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Condenan a 30 y 10 años de prisión a implicados en muerte de David de los Santos

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El Cuarto Tribunal Colegiado condenó este viernes a 10 años de prisión al segundo teniente de la Policía Nacional Germán García de la Cruz y al cabo Alfonso Decena Hernández, mientras que los tres civiles involucrados recibieron 30 años por la paliza en el destacamento de Naco del joven David de los Santos en abril del 2022 que le produjo la muerte.

Como ocurrió en el primer juicio, el tribunal descargó al capitán Domingo Alberto Rodríguez y al raso Sari Manuel González.

¿Qué pasó con David de los Santos?
El periódico Diario Libre relata que David de los Santos, de 24 años, vivía en el sector Los Americanos, en el municipio Los Alcarrizos, provincia Santo Domingo.

Un joven que hablaba dos idiomas, trabajaba en un call center y utilizó su salario para costear sus estudios.

Graduado con honores como profesor de Educación Física en la Universidad Evangélica, su mundo cambió aquel 27 de abril de 2022, cuando sostuvo una discusión con dos empleadas en una tienda del centro comercial  Ágora Mall,  de la capital.

Allí fue detenido por la seguridad privada del establecimiento y posteriormente trasladado a un destacamento policial en el Ensanche Naco.

Aquella noche en el destacamento, manos desconocidas le arrebataron su vida: dentro de la celda, sus compañeros de detención lo golpearon y torturaron, y quienes debían protegerlo dejaron que ocurriera.

David murió el 1 de mayo de 2022 en el hospital Darío Contreras.

El acta de defunción reveló que fue por homicidio.

La causa: un trauma contuso craneoencefálico severo.

Había llegado con vida al destacamento; abandonó ese lugar convertido en víctima. Su vida terminó abruptamente, no por enfermedad o accidente, sino por la violencia dentro de un lugar que prometía seguridad.

Primer juicio, condena y anulación
Al inicio del proceso figuraban 11 como los acusados y responsables de la muerte de David, tres civiles, cuatro miembros de la PN y cuatro agentes de seguridad privada.

En junio de 2023, el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a los civiles, Santiago Mateo Victoriano, Michael Pérez Ramos y Jean Carlos Martínez Peña, a 30 años de prisión por los delitos de tortura y barbarie.

En ese mismo fallo, el segundo teniente Germán García de la Cruz y el cabo Alfonso Decena Hernández fueron sentenciados a 15 años de prisión por permitir la agresión sin intervenir.

En tanto, fueron absueltos el capitán Domingo Alberto Rodríguez y el raso Sari Manuel González García, al comprobarse que no estaban presentes cuando ocurrieron los hechos y también los cuatro miembros de seguridad del establecimiento comercial, al considerarse que actuaron conforme al procedimiento al detener a David de los Santos por amenazar a una empleada.

En octubre de 2024, la Tercera Sala de la Corte de Apelación del Distrito Nacional anuló la sentencia original, alegando violaciones al debido proceso.

Esto dio paso a un nuevo juicio, iniciado en febrero de 2025, ahora bajo la jurisdicción del Cuarto Tribunal Colegiado.

Nuevo juicio
Durante el proceso del nuevo juicio, el órgano persecutor mantenía la solicitud de 30 años de prisión contra los civiles Santiago Mateo Victoriano, Michael Pérez Ramos y Jean Carlos Martínez Peña, así como los policías Domingo Alberto Rodríguez (capitán), Germán García de la Cruz (segundo teniente), Alfonso Decena Hernández (cabo) y de Sari Manuel González García (raso).

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Dictan un año de prisión preventiva a peruano por falsa alarma de bomba en el AILA

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La Oficina Judicial de Atención Permanente de Santo Domingo Este impuso 12 meses de prisión preventiva contra Ángel del Pino Cuya, ciudadano peruano acusado de provocar una falsa alarma de bomba en el Aeropuerto Internacional de Las Américas (AILA) el pasado 6 de enero.

La medida, solicitada por el Ministerio Público, deberá ser cumplida en el Centro de Corrección y Rehabilitación Las Parras tras la investigación ser declarada compleja.

