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Juez dice no hay ley castigue “violación” del toque de queda

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El juez José Alejandro Vargas, coordinador de los Juzgados de Instrucción del Distrito Nacional, afirmó que en el país no hay legislación que permita sancionar a una persona por violación al toque de queda.

Para el juez Vargas, lo que sí existe es una ley de salud, que no es lo mismo que una legislación de sanciones para los que violenten el toque de queda.

Indica El Nacional que por tal razón, propuso q ue el Poder Ejecutivo o la Procuraduría General de la República sometan al Congreso Nacional un proyecto de ley para perseguir y judicializar las violaciones del toque de queda por parte de algunos ciudadanos.

“No hay legislación para condenar a una persona que incumpla la disposición implementada para frenar el contagio por el coronavirus en el país”, manifestó el juez Vargas, en referencia al toque de queda.

Sostuvo que cuando las personas salen a las calles en el horario restringido para la circulación, incurren en la violación del toque de queda, no así en la Ley de Salud.

“Cuando las personas salen a las calles en horarios restringidos para la circulación incurren en la transgresión del toque de queda, no en la violación de la Ley de Salud, por lo que lo sensato sería que los legisladores se aboquen a aprobar una norma con sanciones rigurosas, delito de contravención, pero que logre su cometido”, manifestó Vargas.

El olvido
Hace poco, El Nacional publicó un reportaje bajo la firma del autor de esta información, en la que advertía que en el país no existe una ley de sanción a los violadores del toque de queda.

Este redactor en esa ocasión, tuvo acceso a datos relativos a la última reforma que se hizo a la Constitución de la República, en donde se consignó la creación de los estados de excepción, entre ellos, el estado de emergencia mediante el cual, el Gobierno dispuso el toque de queda.

Se supo que cuando se aprobó la reforma constitucional con la creación de los estados de excepción, se acordó también aprobar más tarde una ley orgánica para el castigo de los violadores de dichos estados, pero nunca se hizo.

Estados de excepción
Los estados de excepción contemplados en el artículo 262 de la Constitución de la República, son tres: Estado de Defensa, Estado de Conmoción Interior y Estado de Emergencia. En este último es en el que se encuentra el país y por el cual, el Gobierno dispuso el toque de queda.

El fallo
Sin embargo, no existe una legislación que contemple los castigos a imponer a los violadores de estos tres estados, consignados en la Constitución de la República.

Los Estados de Excepción son regulados por la Constitución y por la Ley 21-18, de fecha 25 de mayo del año 2018.

El artículo 262 de la Constitución Dominicana define los estados de excepción como, “aquellas situaciones extraordinarias que afecten gravemente la seguridad de la Nación, de las instituciones y de las personas frente a las cuales resultan insuficientes las facultades ordinarias”. La Constitución establece las circunstancias en que se decretan dichos estados.

Ilegalidad
De lo expresado por el juez José Alejandro Vargas, se desprende que no existe un marco de legalidad para que un juez de paz le imponga una multa a una persona por violar el toque de queda. La Procuraduría General de la República dispuso que las multas a los violadores del toque de queda sean puestas por los juzgados de paz.

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Digesett investiga agente por negarse a encender la cámara durante fiscalización a ciudadano

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La Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) informó este jueves que investiga a uno de sus agentes, luego de que se negara a encender la cámara corporal durante una intervención.

El caso surgió tras la difusión de un video en redes sociales en el que se observa el momento de tensión ante la solicitud de documentos del agente a un conductor y la persistencia del ciudadano en que el agente encendiera el dispositivo, petición a la que el agente no accedió.

La institución informó que el agente fue citado y se encuentra bajo investigación de los organismos de control correspondientes, conforme a los procedimientos establecidos.

Las cámaras corporales son utilizadas como herramientas para documentar las actuaciones de los agentes y facilitar la revisión de situaciones que puedan generar controversias durante las intervenciones.

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Imponen dos meses de prisión preventiva a «Nino Dólar»

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La Cuarta Sala del Tribunal Especial de Tránsito del Distrito Nacional impuso dos meses de prisión preventiva en contra de Carlos José Troche Rodríguez, conocido como «Nino Dólar», acusado de provocar la muerte de dos personas y ocasionar lesiones a una tercera en un accidente de tránsito registrado el pasado 15 de agosto en la avenida Abraham Lincoln.

El tribunal dispuso que el imputado cumpla la medida de coerción en la cárcel de Cotuí, tras acoger la solicitud presentada por los fiscales del Departamento de Crímenes y Delitos contra la Persona (Homicidios).

A Troche Rodríguez se le acusa de violar el artículo 112, párrafo I, de la Ley 74-25, que modifica el Código Penal dominicano y tipifica el homicidio agravado, referente a los atentados culposos contra la vida.

El imputado enfrenta cargos por la muerte de Wilmer Ernesto Rodríguez Silverio y de su hija, Wilkaren Massiel Rodríguez Batista, así como por las lesiones sufridas por Arianna Michelle Ciprián.

La solicitud de medida de coerción había sido presentada inicialmente ante el Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional; sin embargo, el juez Rigoberto Sena declinó el proceso a favor del tribunal de tránsito, por tratarse de un hecho vinculado a un accidente vial.

De acuerdo con la acusación, el imputado violó la luz roja de un semáforo mientras conducía una yipeta, impactando contra una motocicleta en la que se desplazaban las víctimas.

La investigación establece, además, que, tras producirse la colisión, el conductor no se detuvo y continuó la marcha del vehículo, arrastrando a las víctimas por la vía y pasándoles por encima al emprender la huida del lugar.

El caso permanece bajo investigación por parte del director técnico de la Fiscalía del Distrito Nacional, Kelvyn Colón, y los fiscales Vladimir Viloria, encargado del Departamento de Crímenes y Delitos contra la Persona (Homicidios); y Yesenis Hernández Cabreja.

FUENTE: Listín Diario

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