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Panorama

Pepe Abreu llama a instalar aeropuerto de Bávaro en zona donde se necesitan empleos

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El presidente de la Confederación Nacional de Unidad Sindical (CNUS), Rafael Pepe Abreu exhortó este jueves a que la construcción y desarrollo del Aeropuerto Internacional de Bávaro se produzca en la región Sur del país u otra localidad donde sí se necesite ya que en esa zona existe un aeropuerto que cubre las necesidades de empleos.

“Las autoridades gubernamentales, las autoridades correspondientes del manejo del turismo deben revisar esa acción y negociar con ellos la inversión en otros lugares donde esas oportunidades de empleos se necesitan y hay bases para desarrollar empresas turísticas. Que hagan eso, que asuman creatividad”, sostuvo.

Cuestionó que existiendo en República Dominicana tantas áreas turísticas que necesitan inversiones para desarrollarse con muchísimas posibilidades de expansión “para qué construir un aeropuerto donde no se necesita pues ya hay un aeropuerto que ha beneficiado a los trabajadores y trabajadoras”.

Entre las zonas en las que hacen falta obras de ese tipo citó la región Sur, pues tienen muchas condiciones para su desarrollo turístico y tiene muchos pueblos costeros. Refirió también el relanzamiento de la denominada Perla del Sur, la provincia Barahona que tiene un aeropuerto prácticamente en ruinas, entre otras.

Igualmente mencionó la región del Cibao en la cual ha decaído el turismo, específicamente en Puerto Plata y donde haría muy bien una obra de este tipo. “Entonces si esas zonas son las que necesitan inversión e impulso, por qué tú pretender hacerlo en la zona que ya está consolidada como es precisamente Bávaro”, explicó.

El presidente de la Confederación Nacional de Unidad Sindical también dijo que, en lugar de fortalecer los puestos de trabajo existentes, la construcción del Aeropuerto de Bávaro podría disminuir la empleabilidad y dividir los puestos de trabajo que ya existen en esa zona.

“Hay que tener cuidado con grupos que después que una ruta aeronáutica está hecha que una ruta está trazada, que hay unos resultados, entonces intervienen, pero su intervención no persigue fortalecer por ejemplo los empleos, sino que lo que puede provocar es dividir y en lugar de fortalecer esa empleabilidad, caer en un estado de disminución de esa categoría que ya se ha logrado”, enfatizó.

Abreu duda de la cantidad de empleos que los promotores de la obra dicen que creará porque mucha gente que se ha instalado en zonas turísticas con el pretexto de generar trabajos, luego hace todo lo contrario.

“Podrían contribuir a disminuir la calidad del trabajo, a disminuir la cantidad de empleos y contribuir a que una zona en que este momento se ha hecho competitiva por sí misma entonces se convierta en una zona no competitividad, y, al contrario, la precariedad en los empleos sea la que prevalezca en lugar de la calidad como nosotros precisamente aspiramos a que siga siendo en la zona de Bávaro”, indicó.

Abreu puntualizó que el tema que han escogido los gestores del Aeropuerto Internacional de Bávaro para promocionarse es básicamente la creación de nuevos empleos y “cuando usted oye eso con la necesidad que tiene este país de una mayor empleabilidad, por supuesto que se convierte en atractivo para personas que carecen de los conocimientos acerca de la composición de esa propuesta”, concluyó.

La CNUS es una organización sindical de masas que tiene como misión luchar por mejorar las condiciones de trabajo y de vida de la clase trabajadora en especial y por los derechos económicos, sociales y políticos de la sociedad en sentido general.

Su misión es “enfrentar la pobreza que genera el modelo económico neoliberal y de libre mercado que nos han impuesto los grandes países que controlan la economía mundial y que impide el desarrollo de los países como el nuestro y el desarrollo de la clase trabajadora”.

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Intrant reforzará controles y sancionará por uso indebido de patinetas y bicicletas eléctricas

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El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) anunció que reforzará los controles y la fiscalización para garantizar el cumplimiento de las normas que regulan el uso de patinetas eléctricas y otros dispositivos de movilidad personal en los espacios públicos, con el objetivo de proteger al peatón y garantizar la seguridad vial.

Mediante una nota de prensa, la institución recordó que «las patinetas eléctricas no pueden circular por las aceras y deben respetar un límite máximo de velocidad de 20 kilómetros por hora».

Cualquier alteración del sistema de motorización que permita exceder este rango constituye una violación directa a la regulación, conforme a la normativa vigente.

