Connect with us

Noticias

El nuevo Código Penal castigaría a policías por revisiones injustificadas y arrestos ilegales

Publicado hace

en

Los agentes policiales estarán sometidos a mano dura por la justicia si se aprueba el proyecto del nuevo Código Penal que cursa en el Congreso.

La iniciativa, que ya ha agotado sus primeros pasos de aprobación en el Senado, impone sanciones contra los oficiales de la Policía Nacional si arrestan a ciudadanos ilegalmente, si revisan vehículos de forma injustificada, si se niegan a la grabación de un apresamiento o si maltratan o torturan a un arrestado.

Las penas, que varían de acuerdo al delito que cometa el agente, buscan evitar los abusos de poder y los maltratos de los policías a los ciudadanos, siempre que se demuestre la ilegalidad en las acciones, según lo que establece el proyecto aprobado en el Senado en primera discusión.

Uno de los aspectos más novedosos del proyecto es la penalización de la revisión injustificada de vehículos de motor.

El artículo 293 sanciona con prisión de quince días a un año a todo agente policial, militar o funcionario que revise un vehículo sin orden judicial, sin causa probable, fuera de las disposiciones que autoriza la ley y en contra de la voluntad del conductor.

Si en la revisión hay uso de fuerza, daños al vehículo o lesiones personales, la pena propuesta aumenta hasta dos años de prisión y una multa de tres a seis salarios mínimos.

La reforma a la legislación traería una novedad al Código Penal vigente en el país, que no sanciona ni castiga las revisiones injustificadas.

Arresto ilegal
El artículo 167 del proyecto castiga con dos a tres años de prisión a los policías que arresten, detengan o encierren a una persona sin que exista un motivo legal, como lo establece el Código Procesal Penal, que solo permite estas detenciones en caso de flagrante delito o por mandato judicial.

La pena propuesta aumenta de 20 a 30 años de cárcel si, durante el arresto, se causa daño se cometen actos de tortura y tratos crueles.

Estas disposiciones refuerzan sanciones que ya están contempladas en el Código Penal vigente.

El artículo 114 actual establece un castigo denominado como «degradación cívica» y también se reconoce el derecho del afectado a reclamar una indemnización.

Impedir grabaciones
El nuevo proyecto también penaliza a los agentes que impidan a los ciudadanos grabar un arresto, un registro o un allanamiento.

El artículo 292 establece una pena de quince días a un año de prisión y multa de una a dos veces el salario del agente.

El proyecto que ya aprobaron los senadores sigue poniendo mano dura a los agentes y en su artículo 291 establece sanciones de hasta un año de prisión a quien niegue a un detenido el derecho de llamar a un familiar, abogado o persona de confianza.

Además, el artículo 173 penaliza con uno a dos años de prisión y destitución del cargo a la autoridad que, tras apresar a un menor, no comunique el hecho en un plazo de dos horas a la familia y al juez competente.

Ambas disposiciones no tienen una sanción específica actual en el Código Penal actual, aunque la Ley 136-03 sobre Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y el Código Procesal Penal contienen mandatos sobre el trato adecuado a menores y personas detenidas.

Otros cambios
La iniciativa del Código Penal que estudió una comisión congresual también introduce cambios en el delito de la violación sexual, para la que se aumentan las penas máximas de 15 a 20 años de prisión y se incluyen agravantes que aumentarían la sanción si la infracción se comete contra los niños o si la víctima muere en el acto.

Además, la pieza aprobada contempla todo un capítulo para la corrupción administrativa con prisión que llega hasta los 20 años, a diferencia de la legislación vigente que no castiga meramente la corrupción, sino que impone sanciones por soborno o concusión, con penas que solo alcanzan los 10 años de cárcel.

Asimismo, el código vigente establece que la pena máxima para cualquier delito es de 30 años de cárcel, pero la nueva pieza que se mueve en el Congreso aumenta la sanción máxima a 40 años, con cúmulos de penas que pueden llegar hasta los 60 años.

Los acuerdos sostenidos en el Congreso también permitieron que se incluya el feminicidio como un delito.

El actual Código Penal que se usa en el país no condena los feminicidios, pero el nuevo proyecto congresual lo incluye con consecuencias de hasta 40 años de cárcel.

