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Peruano enfrenta cargos por terrorismo tras falsa amenaza de bomba en avión que salió del AILA

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El Ministerio Público acusó este martes formalmente por terrorismo a Ángel del Pino Cuya, también identificado como Ricardo Casas, de nacionalidad peruana, acusado de realizar una falsa amenaza de bomba que obligó a activar los protocolos de seguridad nacional en el Aeropuerto Internacional de Las Américas (AILA) el pasado 6 de enero de 2026.

El órgano persecutor solicitó prisión preventiva y la declaratoria de complejidad del proceso, alegando la gravedad de los hechos, el impacto generado en la seguridad del Estado, peligro de fuga, riesgo de obstrucción del proceso y una alta probabilidad de reiteración delictiva

Según la solicitud de medida de coerción, el imputado realizó una llamada telefónica en la que alertó sobre la supuesta existencia de un artefacto explosivo a bordo del vuelo CM299 de Copa Airlines, con destino a Panamá, cuando la aeronave ya se encontraba en pleno trayecto.

La información fue canalizada a través del centro de atención de la empresa concesionaria del aeropuerto, lo que activó de inmediato los protocolos de emergencia establecidos para este tipo de amenazas.

El expediente señala que, al momento de realizar la llamada, Del Pino Cuya se identificó como gerente de un restaurante de postín del centro de Santo Domingo y afirmó inicialmente que la información le había sido suministrada por un familiar. Pero luego, cambió su versión y aseguró que fue un amigo de la familia, quien le habría comunicado la supuesta alerta.

El documento sostiene que durante la llamada, el acusado dijo que era una persona procedente de Francia.

Retorno forzoso
La falsa alarma provocó el retorno forzoso del avión, la evacuación controlada de los pasajeros, la inspección total de la aeronave y del equipaje, así como la suspensión temporal de las operaciones aéreas.

También se desviaron varios vuelos hacia otras terminales, para su aterrizaje en Punta Cana y Santiago de los Caballeros, respectivamente.

En el operativo participaron el Cuerpo Especializado en Seguridad Aeroportuaria y de la Aviación Civil (Cesac), la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), organismos militares y otras agencias de seguridad del Estado.

Las solicitud señala que el incidente generó una paralización aproximada de tres horas de las operaciones en el AILA, así como el desvío de varios vuelos hacia otros aeropuertos del país.

No había tal explosivo
El Ministerio Público sostuvo que, aunque no se encontró ningún explosivo, la conducta imputada encaja en el tipo penal de terrorismo, al tratarse de una acción deliberada destinada a generar pánico colectivo, alterar el orden público y afectar un servicio estratégico esencial como la aviación civil.

La acusación subraya que el solo anuncio de una amenaza de esta naturaleza es suficiente para poner en riesgo vidas humanas y comprometer la seguridad nacional.

El expediente incluye transcripciones completas de las llamadas, registros telefónicos certificados, informes técnicos de compañías de telecomunicaciones y reportes de inteligencia que, según las autoridades, vinculan de forma directa al imputado con la amenaza.

También se consigna que Del Pino Cuya habría intentado eliminar rastros de la comunicación mediante el cambio del chip telefónico utilizado para realizar la llamada.

Tras concluir los protocolos de seguridad, el vuelo CM299 de Copa Airlines logró despegar con destino a Panamá alrededor de las 7:16 de la noche, aunque 19 pasajeros decidieron no abordar la aeronave luego del incidente.

Las autoridades estiman que el hecho generó pérdidas económicas, alteraciones logísticas y un despliegue extraordinario de recursos humanos y técnicos.

Fue apresado en Los Girasoles
Del Pino Cuya fue apresado el pasado 28 de enero en la vivienda en la que residía en Los Girasoles, Distrito Nacional.

Está detenido en San Luis
En la solicitud de medida de coerción, el Ministerio Público estableció una calificación jurídica provisional contra Ángel del Pino Cuya y/o Ricardo Casas por presunta violación a los artículos 3, inciso 1, literal e; 63 y 78 de la Ley 188-11 sobre Seguridad Aeroportuaria y de la Aviación Civil, así como a los artículos 11 y 30 de la Ley No. 267-08 sobre Terrorismo, en perjuicio del Estado dominicano.

El imputado se encuentra actualmente detenido en la cárcel preventiva de San Luis, mientras se conoce la solicitud de prisión preventiva y la declaratoria de complejidad del proceso.

La audiencia para conocer la solicitud de medida de coerción fue fijada para este jueves 5 de febrero en el Palacio de Justicia de Santo Domingo Este.

Hasta la máxima pena
Del Pino Cuya podría enfrentar una pena de 30 a 40 años de prisión por violar la Ley 267-08 sobre Terrorismo.

En su artículo 11, la legislación establece que «ataques a puertos y aeropuertos serán castigados con penas de treinta (30) a cuarenta (40) años de reclusión, todo aquél que mediante violencia, soborno, engaño o coacción, o cualquier otro medio ilícito, usando o no armas o instrumentos peligrosos, reales o supuestos, se apodere, capture, bloquee, dañe o perturbe, todo o parte de las instalaciones de puertos o aeropuertos nacionales o internacionales, o interfiera, inutilice o bloquee sus sistemas operativos, o de las aeronaves o naves en ellos estacionados o atracados».

