Espectáculos
Murió el cantante Lucho Gatica, leyenda del bolero
Luis Enrique Gatica Silva, mejor conocido como Lucho Gatica, murió poco más de 3 meses después de haber cumplido 90 años, este 13 de noviembre.
Nacido en Rancagua, Chile, en 1928, el actor y cantante de boleros falleció en México, lugar donde residía con su familia.
Su hija mayor Aida había revelado recientemente que su padre estaba “en paz, tranquilo”. Aunque se reportó que padecía diabetes y parcial deterioro cognitivo.
Es padre del actor mexicano de telenovelas y teatro Luis Gatica. Participó en 15 películas y grabó 13 discos de estudio. Su voz era inconfundible.
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Algunos lo conocían como el Rey Midas del Bolero. Cuando se mudó a Santiago, Chile, estudiaba técnica en laboratorio dental. Su hermano mayor cantaba, y el 10 de abril de 1950 lo invitó a acompañarlo en un programa. Al salir, Lucho ya tenía propuestas como cantante solista en la radio.
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Su talento eclipsó al resto de la competencia. El bolero se impuso al tango en Chile y Lucho se convirtió en una estrella. Temas como “Sinceridad”, “Contigo en la distancia”, “Bésame mucho” de la mexicana Consuelo Velázquez, eran algunos de sus éxitos.
A finales de los años 50 se mudó a México, y en esa época ya era reconocido a nivel internacional junto a intérpretes como Nat King Cole.
Su primera esposa fue Mapita Cortés, con quien tuvo 5 hijos en México (Su primogénito fue Luis Gatica). Después se casó con una modelo estadounidense que conoció en los años 80 y tuvo una sexta hija. Su hija menor fue fruto de su tercer matrimonio.
Debido a problemas vocales su ritmo de trabajo disminuyó, pero se mantuvo en el ojo público en homenajes que le realizaron en el Festival Internacional de la Canción Viña del Mar, y como juez en “Cantando por un sueño”, un reality de Canal 13 en 2007.
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En ese año, recibió el GRAMMY Latino a la excelencia.
En 2018 celebraron sus 90 años en Rancagua con la develación de dos estatuas de bronce de Lucho Gatica y su hermano Arturo.
Fuente: infobae.com
Espectáculos
Alofoke dice cederá el nombre de “Al Pelo Radio” a Amelia Alcántara tras ganar la titularidad en la ONAPI
El empresario e influencer Santiago Matías anunció que cederá el nombre comercial “Al Pelo Radio” a Amelia Alcántara, una de las conductoras del programa, luego de que la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI) fallara a su favor en torno a la titularidad del mismo tras un proceso legal.
“Al Pelo Radio” es un espacio de farándula y entretenimiento que fue lanzado en octubre de 2025 por el productor y locutor Luinny Corporán, concebido como una plataforma digital enfocada en contenido de opinión, análisis y temas del espectáculo.
La controversia por el uso del nombre derivó en un litigio ante la ONAPI, donde Matías resultó favorecido con la tutela del signo comercial.
Sin embargo, pese a haber ganado el proceso, el empresario informó que, tras un proceso de reflexión, decidió desistir de cualquier derecho sobre la marca “Al Pelo”, instruyendo a su abogado para formalizar la cesión a favor de Alcántara, quien podrá continuar desarrollando y explotando el proyecto sin restricciones.
“Es tiempo de paz, de madurez y de entender que todos podemos coexistir en el mismo planeta sin conflictos: creando, produciendo y trabajando”, expresó Matías, al destacar que su enfoque actual está centrado en el crecimiento de su nuevo reality Planeta Alofoke que estrena el próximo 12 de abril.
La decisión marca un giro conciliador tras la disputa legal, cerrando un capítulo en torno a la titularidad del nombre del programa y abriendo paso a una nueva etapa para “Al Pelo Radio” y que ahora pertenecería a Amelia Alcántara y no a su jefe Luinny Corporán.
Espectáculos
ONAPI reconoce a Alofoke como titular del nombre “Al Pelo Radio”
La Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI) emitió una resolución mediante la cual reconoce al empresario y comunicador Santiago Matías como titular del nombre comercial “Al Pelo Radio”, y ordena la cancelación del registro que figuraba a nombre de Yeison Corporán.
La acción en cancelación fue interpuesta por la sociedad Alofoke Music, S.R.L., bajo el alegato de que el registro del citado nombre comercial supuestamente había sido realizado en contravención de las disposiciones legales vigentes y en perjuicio de derechos previamente adquiridos, según establece un comunicado de prensa enviada por la parte accionante.
De acuerdo con el documento emitido por ONAPI, la entidad acogió los argumentos presentados por la parte demandante, concluyendo que el registro de “Al Pelo Radio” no cumplía con los requisitos establecidos en la normativa de propiedad industrial, lo que justificó su anulación.
La información fue dada a conocer por el abogado Manuel Alejandro Bordas Nina, quien formó parte del equipo legal que representó a la parte accionante durante el proceso.
El jurista indicó que la decisión reafirma la importancia de la protección de los derechos adquiridos en materia de nombres comerciales en el país.
“Al Pelo Radio” es un programa de entretenimiento y farándula que fue lanzado en octubre de 2025 por el productor e influencer Luinny Corporán, como parte de su plataforma de contenidos.
Esta oferta también incluye espacios como “El Show de Luinny Corporán” y “Fogaraté Radio”.
El espacio se transmite a través de YouTube y la emisora Escándalo 102 FM, en horario de 5:00 a 7:00 de la noche.
El programa es conducido por Jary Ramírez, Amelia Alcántara, Richard Hernández, Ana Karina Millán y Mérida Montá.
Con esta resolución, ONAPI establece que los derechos sobre “Al Pelo Radio” corresponden a Alofoke Music, S.R.L., lo que implica que cualquier uso del nombre comercial deberá contar con la debida autorización de su titular.
El caso se enmarca en los procedimientos administrativos que lleva a cabo ONAPI para dirimir conflictos relacionados con registros de marcas y nombres comerciales, conforme a la legislación vigente en la República Dominicana.
Apelación
La parte afectada dispone de un plazo de quince (15) días, contados a partir de la notificación, para interponer un recurso de apelación por la vía administrativa, conforme al artículo 157 de la normativa de propiedad industrial.
Este recurso sería conocido por la Dirección General de la entidad.
En caso de agotarse esa vía, la resolución del director general podrá ser recurrida ante la Corte de Apelación correspondiente en un plazo de treinta (30) días francos, también contados a partir de su notificación, de acuerdo con lo establecido en el mismo artículo.
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