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Panorama

Ministerio Público: «sacerdote de La Vega aprovechó viajes escolares para violar menor»

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Fray Miguel Bienvenido Florenzán Ulloa, quien fue director del Colegio Agustiniano en La Vega, habría aprovechado los tiempos de vacaciones del centro educativo para violar a un niño menor de edad, estudiante del centro, según señala el Ministerio Público en su petición de apertura a juicio de fondo.

El Ministerio Público asegura que el fray se valía de su posición de superior y profesor del colegio para viajar con el menor a otros países para actividades académicas, donde se hospedaba en habitaciones independientes al grupo, situación que le extrañaba a los demás, “pero que nadie se imaginaba el motivo”

“Los encuentros entre el imputado y el joven se prolongaban por tantas horas, que sus compañeros y otras autoridades lo llegaron a reportar como desaparecido, tal y como pasó en un Encuentro Latinoamericano de Jóvenes Agustinianos en Argentina en el año 2015. Al ser llamado para ser notificado de la supuesta desaparición del adolecente, el religioso fingía no saber de su paradero y respondía diciendo: hay que buscarlo”, indica el Ministerio Público.

El documento, al que tuvo acceso LISTIN DIARIO relata además que en varias ocasiones el Fray sacaba al joven del colegio para llevarlo al Santo Cerro de La Vega, lugar donde le obligaba practicarle sexo oral.

De acuerdo al “Escrito de Acusación y Solicitud de Apertura a Juicio”, depositada por el Ministerio Público ante la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Judicial La Vega, Fray Florenzán Ulloa, se valía además de su autoridad y deber de vigilancia para seducir, violar sexualmente, cometer agresiones sexuales, ejercer violencia física, verbal, emocional y psicológica en perjuicio del menor.

Asimismo, indica que el superior le facilitaba alcohol al menor para ejercer su voluntad sobre él.

El Ministerio Público señala que con la intención de tener más discreción e intimidad con su víctima, Fray Miguel Florenzan “intentó deshacer una relación de noviazgo entre la víctima y una compañera de éste”, tratando de expulsarla del colegio y así poder tener más control sobre el abusado, del cual este medio se reserva el nombre por asuntos de discreción, y según consta en el expediente hecho por las autoridades y basado en sus investigaciones.

El escrito del Ministerio Público también señala que el religioso optaba por reprobarle asignaturas al joven para provocar que este lo llamara y le pidiera explicaciones, e invitándolo a que el menor fuera al centro en horas de la noche, a “conversar con él” y darle “explicaciones”.

Estos y otros hechos de este tipo habrían empezado a ocurrir en el año 2009, cuando Miguel Bienvenido Florenzan Ulloa ingresó como director al referido colegio, teniendo su víctima apenas 11 años de edad en ese entonces, y hasta el año 2015, cuando el jovencito terminó el bachiller.

De los hechos tenían conocimiento la psicóloga del colegio, a quien el joven le había confesado los hechos y sus mejores amigos de estudio, según consta en el expediente acusatorio, en el que el Ministerio Público pide apertura a juicio, que hasta el momento no ha podido realizarse.

Panorama

Aumentan las sentencias a centros de salud por supuestas malas prácticas médicas

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Las sentencias condenatorias en contra de clínicas y hospitales del país, por presuntas malas prácticas médicas, han aumentado sustancialmente en los últimos días.

El más reciente de los casos, es el de la Clínica Corazones Unidos, que fue condenada al pago 6 millones 875 mil pesos en compensaciones y costos acumulados por negligencia médica en dos pacientes.

Angelina María Hernández y Milagros del Socorro Alba F. fueron las afectadas.

Hernández fue indemnizada con un millón 590 mil pesos tras sufrir un deterioro en su visión debido a la implantación incorrecta de lentes intraoculares para corregirle un problema de visión, lo que le dejó daños permanentes.

La sentencia 035-2023-SSEN-00954 fue emitida el 9 de octubre del año 2023 por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.

Reseña el periódico Hoy que la decisión judicial incluyó intereses acumulados desde la notificación el 16 de noviembre de 2023, calculados al 1.5 por ciento mensual.

Mientras que la sentencia civil, número 1303-2023-SSEN-00407, favoreció a Del Socorro Alba F. con el pago de un millón 750 mil pesos, que se incrementó en 3.5 millones de pesos con el duplo de 1.5 por ciento del monto dictado por el dispositivo judicial.

El mismo además ordena el pago del monto como compensación después de que se descubrió una gasa dejada en su pecho cerca del corazón durante una operación en la misma clínica.

