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Fulcar: Profesores serán del segundo grupo en cadena de vacunación

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El ministro de Educación, Roberto Fulcar, informó este miércoles que los profesores del sistema educativo nacional serán colocados en la segunda línea del plan de vacunación contra el COVID-19 que ejecuta el Gobierno desde el pasado martes 16.

La medida responde a que el retorno a clases de manera presencial fue aprobado hoy durante la reunión del Consejo Nacional de Educación (CNE). La decisión fue a unanimidad y era reclamada por diversos sectores del país, incluido el empresarial.

Fulcar dijo que habló con el presidente de la República, Luis Abinader, y la vicepresidenta y coordinadora del Gabinete de Salud, Raquel Peña, quienes les garantizaron que colocarán a los docentes en el segundo grupo del Plan Nacional de Vacunación. La primera línea la ocupa el personal de salud, de acuerdo al cronograma elaborado.

“Es una gran noticia para la comunidad educativa y que comenzaremos con los profesores y profesoras del nivel de inicial y básico de todo el sistema educativo de todo el país”, afirmó Fulcar.

El funcionario señaló que el organismo acogió el protocolo preliminar para el retorno gradual, voluntario, seguro y bajo el consentimiento a las aulas elaborado por la Mesa Técnica, conformada por los ministerios de Educación y de Salud Pública.

El regreso a la docencia presencial se hará de manera gradual y voluntaria, determinó el Consejo Nacional de Educación.

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A partir de diciembre quedará prohibido el uso de vasos foam y otros plásticos

La medida forma parte de una reforma a la Ley 225-20 y busca reducir el impacto ambiental provocado por los residuos plásticos de un solo uso

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A partir del próximo mes de diciembre, en la República Dominicana estará prohibida la importación y el uso de diversos utensilios elaborados en plástico, entre ellos sorbetes, tenedores, cuchillos y cucharas.

La disposición forma parte de la reforma a la Ley 225-20 sobre Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos, aprobada recientemente por el Congreso Nacional.

Prohibición entrará en vigencia seis meses después de la promulgación

La legislación establece que la restricción comenzará a aplicarse seis meses después de la promulgación de la reforma, plazo otorgado para que importadores, comerciantes y demás sectores puedan adaptarse a las nuevas disposiciones.

El texto legal prohíbe la importación de sorbetes, cubiertos plásticos, vasos y otros artículos fabricados con poliestireno expandido (foam) que no cuenten con una certificación de biodegradabilidad conforme a los criterios establecidos por la ley.

Impulsarán alternativas biodegradables

Como parte de la iniciativa, las autoridades promoverán el uso de productos elaborados con materiales de menor impacto ambiental, como papel o cartón reciclado y biodegradable, bagazo de caña de azúcar, bambú, fibras vegetales, materiales compostables y otros componentes biodegradables debidamente certificados.

La intención es disminuir la generación de residuos plásticos de un solo uso y fomentar el consumo de opciones más sostenibles.

También modifica el financiamiento del sistema de residuos

La reforma no solo introduce restricciones a determinados productos, sino que también modifica aspectos relacionados con el financiamiento del sistema nacional de gestión de residuos.

Entre los cambios figura la creación de una contribución especial obligatoria que deberán realizar las personas jurídicas, entidades públicas, patrimonios autónomos y otras organizaciones que reporten ingresos anuales ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

Los recursos obtenidos serán destinados a un fondo para apoyar acciones orientadas a reducir el impacto ambiental de los residuos sólidos.

Aportes según el nivel de ingresos

La normativa dispone que las entidades cuyos ingresos anuales se encuentren entre cero y cinco millones de pesos deberán realizar un aporte de RD$5,000. A partir de ese monto, las contribuciones aumentarán conforme a la escala establecida en la legislación.

Tras su aprobación en el Senado, el proyecto fue remitido al Poder Ejecutivo, que deberá decidir si lo promulga o realiza observaciones antes de su entrada en vigor.

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