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Baní: adolescente mata a otro de un batazo y su madre pide juicio como menor
Con el acta de nacimiento en mano, Mery Margarita Lorenzo Lara denunció este miércoles que las autoridades buscan procesar como adulto a su hijo de 16 años, un adolescente implicado en el homicidio de otro ocurrido en el municipio Baní, provincia Peravia.
El incidente ocurrió el pasado 28 de agosto en el sector de Santa Rosa, cuando golpeó con un bate a Miguel Féliz, también menor de edad, matándolo instantáneamente.
Desde entonces, el caso ha estado rodeado de cuestionamientos legales y reclamos por parte de la familia.
La madre no niega la responsabilidad de su hijo en el incidente, pero insiste en que debe ser procesado conforme a la normativa aplicable a la ley 136-03 para el sistema de protección de los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.
“Si tiene que pagar, va a pagar, pero tiene que ser juzgado como menor”, reiteró, al informar que su hijo nació el 26 de septiembre de 2008, por lo que aún no ha cumplido los 17 años.
Pruebas óseas
Sin embargo, explicó que las autoridades han utilizado los resultados de pruebas óseas para sustentar que el joven tiene 18 o incluso 19 años, contradiciendo la documentación oficial.
“En una primera prueba ósea salió que tenía 18 años y en una segunda que 19, cuando mi hijo tiene 16. ¿Por qué aparecen esos resultados como si él fuera un adulto? Eso es lo que yo quiero que se aclare”, cuestionó.
Pese a esas evidencias, el Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes declinó la jurisdicción del caso al Tribunal Ordinario, lo que ha encendido la alarma en la madre, quien teme que su hijo sea juzgado bajo un proceso que no le corresponde por edad.
“Yo estoy aquí pidiendo ayuda a estos medios para que la edad de mi hijo sea aclarada. Le pido que me ayuden a aclarar que mi hijo no debe pagar como adulto, sino como menor de edad, como lo que es él”, expresó con angustia.
Vía Diario Libre
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Dictan un año de prisión preventiva a peruano por falsa alarma de bomba en el AILA
La Oficina Judicial de Atención Permanente de Santo Domingo Este impuso 12 meses de prisión preventiva contra Ángel del Pino Cuya, ciudadano peruano acusado de provocar una falsa alarma de bomba en el Aeropuerto Internacional de Las Américas (AILA) el pasado 6 de enero.
La medida, solicitada por el Ministerio Público, deberá ser cumplida en el Centro de Corrección y Rehabilitación Las Parras tras la investigación ser declarada compleja.
El fiscal Andrés Mena indicó que la jueza Karen Minyeti acogió las pruebas presentadas al tratarse de una amenaza de bomba que resultó ser falsa y activó los protocolos de seguridad aérea de alcance nacional e internacional.
“El juez determinó que existen elementos suficientes que vinculan al imputado con los hechos y que justifican la imposición de la prisión preventiva”, indicó el representante del Ministerio Público.
Entre las pruebas presentadas figura el teléfono celular desde el cual se realizó la llamada que generó el aviso, evidencia que fue ocupada e incorporada al expediente acusatorio.
La investigación permanece abierta para establecer las circunstancias que rodearon el hecho.
Ángel del Pino Cuya, acusado de provocar una falsa alarma de bomba en el AILA, a su llegada al Palacio de Justicia de Santo Domingo Este. (DIARIO LIBRE/ DARE COLLADO)
Tras venir al país a pasar unas vacaciones, Angel del Pino decidió quedarse en el país, y ya lleva dos años y medio residiendo en República Dominicana.
Además laboraba en el entorno de aeropuertos, manifestó el fiscal.
Defensa rechaza medida
Por su parte, el abogado Rafael Lalane, defensa de Del Pino Cuya, calificó como desproporcionada la decisión del tribunal de imponer un año de prisión preventiva y declarar el caso complejo.
“Desproporcionada apostando a la buena justicia y presunción de inocencia. La investigación puede continuar sin una medida tan agraviosa”, expresó.
Calificación jurídica
El Ministerio Público calificó los hechos como una violación a la Ley 188-11 sobre Seguridad Aeroportuaria y de la Aviación Civil y a la Ley 267-08 sobre Terrorismo, que contemplan penas de tres a 40 años de prisión, al tratarse de una conducta que afecta infraestructura crítica y la seguridad nacional.
Según la solicitud de coerción, el hecho ocurrió el 6 de enero de 2026, cuando el imputado realizó una llamada a Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI (Aerodom) alertando sobre la supuesta presencia de un artefacto explosivo en el vuelo CM-299 de Copa Airlines, que ya se encontraba en el aire con pasajeros y tripulación.
La advertencia obligó al retorno de la aeronave, a una inspección de seguridad y al desvío de otros vuelos hacia diferentes terminales del país, provocando la interrupción temporal de las operaciones del AILA.
El imputado fue arrestado el pasado 22 de enero en el sector Los Girasoles, del Distrito Nacional, en coordinación con la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI).
Posteriormente, las autoridades confirmaron que se trató de una falsa alarma, aunque con impacto directo en la operatividad aeroportuaria y la seguridad del transporte aéreo.
Vía Diario Libre
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Santiago Hazim y a otros seis acusados en el caso Senasa seguirán en prisión
La Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional rechazó la madrugada de este jueves la apelación presentada por Santiago Hazim, exdirector del Seguro Nacional de Salud (Senasa), y otros seis imputados por presunta corrupción administrativa, por lo que continuarán cumpliendo prisión preventiva.
Todos cumplen 18 meses de prisión preventiva por su presunta participación en el alegado fraude a la ARS estatal, estimado por el Ministerio Público en más de 15,900 millones de pesos.
«Por vía de consecuencia confirma en todas sus partes la resolución impugnada que impuso la medida de coerción consistente en prisión preventiva por un espacio de 18 meses contra los imputados indicados», dice la sentencia que fue leída al concluir la audiencia, a las 12:23 a.m.
El tribunal estuvo presidido por la magistrada Isis Muñoz e integrado por los jueces Teófilo Andújar y Luis Omar Jiménez, quienes determinaron que no han variado los motivos que dieron origen a la decisión adoptada previamentepor el juez Rigoberto Sena, del Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional.
Al analizar el peligro de fuga, la corte sostuvo que el juez debe valorar no solo el arraigo de los imputados, sino también la gravedad de los hechos, la pena aplicable y el daño causado al Estado, en consonancia con el principio de igualdad ante la ley.
DL
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