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Inspectoría MP pide suspensión de fiscal SFM solicitó cambiar coerción a acusado de matar a su pareja

El inspector del MP también solicitó la suspensión del procurador de la corte Antonio de Jesús Báez Tapia, de Montecristi

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La Inspectoría General del Ministerio Público solicitó al Consejo Superior del órgano persecutor la suspensión de sus funciones del fiscalizador Engels Luis Polanco Henríquez de la provincia Duarte y del procurador de corte Antonio de Jesús Báez Tapia de Montecristi por incurrir en “faltas graves” y “muy graves”.

El procurador adjunto Juan Medina de los Santos, inspector general, presentó la solicitud a la procuradora general Miriam Germán Brito y a los demás miembros del Consejo Superior del Ministerio Público.

“Engels Luis Polanco Henríquez ha ejercido sus funciones indebidamente al incumplir las obligaciones o los deberes propios de su cargo e incurrir en faltas graves y muy graves por la realización de actos que afectan gravemente la institución del Ministerio Público”, explica la instancia relacionada con el caso de una mujer asesinada de 351 cuchilladas.

La petición se hace luego de que este solicitara la variación de la medida de coerción de prisión preventiva por garantía económica para Eusebio Rosario Hernández (Eddy), acusado de matar a cuchilladas a Carmen Paulino Gabriel (Rafelina) en un hecho ocurrido en junio de 2021 en San Francisco de Macorís.

La Inspectoría General del Ministerio indica que la postura del fiscalizador se «aleja aún más de la lógica cuando se toma en cuenta que el propio Polanco Henríquez, el pasado 22 de febrero, se opuso a la variación de la referida medida de coerción de prisión preventiva que cumple Rosario Hernández (Eddy), imputado, junto a un hijo menor de edad, del crimen.

Señala que, precisamente el 22 de febrero, el fiscalizador argumentaba sobre la falta de presupuestos que presentaba la defensa de Rosario Hernández y sostenía que se mantenían las circunstancias que dieron lugar a la imposición de la prisión preventiva contra el imputado.

Sin embargo, el 18 de este mes, el mismo fiscalizador varió su criterio “ante el conocimiento de una revisión de medida de coerción oficiosa, en la que tampoco se presentaron presupuestos que garantizaran la presencia de dicho imputado a los demás actos del proceso”.

El inspector Medina de los Santos señala además, en una nota enviada por Procuraduría General, que el caso no se acogía al artículo 241 del Código Procesal Penal, sobre el cese de la prisión preventiva. Sobre ese particular, indicó que el plazo de 12 meses para la prisión preventiva no había llegado a su término, sino que se cumplía el 07 de junio, “por lo que no se justifica que sea el fiscal que solicite la variación de la medida de coerción, por el vencimiento de un plazo que todavía no había vencido, máxime en un caso con una gravedad tal como el que nos ocupa”.

Caso Montecristi
En cuanto al procurador de corte de Montecristi, Antonio de Jesús Báez Tapia, el inspector Medina de los Santos solicitó el pasado 16 de mayo la suspensión de dicho representante del Ministerio Público, por ejercer sus funciones indebidamente, “al incumplir las obligaciones o los deberes propios de su cargo e incurrir en faltas graves y muy graves por la realización de actos que afectan gravemente la institución”.

Plantea que Báez Tapia incurrió en una violación a la Ley Orgánica del Ministerio Público (número 133-11), por “no observar las prohibiciones o incompatibilidades constitucionales o legales cuando el hecho o la omisión tengan consecuencias de gravedad para los ciudadanos o el Estado”, por haber descuidado el expediente y el proceso seguido contra la exfiscalizadora Carmen Lisset Núñez Peña.

Báez Tapia retiró los cargos además contra el mayor Víctor Ignacio Encarnación Cuevas, el capitán Juan de Dios Heredia Martínez y el cabo Adán Mauricio Rodríguez Pichardo, de la Policía Nacional y adscritos a la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), así como contra el cabo de la fuerza aérea Juan Antonio Arias Peguero.

La exfiscalizadora y los cuatro agentes antinarcóticos son procesados por implantar drogas en el allanamiento a una peluquería ubicada en Villa Vásquez, en agosto de 2019, un hecho que quedó registrado en un video conocido por casi toda la población.

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Procuraduría inmoviliza bienes del conglomerado de empresas de Antonio Espaillat

La Dirección de Persecución del Ministerio Público ha puesto en marcha varias “diligencias procesales” sobre las empresas y propiedades de Antonio Espaillat como parte de la investigación.

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La Dirección de Persecución de la Procuraduría General de la República, que dirige el magistrado Wilson Camacho, ha puesto en marcha varias “diligencias procesales” sobre las empresas y propiedades de Antonio Espaillat como parte de la investigación que inició con relación a la tragedia de la discoteca Jet Set en la que murieron 232 personas y más de 180 resultaron heridas.

