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Operación Anti Pulpo: realizan allanamientos en DN, Monseñor Nouel y Santo Domingo

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Dando continuidad a la Operación Anti Pulpo, el Ministerio Público ejecutó el miércoles más de 20 allanamientos en diferentes lugares del Distrito Nacional, así como en las provincias Santo Domingo y Monseñor Nouel,  vinculados al entramado de corrupción y lavado de activos encabezado por Alexis Medina Sánchez.

Los operativos fueron realizados por fiscales de la Procuraduría Especializada en Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), dirigida por el procurador adjunto Wilson Camacho, y la Dirección General de Persecución del Ministerio Público, que encabeza la procuradora adjunta Yeni Berenice Reynoso.

La Operación Anti Pulpo, que mantiene abiertas nuevas líneas de investigación, develó a finales de 2020 un entramado societario que se valió del tráfico de influencia para establecer relaciones contractuales con instituciones del Estado, a través de las cuales sustrajo miles de millones de pesos del erario, en montos que siguen en aumento en la medida que se incorporan nuevas evidencias.

El expediente del caso detalla que el grupo de imputados operaba en torno a un conjunto de empresas de carpeta creadas por Alexis Medina Sánchez, quien se aprovechó de su condición de hermano del entonces presidente de la República, Danilo Medina Sánchez, para establecer un amplio entramado de corrupción. Esas compañías no registraban ni el capital ni el personal necesarios para ofrecer los servicios para los que fueron contratadas de forma privilegiada.

En torno al proceso judicial, el Ministerio Público solicitó en agosto pasado una prórroga de cuatro meses al Tercer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional para presentar la acusación contra los imputados, debido a diversas razones, que incluyen la apertura de nuevas líneas de investigación y la espera de un informe de la Cámara de Cuentas.

Junto a Alexis Medina Sánchez, la justicia impuso prisión preventiva desde diciembre pasado a Fernando Rosa, exdirector del Fondo Patrimonial de la Empresa Reformada (Fonper); Francisco Pagán Rodríguez y Aquiles Alejandro Christopher, ex director general y exdirector de Fiscalización de la Oisoe, respectivamente; Wacal Vernavel Méndez Pineda, tesorero de las empresas creadas por Medina Sánchez; así como Julián Esteban Suriel Suazo y José Dolores Santana Carmona, acusados de testaferros de Medina Sánchez.

Lorenzo Wilfredo (Freddy) Hidalgo Núñez, exministro de Salud Pública, cumple arresto domiciliario, mientras Carmen Magalys Medina Sánchez, hermana de Alexis Medina Sánchez y ex vicepresidenta administrativa del Fonper, permanece en un espacio controlado con un localizador electrónico.

El ex contralor general Rafael Antonio Germosén permanece en arresto domiciliario, mientras que Domingo Antonio Santiago, otro de los acusados de ser prestanombres del cabecilla de la red, debe cumplir con una presentación periódica ante los órganos persecutores del Ministerio Público.

 

 

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PRM condena campaña de descrédito contra Faride Raful y Milagros Germán

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La Dirección Ejecutiva del Partido Revolucionario Moderno (PRM) emitió este lunes 20 de mayo un comunicado enérgico para rechazar públicamente lo que califica como una campaña de descrédito personal en contra de la senadora y miembro de su Dirección Ejecutiva, Faro de Raful.

En el texto, el PRM señala que estas acciones tienen un carácter “avieso, desproporcionado y atroz”, dirigidas a intimidar y manchar la reputación de figuras públicas. En respuesta, el partido reitera su compromiso con los principios de dignidad, respeto e integridad hacia todas las personas que ejercen funciones públicas, sin importar su género.

El comunicado también extiende su respaldo a la comunicadora y exministra de Cultura, Milagros Germán, quien ha sido igualmente blanco de ataques. Según el PRM, estas campañas disfrazadas de opinión pública y amplificadas por medios manipuladores atentan contra los valores fundamentales de la democracia y del respeto ciudadano.

“Estas acciones laceran lo más profundo de nuestra sociedad”, señala el documento, haciendo un llamado urgente a la ciudadanía para reflexionar y rechazar los discursos de odio que buscan debilitar la libertad de expresión y el derecho al honor de quienes sirven en la vida pública.

En este contexto, el PRM ratifica su respaldo absoluto a Faride Raful, destacando su trabajo, integridad y derechos como mujer, ciudadana y representante política. Este apoyo no solo responde a la figura individual de Raful, sino que también busca establecer una postura clara del partido frente a prácticas que considera dañinas para la salud democrática del país.

La Dirección Ejecutiva concluye su declaración reiterando la importancia de preservar un clima de respeto y civismo, en el que la crítica política no se convierta en un vehículo de violencia personal ni de desinformación, sino en un ejercicio constructivo y transparente.

Este comunicado marca una posición firme del oficialismo frente a los discursos difamatorios, en un momento en que el debate político y mediático parece cruzar líneas éticas cada vez con mayor frecuencia.

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DGII aclara que retención del 2% del ITBIS aplica desde 2004 y no constituye un nuevo impuesto

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La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) informó que la retención del 2% del ITBIS que aplican las compañías de adquirencia en las transacciones realizadas con tarjetas de crédito y débito no es una disposición nueva, sino una práctica vigente desde el año 2004, en virtud de un acuerdo celebrado con la Organización Nacional de Empresas Comerciales, Inc. (ONEC).

La institución recordó que esta medida se fundamenta en la Norma General núm. 8-04, emitida el 3 de noviembre de 2004, que inicialmente estableció una retención del 30% del ITBIS.

Sin embargo, dicho porcentaje fue modificado tras el Acuerdo de Apoyo firmado el 13 de diciembre de 2004, que redujo la retención al 2% para los comercios miembros de la ONEC, porcentaje que ha continuado aplicándose en la práctica desde entonces.

Para formalizar esta aplicación, la DGII emitió la Norma General 06-2023, la cual incorpora el porcentaje del 2% en el marco normativo vigente, e incluye como agentes de retención no solo a las compañías de adquirencia, sino también a los agregadores de pago y a las entidades de pago electrónico, conforme a la Resolución de la Junta Monetaria del 29 de enero de 2021.

La DGII aclaró que esta retención no representa un nuevo impuesto, sino un pago anticipado del ITBIS, que puede ser acreditado por los contribuyentes en su declaración mensual a través del formulario IT-1.

Verificación y corrección de irregularidades

En procesos recientes de verificación, la DGII detectó que más de 30 mil comercios estaban indebidamente exceptuados de la retención del 2%, debido a una clasificación errónea por parte de las empresas de adquirencia.

La mayoría de estos casos (75%) se concentraron en una sola entidad adquirente, la cual, junto con otras, utilizó criterios desactualizados o no alineados con la normativa vigente.

Como respuesta, la DGII ha otorgado un plazo de 90 días, contados a partir del 8 de abril de 2025, para que las entidades adquirentes corrijan esta situación y ajusten sus procesos de retención conforme a la Norma General 06-2023.

Exenciones

Asimismo, la normativa establece que están exceptuados de esta retención aquellos comercios cuya actividad principal esté exenta del ITBIS, siempre que estén debidamente registrados en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) y con estatus activo.

La DGII exhortó a los comercios que consideren estar exentos de esta retención a solicitar una certificación de exención ante su Administración Local correspondiente y presentarla a su empresa de adquirencia, a fin de que esta no aplique la retención.

Con esta aclaración, la DGII busca fortalecer la transparencia y el cumplimiento tributario en las transacciones electrónicas, garantizando la correcta aplicación de las normativas fiscales vigentes.

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