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TSE conoce caso que JCE da ganadora candidata diputada con 2 mil votos sobre diputada con más de 11 mil

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El Tribunal Superior Electoral conoció el caso en que la Junta Central Electoral dio como ganadora a una candidata a diputada que solo obtuvo 2 mil votos mientras que su contrincante obtuvo cerca de 12 mil votos, en las pasadas elecciones presidenciales y congresuales celebradas el pasado domingo 19 de mayo.

De acuerdo con el abogado, Víctor Pérez Duarte, de la candidata del Partido de la Liberación Dominicana, PLD, Priscila D’Oleo fue la mujer más votada de su partido en todo el país con 11,991 votos, mientras que la parte demandada, la candidata Sonia Núñez Espino del Partido Revolucionario Moderno, PRM, solo obtuvo 2,350 votos, lo que la posicionó como la segunda diputada menos votada de la República Dominicana en las pasadas elecciones

“A nivel porcentual, eso se traduce a que Priscila obtuvo más del 500 % de los votos que esa señora, que evidentemente por aplicación del método D’Hondt en una demarcación con baja densidad poblacional, no se cumple el contenido de la representación”, detalló el togado durante la audiencia.

Asimismo, expresó que con la aplicación de este método se vulnera el derecho a la igualdad que poseen todos los dominicanos, porque crea distinciones que no se sustentan entre ciudadanos de la misma categoría.

“La doctrina especializada es cónsona igualmente con nuestra posición, al establecer que falla el método en estas demarcaciones, y quiero establecer que el problema de esta barra y el problema de Priscila no es con el método D’Hondt de manera general, eso ya está decidido, el punto es que el método no funciona en estas demarcaciones, donde los escaños que están en juego son dos o tres, porque obliga a los demás partidos o a la segunda mayoría, a sacar igual votación que el partido mayoritario”, señaló.

Asimismo, estableció una relación que da cuenta que en 19 provincias donde se disputaron 2 o 3 plazas todas fueron ganadas por el mismo partido aplicando dicho método, lo cual no ocurrió en las demarcaciones más pobladas, lo que denota su ineficacia en provincias pequeñas.

El método D’Hondt no cumple su función en María Trinidad Sánchez
El abogado Víctor Pérez Duarte, puntualizó que el método D’Hondt aplicado en estas elecciones, tiene luces pero también tiene muchas sombras, en los casos específicos de las demarcaciones donde se disputan pocos escaños, pues no cumple con la función esencial de representatividad, y es por eso que ha solicitado la inaplicabilidad de manera puntual del artículo número 4, de la Ley de voto preferencial de la provincia María Trinidad Sánchez.

Dijo que se ve como en este caso en el que falla el método aplicado, donde el PLD sacó 16 mil votos y no se tiene una sola representación de ese partido.

Además, el abogado indicó que en países como Alemania se ha dejado sin efecto la aplicación del método, siendo declarado como inconstitucional debido a que favorecía los partidos mayoritarios en circunscripciones de magnitud reducida.

“En las demarcaciones de baja densidad poblacional hay un monopolio, hay una híper representación que impide que se ejerza el derecho a elegir de manera concreta en los términos que ejerce la constitución”, argumentó Pérez Duarte.

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Abinader asegura que entrega de niño secuestrado en Elías Piña fue por colaboración entre RD y Haití

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El presidente Luis Abinader aseguró este lunes que la entrega del niño Luis Manuel Vizcaíno, reportado como secuestrado por un nacional haitiano en Elías Piña, fue gracias a la colaboración entre los departamentos policiales de República Dominicana y de Haití.

Abinader ofreció estas declaraciones durante su encuentro con la prensa, denominado “LA Semanal”.

“La Policía dominicana contactó a la Policía haitiana y hubo una colaboración, y por eso fue la entrega”, afirmó el mandatario.

La entrega del niño dominicano se realizó en la frontera de Bánica este día. El reporte inicial del caso surgió luego de que una pareja de esposos denunció que un haitiano, identificado solamente como “el Rojo”, secuestró a su hijo de 7 años.

SE TRATA DE UN “CASO COMPLEJO”

Al hablar sobre el secuestro, Abinader dijo que se trata sobre un “caso complejo”, recomendando a la ciudadanía esperar el informe correspondiente de la Policía Nacional.

“El informe que tenemos de la policía es que ese es un caso que es bueno que esperemos el informe general de la Policía, porque creo que es un poco más complejo en la parte familiar de lo que realmente se ha dicho”, manifestó.

Asimismo, destacó que no se trata de los tipos de raptos que ocurren con cierta regularidad en Haití.

“Se piensa en los secuestros que hay en Haití, que es algo similar a eso y no es, parece, en ese orden”, subrayó.

¿SE PAGÓ O NO SE PAGÓ LA RECOMPENSA?

Inicialmente se reportó que el captor de Luis Manuel exigía RD$ 150 mil a cambio del retorno del menor de edad, sin embargo familiares afirmaron que se realizó un pago de RD$ 120 mil.

No obstante el director del distrito municipal de Sabana Larga, José Luis Soto, negó que se haya pagado dinero alguno por el rescate del niño.

Fuente: Listin Diario

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Ministerio Público defiende acuerdos de culpabilidad de imputados

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El Ministerio Público informó este domingo que, ante la contundencia de las pruebas, un total de 52 oficinas de abogados han representado a imputados de delitos de criminalidad organizada que firman con el órgano acusador acuerdos para aceptar su culpabilidad y que, en todos los casos concluidos, sin excepción, han sido judicializados ante los tribunales.

Al ofrecer la información, el Ministerio Público garantizó que en ninguno de esos acuerdos han participado personas que estén en su nómina.