De acuerdo con el informe, el nuevo Código Penal incluirá la sanción de nuevos delitos como el sicariato, el genocidio, el hostigamiento, la actividad sexual no consentida, el daño con sustancias nocivas, la sobrevaluación de obras, la tortura, el arresto ilegal, la corrupción administrativa, infracciones por medios digitales, negocios piramidales y el bullying.

Tras una aprobación en primera lectura en el Senado, el proyecto de ley orgánica del Código Penal ahora queda pendiente para una segunda discusión.

Luego irá a la Cámara de Diputados para el mismo proceso y posteriormente se enviará al Poder Ejecutivo para su promulgación.

FUENTE: Diario Libre

Noticias

Juez mantiene prisión preventiva a Santiago Hazim y otros seis imputados en caso Senasa

Publicado hace

en

Foto cortesía Listín Diario

El juez Deiby Timoteo Peguero, del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, ratificó la prisión preventiva en contra de Santiago Hazim, y otros siete imputados vinculados al desfalco del Seguro Nacional de Salud (Senasa).

Durante la audiencia de revisión de la medida de coerción, el tribunal determinó que no han variado los presupuestos que dieron origen a la medida original, asegurando que la privación de libertad sigue siendo la vía idónea para garantizar la presencia del encartado en el proceso.

En ese sentido, dispuso el mantenimiento en prisión de Santiago Hazim, Rafael Luis Martínez Hazim, Gustavo Enrique Messina Cruz, Germán Rafael Robles Quiñones, Francisco Iván Minaya Pérez, Ramón Alan Spiekler Mateo y Ada Ledesma

El juez consideró que persiste el riesgo de incomparecencia, derivado de la gravedad de los hechos imputados y el daño que debe ser resarcido al Estado.

Atendiendo a la posible pena imponible según la calificación jurídica presentada por el Ministerio Público, la prisión preventiva se considera una medida equilibrada.

Tras analizar la provisionalidad de las medidas de coerción, el tribunal concluyó que los elementos de prueba y las circunstancias actuales no justifican el otorgamiento de una libertad bajo fianza o medida menos gravosa.

«Se procede a ordenar la continuación de la prisión preventiva por considerar que no han variado los presupuestos tomados en cuenta al momento de su imposición», dictaminó el juez en el dispositivo de la resolución.

Asimismo, el juez fijó para el próximo 21 de mayo, la lectura integra de la decisión, fecha a partir de la cual empezarán a correr los plazos legales para que las partes interpongan los recursos de apelación que consideren pertinentes.

Igualmente, el tribunal fijó para el 30 de julio del presente año el conocimiento de la próxima revisión obligatoria de la medida de coerción, quedando las partes presentes y representadas formalmente citadas para dichas comparecencias.

Vía Listín Diario

Continuar leyendo

Noticias

Condenan a 30 años de prisión a hombre de 83 años en Santiago

Publicado hace

en

El tercer Tribunal Colegiado del Distrito Judicial de Santiago condenó la tarde del martes a 30 años de prisión a Nicolás Suárez, de 83 años, tras hallarlo culpable de tentativa de asesinato, una decisión que será apelada por su defensa, que la considera desproporcionada e incompatible con sus condiciones de salud.

La información fue ofrecida por la defensora pública Milagros del Carmen, representante legal del condenado, quien explicó que el tribunal acogió la calificación jurídica presentada por el Ministerio Público.

No obstante, la defensa sostuvo que no se configuraban las agravantes necesarias para tipificar el hecho como tentativa de asesinato, por lo que propusieron una calificación menos grave que permitiera una pena suspendida.

La abogada indicó que Suárez presenta problemas de salud, incluyendo limitaciones visuales y auditivas, y recordó que actualmente cumple arresto domiciliario, medida obtenida meses atrás.

Advirtió que, de quedar firme la condena, el imputado tendría que ser trasladado a un centro penitenciario, lo que calificó como una “condena de muerte” por su avanzada edad.

La defensa anunció que apelará la sentencia ante la Corte de Apelación, buscando que se imponga una pena menor que pueda ser cumplida en

Continuar leyendo

Lo + Trending