar cada oportunidad que la vida le ofreció», expresó Kika Rocha, exdirectora de Moda y Belleza de People en Español.

Investigación en curso
Según informó el Departamento de Bomberos de Nueva York, el fuego se desató poco antes de las 12:30 de la madrugada de este lunes, en la residencia ubicada en la calle Dyckman, cerca de Broadway.

El jefe del Departamento de Bomberos, John Esposito, explicó que el fuego avanzó por la única escalera del edificio desde la planta baja, lo que complicó las labores de evacuación de los residentes.

Hasta el momento, las causas del incendio no han sido determinadas y permanecen bajo investigación.

No obstante, según reportes de The New York Times, la ciudad había emitido más de un centenar de infracciones contra el propietario del edificio, la empresa SB Dyckman LLC, incluyendo al menos 15 en el último año.

Vía Diario Libre

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El cambio físico de Mario José Redondo Llenas: así entró a la cárcel y así salió

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La mañana de este martes marcó el final de una larga etapa para Mario José Redondo Llenas, quien salió en libertad tras cumplir 30 años de prisión por el asesinato del niño José Rafael Llenas Aybar.

Su excarcelación se produjo a las 7:03 a.m. desde el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres.

De joven a un hombre marcado por el tiempo
Cuando ingresó al sistema penitenciario en la década de los 90, Redondo Llenas era un joven. Su apariencia reflejaba una etapa temprana de la vida adulta: rostro firme, piel tersa y una imagen propia de alguien que apenas comenzaba a construir su camino.

Hoy, tres décadas después, el cambio físico es evidente. Su rostro muestra signos claros de envejecimiento, con arrugas más marcadas y una expresión más rígida. La frescura de la juventud fue reemplazada por una apariencia que refleja el paso del tiempo.

El peso de los años tras las rejas
Cumplir 30 años en prisión no solo suma edad, también transforma el cuerpo. Las condiciones del encierro, la rutina limitada y el entorno influyen directamente en cómo una persona envejece.

En su caso, su imagen actual proyecta desgaste. El cabello con posibles canas, los cambios en la postura y una mirada más seria reflejan a un hombre que vivió tres décadas en un contexto muy distinto al de la vida en libertad.

Un contraste que impacta
El contraste entre el antes y el después es fuerte. No se trata solo de años acumulados, sino de una transformación visible que llama la atención de quienes han seguido el caso.

Su salida deja una imagen clara: la de alguien que entró joven a prisión y salió convertido en un hombre completamente distinto en lo físico.

Una imagen que habla por sí sola
Más allá del debate que genera el caso, su cambio físico se ha convertido en uno de los aspectos más comentados tras su liberación. Es el reflejo del paso del tiempo en condiciones de reclusión.

Treinta años después, su apariencia resume una historia que sigue presente en la memoria colectiva.

Vía Ensegundos.do

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