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Ley de Partidos: Irían a prisión los que difundan en redes mensajes negativos de candidatos
La difusión de mensajes negativos a través de las redes sociales que empañen la imagen de los candidatos que tercien en los procesos electorales será sancionada con la pena de tres meses a un año de prisión y multa de cinco a quinientas veces el salario mínimo, de acuerdo a lo que establece la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, en los casos de difamación e injuria pública.
Así lo dispone el artículo 44 de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, en el que regula el período de precampaña o campaña interna de los partidos políticos.
Otras penalidades
El capítulo IX de la ley recoge las diferentes penalidades que se aplicarán en los casos en que se viole la ley. En cuatro de ellos las sanciones incluyen penas de prisión cuando tras la condena de lo irrevocablemente juzgado.
La mayor sanción, según el artículo 78 de la ley, será aplicada a los representantes de las organizaciones políticas o las personas físicas o jurídicas que se apropiaren indebidamente de los recursos partidarios, destinándolos a un uso distinto al que establecen la ley y las instancias de dirección de los partidos: tendrá una condena de cuatro a diez años de prisión, tal como lo establece el Código Penal en los casos de abuso de confianza, y una multa de 100 a 200 salarios mínimos.
A una multa de 50 a 100 salarios mínimos, prisión de seis meses a un año e inhabilitación para ser candidato a posiciones de elección será condenado todo funcionario o empleado del Estado o de los municipios que ponga a disposición de un partido o candidato el uso de títulos, bienes o fondos provenientes de entidades públicas.
En los casos que los dirigentes y miembros de las organizaciones despojen a los militantes, de candidaturas válidamente ganadas en los procesos internos para favorecer a otras personas la multa será de 20 a 50 salarios mínimos, tendrá una pena de prisión de tres a seis meses y, además, la inhabilitación para ser candidato a posiciones de elección para el período electoral siguiente.
Multas.
Los partidos, agrupaciones y movimientos políticos que violen uno o más de los numerales del 1) al 11) del artículo 25 de la ley recibirán una multa de 50 a 100 salarios mínimos, mientras que los que reciban una condena de lo irrevocablemente juzgado tendrán una multa de 100 a 200 salarios mínimos, y la pérdida del derecho al financiamiento público que le corresponda para los seis meses siguientes a la condena.
El artículo 25 de la ley prohíbe desconocer o disminuir los derechos humanos o las libertades, derechos o garantías individuales y sociales que consagran la Constitución y las leyes; afiliar o desafiliar a miembros por discriminación de clase, condición social o personal, etnia, género, religión, discapacidad, vínculos familiares o preferencia sexual; ni usar símbolos, figuras, expresiones y mecanismos que denigren la condición humana y la dignidad de una o más personas o de candidatos en los procesos eleccionarios.
Tampoco pueden promover o propiciar la alteración del orden público; influir con violencia, amenazas, coacciones, engaños, desinformación, sobornos o dádivas sobre los ciudadanos para obtener votos a favor de sus candidatos o contra de los de otros partidos o para provocar la abstención electoral.
También está prohibido establecer estructuras políticas que tengan un carácter paramilitar y propugnen por el uso de la violencia en ocasión de procesos electorales para favorecer determinada candidatura local o nacional; hacer acuerdos o pactos que disminuyan, dividan o repartan el período de gestión de los funcionarios electos o de los derechos inherentes a estas funciones; ni despojar de candidaturas a nadie.
Además, se prohíbe privilegiar a determinados candidatos internos con informaciones o dinero en detrimento de otros, imponer o aceptar requerimientos o deducciones de salarios a los empleados públicos o de empresas, aun cuando se alegue que son cuotas o donativos voluntarios; ni concurrir aliados en el primer proceso electoral en el que se presenten.
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Apresan a joven acusado de darle 42 puñaladas a su expareja embarazada en Santiago
La Policía Nacional informó que se encuentra bajo custodia policial el joven acusado de herir con múltiples estocadas a su expareja embarazada, durante un hecho ocurrido el 21 de enero, en el sector Bella Vista, provincia Santiago.
La institución indicó que el detenido fue identificado como Alex Ovalle Canales, quien permanece ingresado en un centro de salud, debido a una condición médica presentada al momento de su apresamiento.
Una vez reciba el alta médica, será puesto a disposición del Ministerio Público para los fines legales correspondientes.
42 estocadas
La mujer, de 23 años, fue trasladada de emergencia a un centro de salud por unidades del Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1, tras presentar múltiples heridas de arma blanca en distintas partes del cuerpo, reseña Diario Libre.
Las autoridades señalaron que ella fue sometida de manera inmediata a una intervención quirúrgica debido a la gravedad de las lesiones.
Su estado de salud es estable y se mantiene bajo estricta supervisión médica. Como consecuencia de las heridas sufridas, se produjo la pérdida del embarazo.
El proceso investigativo continúa en coordinación con las autoridades judiciales competentes, a fin de esclarecer completamente las circunstancias del hecho.
Según Amandi Muñoz, hermana de la víctima, su pariente tenía cuatro meses de gestación y el mismo tiempo separada del agresor.
Muñoz contó que, en horas de la mañana del miércoles 21 de enero, la joven acudió a la vivienda de su expareja para buscar un dinero con el que pretendía realizarse una sonografía, momento que el hombre aprovechó para herir a la mujer que llevaba a su hijo en el vientre.
«Ella fue a la casa de él a buscar un dinero para una sonografía… Ella me explicó que él le daba muchas puñaladas y seguía; ella le decía que no aguantaba más», narró la entrevistada.
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Familiares de víctimas del Jet Set marcharon en reclamo de justicia
Familiares de las víctimas y sobrevivientes del derrumbe de la discoteca Jet Set realizaron este domingo una marcha pacífica en reclamo de justicia, a casi diez meses de la tragedia ocurrida el pasado 8 de abril, que dejó un saldo de 236 personas fallecidas y alrededor de 100 heridas.
La movilización fue convocada por el Movimiento Justicia Jet Set, integrado por sobrevivientes del siniestro y familiares de las víctimas, a través de una publicación difundida en redes sociales. Según lo informado, la manifestación inicia a partir de la 1:00 de la tarde en la estación Juan Bosch de la Línea 1 del Metro de Santo Domingo, ubicada en la intersección de las avenidas 27 de febrero y Máximo Gómez.
«Hacemos un llamado al pueblo dominicano a que se una a los dolientes y sobrevivientes de esta tragedia y asistan a esta marcha pacífica. Por la verdad, la memoria y la justicia de aquellos que murieron ese nefasto 8 de abril», expresa el mensaje del movimiento convocante.
Los organizadores indicaron que la manifestación tiene un carácter cívico y pacífico, con el objetivo de mantener viva la memoria de las víctimas y exigir que se establezcan responsabilidades claras en torno al colapso de la edificación que albergaba el centro de diversión nocturna.
El Movimiento Justicia Jet Set está conformado por sobrevivientes de la tragedia, quienes también impulsaron el rap titulado “238 voces piden justicia”, una pieza que definen no como un tema musical, sino como un grito colectivo nacido del dolor y la esperanza.
«Este rap nace desde el dolor, pero también desde la esperanza. No pedimos venganza. Pedimos la verdad, responsabilidad y justicia, para que esto no vuelva a pasar nunca más», señala la descripción de la obra.
El derrumbe ocurrido el 8 de abril dejó 236 fallecidos y cerca de 100 heridos, cifras que forman parte de la acusación formal presentada contra los hermanos Antonio y Maribel Espaillat, propietarios y administradores de la discoteca Jet Set.
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