En el país ya existen precedentes de este tipo de delitos.

En 2016, el Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional sentenció a 35 años de prisión a Frankeli Holguín Medina, acusado de cometer un atentado en la segunda línea del Metro, en el que 18 personas resultaron con quemaduras y heridas.

Esta condena lo convirtió en el primer dominicano sentenciado por violación a la ley de terrorismo.

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Dictan un año de prisión preventiva a peruano por falsa alarma de bomba en el AILA

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La Oficina Judicial de Atención Permanente de Santo Domingo Este impuso 12 meses de prisión preventiva contra Ángel del Pino Cuya, ciudadano peruano acusado de provocar una falsa alarma de bomba en el Aeropuerto Internacional de Las Américas (AILA) el pasado 6 de enero.

La medida, solicitada por el Ministerio Público, deberá ser cumplida en el Centro de Corrección y Rehabilitación Las Parras tras la investigación ser declarada compleja.

El fiscal Andrés Mena indicó que la jueza Karen Minyeti acogió las pruebas presentadas al tratarse de una amenaza de bomba que resultó ser falsa y activó los protocolos de seguridad aérea de alcance nacional e internacional.

“El juez determinó que existen elementos suficientes que vinculan al imputado con los hechos y que justifican la imposición de la prisión preventiva”, indicó el representante del Ministerio Público.

Entre las pruebas presentadas figura el teléfono celular desde el cual se realizó la llamada que generó el aviso, evidencia que fue ocupada e incorporada al expediente acusatorio.

La investigación permanece abierta para establecer las circunstancias que rodearon el hecho.

Ángel del Pino Cuya, acusado de provocar una falsa alarma de bomba en el AILA, a su llegada al Palacio de Justicia de Santo Domingo Este. (DIARIO LIBRE/ DARE COLLADO)
Tras venir al país a pasar unas vacaciones, Angel del Pino decidió quedarse en el país, y ya lleva dos años y medio residiendo en República Dominicana.

Además laboraba en el entorno de aeropuertos, manifestó el fiscal.

Defensa rechaza medida

Por su parte, el abogado Rafael Lalane, defensa de Del Pino Cuya, calificó como desproporcionada la decisión del tribunal de imponer un año de prisión preventiva y declarar el caso complejo.

“Desproporcionada apostando a la buena justicia y presunción de inocencia. La investigación puede continuar sin una medida tan agraviosa”, expresó.

Calificación jurídica
El Ministerio Público calificó los hechos como una violación a la Ley 188-11 sobre Seguridad Aeroportuaria y de la Aviación Civil y a la Ley 267-08 sobre Terrorismo, que contemplan penas de tres a 40 años de prisión, al tratarse de una conducta que afecta infraestructura crítica y la seguridad nacional.

Según la solicitud de coerción, el hecho ocurrió el 6 de enero de 2026, cuando el imputado realizó una llamada a Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI (Aerodom) alertando sobre la supuesta presencia de un artefacto explosivo en el vuelo CM-299 de Copa Airlines, que ya se encontraba en el aire con pasajeros y tripulación.

La advertencia obligó al retorno de la aeronave, a una inspección de seguridad y al desvío de otros vuelos hacia diferentes terminales del país, provocando la interrupción temporal de las operaciones del AILA.

El imputado fue arrestado el pasado 22 de enero en el sector Los Girasoles, del Distrito Nacional, en coordinación con la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI).

Posteriormente, las autoridades confirmaron que se trató de una falsa alarma, aunque con impacto directo en la operatividad aeroportuaria y la seguridad del transporte aéreo.

Vía Diario Libre

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Santiago Hazim y a otros seis acusados en el caso Senasa seguirán en prisión

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Foto DIARIO LIBRE/SAMIL MATEO DOMINIC

La Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional rechazó la madrugada de este jueves la apelación presentada por Santiago Hazim, exdirector del Seguro Nacional de Salud (Senasa), y otros seis imputados por presunta corrupción administrativa, por lo que continuarán cumpliendo prisión preventiva.

Todos cumplen 18 meses de prisión preventiva por su presunta participación en el alegado fraude a la ARS estatal, estimado por el Ministerio Público en más de 15,900 millones de pesos.

«Por vía de consecuencia confirma en todas sus partes la resolución impugnada que impuso la medida de coerción consistente en prisión preventiva por un espacio de 18 meses contra los imputados indicados», dice la sentencia que fue leída al concluir la audiencia, a las 12:23 a.m.

El tribunal estuvo presidido por la magistrada Isis Muñoz e integrado por los jueces Teófilo Andújar y Luis Omar Jiménez, quienes determinaron que no han variado los motivos que dieron origen a la decisión adoptada previamentepor el juez Rigoberto Sena, del Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional.

Al analizar el peligro de fuga, la corte sostuvo que el juez debe valorar no solo el arraigo de los imputados, sino también la gravedad de los hechos, la pena aplicable y el daño causado al Estado, en consonancia con el principio de igualdad ante la ley.

DL

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