El Ministerio Público ha gestionado ponerle un impedimento cautelar a cualquier transacción accionaria o patrimonial de las empresas vinculadas a Antonio Espaillat, propietario de la discoteca Jet Set donde el pasado martes 8 de abril se desplomó por completo el techo de concreto mientras que celebraba una fiesta con el merenguero Ruby Pérez.

Las diligencias procesales se están haciendo bajo el amparo de la ley 155-17 sobre Lavado de Activos, con el fin de evitar que los bienes vinculados a Espaillat sean transferidos o enajenados mientras se desarrolla el proceso judicial.

Según EL DÍA le explicaron que eso no implica que se le esté investigando por lavado de activos, sino que se utiliza esa figura jurídica para que de manera administrativa se pueda ponerle un «stop» a cualquier transacción sobre la propiedad de las empresas y bienes vinculadas a Espaillat.

La investigación se concentra en las empresas directamente vinculadas a Espaillat, en especial la sociedad bajo la cual operaba el icónico centro de espectáculos de Santo Domingo.

Aunque Espaillat ha declarado públicamente estar a disposición de la justicia y la disposición de sus empresas a colaborar con la investigación, el Ministerio Público ha iniciado una revisión de la documentación corporativa, licencias, seguros, condiciones estructurales del local y cumplimiento de las normativas exigidas para un negocio de este tipo.

“El Ministerio Público actúa cuando hay indicios de que pudo existir responsabilidad penal. En este caso, se están revisando las condiciones legales, operativas y estructurales que rodeaban el funcionamiento de la discoteca”, afirmó una fuente vinculada a la investigación.

Los peritajes técnicos preliminares buscan determinar si hubo fallas estructurales, negligencias y determinar responsabilidades penales y civiles, como parte de las diligencias procesales previas a un eventual proceso judicial.

Jet Set era uno de los centros de entretenimiento más reconocidos de Santo Domingo, con décadas de trayectoria y su propietario es tenido en los últimos años como uno de los principales empresarios radiales del país, con intereses también en otros tipos de empresas relacionados a la publicidad y el entretenimiento.

El Ministerio Público no ha revelado si se procederá con imputaciones formales en los próximos días, pero se esperan nuevas medidas cautelares en virtud de los avances de la recolección de pruebas.

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Jueza dispone libertad condicional de falso héroe de tragedia en Jet Set

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El juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, dispuso la libertad de Rafael Rosario Mota, alias “Foster”, acusado de hacerse pasar por héroe en la tragedia ocurrida en la discoteca Jet Set, ofreciendo entrevistas pagadas en las que aseguraba haber rescatado a 12 personas de los escombros, incluyendo a una reconocida presentadora de noticias.

La magistrada Fátima Veloz, ordenó la libertad del imputado, al imponerle el pago de una garantía económica de 200 mil pesos, bajo la modalidad de contrato, impedimento de salida y presentación periódica.

La jueza tomó la decisión de ordenar la libertad del imputado, al rechazar una solicitud de prisión preventiva presentada en contra del imputado por la Fiscalía del Distrito Nacional, quien entendía que representaba peligro de fuga.

La fiscal argumentó que el imputado carece del arraigo suficiente, lo que representa un peligro de fuga.

De su lado, la abogada del imputado, Yohana Pinales Rosario, dijo no estar de acuerdo con la decisión del tribunal, alegando que el Ministerio Público no presentó pruebas que comprometieran la responsabilidad penal de su cliente.

Sin embargo, sostuvo que no apelará la decisión, tras ser interrogada por los periodistas sobre si recurriría la decisión de la jueza Fátima Veloz.

De acuerdo con la solicitud de medida de coerción, el imputado fue arrestado en la intersección de las avenidas Duarte y México, en el sector San Carlos del Distrito Nacional, tras habérsele ocupado un carnet falso que lo identificaba como miembro de la Policía Nacional.

Según los fiscales, Rosario Mota se promocionaba como una persona que participaba en labores de socorro y vendió la idea de que estuvo rescatando víctimas del desplome del techo del Jet Set.

El imputado se identificó como escolta de la Red Nacional Comunitaria (PNESCICC) portando el carnet núm. 1091.

No obstante, las autoridades afirmaron que las verificaciones realizadas por los sistemas policiales indicaron que no figura como miembro de la Policía Nacional.

Asimismo, aseguraron que una experticia forense solicitada por el Departamento de Inteligencia Delictiva y practicada por la Policía Científica concluyó que el carnet ocupado no presenta similitudes con los documentos oficiales emitidos por la institución.

El Ministerio Público ha calificado jurídicamente estos hechos como violaciones a los artículos 147, 148 y 151 del Código Penal Dominicano, que sancionan la falsificación y el uso de documentos falsos.

La semana pasada, otros tres individuos fueron arrestados por hechos similares.

Uno de ellos fingió ser sobreviviente del siniestro para difamar también a miembros de la institución, y los otros dos fueron detenidos por divulgar imágenes sensibles del fallecido artista Rubby Pérez, acción que constituye una falta grave al respeto y la dignidad humana.

FUENTE: Listín Diario

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