Había acudido al centro de salud para colocarse un stent para corregir un problema cardiovascular, le fue dejada una gasa en la cirugía para colocarle el dispositivo, error que fue corregido mediante una intervención quirúrgica en Estados Unidos.

Como consecuencia de ambas sentencias, fueron embargadas las cuentas de Clínica Corazones Unidos en diferentes bancos comerciales.

Uno de los abogados de las pacientes, licenciado Gilberto Objío Subero, explicó que la clínica no cuenta con un seguro de responsabilidad civil médica que respalde estos casos, por lo que se procederá a continuar con las acciones judiciales necesarias para asegurar la compensación.

Ney Arias Lora
En el caso del Hospital Traumatológico Doctor Ney Arias Lora, este fue condenado por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) al pago de 10 millones de pesos a favor de Félix Julián Encarnación Feliz, quien perdió su pierna derecha luego de adquirir una bacteria tras ser operado en este centro de salud.

Encarnación Feliz incoó una demanda en responsabilidad patrimonial, dictando la Cuarta Sala del Tribunal Superior Administrativo, la sentencia núm. 0030-1642-2023-SSEN-00268, de fecha 31 de marzo de 2023, la cual fue objeto del recurso de casación.

La misma también obliga al pago de un interés judicial del 1.5% mensual sobre las sumas indicadas previamente, a título de indemnización compensatoria por los daños correspondientes a la amputación y prótesis de su pierna derecha.

El demandante fue ingresado por emergencia el 19 de enero de 2016, tras sufrir un siniestro de tránsito en el municipio de Baní, provincia Peravia, recibiendo un golpe en la cara, específicamente en el tabique nasal y una fractura abierta en la tibia y el peroné de su pierna derecha.

El 20 de noviembre de 2017, el paciente es ingresado nueva vez, vía emergencia, con un absceso en la pierna derecha y dolor, a lo que se procedió a evaluarlo y realizarle algunas imágenes, de las cuales no mostró lesiones óseas, refriéndolo a Gerencia de Ortopedia para consulta con un diagnóstico de osteomielitis de tibia derecha, osteomielitis de pierna derecha y resultado positivo al cultivo de la bacteria K.Pneumoniae.

CECIP
A la lista también se agrega el Centro de Cirugías Plásticas y Especialidades (CECIP), sentenciado a pagar 2 millones de pesos a la paciente Sulandy Altagracia Crucet.

La jueza Clara Almonte, de la Segunda Sala del Tribunal Penal del Distrito Nacional, también impuso un mes de prisión al cirujano plástico Asmín Aquino por mala práctica médica.

Cabe destacar que en los últimos años, los grandes centros se han visto precisados a obligar a sus médicos a tener un seguro que cubra los efectos de posibles demandas, debido a que cada vez son más los casos que van a los tribunales.

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Panorama

Dictan prisión domiciliaria a mujer acusada de mandar a matar a su esposo

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La jueza de la Oficina de Atención Permanente del Distrito Judicial de Santiago impuso prisión domiciliaria a Daneris Pérez Espinal, acusada de pagarle a dos hombres para que asesinaran a su esposo Julio Cesar Rodríguez Paula en 2020.

Además, le fue impuesta presentación periódica y el uso de un dispositivo electrónico a Pérez Espinal, por presuntamente mandar a matar a Julio Cesar Rodríguez Paula, en un hecho ocurrido en el municipio de Tamboril, de Santiago.

La jueza Yiberty Polanco, quien estuvo a cargo de la coerción, tomó la decisión de enviar la imputada a su casa a cumplir la medida, por problemas de salud, por lo que ya Daneris Pérez, no podrá ser víctima ni testigo en el caso que se conocía por la muerte de su esposo.

Reseña el Listín que Carlos Villanueva, abogado de la familia de las víctimas, explicó que Daneris Pérez Espinal ahora será una imputada más en el proceso.

Tanto a Joan Giancarlo Acosta y Fabricio Antonio Báez Pérez, estos dos últimos están cumpliendo un año de prisión preventiva por el mismo hecho.

Mientras que las hermanas del fallecido mostraron su descontento por la decisión del tribunal, entendiendo que debió ir a prisión, ya que fue la que coordinó la muerte de su pariente.

Ana Dolores Rodríguez, hermana del fallecido, dijo que existían pruebas suficientes para imponer prisión a la asesina de su hermano.

“Habían pruebas suficientes para que ella estuviera presa, no mandarla a la casa, ya que hubo manipulaciones de los hijos, indicando de que ella estaba enferma y que está siendo medicada, ¿entonces su madre está enferma y nuestro hermano dónde?», dijo Dolores Rodríguez.

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