Connect with us

Panorama

Proyecto de ley permitiría a los hombres usar el apellido de sus esposas en la cédula

Publicado hace

en

La Cámara de Diputados estudia actualmente una iniciativa que permitiría por primera vez de forma expresa que los hombres puedan incorporar el apellido de sus esposas en su cédula y otros documentos, bajo las mismas condiciones que hoy lo hacen algunas mujeres de manera opcional.

El proyecto de ley es autoría de la diputada Gabriela Abreu Santos, del Partido Revolucionario Moderno (PRM), y busca regular el apellido de los cónyuges en la cédula de identidad, una practica que, según la pieza legislativa, solo estaba organizada de forma administrativa, no legal.

En ese sentido, la propuesta busca que no solo las mujeres usen el apellido de los esposos, sino que los hombres también puedan agregar el apellido de sus esposas en sus documentos.

Además, la iniciativa establece que el uso del apellido del cónyuge no implicaría un cambio en el nombre legal de la persona ni modificaría los datos consignados en el acta de nacimiento, sino que tendría un carácter complementario en el documento de identidad.

El proyecto señala que la inclusión del apellido de la pareja podría realizarse mediante la expresión «de + apellido del cónyuge» o mediante cualquier otra modalidad que establezca la Junta Central Electoral en su reglamentación.

Para solicitar la incorporación del apellido del cónyuge, la propuesta exige la presentación del acta de matrimonio registrada conforme a la Ley 4-23, una solicitud expresa del interesado y un documento de identidad vigente.

La pieza legislativa también dispone que este derecho se reconozca sin distinción de género, por lo que podría ser ejercido por cualquiera de los cónyuges en igualdad de condiciones.

Posibilidad de eliminar el apellido
El proyecto contempla que la persona que haya decidido utilizar el apellido de su pareja podrá solicitar en cualquier momento su eliminación del documento de identidad.

Asimismo, en caso de divorcio, nulidad del matrimonio o fallecimiento del cónyuge, el titular del documento podrá optar por mantener el apellido como uso social o solicitar su retiro de la cédula.

La propuesta establece que correspondería a la Junta Central Electoral implementar, regular y ejecutar la ley, conforme a lo dispuesto en la Ley 4-23 Orgánica del Registro Civil.

En caso de ser aprobada totalmente en el Congreso, la JCE dispondría de un plazo de 90 días para dictar el reglamento que regule la aplicación de la norma.

Argumentos de la iniciativa

En la exposición de motivos, la diputada Abreu Santos sostiene que el objetivo del proyecto es garantizar la libertad de elección de los ciudadanos en el uso del apellido de su cónyuge, en condiciones de igualdad, y fortalecer la seguridad jurídica en materia de identidad.

La legisladora también señala que actualmente la inclusión del apellido del cónyuge en la cédula se realiza como una práctica administrativa, sin una regulación legal expresa, por lo que considera necesario establecer una norma clara que regule esta posibilidad.

Vía Diario Libre

Click aquí para dejar tu comentario

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Panorama

Varios heridos en accidente en peaje de Guaraguao autopista Samaná-Santo Domingo

Publicado hace

en

Un accidente de tránsito fue reportado la noche de este jueves en el peaje de Guaraguao, en la Autopista del Nordeste, carretera que conecta Santo Domingo con la península de Samaná.

De acuerdo con reportes preliminares compartidos por testigos en el lugar, un autobús con más de 30 pasajeros con destino a Samaná colisionó con otro vehículo aún no identificado, volcándose el autobús y quedando con los neumáticos hacia arriba.

Hasta el momento se desconoce la cantidad de heridos, ni los tipos de lesiones que presentan.

Unidades del Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1 y la Defensa Civil se presentaron para asistir a los lesionados y coordinar el traslado de los casos más graves a centros médicos de la zona.

Durante el operativo, el tránsito resultó afectado en ambos sentidos de la vía.

El flujo vehicular se vio interrumpido parcialmente mientras equipos de emergencia y agentes de tránsito trabajaban para despejar el área y restablecer la circulación.

Hasta ahora, las autoridades no han ofrecido un informe oficial sobre las causas del accidente ni sobre el estado de salud de los heridos.

Se espera que en las próximas horas se amplíe la información conforme avance la asistencia a los heridos.

Se recomienda a los conductores manejar con precaución en la zona afectada y considerar rutas alternas mientras se normaliza el tráfico.

LD

Continuar leyendo

Panorama

Abinader promulga ley que elimina las candidaturas independientes

Publicado hace

en

El presidente Luis Abinader promulgó la Ley número 13‑26, que elimina las candidaturas independientes del sistema electoral dominicano, tras ser aprobada por el Congreso Nacional.

La normativa deroga los artículos 156, 157 y 158 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral 20‑23, que anteriormente contemplaban esa modalidad de postulación.

La medida responde, según el texto legal, a criterios derivados de la sentencia TC/0788/24 del Tribunal Constitucional de la República Dominicana, que consideró excesivos los requisitos de la legislación vigente para que las candidaturas independientes pudieran participar.

Con la nueva ley, las postulaciones a cargos de elección popular quedan reservadas exclusivamente a partidos, agrupaciones y movimientos políticos reconocidos, en línea con lo establecido en la Constitución.

La ley fue publicada oficialmente y entró en vigencia tras su promulgación el 26 de marzo de 2026, marcando un cambio significativo en las reglas del juego electoral dominicano.

Impulso político claro
El proceso comenzó en la Senado de la República, donde el senador Ramón Rogelio Genao (PRSC) y otros legisladores presentaron un proyecto para eliminar los artículos 156, 157 y 158 de la Ley 20‑23 (Ley Orgánica de Régimen Electoral), que regulaban las candidaturas independientes.

Esta iniciativa se impulsó tras la Sentencia TC/0788/24 del Tribunal Constitucional, la cual había habilitado y abierto debate sobre los requisitos de esa figura electoral.

La pieza fue aprobada por el Senado en primera lectura con respaldo mayoritario, estableciendo la intención de suprimir la regulación de candidaturas independientes del régimen electoral.

Posteriormente, en segunda lectura el 11 de marzo de 2026, la cámara alta volvió a aprobar el proyecto con mayoría de votos, refrendando la eliminación de esa figura para ajustarla —según los proponentes— al sistema de partidos políticos contemplado en la Constitución.

Trámite en la Cámara de Diputados
Tras su aprobación en el Senado, el proyecto pasó a la Cámara de Diputados, donde una comisión especial rindió un informe favorable y el pleno lo aprobó también en segunda discusión. Con ese voto mayoritario, el Congreso Nacional culminó el trámite legislativo necesario para su conversión en ley.

Con todos los pasos legislativos cumplidos —senado en primera y segunda lectura, y diputación con informe favorable y aprobación— el proyecto fue enviado al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Continuar leyendo

Lo + Trending