El fiscal Andrés Mena indicó que la jueza Karen Minyeti acogió las pruebas presentadas al tratarse de una amenaza de bomba que resultó ser falsa y activó los protocolos de seguridad aérea de alcance nacional e internacional.

“El juez determinó que existen elementos suficientes que vinculan al imputado con los hechos y que justifican la imposición de la prisión preventiva”, indicó el representante del Ministerio Público.

Entre las pruebas presentadas figura el teléfono celular desde el cual se realizó la llamada que generó el aviso, evidencia que fue ocupada e incorporada al expediente acusatorio.

La investigación permanece abierta para establecer las circunstancias que rodearon el hecho.

Ángel del Pino Cuya, acusado de provocar una falsa alarma de bomba en el AILA, a su llegada al Palacio de Justicia de Santo Domingo Este. (DIARIO LIBRE/ DARE COLLADO)
Tras venir al país a pasar unas vacaciones, Angel del Pino decidió quedarse en el país, y ya lleva dos años y medio residiendo en República Dominicana.

Además laboraba en el entorno de aeropuertos, manifestó el fiscal.

Defensa rechaza medida

Por su parte, el abogado Rafael Lalane, defensa de Del Pino Cuya, calificó como desproporcionada la decisión del tribunal de imponer un año de prisión preventiva y declarar el caso complejo.

“Desproporcionada apostando a la buena justicia y presunción de inocencia. La investigación puede continuar sin una medida tan agraviosa”, expresó.

Calificación jurídica
El Ministerio Público calificó los hechos como una violación a la Ley 188-11 sobre Seguridad Aeroportuaria y de la Aviación Civil y a la Ley 267-08 sobre Terrorismo, que contemplan penas de tres a 40 años de prisión, al tratarse de una conducta que afecta infraestructura crítica y la seguridad nacional.

Según la solicitud de coerción, el hecho ocurrió el 6 de enero de 2026, cuando el imputado realizó una llamada a Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI (Aerodom) alertando sobre la supuesta presencia de un artefacto explosivo en el vuelo CM-299 de Copa Airlines, que ya se encontraba en el aire con pasajeros y tripulación.

La advertencia obligó al retorno de la aeronave, a una inspección de seguridad y al desvío de otros vuelos hacia diferentes terminales del país, provocando la interrupción temporal de las operaciones del AILA.

El imputado fue arrestado el pasado 22 de enero en el sector Los Girasoles, del Distrito Nacional, en coordinación con la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI).

Posteriormente, las autoridades confirmaron que se trató de una falsa alarma, aunque con impacto directo en la operatividad aeroportuaria y la seguridad del transporte aéreo.

Vía Diario Libre

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Santiago Hazim y a otros seis acusados en el caso Senasa seguirán en prisión

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Foto DIARIO LIBRE/SAMIL MATEO DOMINIC

La Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional rechazó la madrugada de este jueves la apelación presentada por Santiago Hazim, exdirector del Seguro Nacional de Salud (Senasa), y otros seis imputados por presunta corrupción administrativa, por lo que continuarán cumpliendo prisión preventiva.

Todos cumplen 18 meses de prisión preventiva por su presunta participación en el alegado fraude a la ARS estatal, estimado por el Ministerio Público en más de 15,900 millones de pesos.

«Por vía de consecuencia confirma en todas sus partes la resolución impugnada que impuso la medida de coerción consistente en prisión preventiva por un espacio de 18 meses contra los imputados indicados», dice la sentencia que fue leída al concluir la audiencia, a las 12:23 a.m.

El tribunal estuvo presidido por la magistrada Isis Muñoz e integrado por los jueces Teófilo Andújar y Luis Omar Jiménez, quienes determinaron que no han variado los motivos que dieron origen a la decisión adoptada previamentepor el juez Rigoberto Sena, del Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional.

Al analizar el peligro de fuga, la corte sostuvo que el juez debe valorar no solo el arraigo de los imputados, sino también la gravedad de los hechos, la pena aplicable y el daño causado al Estado, en consonancia con el principio de igualdad ante la ley.

DL

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