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Panorama

Abinader promulga ley que elimina las candidaturas independientes

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El presidente Luis Abinader promulgó la Ley número 13‑26, que elimina las candidaturas independientes del sistema electoral dominicano, tras ser aprobada por el Congreso Nacional.

La normativa deroga los artículos 156, 157 y 158 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral 20‑23, que anteriormente contemplaban esa modalidad de postulación.

La medida responde, según el texto legal, a criterios derivados de la sentencia TC/0788/24 del Tribunal Constitucional de la República Dominicana, que consideró excesivos los requisitos de la legislación vigente para que las candidaturas independientes pudieran participar.

Con la nueva ley, las postulaciones a cargos de elección popular quedan reservadas exclusivamente a partidos, agrupaciones y movimientos políticos reconocidos, en línea con lo establecido en la Constitución.

La ley fue publicada oficialmente y entró en vigencia tras su promulgación el 26 de marzo de 2026, marcando un cambio significativo en las reglas del juego electoral dominicano.

Impulso político claro
El proceso comenzó en la Senado de la República, donde el senador Ramón Rogelio Genao (PRSC) y otros legisladores presentaron un proyecto para eliminar los artículos 156, 157 y 158 de la Ley 20‑23 (Ley Orgánica de Régimen Electoral), que regulaban las candidaturas independientes.

Esta iniciativa se impulsó tras la Sentencia TC/0788/24 del Tribunal Constitucional, la cual había habilitado y abierto debate sobre los requisitos de esa figura electoral.

La pieza fue aprobada por el Senado en primera lectura con respaldo mayoritario, estableciendo la intención de suprimir la regulación de candidaturas independientes del régimen electoral.

Posteriormente, en segunda lectura el 11 de marzo de 2026, la cámara alta volvió a aprobar el proyecto con mayoría de votos, refrendando la eliminación de esa figura para ajustarla —según los proponentes— al sistema de partidos políticos contemplado en la Constitución.

Trámite en la Cámara de Diputados
Tras su aprobación en el Senado, el proyecto pasó a la Cámara de Diputados, donde una comisión especial rindió un informe favorable y el pleno lo aprobó también en segunda discusión. Con ese voto mayoritario, el Congreso Nacional culminó el trámite legislativo necesario para su conversión en ley.

Con todos los pasos legislativos cumplidos —senado en primera y segunda lectura, y diputación con informe favorable y aprobación— el proyecto fue enviado al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Panorama

Efemérides Patrias califica de “rastrera” la campaña contra el Escudo Nacional en la nueva cédula

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El presidente de la Comisión Permanente de Efemérides Patrias, Juan Pablo Uribe, aseguró que el Escudo Nacional que luce el nuevo formato de la cédula de identidad fue revisado y aprobado por las instituciones correspondientes.

Esta declaración surge en respuesta a las recientes quejas, dudas y rumores que han circulado en redes sociales sobre el diseño del emblema patrio oficial de República Dominicana.

A través de un comunicado, Uribe calificó a esta campaña contra el Escudo de “rastrera, pérfida, maliciosa, vil y antinacional contra un documento clave para la institucionalidad y la nacionalidad como la cédula de identidad y electoral”.

Aseguró que el símbolo patrio está de forma correcta.

“Todos los que de manera perversa se han involucrado en esa campaña mentirosa saben perfectamente que el Escudo Nacional colocado en la cédula es absolutamente correcto y que, además, se ve reforzado por la utilización por primera vez en la historia dominicana de la figura de Juan Pablo Duarte en la misma, además de otros elementos simbólicos de carácter patriótico”, sostuvo Juan Pablo Uribe.

A estas aseveraciones también se suma el presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Román Jáquez Liranzo, quien aclaró los supuestos cuestionamientos sobre la nueva presentación del documento electoral.

Consideró que el diseño incluye de forma correcta el lema nacional «Dios, Patria y Libertad», así como la Biblia abierta en el pasaje bíblico que manda la ley.

Asimismo, alegó que la imagen del patricio Juan Pablo Duarte cuenta con la certificación oficial de lugar.

Vía Listín Diario

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Panorama

Instituciones públicas no podrán exigir documentos que otra entidad del Estado ya tenga

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El Poder Ejecutivo emitió el decreto 403-26, mediante el cual crea el Marco Nacional de Interoperabilidad y Gobernanza de Datos de la Administración Pública, con el objetivo de fortalecer el intercambio de información entre las instituciones del Estado y agilizar la prestación de los servicios públicos.

La medida busca que las entidades gubernamentales puedan compartir datos, documentos electrónicos y otros registros de forma segura, estandarizada y oportuna, reduciendo la burocracia y evitando que ciudadanos y empresas tengan que presentar documentos que ya reposan en otra institución estatal.

De acuerdo con el decreto, el Ministerio de Administración Pública (MAP) será el órgano rector de la iniciativa y tendrá a su cargo la elaboración de los lineamientos, normas y estándares de interoperabilidad, además de supervisar su cumplimiento y coordinar el Comité de Interoperabilidad y Gobernanza de Datos.

Por su parte, la Oficina Gubernamental de Tecnologías de la Información y Comunicación (Ogtic) será responsable de la operación técnica del sistema y de la Plataforma Única de Interoperabilidad, que servirá como infraestructura para el intercambio de información entre las instituciones públicas.

Obligaciones para las instituciones
El decreto dispone que los organismos del Estado deberán priorizar el intercambio de información entre entidades antes de requerir a ciudadanos o empresas documentos que ya existan en otra dependencia pública.

Asimismo, cada institución tendrá la responsabilidad de mantener actualizados sus registros de datos para facilitar su localización e intercambio, sin perder la titularidad ni el control sobre la información bajo su administración.

La normativa será de cumplimiento obligatorio para los órganos de la Administración pública central, descentralizada, desconcentrada y autónoma, así como para las instituciones de la seguridad social y demás entidades estatales que administren registros, sistemas de información o servicios digitales.

Coordinación con la Junta Central Electoral
El decreto también establece que los procesos y servicios públicos que requieran verificar la identidad de una persona deberán desarrollarse en coordinación con la Junta Central Electoral (JCE), respetando las atribuciones constitucionales de ese organismo.

En ese sentido, el MAP y la JCE impulsarán mecanismos de colaboración para facilitar la validación de identidad y la consulta de información del Registro Civil cuando sea necesario para la prestación de servicios públicos.

La disposición precisa que los datos obtenidos mediante la interoperabilidad con el Registro Civil solo podrán utilizarse para fines legítimos y compatibles con las competencias de la institución solicitante, con el propósito de fortalecer la protección de los datos personales y la confianza en los servicios digitales del Estado.

Con la entrada en vigor del decreto 403-26 queda derogado el decreto 92-22, emitido en febrero de 2022, que regulaba el anterior Marco Nacional de Interoperabilidad.

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