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JCE: el matrimonio en RD es solo entre un hombre y una mujer

El documento fue difundido luego de que se hiciera pública la celebración de una ceremonia entre dos hombres en Santiago de los Caballeros

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La Junta Central Electoral (JCE) emitió ayer un comunicado en el que reiteró que, conforme a la Constitución y las leyes vigentes, en la República Dominicana solo se reconocen los matrimonios entre un hombre y una mujer, y que ningún matrimonio que contravenga este principio podrá ser registrado en el país.

El documento fue difundido luego de que se hiciera pública la celebración de una ceremonia entre dos hombres en Santiago de los Caballeros, oficiada por el exembajador de Estados Unidos en la República Dominicana, Wally Brewster.

En el comunicado, la JCE precisó que, según lo establecido en las leyes 4-23 y 198-11, los únicos facultados para celebrar u oficiar matrimonios en territorio dominicano son los oficiales del Estado Civil, las iglesias católicas y las iglesias religiosas debidamente acreditadas.

«Solo el matrimonio entre hombre y mujer tiene validez legal»

El órgano electoral recordó que el artículo 55 de la Constitución define el matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer, y que ninguna ceremonia civil o religiosa celebrada fuera de ese marco tiene validez jurídica.

“La institución no ha celebrado, oficiado ni registrado, ni celebrará ni registrará ningún matrimonio violatorio a la Constitución dominicana y a la ley”, establece el comunicado fechado el 3 de noviembre de 2025.

Contexto del caso

El pronunciamiento ocurre tras la publicación en redes sociales del exembajador Brewster, quien afirmó haber oficiado la boda de José Fernández y Jeremy Gottschalk en el complejo Camp David Ranch, en Santiago.

En su mensaje, Brewster describió la ceremonia como “una noche llena de amor, baile, comida dominicana, familia, amigos, fuegos artificiales y risas”, acompañada de etiquetas alusivas a la igualdad matrimonial y la comunidad LGBTQ+.

Marco jurídico vigente

La Constitución dominicana, promulgada en 2010establece que “la familia es la organización social básica y se fundamenta en el matrimonio entre un hombre y una mujer”.

Las normas actuales tampoco permiten el registro de matrimonios de parejas del mismo sexo celebrados en el extranjero, ni conceden derechos patrimoniales, de filiación o de seguridad social a dichas uniones.

Aunque las relaciones entre personas del mismo sexo son legales en el país, no existen leyes nacionales que garanticen igualdad de derechos en materia familiar o matrimonial.

Con este comunicado, la JCE busca dejar constancia de que cualquier acto fuera del marco constitucional carece de reconocimiento oficial y no puede inscribirse en el Registro Civil dominicano.

Vía Diario Libre

 

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Dictan un año de prisión preventiva a peruano por falsa alarma de bomba en el AILA

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La Oficina Judicial de Atención Permanente de Santo Domingo Este impuso 12 meses de prisión preventiva contra Ángel del Pino Cuya, ciudadano peruano acusado de provocar una falsa alarma de bomba en el Aeropuerto Internacional de Las Américas (AILA) el pasado 6 de enero.

La medida, solicitada por el Ministerio Público, deberá ser cumplida en el Centro de Corrección y Rehabilitación Las Parras tras la investigación ser declarada compleja.

El fiscal Andrés Mena indicó que la jueza Karen Minyeti acogió las pruebas presentadas al tratarse de una amenaza de bomba que resultó ser falsa y activó los protocolos de seguridad aérea de alcance nacional e internacional.

“El juez determinó que existen elementos suficientes que vinculan al imputado con los hechos y que justifican la imposición de la prisión preventiva”, indicó el representante del Ministerio Público.

Entre las pruebas presentadas figura el teléfono celular desde el cual se realizó la llamada que generó el aviso, evidencia que fue ocupada e incorporada al expediente acusatorio.

La investigación permanece abierta para establecer las circunstancias que rodearon el hecho.

Ángel del Pino Cuya, acusado de provocar una falsa alarma de bomba en el AILA, a su llegada al Palacio de Justicia de Santo Domingo Este. (DIARIO LIBRE/ DARE COLLADO)
Tras venir al país a pasar unas vacaciones, Angel del Pino decidió quedarse en el país, y ya lleva dos años y medio residiendo en República Dominicana.

Además laboraba en el entorno de aeropuertos, manifestó el fiscal.

Defensa rechaza medida

Por su parte, el abogado Rafael Lalane, defensa de Del Pino Cuya, calificó como desproporcionada la decisión del tribunal de imponer un año de prisión preventiva y declarar el caso complejo.

“Desproporcionada apostando a la buena justicia y presunción de inocencia. La investigación puede continuar sin una medida tan agraviosa”, expresó.

Calificación jurídica
El Ministerio Público calificó los hechos como una violación a la Ley 188-11 sobre Seguridad Aeroportuaria y de la Aviación Civil y a la Ley 267-08 sobre Terrorismo, que contemplan penas de tres a 40 años de prisión, al tratarse de una conducta que afecta infraestructura crítica y la seguridad nacional.

Según la solicitud de coerción, el hecho ocurrió el 6 de enero de 2026, cuando el imputado realizó una llamada a Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI (Aerodom) alertando sobre la supuesta presencia de un artefacto explosivo en el vuelo CM-299 de Copa Airlines, que ya se encontraba en el aire con pasajeros y tripulación.

La advertencia obligó al retorno de la aeronave, a una inspección de seguridad y al desvío de otros vuelos hacia diferentes terminales del país, provocando la interrupción temporal de las operaciones del AILA.

El imputado fue arrestado el pasado 22 de enero en el sector Los Girasoles, del Distrito Nacional, en coordinación con la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI).

Posteriormente, las autoridades confirmaron que se trató de una falsa alarma, aunque con impacto directo en la operatividad aeroportuaria y la seguridad del transporte aéreo.

Vía Diario Libre

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Santiago Hazim y a otros seis acusados en el caso Senasa seguirán en prisión

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Foto DIARIO LIBRE/SAMIL MATEO DOMINIC

La Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional rechazó la madrugada de este jueves la apelación presentada por Santiago Hazim, exdirector del Seguro Nacional de Salud (Senasa), y otros seis imputados por presunta corrupción administrativa, por lo que continuarán cumpliendo prisión preventiva.

Todos cumplen 18 meses de prisión preventiva por su presunta participación en el alegado fraude a la ARS estatal, estimado por el Ministerio Público en más de 15,900 millones de pesos.

«Por vía de consecuencia confirma en todas sus partes la resolución impugnada que impuso la medida de coerción consistente en prisión preventiva por un espacio de 18 meses contra los imputados indicados», dice la sentencia que fue leída al concluir la audiencia, a las 12:23 a.m.

El tribunal estuvo presidido por la magistrada Isis Muñoz e integrado por los jueces Teófilo Andújar y Luis Omar Jiménez, quienes determinaron que no han variado los motivos que dieron origen a la decisión adoptada previamentepor el juez Rigoberto Sena, del Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional.

Al analizar el peligro de fuga, la corte sostuvo que el juez debe valorar no solo el arraigo de los imputados, sino también la gravedad de los hechos, la pena aplicable y el daño causado al Estado, en consonancia con el principio de igualdad ante la ley.

DL

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