Bicicletas y motocicletas eléctricas
El Intrant indicó que la normativa establece que las bicicletas eléctricas de carretera pueden alcanzar hasta 45 kilómetros por hora, mientras que las de montaña o destinadas al transporte de personas o carga tienen un límite de 32 km/h.

En cambio, las motocicletas eléctricas cuya propulsión depende de acelerador —aunque posean pedales— son consideradas vehículos de motor y deben cumplir con los requisitos legales vigentes, incluyendo placa oficial, matrícula, póliza de seguro de responsabilidad civil, licencia de conducir categoría 1 y uso obligatorio de casco.

Asimismo, la entidad precisó que la circulación sin estos requisitos autoriza a las autoridades a proceder con la retención inmediata del vehículo.

El director ejecutivo del Intrant, Milton Morrison, insistió en la importancia de diferenciar entre dispositivos de movilidad personal y motocicletas eléctricas: «las patinetas eléctricas sin sillín y las bicicletas de pedaleo asistido cuyo motor complementa el esfuerzo humano se consideran dispositivos de movilidad personal, sujetos a límites de velocidad y al uso obligatorio de casco protector», señala el comunicado.

La entidad explicó que estas medidas responden al aumento del uso de dispositivos de movilidad eléctrica en las vías públicas, lo que hace necesario fortalecer el orden, especialmente en zonas de alta circulación peatonal.

El Intrant informó que notificará a la Dirección General de Aduanas (DGA) y a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) la obligatoriedad de que toda motocicleta eléctrica complete los procesos ordinarios de importación y matriculación antes de circular.

También comunicará a importadores, distribuidores y empresas de alquiler su responsabilidad de garantizar el cumplimiento del marco legal vigente.

Sanciones
El incumplimiento de estas disposiciones conlleva sanciones equivalentes de uno a tres salarios mínimos del sector público centralizado, según el artículo 251 de la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.

La fiscalización estará a cargo de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett).

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INTRANT: Multa de RD$10,000 a vehículos pesados y carga que circulen por el carril izquierdo

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El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) emitió una resolución que prohíbe la circulación de vehículos pesados y de transporte de cargas en el carril izquierdo en las autopistas y carreteras del territorio nacional.

El pasado 16 de julio de 2020, el expresidente Danilo Medina, emitió el decreto 258-20 que especifica los lineamientos que contiene la resolución 003-2026 emitida por el Intrant el 6 de febrero.

Aunque contiene lo pautado en el decreto, la resolución establece algunos puntos nuevos como que los conductores que no cumplan con lo establecido, aclarando que el monto del pago del salario mínimo será de RD$10,000.00.

Además, la en la Resolución, el Intrant indica que solo se usará el izquierdo para rebasar, pero aclara que no se podrá hacer esta maniobra “si es necesario cruzar a la mitad izquierda de la calzada de la vía pública en pendientes o curvas si se careciera de visibilidad por una extensión razonable, que circule otro vehículo en dirección contraria o esté obstaculizada en cualquier forma la mitad izquierda de la calzada o estén marcadas zonas de no pasar, o cuando las circunstancias del tránsito o las señales expresadas indiquen que el vehículo alcanzado a su vez habrá de cruzar a la mitad izquierda del camino”.

Sumado a esto, no se podrá rebasar al vehículo alcanzado a menos que la mitad izquierda de la calzada esté claramente visible y se disponga de un espacio libre hacia delante que permita al vehículo volver a ocupar sin peligro de colisión la mitad derecha de la misma.

En el decreto se indicaba que será “obligación de todo vehículo pesado” transitar siempre por el carril de la derecha, excepto al pasar a otro vehículo que se conduzca en la misma dirección o cuando se disponga a doblar a la izquierda, en una intersección o para entrar en un camión privado en autopista y carretera.

Además, el Intrant señala lo que contiene el punto 8 del artículo 54 del referido decreto que especifica que los vehículos pesados y vehículos de transporte de cargas que transporten carga suelta en las vías públicas tendrán la carga debidamente asegurada у cubierta con una lona, toldo encerado o lienzo, que la cubra totalmente de manera que esta no se derrame o disemine, causando peligro para los demás usuarios de la vía, a la atmósfera y a la salud de la población.

El cumplimiento de estas disposiciones está a cargo de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) y la Dirección de Supervisión y Control de Sanciones del Intrant, conjuntamente con el apoyo, asistencia técnica y operativa de la Comisión Militar y Policial (Comipol), serán las entidades responsables de la supervisión, fiscalización y ejecución de la presente resolución, de manera que queden instaurados los controles necesarios para su cumplimiento.

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