Indicó que, desde 2020 el Ministerio Público, que encabeza la procuradora general Miriam Germán Brito, ha sido extremadamente cuidadoso y transparente con los acuerdos, razón por la que todos se han llevado hasta los tribunales y en ningún caso se ha aceptado intermediario alguno.

Dijo que cada abogado que ha firmado un acuerdo en representación de su asistido ha sido testigo de que se le advierte que el documento debe sustentarse sobre la verdad, ser voluntario y que no se lo debe a nadie, sino al resultado de una actitud de cooperación frente a la contundencia de las investigaciones y a la aplicación estricta de la norma procesal penal vigente.

De acuerdo a El Día, en un comunicado difundido hoy, el Ministerio Público reconoce el derecho ciudadano de cuestionar las acciones de un órgano constitucional, un ejercicio válido y necesario en un Estado de derecho.

Sin embargo, calificó de deshonesto y poco profesional cuestionar al Ministerio Público, de manera deliberada y aviesamente, máxime cuando las mentiras quedan evidenciadas con solo leer las acusaciones, acuerdos y demás actuaciones procesales que ha depositado el Ministerio Público ante los tribunales.

Sostuvo que pretender que el Ministerio Público le atribuya a miembros del nivel medio de una estructura criminal toda la responsabilidad cuando las evidencias establecen de forma clara que la mayor parte de los recursos fue a parar a los principales acusados que desempeñaban funciones de primer orden en el Estado, es pedirle al órgano acusador que tome las decisiones más fáciles y que se sume como cómplice a la impunidad frente a la corrupción de la que un sector privilegiado estuvo disfrutado históricamente.

“Es necesario que estén claros que por más campañas nacionales o internacionales que pongan en marcha, por más lobistas o voces afines que contraten, no vamos a detenernos ni a intimidarnos”, afirma el documento enviado a la prensa.

Dijo que estas campañas tienen todas las características de no ser financiadas con recursos de patrimonio lícito, lo que obliga al Ministerio Público a tomar medidas cautelares para evitar que se sigan utilizando recursos para obstruir los procesos.

«Han llegado al extremo de querer fabular respeto a una persona contratada por el Ministerio Público a través de un proceso de evaluación y reclutamiento agotado mediante una firma consultora externa de gestión humana, subrayó.

Enfatizó que esa exempleada, que no labora hace meses en la institución, por demás nunca tuvo nada que ver con las áreas de persecución.

Estableció que, el Ministerio Público no ha firmado ni un solo acuerdo con la oficina en la que laboró la persona en cuestión antes, durante o después de ser contratada. De modo que, además de constituirse en delito tipificado y sancionado por la Ley 53-07 esta fábula es deshonesta y nada profesional.

«Escudarse en un micrófono para atribuir al Ministerio Público pactos con empresas con las que no ha firmado ningún acuerdo y mezclar líneas de investigación de un caso judicializado con otros en etapa de investigación, lo menos que evidencia es un nulo esfuerzo profesional al informar a la ciudadanía y un gran interés en mantenerse ajeno a comunicar de manera objetiva», agregó.

Aclaró que los acuerdos de culpabilidad se realizan en todas las materias, siempre amparados en la normativa procesal penal.

Señaló que la Suprema Corte de Justicia, la comunidad jurídica y la cooperación jurídica internacional han reclamado de manera permanente que se apliquen las soluciones alternas al proceso penal, una práctica que no es novedosa en el sistema acusatorio. Sobre todo, en materia de criminalidad organizada, en la que suelen ser de vital importancia para desmantelar las cabezas de las organizaciones criminales.

El órgano especificó que para comprobar la veracidad de esta aseveración es suficiente con ver los acuerdos que se realizan en Italia desde los tiempos del juez Falcone, en Colombia, Estados Unidos, Chile, Costa Rica y cientos de países que tienen un sistema acusatorio.

«El Ministerio Público no contrata opinadores para que mientan en su favor, ni manipula la verdad por intereses particulares. Sus acusaciones son públicas en la etapa procesal correspondiente y están disponibles en los tribunales para cualquier ciudadano que las quiera leer», agregó.

De hecho, el Ministerio Público adelantó que procederá a subir todas las acusaciones y actos procesales a su portal https://transparencia.pgr.gob.do para una mayor edificación de la sociedad. Así, quien quiera podrá determinar, con base a pruebas, quién miente, por ejemplo, atribuyendo cantidades de dinero exorbitantes a imputados de nivel medio cuando quien hace los alegatos públicos sabe que las pruebas demuestran que la mayor parte de esos recursos engrosaban las cuentas bancarias de exfuncionarios públicos a los que representa y que hoy pagan las campañas millonarias para atacar la acusación con mentiras, en lugar de defenderse en los tribunales del arsenal de pruebas depositadas por el Ministerio Público.

Acotó que aplicar soluciones alternas es una práctica propia de los sistemas acusatorios como el dominicano.

Explicó que la normativa procesal penal dominicana tiene varios procedimientos especiales enfocados en buscar soluciones alternas, entre los que destacan: procedimiento penal abreviado pleno, parcial, conciliación mediación, criterio de oportunidad para delitos ordinarios, criterios de oportunidad para delitos propios de crimen organizado, suspensión condicional del procedimiento, entre otros.

«Sin sorpresa hemos visto cómo algunos abogados atacan los criterios de oportunidad cuando se otorgan en contra de testigos de sus clientes, pero han sido sus defensores cuando lo solicitan para otros de sus clientes; es decir, que la misma figura jurídica es buena o mala según les beneficie», añadió.

Finalmente, el MP reiteró el compromiso de perseguir todos los delitos, sin importar quienes los cometan, como lo han venido haciendo y como lo comprueban los distintos procesos que han puesto en marcha, porque así como la ley no distingue entre seres humanos, no lo puede hacer ni lo hará este Ministerio Público.

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